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lunes, 8 de junio de 2009

AGEMED MODICFICACIÓN DE CIRCULAR 2/2000 POR LA QUE SE ESTABLECE LA DIRECTRIZ DE LEGIBILIDAD DE MATERIAL DE ACONDICIONAMIENTO Y PROSPECTO




CIRCULAR Nº 01/2002

DEPENDENCIA: AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
CONTENIDO: Modificación de la Circular 2/2000 por la que se establece la Directriz de legibilidad de material de acondicionamiento y prospecto.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: INDUSTRIA FARMACÉUTICA - FARMAINDUSTRIA
_____________________________________________________________________ La Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento, sobre la Directriz de legibilidad del material de acondicionamiento y prospecto, establece en su Anexo 1 un modelo de prospecto que sirve de guía para la elaboración del citado documento.
A los efectos de definir con mayor precisión la actividad desarrollada por el denominado “FABRICANTE, se considera necesario modificar el modelo de prospecto, sustituyendo dicho término por el de “RESPONSABLE DE LA FABRICACIÓN”.
A tenor de lo expuesto, la presente Circular viene a modificar la Circular 2/2000, conforme a las siguientes Instrucciones:
PRIMERA.- Se sustituye el Anexo 1 de la Circular 2/2000, por el Anexo adjunto a la presente.
SEGUNDO.- Las solicitudes de autorización de comercialización de especialidades farmacéuticas, así como las solicitudes de modificación del etiquetado y prospecto de especialidades ya autorizadas, que se presenten a partir del 1 de Agosto de 2002, deberán ajustarse a lo dispuesto en la presente Circular.
Madrid, a 15 de julio de 2002,
EL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
Fernando García Alonso

Anexo 1
Ejemplo de modelo de prospecto

[Para medicamentos que se pueden obtener únicamente con receta:]
el medicamento.
- Conserve este prospecto. Puede tener que volver a leerlo.
- Si tiene alguna duda, consulte a su médico o farmacéutico.
- Este medicamento se le ha recetado a Vd. personalmente y no debe darlo a otras personas. Puede perjudicarles, aun cuando sus síntomas sean los mismos que los suyos.>
[Para medicamentos que se pueden obtener sin receta:]
En este prospecto:
1. Qué es X (ejemplo: Agreal) y para qué se utiliza
2. Antes de X
3. Cómo X
4. Posibles efectos adversos
5. Conservación de X
[Denominación del medicamento]
{Nombre (comercial), dosis y forma farmacéutica}
{DCI o denominación común}
[Composición cualitativa completa en principios activos y excipientes]
- El principio activo es... (Ejemplo: Veraliprida)
- Los demás componentes son...
Expresar aquí la composición cuantitativa completa en principios activos, expresándose ésta por unidad de dosis (p. ej. “Cada comprimido contiene…..”). Expresar la composición cualitativa de todos los excipientes; y cuantitativamente de aquellos que se establecen en la Circular 16/98 de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios y posteriores modificaciones que de la misma se establezcan por la Agencia Española del Medicamento.
[Nombre y dirección del titular de la autorización de comercialización y del responsable de la fabricación(titular de la autorización de fabricación responsable de la liberación de los lotes) si es diferente de aquél]
El titular de la autorización de comercialización debe estar establecido en la UE/EEE (Espacio Económico Europeo).
El responsable de la fabricación, tal y como se define en el artículo 1..2 de la Directiva del Consejo 92/27 CEE es el titular de la autorización al que se refiere el artículo 16 de la Directiva 75/319) CEE, en representación de quien la persona cualificada ha cumplido con las obligaciones específicas determinadas en el artículo 22 de dicha Directiva; es decir, el fabricante responsable de la liberación de cada lote en el mercado de la UE/EEE.
1.QUÉ ES "X" Y PARA QUÉ SE UTILIZA
[Forma farmacéutica y contenido; grupo farmacoterapéutico]
[Indicaciones terapéuticas]
2. ANTES DE "X"
[Lista de información necesaria antes de tomar el medicamento]
[Contraindicaciones]
No "X":
La información de este apartado debe limitarse estrictamente a las contraindicaciones reales. Las precauciones y advertencias especiales de otro tipo deben incluirse en la sección siguiente. Se debe evitar duplicar información. Se debe procurar garantizar que no se omiten detalles complejos. No es aceptable expresar solo las contraindicaciones más habituales o más importantes. La creencia de que el paciente no puede comprender una contraindicación no es motivo para su omisión.
Incluir una referencia a enfermedades crónicas concomitantes (insuficiencia renal, insuficiencia hepática, diabetes y otras enfermedades metabólicas y a las intolerancias debidas a los excipientes - ver Anexo a la Directriz relativa a los excipientes en el etiquetado y en el embalaje exterior de especialidades farmacéuticas de uso humano (publicada en las Normas Reguladoras de Especialidades Farmacéuticas en la Comunidad Europea Volumen 3B) y recogida en la Circular 16/98 de la DGFyPS de 23 de Julio.
[Precauciones de uso; advertencias especiales]
Tenga especial cuidado con "X":
- <>
Aquí deben expresarse las Precauciones, las Advertencias especiales y las Interacciones con otros medicamentos, en un lenguaje comprensible para el consumidor. Por ejemplo:
· Si padece o ha padecido asma, ya que X puede provocar un ataque”.
· “Si se administra X a niños ...”
· “Tomar X puede hacerle sentir somnolencia”
Incluir, si procede, la frase:
“Consulte a su médico, incluso si cualquiera de las circunstancias anteriormente mencionadas le hubieran ocurrido alguna vez”.
En este apartado debe incluirse información sobre Precauciones, Advertencias especiales e Interacciones, incluso las debidas a la interacción con otros medicamentos. Se debe procurar garantizar que no se omiten detalles complejos y que se expresan de una forma comprensible para los consumidores. No es aceptable expresar solo las precauciones más habituales o más importantes. La creencia de que el paciente no puede comprender una precaución no es motivo para su omisión.
Como establece el artículo 12.1 de la Directiva 92/27/CEE, en el futuro se podrán elaborar directrices específicas sobre la formulación de determinadas advertencias específicas para determinadas categorías de especialidades farmacéuticas.
Una precaución determinada se expresa para que el paciente lleve a cabo una determinada acción, más que como una mera información de un hecho que describa una afección.
Se debe describir la influencia del producto sobre la conducta del paciente. Se debe realizar una distinción entre la influencia sobre las capacidades cognitivas, reactivas y sobre el juicio.
Describir también en qué casos (si procede) el consumidor debe utilizar "X" solo después de haber consultado con el médico.
Incluir, si procede y si no se ha mencionado en la sección precedente, una referencia a enfermedades crónicas concomitantes (insuficiencia renal, insuficiencia hepática, diabetes y otras enfermedades metabólicas).

Aportar la información relativa a los controles necesarios que se puedan realizar por el médico antes de o durante la terapia, por ejemplo análisis realizados para excluir contraindicaciones.
Aportar la información (si existe) sobre síntomas importantes que puedan enmascarar el producto, o si el producto influye sobre los valores de laboratorio. Si son relevantes, se debe hacer una referencia a las posibles intolerancias a distintos materiales (por ejemplo, jeringas de plástico desechables) que deben utilizarse como parte del producto.
Hacer una referencia a la necesidad de evitar influencias exteriores, como por ejemplo la luz del sol después de haber utilizado medicamentos fototóxicos. Se deben describir otras advertencias sobre, por ejemplo, otras enfermedades y sobre la influencia del producto sobre la conducta. Se deben también incluir, por ejemplo, una referencia a la decoloración de la ropa interior como consecuencia de cambios en el color de la orina y de las heces.
[Interacciones con alimentos y bebidas]
- de "X" con los alimentos y bebidas:
Aquí deben incluirse las interacciones no relacionadas con los medicamentos usando una terminología fácilmente comprensible para el consumidor.
[Uso por mujeres embarazadas o en periodo de lactancia]
Embarazo
Lactancia
[Efectos sobre la capacidad de conducir o utilizar máquinas]
Conducción y uso de máquinas:
Por ejemplo:
·“X" puede hacerle sentir somnoliento”
· “No conduzca ya que "X" puede impedirle conducir de forma segura”
· “No utilice ninguna herramienta ni máquinaria peligrosa”
Información importante sobre algunos de los componentes de "X":
Si procede, facilitar información sobre aquellos excipientes cuyo conocimiento sea importante para el uso seguro y eficaz del medicamento. Ver Directriz sobre excipientes en el etiquetado y en el prospecto de especialidades farmacéuticas de uso humano (Normas sobre Medicamentos de la Comunidad Europea Volumen 3B.
[Interacción con otros medicamentos]
de otros medicamentos:
Incluir, si procede, la siguiente frase:
“Tenga en cuenta que estas instrucciones pueden ser también de aplicación a medicamentos que se hayan tomado / utilizado antes o puedan tomarse / utilizarse después”.
Incluir siempre la siguiente frase:
“Informe a su médico o farmacéutico si está tomando, o ha tomado recientemente cualquier otro medicamento - incluso los adquiridos sin receta médica”.
Describir los efectos de otros medicamentos sobre el producto en cuestión y viceversa. Se debe hacer una referencia a la potenciación / disminución y a la prolongación / reducción de los efectos.
3. CÓMO "X"
[Instrucciones para un uso adecuado]
Aquí deben incluirse las instrucciones para el uso y dosificación correctos del medicamento,
En cualquier caso incluir obligatoriamente en este sub-epígrafe las siguientes frases:
“Siga estas instrucciones a menos que su médico le haya dado otras indicaciones distintas”
“Recuerde tomar su medicamento”
Para medicamentos sólo disponibles con receta médica incluir la frase:
“Su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que...”
Las instrucciones se pueden presentar en negrita y las explicaciones en tipo normal, para dar al consumidor una orientación sobre la importancia de la información.
La explicación se debe presentar inmediatamente después de la instrucción cuando :
· la instrucción es contraria a la conducta esperada,
· las razones de una instrucción no son evidentes,
· la instrucción es más fácil de recordar utilizando una explicación.
La instrucción y su correspondiente explicación deben presentarse preferentemente en la misma cara del prospecto. Los grupos de instrucciones y explicaciones que estén relacionados deben presentarse también en la misma cara del prospecto.
Cuando proceda, deben incluirse descripciones (si resulta útil, acompañadas de ilustraciones) sobre las técnicas de apertura de envases a prueba de niños y de otros envases con un sistema de apertura no habitual.
Pueden ser importantes instrucciones de administración específicas, por ejemplo : Ingiera los comprimidos con una cantidad suficiente de líquido - un vaso de agua.
[Dosificación]
[Forma de uso y/o vía(s) de administración]
La vía de administración debe expresarse según los Términos Estándar de la Farmacopea Europea. Además, puede ser necesario explicar la vía de administración en un lenguaje comprensible para el consumidor.
Para productos que contengan un principio activo, debe expresarse en primer lugar el número de unidades de dosis, seguido directamente por la cantidad del principio activo entre paréntesis ; por ejemplo “uno o dos comprimidos (50 mg a 100 mg de “principio activo”- se debe expresar el nombre del principio activo) dos veces al día, lo que significa un máximo diario de cuatro comprimidos (200 mg de “principio activo”)”.
[Frecuencia de administración]
Se debe indicar, si son relevantes, las instrucciones para lograr un uso adecuado y los intervalos de dosis deseados (dosis individuales y diarias por separado), así como la dosis diaria máxima, la frecuencia, el modo y la vía de administración y duración del tratamiento.
Además, se deben expresar los tiempos de administración (frecuencia de administración). El texto se debe estructurar de acuerdo con la indicación, edad y sexo, teniendo en cuenta las afecciones orgánicas.
Aquí también se debe hacer una referencia a la disminución de la dosis en caso de insuficiencia renal y/o insuficiencia hepática.
Las instrucciones deben :
· utilizarse para explicar a los usuarios qué hacer. No deben utilizarse para justificar o para explicar una acción.
· describirse de forma práctica.
· explicar al consumidor cómo utilizar correctamente el producto.
· ser positivas más que negativas, siempre que sea posible. Solo se deben utilizar instrucciones negativas cuando el consumidor deba evitar una acción específica.
· darse como instrucciones distintas cuando el consumidor deba realizar dos acciones distintas. Acciones distintas no deben expresarse en una sola frase.
· numerarse y relacionarse en el orden exacto que deba seguir el consumidor.
· ser normalmente comprensibles sin explicaciones, para no sobrecargar al consumidor con información.
[Duración del tratamiento]
Si procede, deben incluirse declaraciones precisas sobre :
· duración normal de la terapia ;
· duración máxima de la terapia ;
· intervalos sin tratamiento ;
. casos en los que se debe limitar la duración del tratamiento.
En particular, y si es posible, y para productos de libre dispensación, se deben incluir instrucciones precisas sobre la duración normal del tratamiento, la duración máxima del mismo y los intervalos sin tratamiento, junto con una orientación clara sobre cuándo consultar al médico. Para medicamentos con receta médica se debe incluir una declaración como la siguiente :
“su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que ...”
[Síntomas en caso de sobredosis y acciones a seguir]
Si Vd. más "X" del que debiera:
Describir cómo reconocer si alguien ha tomado una sobredosis y qué hacer, en su caso. Por ejemplo:
-Si Usted ha tomado / utilizado "X" más de lo que debe, consulte inmediatamente a su médico o a su farmacéutico.
[Medidas a adoptar si no se han tomado una o más dosis]
Si olvidó tomar X:
[Indicación del riesgo de los efectos de abstinencia]
Efectos que se dan cuando se interrumpe el tratamiento con "X":
Se deben describir, si procede, los efectos que se producen al suspender el tratamiento
.
4. POSIBLES EFECTOS ADVERSOS
[Descripción de los efectos adversos]
Comenzar esta sección con la siguiente frase:
Como todos los medicamentos, "X" puede tener efectos adversos.
Terminar esta sección con la expresión:
Si se observa cualquier otra reacción no descrita en este prospecto, consulte con su médico o farmacéutico

La información que se facilite sobre efectos adversos no deseados debe estar de acuerdo con la incluida en la Ficha Técnica. Los efectos adversos deben subdividirse de acuerdo con su gravedad y frecuencia, o de acuerdo con el tipo de síntoma. Siempre que sea posible, debe mencionarse en el prospecto la frecuencia con la que se presentan los efectos adversos no deseados, para permitir al paciente conocer los riesgos. Si se dispone de datos exactos se pueden dar las cifras en forma de porcentaje. Si es posible, dentro de los distintos grupos de frecuencia, los efectos no deseados deben relacionarse por orden decreciente de gravedad. Deben mencionarse en primer lugar o de forma especialmente destacada los efectos no deseados muy graves, habituales, con independencia de su frecuencia. Esto es especialmente aplicable a los efectos no deseados en los que sea urgente tomar alguna acción.

Actualmente la frecuencia estimada se subdivide en:
- muy habitual ³10%, (igual o más de un 1 por cada 10) ;
- habitual > 1% y < color="#006600">También es posible un sistema basado en sistemas orgánicos. Se deben mencionar aquí efectos no deseados que se presentan principalmente al principio del tratamiento y luego desaparecen, o que solo se presentan después de un tratamiento prolongado.
Se deben mencionar aquí las medidas a adoptar para remediar o al menos aliviar los efectos no deseados, si son relevantes. Si el consumidor necesita asistencia urgente, utilizar la expresión “inmediatamente”. Para supuestos menos urgentes utilizar la expresión “tan pronto como sea posible”. Se debe indicar expresamente al consumidor que comunique al médico o al farmacéutico cualquier efecto no deseado, especialmente si no se menciona en el prospecto.
5. CONSERVACIÓN DE "X"
[Precauciones de conservación y fecha de caducidad]
Incluir la frase:
Mantenga "X" fuera del alcance y de la vista de los niños.
Expresar las condiciones de conservación, según proceda, empleando las siguientes frases:
“No conservar a temperatura superior a 25ºC / 30ºC”
“Conservar entre 2ºC y 8ºC (en nevera)”
“Conservar en congelador”
“No refrigerar / congelar”
“Conservar en el embalaje original”
“Conservar en el envase original”
“Conservar en el embalaje exterior”
“Mantener el envase perfectamente cerrado”
“No se precisan condiciones especiales de conservación”
“Conservar protegido de la luz”
“Conservar protegido de la humedad”
[Cuando corresponda, advertir acerca de ciertos signos visibles de deterioro]
Caducidad
Incluir la frase:
No utilizar "X" después de la fecha de caducidad / utilizar antes de la fecha de caducidad indicada en la etiqueta / caja / frasco.
Si procede, debe haber una advertencia sobre determinados signos visibles de deterioro, tales como:
“No utilizar "X" si Usted ve que ...”
Este prospecto ha sido aprobado ...
( Mes y año de la última aprobación del prospecto) .
_______________________________________________

Esta es una Circular de 2002.
¿El prospecto de Agreal se atenía a esta Circular?
El mío no, osea, el de ninguna afectada de todo el Estado.
Cada vez se les ve más de que pié cojean estos de AGEMED y Ministerio de Sanidad.
Pueden comprobarlo, nosotras, las Luchadoras de Agreal sí que lo hemos comprobado y de principio a fin no hay por donde cogerlo.
Esta Circular de 2002 es muy importante para nosotras y demostrar una vez más que no se cumplieron las normas de prospección con el medicamento Agreal.
Negligencia por parte de todos desde Sanofi-Aventis, Farmaindustria, AGEMED, SEVF y Ministerio de Sanidad por no cumplir con dicha Circular y Presidente de Gobierno por no estar al tanto de lo que sucede en sus Ministerios y velar por la salud de sus ciudadanos.

Salud...

lunes, 18 de mayo de 2009

MEDICAMENTO ANTIDOPAMINÉRGICO "VERALIPRIDE/A



La droga antidopaminérgica veralipride ( nombres comerciales: Agradil ®, Agreal ®, Fatium ® y Veralipril ®), un derivado benzamida sintética con la acción antidopaminérgica, fue probada en tres estudios y demostrado por Nelson que era de mala calidad. (2006) [156].


La seguridad de veralipride ha sido puesta en duda por varios autores.


El problema parece estar relacionado con el mal uso y errores de la prescripción y al tratamiento a largo plazo con este principio activo [157].


Los efectos adversos incluyen desórdenes de extrapiramidales incluso dyskinesias agudas o parkinsonismo, distonía tardía , dyskinesia tardía [157] y dyskinesia respiratoria .


Estos síntomas han sido observados al cabo de unos meses de tratamiento [157]..

REFERENCIAS:



-155 Melis GB, Gambacciani M, Cagnacci A et al. Effects of the dopamine antagonist veralipride on hot flushes and luteinizing hormone secretion in postmenopausal women. Obstet. Gynecol. 72( 5), 688– 692( 1988).
-156 Zichella L, Falaschi P, Fioretti P et al. Effects of different dopamine agonists and antagonists on post- menopausal hot flushes. Maturitas 8( 3), 229– 237( 1986).
-157 Raja M, Azzon iA. Tardive dyskinesia after long- term veralipride treatment. J. Neuropsychiatry Clin. Neurosci. 17, 252– 253( 2005). 158 De Leo V, - 0.74 seg.
_______________________________

Miremos por donde lo miremos, el Agreal de Sanofi-Aventis es una droga dura que nos ha hecho puré el sistema nervioso central.
El Ministerio de Sanidad, Farmacovigilancia española y Gobierno junto con Sanofi-Aventis, nos han dejado una calidad de vida que para ellos la quisiera yo y muchas luchadoras de Agreal.

Salud...



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martes, 17 de marzo de 2009

TESTIMONIOS DE LUCHADORAS DE AGREAL

- La Sra. Benedicta es la primera que interviene en este reportaje de TV.Canaria, a día de hoy se encuentra bastante peor de salud.

Perdió el juicio contra Sanofi-Aventis gracias a la Ayuda del Ministerio de Sanidad, la Agencia Española del Medicamento y de aquella famosa "Nota Informativa de Febrero 2007" sobre un estudio que hicieron en "Comnivencia" el laboratorio Sanofi-Aventis y la Sanidad Española.

La segunda en intervenir es la Sra. Dolores Artiles (Loly) que está ingresada para ser operada de un cáncer de mama. Los problemas psiquiátricos y neurológicos son tremendos, el SPET cerebral ha dado como resultado que el lado derecho del cerebro lo tiene bastante dañado, tal es así que cuando fue al neurólogo éste le dijo:

-"¿No trajo a su madre?

-¿Cómo que a mi madre?

-¡Ah!, ¿éste SPET no es de su madre o suegra?

-No, es mío

-Sra., tiene usted un cerebro que pertenece a una persona de 80 años.

Loly tomó Agreal durante 12 años, con sus pausas de 10 días entre ciclos de 20, pero como antes no existía ordenador, solo le pudo certificar su ginecólogo 8 años y él mismo se lo reconoció, le dijo:

-Dolores, me consta que lo tomaste durante 12 años pero al no estar recogido aquí, solo te puedo certificar lo que figura.

LAS LUCHADORAS DE AGREAL ENVIAMOS ÁNIMOS A BENEDICTA Y A LOLY, ASÍ COMO AL RESTO DE AFECTADAS POR ESTE VENENO, PARA QUE LO PUEDAN LLEVAR LO MEJOR POSIBLE Y PEDIMOS A SUS FAMILIARES PACIENCIA Y CARIÑO PORQUE NO ES CULPA NUESTRA EL ENCONTRARNOS ASÍ.

ESTA ES LA MASACRE QUE HAN CREADO LOS LABORATORIOS SANOFI-AVENTIS, LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO Y EL MINISTERIO DE SANIDAD CON LAS MUJERES DE TODO EL ESTADO Y DEL RESTO DE PAÍSES DE TODO EL MUNDO POR DÓNDE SE HA Y SE ESTÁ COMERCIALIZANDO ESTE VENENO LLAMADO AGREAL, AGRADIL, ACLIMAFEL, VERALIGRAL, VERALIGRAL-T, ETC. CON SU PRINCIPIO ACTIVO VERALIPRIDA/E.

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Farmacovigilancia y afectadas de Agreal en TV.Canaria - Vídeo -



En este Vídeo podrás oir y ver los comentarios de Conchi, Mª Carmen, Juani y Nieves de Canarias, afectadas y Luchadoras de Agreal, que han tenido el coraje, a pesar de lo mal que se encuentran, de comentar sus experiencias a partir de la ingesta de este veneno de Snofi-Aventis.
También a un médico del Centro Regional de Farmacovigilancia e Información Terapéutica de Canarias que admite los efectos secundarios del Agreal-Veraliprida/e, del Laboratorio Sanofi-Aventis y por el que estamos enfermas miles de mujeres de todo el Estado.
Este Centro de Farmacovigilancia Canaria, ha sido el primero de todas las CCAA. que lo ha declarado.
Esperamos que se unan todas las demás Comunidades Autónomas a esta manifestación de Farmacovigilancia.
Enhorabuena Canarias.
SALUD...

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viernes, 05 de diciembre de 2008
Un centenar de mujeres en las islas, siguen sufriendo las secuelas del “Agreal”, un medicamento para la menopausia.
El medicamento se ha retirado del mercado, tras causar serios daños a más de 2.000 mujeres.
Se trata de un medicamento que deteriorado gravemente la salud de más de 2.000 mujeres en España, y que en Canarias afecta a un centenar. El Agreal salió al mercado para paliar los efectos secundarios de la menopausia. Se recetaron durante más de 20 años, y en 2005, el medicamento fue retirado del mercado. Desde entonces los afectados, no han dejado de luchar para que la justicia, les de la razón. Es el caso de Benedicta, cuya vida cambió desde que comenzó a medicarse con Agreal. Durante cinco años tomó a diario uno de estos comprimidos, por prescripción médica. Los efectos secundarios, no tardaron en aparecer. Tareas cotidianas como fregar son todo un reto para ella porque el medicamento la ha dejado sin fuerzas. Como ella, otras 99 mujeres han denunciado como afectadas, al laboratorio fabricante del medicamento y ahora preparan otra contra Sanidad. Hasta el momento se han celebrado 7 juicios y solo han ganado dos, a pesar de todo no pierden la esperanza de que un día se demuestre de que manera este medicamento, deterioró su salud.

http://www.rtvc.es/noticias/un-centenar-de-mujeres-en-las-islas-siguen-sufriendo-las-secuelas-del-“agreal”-32597.aspx
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lunes, 16 de marzo de 2009

A VUELTAS CON LA MEDICALIZACIÓN DE GÉNERO

El presidente de la Asociación Española para el Estudio de la Menopausia (AEEM), el doctor Rafael Sánchez Borrego, dijo durante el IX Encuentro Nacional de Salud y Medicina de la Mujer (SAMEM), que hasta el 40 por ciento de las mujeres españolas con actividad ovulatoria --en edad fértil-- tiene síntomas que pueden ser clasificados como síndrome premenstrual, mientras que entre un tres y un ocho por ciento tiene síntomas de trastorno disfórico premenstrual, forma severa caracterizada como un trastorno afectivo que causa deterioro social y/o profesional.
Dicho doctor aseguró aseguró que, "está demostrado que el síndrome premenstrual produce un importante absentismo laboral y escolar asociado a la presencia de dolor, cefaleas, anemia y cansancio debidos al sangrado abundante"
La Agencia Europea del Medicamento (EMEA) ha autorizado un anticonceptivo oral para el alivio de síntomas emocionales y físicos producidos por el síndrome premenstrual en mujeres que desean utilizar anticoncepción hormonal.
Según el doctor Sánchez Borrego, "se trata de un anticonceptivo oral que contiene etinilestradiol y drospirenona en un nuevo régimen de dosificación que consiste en 24 píldoras activas seguidas por un intervalo libre de hormonas acortado de sólo cuatro días".
Además de haber sido autorizado por la EMEA para el alivio de síntomas asociados al síndrome premenstrual en mujeres que desean utilizar anticoncepción hormonal, "este anticonceptivo ha demostrado eficacia para los síntomas del trastorno disfórico premenstrual y, aunque no existen ensayos clínicos comparativos, parece ser tan eficaz como los inhibidores selectivos de la recaptación de la serotonina (ISRS), indicados para el tratamiento de la depresión", destacó el presidente de AEEM.
AL DR. SÁNCHEZ BORREGO SE LE VE EL PLUMERO.
HACE, "DE UN SÍNTOMA NATURAL DE LAS MUJERES EN EDAD FÉRTIL, UNA ENFERMEDAD", QUE DEBE SER TRATADA CON FÁRMACOS QUE NO HAN SIDO EXPERIMENTADOS PARA LO QUE DIVULGA.
¿SI NO HAY ENSAYOS AL RESPECTO, CÓMO PUEDE SER QUE SE SEPA QUE ES BUENO?, ¿PORQUÉ HAY QUE MEDICALIZAR ESOS SÍNTOMAS PRE-MENSTRUALES CON LA DE EFECTOS ADVERSOS QUE PUEDEN SURGIR?.
ES MENTIRA QUE PRODUZCA TANTO ABSENTISMO LABORAL COMO DICE ESTE DOCTOR, LO QUE PASA ES QUE QUIERE COLABORAR CON EL LABORATORIO QUE LO COMERCIALIZA.
¡NO A LA MEDICALIZACIÓN DE GÉNERO!.

En los últimos años han llegado a primer plano nuevas cuestiones, en particular la comercialización de medicamentos enfocada a las mujeres y la medicalización de experiencias transitorias y biológicas.

La cita de un anuncio de medicamento: «la esencia de la feminidad se halla ahora en forma de comprimido» es escalofriante.



lunes, 9 de marzo de 2009

30 de octubre de 2008.—Serie D. Núm. 94 - 184/034863 - A la Mesa del Congreso de los Diputados

GOBIERNO ESPAÑOL:
¿A QUÉ ESPERA PARA CONTESTAR EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, AL PRESIDENTE Y PORTAVOZ DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y CONSUMO, SR. LLAMAZARES?

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para la que se solicita respuesta escrita.
AGREAL®, cuyo principio activo es veraliprida, es un fármaco con actividad antidopaminérgica indicado en el tratamiento de los sofocos (crisis vasomotoras) y de las manifestaciones psicofuncionales de la menopausia confirmada.
Profesionales sanitarios han notificado al Sistema Español de Farmacovigilancia sospechas de reacciones adversas psiquiátricas y de tipo neurológico. Estas últimas aparecen durante el tratamiento, mientras que las primeras pueden también aparecer como reacciones de retirada al finalizar un ciclo de tratamiento o interrumpir el mismo.
Como consecuencia de dichas notificaciones, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, tomando en consideración las recomendaciones del Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano, resolvió con fecha 20 de mayo de 2005, la suspensión de la comercialización de veraliprida (Agreal®). Esta medida cautelar, comunicada a los profesionales sanitarios mediante nota informativa, fue efectiva a partir del día 15 de junio de 2005.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios emitió, con fecha 7 de septiembre de 2005, nueva nota informativa con recomendaciones adicionales para la retirada de Agreal® y para el tratamiento de la posible sintomatología, con el fin de evitar o minimizarlos posibles efectos de retirada del medicamento.
Por todo ello se pregunta.
¿Tiene el Ministerio de Sanidad información detallada de la atención que estén recibiendo las afectadas por este medicamento y en su caso, de las secuelas del mismo?
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2008.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.
184/034864
A la Mesa del Congreso de los Diputados.
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para la que se solicita respuesta escrita.
AGREAL®, cuyo principio activo es veraliprida, es un fármaco con actividad antidopaminérgica indicado en el tratamiento de los sofocos (crisis vasomotoras) y de las manifestaciones psicofuncionales de la menopausia confirmada.
Profesionales sanitarios han notificado al Sistema Español de Farmacovigilancia sospechas de reacciones adversas psiquiátricas y de tipo neurológico. Estas últimas aparecen durante el tratamiento, mientras que las primeras pueden también aparecer como reacciones de retirada al finalizar un ciclo de tratamiento o interrumpir el mismo.
Como consecuencia de dichas notificaciones, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios,tomando en consideración las recomendaciones del Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano, resolvió con fecha 20 de mayo de 2005, la suspensión de la comercialización de veraliprida (Agreal®). Esta medida cautelar, comunicada a los profesionales sanitarios mediante nota informativa, fue efectiva a partir del día 15 de junio de 2005. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios emitió, con fecha 7 de septiembre de 2005, nueva nota informativa con recomendaciones adicionales para la retirada de Agreal® y para el tratamiento de la posible sintomatología, con el fin de evitar o minimizar los posibles efectos de retirada del medicamento.
Por todo ello se pregunta:
Desde que la Agencia del Medicamento y productos sanitarios retirara la autorización de la comercialización de Agreal, ¿qué medidas ha adoptado el Ministerio de Sanidad?.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubrede 2008.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.
184/034865
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para la que se solicita respuesta escrita.
AGREAL®, cuyo principio activo es veraliprida, es un fármaco con actividad antidopaminérgica indicado en el tratamiento de los sofocos (crisis vasomotoras) y de las manifestaciones psicofuncionales de la menopausia confirmada.
Profesionales sanitarios han notificado al SistemaEspañol de Farmacovigilancia sospechas de reacciones adversas psiquiátricas y de tipo neurológico. Estas últimas aparecen durante el tratamiento, mientras que las primeras pueden también aparecer como reacciones de retirada al finalizar un ciclo de tratamiento o interrumpir el mismo.
Como consecuencia de dichas notificaciones, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, tomando en consideración las recomendaciones del Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano, resolvió con fecha 20 de mayo de 2005, la suspensión de la comercialización de veraliprida (Agreal®). Esta medida cautelar, comunicada a los profesionales sanitarios mediante nota informativa, fue efectiva a partir del día 15 de junio de 2005. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios emitió, con fecha 7 de septiembre de 2005, nueva nota informativa con recomendaciones adicionales para la retirada de Agreal® y para el tratamiento de la posible sintomatología, con el fin de evitar o minimizarlos posibles efectos de retirada del medicamento.
Por todo ello se pregunta:
Cuáles son las conclusiones del estudio realizado por la Universidad de Alcalá de Henares sobre los efectos adversos del medicamento Agreal?
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2008.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.
184/034866
A la Mesa del Congreso de los Diputados.
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para la que se solicita respuesta escrita.
AGREAL®, cuyo principio activo es veraliprida, es un fármaco con actividad antidopaminérgica indicado en el tratamiento de los sofocos (crisis vasomotoras) y de las manifestaciones psicofuncionales de la menopausia confirmada. Profesionales sanitarios han notificado al Sistema Español de Farmacovigilancia sospechas de reacciones adversas psiquiátricas y de tipo neurológico. Estas últimas aparecen durante el tratamiento, mientras que las primeras pueden también aparecer como reacciones de retirada al finalizar un ciclo de tratamiento o interrumpir el mismo.
223
Como consecuencia de dichas notificaciones, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, tomando en consideración las recomendaciones del Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano, resolvió con fecha 20 de mayo de 2005, la suspensión de la comercialización de veraliprida (Agreal®). Esta medida cautelar, comunicada a los profesionales sanitarios mediante nota informativa, fue efectiva a partir del día 15 de junio de 2005.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios emitió, con fecha 7 de septiembre de2005, nueva nota informativa con recomendaciones
adicionales para la retirada de Agreal® y para el tratamiento de la posible sintomatología, con el fin de evitar o minimizar los posibles efectos de retirada del medicamento.
Por todo ello se pregunta: ¿Qué valoración hace el Gobierno en relación a la información en España de efectos secundarios y contraindicaciones en el prospecto del fármaco Agreal, en comparación con los de otros países?
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2008.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.
¿Cuáles son las conclusiones del estudio realizado por la Universidad de Alcalá de Henares sobre los efectos adversos del medicamento Agreal?
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2008.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.

¡¡ CINCO MESES Y SIN CONTESTAR SR. LLAMAZARES !!
¿QUÉ LE IMPORTA AL GOBIERNO ESPAÑOL, LO QUE LAS ENFERMAS DEL AGREAL ESTAMOS PASANDO?.
¿SE LO HA PUESTO TAN DIFÍCIL EL SR. LLAMAZARES AL GOBIERNO, QUE NO SE ATREVEN A CONTESTAR TODA LA VERDAD DEL AGREAL EN ESPAÑA?.
PUES ESA CONTESTACIÓN ESTAMOS ESPERANDO TODAS LAS ENFERMAS Y ESPERAMOS QUE AHORA SI DIGAN TODA LA VERDAD SOBRE EL AGREAL EN ESPAÑA DURANTE 22 AÑOS Y SIN FICHA TÉCNICA.Y EL MOTIVO DE EL PORQUÉ NO EXISTÍA DICHA "FICHA TÉCNICA" OBLIGATORIO POR LA LEY DEL MEDICAMENTO DE 1990, SOBRE MEDICAMENTOS AUTORIZADOS "ANTES Y DESPUÉS" DE ESTA LEY.

TAMPOCO QUE LE DIGAN "QUE CUANDO SE AUTORIZÓ EL AGREAL EN ESPAÑA "NO EXISTÍAN ESTUDIOS CIENTÍFICOS, "EXISTÍAN Y MUCHOS Y USTEDES Y LABORATORIOS DELAGRANGE-SANOFI SYNTHELABO, LOS CONOCÍAN ¡¡ Y TANTO QUE LOS CONOCÍAN !!


sábado, 7 de marzo de 2009

8 DE MARZO, DÍA DE LA MUJER - PRECAUCIÓN ANTE LA MEDICALIZACIÓN DE GÉNERO -

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TALIDOMIDA

Asociación de Víctimas de la Talidomida en España y otras inhabilidades
LA MALDICIÓN DE LA TALIDOMIDA
A finales de la década de los 50 se recetaba en muchos países del mundo (entre ellos España) la talidomida, como remedio para paliar las naúseas que las embarazadas sufrían durante el embarazo. Se prohibió hacia 1961 porque se descubrió que producía malformaciones en recién nacidos, como las que se pueden observar en las fotos expuestas. Sin embargo en España se retiró "oficialmente" en 1963, cuando las autoridades sanitarias, dan la voz de alarma. Pero que a nadie extrañe, que pudiera estar 3 ó 4 años mas distribuyéndose, puesto que las farmacias hacian acopio de medicamentos, y no existían ni teléfonos para comunicar estar órdenes tajantes de sanidad.
Se vendió en 50 países con 80 nombres comerciales y produjo más de 20.000 bebés mutilados.
Ver tabla con datos
En España fueron 7 medicamentos los que contenían este principio activo. Ver tabla. A día de hoy todavía está por establecer quienes fueron las víctimas en este pais (pensamos que pueden rondar los 3.000).Actualmente sigue usándose en casi todos los países del planeta (produciendo nuevos casos en Brasil, Perú, Kenia, China, etc.). Se vende en internet, sin ningún tipo de control, para enfermedades como el acné juvenil (¡que disparate!), y se intenta rehabilitar en base a su conveniencia para el uso compasivo en enfermedades como el mieloma o la lepra.
Los 7 medicamentos malditos
¿Qué pretende AVITE?Los que aquí estamos somos un colectivo de personas afectadas de malformaciones congénitas que, habiendo tenido conocimiento de esta historia, EXIGIMOS:
Determinar, con la mayor exactitud posible que los actuales medios técnicos permitan, si nuestras afecciones provienen de esta droga. Paralelamente a ello consideramos imprescindible una campaña de comunicación, de carácter institucional, que desvele cuantos afectados puede haber o haya habido de este atentado farmacológico.Reparación política por parte del gobierno en curso, a unos afectados dejados a su suerte, ignorados e invisibilizados, primero por el régimen franquista y despues por todos y cada uno de los gobiernos que ha habido en nuestro pais. Los responsables directos de este desaguisado fueron, por supuesto, los laboratorios que se enriquecieron con la venta de estos productos, pero ¿cómo es posible semejante disparate sin el consentimiento, por acción u omisión, de las autoridades correspondientes? ¿Qué piensa el gobierno actual, que porque no estaban allí cuando sucedió, no es su problema?. Los afectados estamos aquí, todavía seguimos vivos (aunque no todos), y queremos saber PORQUÉ. Consecuentemente, consideramos que deben de acometerse medidas básicas de atención como son:Reconocimientos médicos periódicos.Ayuda psicológica.Ayudas ortopédicas al 100%.Pago de pensiones.Beneficios fiscales.Una Unidad Médica de Referencia, especializada en deformidades por talidomida.
Así como debería ponerse en tela de juicio el capítulo de las indemnizaciones, teniendo en cuenta que, tal y como se planteó en su momento, fue de un cinismo insultante, una estafa de magnitud incalificable.
Contacta con nosotros:
info@avite.org 639 16 93 93 - 628 67 56 60
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PÍLDORA ANTICONCEPTIVA

LA SALUD DE LAS MUJERES: DE LA INVISIBILIDAD A LA MEDICALIZACIÓN
Después de la segunda guerra mundial, en la década de los cincuenta, fue inventada por Pincus y col. la píldora anticonceptiva, que inicialmente tenía como objetivo regular los embarazos para ayudar a la planificación de la familia. Con el tiempo, cualquier pequeño trastorno de la regularidad del ciclo menstrual o de la intensidad de la menstruación en lugar de ser investigado para diagnosticar las causas, era "tratado" inicialmente con anticonceptivos hormonales. Las explicaciones que se daban a las jóvenes que habían consultado eran superficiales y hábilmente engañosas. Los anticonceptivos hormonales "le regularían el ciclo" o sea lo tendría puntualmente cada veintiocho días, y disminuiría su cantidad, pero nadie les explicaba que al mismo tiempo se inhibía el ciclo menstrual en el hipotálamo, la armonía de sus neurotransmisores y el equilibrio de la circulación en sangre de las hormonas tiroideas y de la glándula suprarrenal. Abolir la ovulación, no quería decir necesariamente ganar calidad de vida, ya que incluso muchas mujeres apreciaron disminución de la líbido, aunque sí supuso, para muchas, la posibilidad de planificar sus embarazos. Paradójicamente, los comprimidos que se tomaban para poder tener mayor libertad sexual acababan por suprimir el deseo sexual.
Queda para una reflexión posterior,el por qué no ha existido nunca la píldora anticonceptiva masculina. Parece que disminuir la producción de espermetazoides sin afectar la producción de testosterona ha sido una tarea no lograda todavía. Sin embargo, no ha tenido reparos en manipular el femenino.Por otra parte, la menstruación habitual es un hecho nuevo en la historia de la humanidad que aparece en el siglo XX. Gracias a la mejor nutrición de la población y la posibilidad de planificar los embarazos, ésta se ha convertido en una realidad mensual para millones de mujeres que han dejado de estar constantemente embarazadas o lactando durante su vida reproductiva. Esta presencia regular la convierte, en un indicador del estado de salud de las mujeres desde la adolescencia. La armonía vital física y mental de una mujer se refleja en su regularidad ya que las situaciones de estrés físico o mental, las anemias, las deficiencias nutricionales aunque sean parciales o la pérdida de peso pueden alterar su ritmo. Cuando la menstruación es "normal" se puede presentar cada 26 a 32 dias, dura un día fuerte y dos o tres con menos flujo, no presenta coágulos ni dolor, no constituye una pérdida superior a 100 cc, y no debe presentarse con síntomas previos de malestar, dolor mamario o dolor en piernas o abdomen, el denominado síndrome premenstrual. La alteraciones de alguno de estos parámetros nos puede permitir detectar en fases muy tempranas carencias, disfunciones y enfermedades que podrían ser tratadas, equilibradas o curadas.
El desconocimiento de las causas que producen alteraciones del ciclo, ha hecho creer a muchas mujeres y también, actualmente, a muchos profesionales de la medicina, que lo mejor para eliminar las molestias alrededor de la menstruación es abolir la misma, aunque reconozcan que ello implicaría estar tomando medicación durante aproximadamente 35 años que corresponde a la duración de la vida reproductiva. Muchos especialistas hablan de controlar o abolir la menstruación actuando con hormonas, con más o menos dosis, como si se pudiera controlar la menstruación actuando tan solo sobre el útero, actuando de cintura para abajo. Olvidan que la ovulación y la menstruación están dirigidos por la base del cerebro, y que sólo se podrá manipular actuando en el sistema neuroendocrino del sistema nervioso central, y que en este momento histórico desconocemos las consecuencias a medio y largo plazo de la introducción constante de hormonas en el cuerpo de las mujeres.

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SÍNDROME PREMENSTRUAL

- Prozac, aunque la patente caducó en el 2001, la sustancia utilizada en ese fármaco, la fluoxetina, sigue generando ingresos para la empresa, ya que ahora es un ingrediente activo de Sarafem, píldora utilizada en el tratamiento del llamado "síndrome premenstrual".

http://www.consumer.es/web/es/salud/2008/02/27/174920.php
El trastorno disfórico premenstrual (TDPM) es una condición caracterizada por depresión, irritabilidad y tensión severas antes de la menstruación. Estos síntomas son más severos que
los que se observan con el síndrome premenstrual (SPM)
No hay hallazgos en un examen físico o pruebas de laboratorio específicos para el diagnóstico del síndrome disfórico premenstrual. Se debe elaborar la historia clínica y llevar a cabo un examen físico (incluyendo un examen pélvico) y una evaluación siquiátrica para descartar otras condiciones potenciales.
Los inhibidores selectivos de la recaptación de la serotonina (ISRS) son antidepresivos que pueden tratar el síndrome disfórico premenstrual e incluyen fluoxetina (Prozac, Sarafem), sertralina (Zoloft), paroxetina (Paxil), fluvoxamina (Luvox) y citalopram (Celexa).

Los síntomas del síndrome premenstrual no mejoran con el auto-tratamiento.
www.clinicadam.com/Salud/5/007193.html
Se estima que el síndrome premenstrual afecta hasta el 75% de las mujeres durante los años en que pueden procrear .
Hasta el 50 a 60% de las mujeres que sufren SPM severo tienen un trastorno psiquiátrico subyacente.
No hay hallazgos en el examen físico o pruebas de laboratorio específicas para el diagnóstico del síndrome premenstrual. Es importante que se realice una historia clínica completa, un examen físico (incluyendo examen pélvico) y, en algunos casos, una evaluación psiquiátrica con el fin descartar otras causas potenciales para los síntomas que puedan ser atribuidos a este síndrome.
http://www.clinicadam.com/Salud/5/001505.html
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TRATAMIENTO HORMONAL SUSTITUTIVO (THS)

LA SALUD DE LAS MUJERES: DE LA INVISIBILIDAD A LA MEDICALIZACIÓN
TERAPIA HORMONAL PARA LA MENOPAUSIA O SOJA PARA TODO: tratamientos sin evidencia
Cuando al principio de los años 90 se presentaron los primeros trabajos para tratar la sequedad vaginal y las sofocaciones con THS (tratamiento hormonal sustitutivo), las casas comerciales se basaron en estudios de corta duración (tres o seis meses) hechos en mujeres sanas. El tipo de mujeres escogido era ya sesgado respecto al resto de población: más delgadas, practicaban ejercicio físico continuado, etc. Y en cambio, después, la terapia se aplicaba por igual a todas las mujeres ya fueran obesas o simplemente con peso por encima de la media, sin atender al conocimiento científico ya existente de que cada nanogramo de hormona administrada se multiplicaba por diez según el sobrepeso de las mujeres. La industria farmacéutica sólo realizó estudios a corto plazo, y no basados en población, pero se empezó a afirmar que podría servir para prevenir los infartos de miocardio y la arterioesclerosis de los vasos sanguíneos si se administraba durante diez o quince años.
Los primeros estudios en mujeres posmenopáusicas de la población general seguidos durante más de dos años han sido el HERS I y HERS II, ensayos clínicos controlados en mujeres que ya habían padecido problemas cardiovasculares, y a las que se administró placebo y terapia hormonal con estrógenos y progestágenos. Aunque el estudio estaba planificado para cuatro años y medio se tuvo que suspender a los 2 años por el incremento de fenómenos trombóticos periféricos y pulmonares, y un incremento de mortalidad por infartos de miocardio, ocurridos entre las mujeres que tomaban THS en mayor número que en el grupo que tomaba placebo. La pretendida función de prevención de problemas cardiovasculares empezó a desmoronarse con el HERS I (1998) y se confirmó en el HERS II (2002).
Carmen Valls Llobet, Médica endocrina. Directora del Programa "Dona, Salut i Qualitat de Vida" del CAPS
La Terapia Hormonal Sustitutiva (THS), un combinado en dosis ajustadas a cada caso de estrógenos y progestágenos, comenzó a recetarse en 1947 como tratamiento preventivo y paliativo de todas esas manifestaciones. Sin embargo, hace seis años, el estudio WHI (Women's Health Iniciative -Iniciativa por la Salud de las Mujeres-) alertó sobre el elevado riesgo de sufrir cáncer de mama y patologías coronarias como consecuencia del consumo de estas hormonas.
http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20080521/sociedad/medicos-rectifican-avalan-ahora-20080521.html
05/03/2008—ESTUDIO PUBLICADOEN JAMA--El estudio Iniciativa de Salud de las Mujeres (WHI) se saldan en contra de la terapia hormonal. Los últimos se publican hoy en The Journal of the American Medical Association y confirman que los riesgos para la salud del empleo a largo plazo de estrógenos y progestágenos en posmenopáusicas sanas persiste varios años después de suspender el tratamiento, y que estos riesgos claramente superan los beneficios de la terapia.
Gerardo Heiss, de la Universidad de Carolina del Norte, en Chapel Hill, ha analizado los riesgos y beneficios de estas 15.730 mujeres que suspendieron la terapia hormonal, entre julio de 2002 y marzo de 2005, cuando ya no recibían el tratamiento.
El riesgo de sufrir cualquier forma de cáncer también resultó más acusado en el grupo de mujeres con terapia hormonal: un 24 por ciento más que las otras.
En cuanto a las enfermedades cardiovasculares, los científicos también han constatado un aumento en el riesgo de infartos, ictus y trombos. --- (JAMA 2008; 299 (9): 1.036-1.045).

http://www.dmedicina.com/edicion/diario_medico/dmedicina/enfermedades/ginecologicas/es/desarrollo/1096787.htmlml
Los médicos rectifican y avalan ahora la terapia hormonal para la menopausia en el Congreso que se celebró en Madrid en mayo de 2008 --- Santiago Palacio y otros colegas internacionales aseguraron ayer en Madrid que el tratamiento «resulta seguro y eficaz si comienza a aplicarse entre los 45 y los 55 años». En cuanto aparezcan los primeros síntomas. Debe empezarse con «la menor dosis efectiva, durante el menor tiempo posible» y no más allá de los 60 años.
http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20080521/sociedad/medicos-rectifican-avalan-ahora-20080521.html
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La vacuna contra VPH: el conflicto de interés


Asa Cristina Laurell

La vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH) volvió a ser noticia durante el mes pasado. El País, ABC, Rebelión, CBS News y CNN reportaron efectos secundarios graves y muertes asociadas con la vacunación masiva realizada en Estados Unidos y España. En febrero de 2009 se habían reportado 10 mil 151 reacciones adversas al Sistema de Notificación de Eventos Adversos en Vacunas (VAERS, por sus siglas en inglés), en el cual participan el Centro para el Control de Enfermedades y la Administración de Alimentación y Drogas, instituciones estadounidenses. Las reacciones muy graves, por lo que 458 pacientes tuvieron que ser hospitalizados y 29 fallecieron.
Estos acontecimientos confirman el acierto de los científicos en Canadá, España y Alemania de exigir a sus autoridades sanitarias una moratoria en la vacunación masiva, hasta tener pruebas científicas sólidas respecto de la seguridad y eficiencia de las dos vacunas que circulan en el mercado, Gardasil y Cevarix.
En la literatura científica se han presentado dos tipos de argumentos respecto de la vacunación masiva: el que se refiere al aspecto económico, esto es costo-beneficio, por el alto precio del las vacunas, y el de la incertidumbre sobre su capacidad protectora contra el cáncer cérvico-uterino (CaCu), y sus posibles efectos secundarios, aspectos muy muy importantes por sus implicaciones para la salud individual y colectiva.
La prestigiosa revista New England Journal of Medicine (NEJM), la más citada en el ambiente médico, publicó en mayo de 2008 un resumen de lo que se desconoce del Gardasil, que protege contra cuatro de las más de cien cepas del virus de papiloma humano. Habría que añadir que las mismas dudas aplican al Cevarix, que protege contra dos cepas.
En resumen son los siguientes:

El ensayo clínico (ClinicalTrials.gov NCT00092534) hecho en 11.550 mujeres de 16 a 23 años demostró una importante protección contra lesiones precancerosas en un plazo de cuatro años, pero no se sabrá hasta dentro de 25 a 30 años si protege contra el CaCu. Se desconoce el tiempo que dura la protección, particularmente en los casos de niñas de 9 a 13 años que son las que se vacunan de forma masiva. ¿Qué pasará con la infección con otras cepas oncogénicas, ya que algunos estudios han mostrado un incremento en lesiones asociadas a ellas? y ¿cómo afectará la vacunación el control sistemático con el Papanicolau? A estas interrogantes hay que añadir los efectos adversos e incluso mortales en las niñas inmunizadas.
Estamos ante el problema de la investigación convertida en negocio. El ensayo clínico de GardasilFuture II– fue auspiciado y conducido por Merck, productor de la vacuna. Pero más grave aún es que en el apartado sobre conflicto de interés prácticamente todos los investigadores reportan alguna relación, directa o indirecta, remunerada o de financiamiento con Merck, entre ellos al actual subsecretario de prevención y promoción de la salud mexicano (NEJM 2007; 356:1915-27). No obstante es el estudio clave para autorizar la vacunación masiva. El conflicto de interés está explícito, pero resulta una formalidad sin mayores consecuencias prácticas. Esto actualiza el problema fundamental de cómo mantener la imparcialidad y la ética frente a los poderosos intereses comerciales en el sector salud y de la regulación de estos intereses por el Estado, supuesto defensor del interés general o colectivo.
Habría que añadir que los resultados del ensayo clínico fase II de Cevarix, de GlaxoSmithKline, ni siquiera han sido publicados. Sólo fueron presentados a la Agencia Europea de Medicamentos (http://www.emea.europa.eu/humandocs/PDFs/EPAR%20/cervarix/H-721-en6.pdf ), que la aprobó.

Esa vacuna fue elegida por el gobierno mexicano para inmunizar a 85 mil niñas pobres en una suerte de ensayo clínico masivo.
No basta con que el Estado prohiba la propaganda engañosa, como acaba de ocurrir en México respecto de las vacunas anti-VPH. Tiene que proteger a la población contra los riesgos y prohibir que se hagan ensayos clínicos en gran escala, incluso pagados con fondos públicos. En varias partes del mundo científicos han planteado que los ensayos clínicos deban ser pagados por las empresas pero conducidos por una instancia científica imparcial sin relación con la empresa. Sería una solución pero la subordinación de la ciencia a los poderosos intereses comerciales es actualmente una victoria cultural del gran capital. El papel de la universidad pública es crucial para contrarrestarla y reconquistar la ética y dignidad científica.
salud@gobiernolegitimo.org.mx


lunes, 2 de marzo de 2009

REVUE MAXI - Nº 1165 FRANCIA







Revue Maxi - n° 1165 du 23 février au 1er mars 2009
L'une affectée d'agreal, française compte son expérience.

Merci Chantall pour nous envoyer l'entrevue. Nous savons que tu luttes pour sortir beaucoup à la lumière et qu'ils s'occupent de vous dans le système français de Santé comme affectées.
¡Brave par Chantall!
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Una afectada de agreal francesa cuenta su experiencia.

Gracias Chantall por enviarnos esta entrevista. Sabemos que estás luchando mucho por sacar a la luz y que os atiendan en el sistema de Salud francés como afectadas.
¡Bravo por Chantall!

viernes, 27 de febrero de 2009

Vacuna del Papiloma: Expertos estudiarán los casos de las niñas de Valencia. Esperemos que no sean los mismos "expertos" del Agreal (Veralipride/a)


Las menores ingresaron en el hospital cuando, tras serles inoculada la vacuna del VPH, comenzaron a sufrir convulsiones, somnolencia y pérdida de conocimiento.
Valencia. 26/02/2009

El conseller de Sanitat, Manuel Cervera, ha anunciado que la Agencia Española del Medicamento creará un panel de expertos a nivel nacional y europeo para estudiar los dos casos clínicos de la niñas ingresadas tras vacunarse del virus del papiloma.

Así lo ha indicado hoy a Efe el conseller, quien ha explicado que el domingo por la tarde ingresó en la UCI la primera niña, de 14 años por presentar una serie de crisis convulsivas con repetición, aunque su pronóstico es "estable dentro de la gravedad y se encuentra sedada".
El segundo caso, ha señalado Cervera, que corresponde a una niña de 15 años, tuvo que reingresar ayer por la tarde-noche en la UCI porque "los profesionales consideraron que estaba más controlada y podrían realizar un seguimiento más completo".
La joven sufrió una crisis convulsiva leve dentro de la Unidad de Cuidados Intensivos, por lo que el equipo médico ha considerado que es mejor que continúe en la UCI.
El conseller ha destacado que estos dos casos son "muy excepcionales" y no hay casos referidos con esta gravedad en relación a la vacuna del papiloma, si bien todavía se está estudiando esta posible relación, ha asegurado el titular de Sanitat. Cervera ha recordado que la Conselleria informa "constantemente" tanto a la Agencia Española del Medicamento como al Ministerio de Sanidad sobre la situación de las niñas.
Sobre una posible moratoria respecto a la vacunación, Cervera ha comentado que esta decisión no depende de las Comunidades Autónomas, y ha subrayado que la vacunación se está realizando en toda España de forma "normal".
Las dos niñas llevan veintiún días ingresadas en el centro médico tras vacunarse los pasados días 4 y 6 en dos centros de salud ubicados en Burjassot y Valencia.
Las menores ingresaron en el hospital cuando tras serle inoculada la vacuna Gardasil del lote NH52670 comenzaron a sufrir convulsiones y somnolencia, y perdieron el conocimiento.
(EFE)
A VER QUE GRUPO DE EXPERTOS HACEN EL ESTUDIO DE LA FAMOSA VACUNA DE PAPILOMA HUMANO.

DESDE ESTE BLOG DE LAS LUCHADORAS DE AGREAL PEDIMOS QUE NO SEAN LOS MISMOS QUE HICIERON EL ESTUDIO DE AGREAL (Veralipride/a), PORQUE FUE TOTALMENTE CONTRADICTORIO AL HECHO SÓLO UNOS MESES DESPUÉS DEL ESTUDIO DE EXPERTOS DE LA EMEA POR EL CUAL LA COMISIÓN EUROPEA ORDENÓ LA RETIRADA DE AGREAL Y DE TODOS LOS QUE LLEVARAN EN SU COMPOSICIÓN SU PRINCIPIO ACTIVO.
ESTOS "EXPERTOS", BAJO LA TUTELA DEL LABORATORIO SANOFI-AVENTIS Y LA DIRECTORA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO CRISTINA AVENDAÑO SOLÁ, QUE HICIERON EL ESTUDIO DE AGREAL SOLICITADO MEDIANTE MANIFIESTO EN EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO EL 22/09/2006 POR LAS AFECTADAS DE AGREAL SON:
- Rafael Maldonado, catedrático de Farmacología de la Universidad Pompeu Fabra.
- José Luis Ayuso, catedrático de Psiquiatría de la Universidad Complutense.
-José María Suñe, titular del Área de Farmacia y Tecnología Farmacéutica de la Universidad de Barcelona.
-Enrique Álvarez, Dr. y Director del Servicio de Psiquiatría del Hospital de la Santa Creu y San Pau, profesor titular de Psiquiatría en la Universidad Autónoma de barcelona.
A LOS PADRES DE ESTAS NIÑAS ENVENENADAS CON GARDASIL DE SANOFI-PASTEUR LES ANIMAMOS A QUE PIDAN POR SU CUENTA UN ESTUDIO A LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DE HENARES. NO ESPEREN QUE LES SAQUEN DE DUDAS LAS INSTITUCIONES, A ELLOS NO LES HA PASADO NADA Y SEGURO QUE A SUS PROPIAS HIJAS NO LE HAN ADMINISTRADO LA VPH.

DESEAMOS QUE ESTAS DOS NIÑAS DE VALENCIA SE RECUPEREN PRONTO Y VUELVAN CUANTO ANTES A DISFRUTAR DE LA VIDA QUE SANOFI, POR EL MOMENTO, LES HA QUITADO.

LUCHADORAS DEL AGREAL

FICHA TÉCNICA DE PRODUCTO. VERALIPRIDE/A (COLOMBIA)

VERALIPRIDE TABLETA 100MG.
Código: 51181800
DESCRIPCIÓN GENERAL:
La presente ficha técnica (Colombia), describe los requisitos y características de calidad del medicamento VERALIPRIDE TABLETA 100MG, para uso terapéutico en humanos.
El medicamento debe cumplir cada una de las características de calidad según los requisitos establecidos en la farmacopea vigente a la cual se acoge, acorde a lo autorizado en su registro sanitario. Cuando la forma farmacéutica del producto no se encuentre en las farmacopeas aceptadas por la ley, el producto deberá cumplir con las características de calidad declaradas en la técnica analítica o la técnica propia por el fabricante de acuerdo a lo aceptado en su registro sanitario vigente. Para verificar la calidad de un producto bajo una forma farmacéutica definida que no se encuentra comprendida en la farmacopea de referencia, se aplicará la metodología analítica del fabricante para las pruebas especificas y la ultima edición de La farmacopea USP vigente para las pruebas generales indicadas para la forma farmacéutica correspondiente, a menos que el titular del registro sanitario hubiera señalado, al momento de solicitar el registro sanitario INVIMA, una farmacopea especifica para las pruebas generales. El medicamento debe contar con registro sanitario INVIMA, con estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, y demás establecidos en la normatividad vigente para uso terapéutico en humanos.
El protocolo de analisis del producto es un informe técnico emitido por el laboratorio de control de calidad del fabricante o por quien se encargue de su fabricación, suscrito por el analista o los profesionales responsables en el que señala los análisis realizados en todos sus componentes, los limites y los resultados obtenidos en dichos análisis; debiendo señalar a que farmacopea actualizada a la que se acogen para su fabricación, asi como su respectiva edición, o si corresponde a una técnica analítica propia, esta debe ser validado por el propio fabricante..
Entiéndase como Farmacopea actualizada la ultima edición existente en el momento de la ejecución del proceso de adquisición.
ACTIVIDADES FARMACOLÓGICAS
ANTAGONISTA DOPAMINERGICO (D)ANTIEMETICO
ANTIPSICOTICO
INHIBIDOR DE LA SINTESIS DE HORMONAS HIPOFISARIAS NO SEXUALES.
ACTIVIDAD FARMACOLOGICA Y MECANISMO: Antipsicótico.Antidopaminérgico, estimula la secreción de prolactina.
INDICACIONES:
Manifestaciones psicosomáticas de la menopausia confirmada:
sofocos, irritabilidad, ansiedad.
POSOLOGIA: Adultos: 100 mg al día, durante 20 días. Oral. Repetir el tratamiento varias veces con intervalos de descanso de 10 días.
CONTRAINDICACIONES Y PRECAUCIONES:
Contraindicado en:
hiperprolactinemia no funcional.
Puede producir somnolencia: cuidado al conducir.
EFECTOS ADVERSOS:
Galactorrea, principalmente cuando la secreción endógena de estradiol no está aún suprimida (período premenopáusico).
Sensación de congestión mamaria y reacciones extrapiramidales, especialmente disquinesias orofaríngeas.

COMO EN ESPAÑA EN 22 AÑOS, ESTE ANTIPSICÓTICO NO TUVO "FICHA TECNICA" ÉSTA PERTENECE A "COLOMBIA"
SIGAN MINTIENDO LABORATORIOS SANOFI AVENTIS.
GUARDEN "SILENCIO" MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO ESPAÑOL.
¿COMO LO IBAN A CONOCER LOS MEDICOS EN ESPAÑA?

martes, 24 de febrero de 2009

PARA SANOFI AVENTIS Y MINISTERIO DE SANIDAD.

No me prodigo en hacer referencia a mi caso en particular en relación al medicamento AGREAL.
Voy a ocultar mi nombre aunque para ustedes y para mi desgracia por el "VENENO AGREAL" soy una enferma NON GRATA, entre otras muchas, porqué no cejaremos en que se descubra toda la VERDAD de lo ocurrido con el AGREAL en España y que por su competencia en VIGILAR Y CONTROLAR todos los medicamento, también son CULPABLES YA NO SOLO EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, sino que también en este asunto del AGREAL, está el PRESIDENTE DEL GOBIERNO Sr. RODRÍGUEZ ZAPATERO ya que se comprometió con las ENFERMAS y sigue en SILENCIO.
SRES., SRAS. DE SANOFI AVENTIS, tengo 59 años, he luchado y seguiré luchando por esta causa si la salud, muy mala salud por causa de USTEDES, me deja.
Les diré:
QUE AUNQUE ESTÉ MUERTA, SI ESTOY CIEGA, LO PODRÉ HACER PERO MUERTA NO LO PUEDO HACER YO MISMA, DEJARÉ UNA ESPECIE DE "TESTAMENTO ANTE NOTARIO" SOBRE LO QUE USTEDES CON SU MEDICAMENTO AGREAL, HA HECHO DE MI VIDA. POR TANTO, TRAIGA ABOGADOS DE EE.UU. DE JAPÓN O DE DONDE USTEDES LO CREAN CONVENIENTE, LLEVEN MÉDICOS DE ESPAÑA O DE OTROS PAÍSES, EN DEFENSA DE SUS INTERESES EN EL "ASUNTO DEL MEDICAMENTO AGREAL".
YO F.G.Q. NO LES CONSIENTO, NI A USTEDES NI A SUS MÉDICOS "QUE SE INVENTEN COSAS DE MI VIDA MÉDICA".USTEDES VAN A POR EL PRESTIGIO DE SU LABORATORIO, AUNQUE SE TENGAN QUE INVENTAR COSAS SOBRE MI VIDA MEDICA, PORQUE CON EL AGREAL, ES NULO EL PRESTIGIO DE SANOFI AVENTIS, AL MENOS AQUÍ EN ESPAÑA.
USTEDES SABEN QUE NOS ENTERAMOS DE TODO, PERO DE LO QUE ACABO DE ENTERARME EN CUANTO A MI PERSONA CON RESPECTO DE USTEDES, POR EL MUCHO PODER QUE USTEDES TENGAN EN TODAS PARTES NO SE LO VOY A CONSENTIR NI A USTEDES NI A NADIE.COMO YA LES INDIQUÉ TENGO 59 ANOS Y NO SÉ NI SIQUIERA CÓMO ES UNA CONSULTA MÉDICA DE ESE TIPO.
DEMUESTRAN USTEDES CON TODO ELLO, QUE NO SÓLO A MI, TAMBIÉN LO HAN HECHO CON OTRAS ENFERMAS DEL AGREAL EN LOS JUICIOS.
SIENTO HACIA USTEDES Y LOS DOCTORES QUE SE PRESTAN A NO DECIR LA VERDAD, SOBRE EL AGREAL EN ESPAÑA "UN DESPRECIO TOTAL" Y ESO POR NO ESCRIBIR EN ESTE BLOGGER, PALABRAS MAL SONANTES Y QUE TAMPOCO ES MI ESTILO COMO PERSONA.
SI ESTOY MUERTA, ANTES LO DEJARÉ ATADO Y BIEN ATADO.
SI ESTOY CIEGA IRÉ A ENFRENTARME Y AUNQUE NO LES PUEDA VER LAS CARAS DIRÉ LA VERDAD Y SOLAMENTE LA VERDAD DE LO QUE HA HECHO EN MI VIDA "SU MEDICAMENTO AGREAL EN ESPAÑA".
LO QUE DIGAN USTEDES Y COMO HAN DEMOSTRADO HASTA AHORA EN ESTE ASUNTO Y CON LA AYUDA DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO ESPAÑOL "NO TIENEN ESCRÚPULOS" NI SIQUIERA CON LA SALUD HUMANA.
SEGUIRÉ Y SEGUIREMOS EN LA LUCHA. COMO YA SABEN QUIEN SOY, LES ACONSEJO TANTO A USTEDES COMO AL MINISTERIO DE SANIDAD, VEAN UN PROGRAMA DE TV. SOBRE EL AGREAL.
YO F.G.Q. VOY

El veralipride (Agradil, Sanofi-Synthelabo) es un neuroléptico benzamida sustituida

El veralipride (Agradil, Sanofi-Synthelabo) es un neuroléptico benzamida sustituida actividades indicadas en el tratamiento de los síntomas que acompañan a la menopausia como los bochornos, inquietud, nerviosismo, depresión.
En 2005 una evaluación de la farmacovigilancia ha confirmado para el veralipride algunos de los efectos adversos ya conocidos por la clase de antipsicóticos, como la discinesia y el parkinsonismo, especialmente en los casos de tratamiento prolongado, lo que condujo a una actualización del prospecto de la droga (Nota AIFA de septiembre de 2006).
En particular:
1. Las indicaciones terapéuticas se han limitado al tratamiento de los sofocos;
2 ª la duración del tratamiento debe ser limitada a tres meses, con ciclos de no más de 20 días por mes. El riesgo-beneficio debe evaluarse antes de iniciar un nuevo ciclo;
3 ª se introdujo en la nueva contraindicación para la administración de los neurolépticos y antipsicóticos neurolépticos antieméticos.
Además, en algunos raros casos se han notificado síndromes de abstinencia, en particular la ansiedad y la depresión o la interrupción del tratamiento en el intervalo entre dos ciclos. En ese caso, deberá reanudar el tratamiento que debe reducirse gradualmente hasta el final de la suspensión.

AQUÍ EN ESPAÑA, LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO "LO RETIRA", NO SE ENTERA NI DIOS Y LAS QUE LO ESTÁBAMOS TOMANDO, PUES ESO:"SI TE HE VISTO, NO ME ACUERDO"
Y CLARO, ASÍ ESTAMOS: LAS QUE SE LO HABÍAN RETIRADO CON ANTERIORIDAD, LOS MÉDICOS "DESCONOCÍAN DEL PORQUÉ PADECÍAN DE MUCHAS PATOLOGÍAS, COMO TAMPOCO LO SABÍAN LA INMENSA MAYORÍA DE LOS MÉDICOS DE ESPAÑA Y LAS QUE LA ESTÁBAMOS TOMANDO CUANDO LO "RETIRARON" PUES NI SIQUIERA TUVIMOS LA OPORTUNIDAD DE HACERLO "PAULATINAMENTE".
¿NO SERÁ AGENCIA DEL MEDICAMENTO ESPAÑOL, LA NOTA DE 2004 QUE RECIBIERON LOS PAÍSES EUROPEOS, SOBRE LOS MEDICAMENTOS CENTRALIZADOS?
ESTA "LUCHADORAS DEL AGREAL" LA TENEMOS.
POR ESO Y DESPUES DE 22 AÑOS, SIN UN CONTROL SOBRE EL AGREAL EN ESPAÑA, LO PRIMERO QUE HICIERON A PRINCIPIOS DE 2005 Y DESPUÉS DE ARDUAS CONVERSACIONES CON LOS LABORATORIOS "SANOFI AVENTIS" LO RETIRARON;
PERO, ¿EL PROCEDIMIENTO QUE LE HICIERON FUE EL CORRECTO?.
"ESTAS LUCHADORAS DEL AGREAL, NO PARAREMOS HASTA QUE EL GOBIERNO ESPAÑOL, DE UNA VEZ Y POR TODAS, "RECONOZCAN LA MASACRE DEL AGREAL EN ESPAÑA"

ITALIA-AGRADIL-VERALIPRIDE.

16 DE OCTUBRE DE 2003:
AGRADIL (Sanofi-Synthelabo S.p.A.)
Neurologici - Veralipride antipsicotici
20cps 100mg 10,50 C RnR.

USTEDES MISMOS: SANOFI-SYNTHELABO S.p.A. lo catalogan como un "antipsicótico" y NEUROLÓGICO.
¿LO SABEN LOS DOCTORES ÁLVAREZ..........?
SÍ QUE LO SABEN
¡¡ Y TANTO QUE LO SABEN !!!

Información básica sobre medicamentos y prospecto

El medicamento debe ir acompañado de información básica, tanto para el profesional de la sanidad como (y fundamentalmente) para el usuario del medicamento.
La Directiva 92/27/CEE del Consejo de Europa, de 31 de marzo de 1992, marca las pautas informativas que deben reunir los medicamentos de uso humano.
http://www.ub.es/legmh/disposici/direc83.htm
Los puntos fundamentales que se deben recoger en todo medicamento son:
- Identificación: denominación, composición, presentación y datos del fabricante
- Indicaciones terapéuticas: para qué patologías o trastornos es efectivo el medicamento
- Información previa a la toma del medicamento: las contraindicaciones, precauciones, interacciones y advertencias
- Instrucciones para una utilización adecuada: modo de empleo, posología, duración del tratamiento, cómo reaccionar en casos de sobredosis o intoxicación, o qué hacer si se ha olvidado una o más dosis
- Efectos secundarios
- Fecha de caducidad
- Modo de conservación
- Acceso al medicamento: con o sin receta médica, o si se trata de un medicamento que necesita un seguimiento especial
- Tipo de especialidad farmacéutica: si se trata de un medicamento genérico, o si es un tratamiento de larga duración, etc.
¿Dónde se encuentra la información?
Cada medicamento genera tres tipos de material informativo:
- La ficha técnica del medicamento, que el laboratorio presenta al profesional. Este material no está dirigido al paciente
- El etiquetado
- El prospecto o folleto informativo

¿POR DONDE SE PASÓ LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO Y FARMACOVIGILANCIA ESPAÑOL, CON RESPECTO AL AGREAL-VERALIPRIDA, ÉSTA NORMATIVA EUROPEA?.
¿POR DÓNDE SE LA PASADO LOS LABORATORIOS SANOFI SYNTHELABO AHORA SANOFI AVENTIS?.
"NO FICHA TECNICA"
"PROSPECTO DE LO MAS CUTRE" TANTO PARA PROFESIONALES COMO PARA "LAS FOFAS ESPAÑOLAS".

¿ERA EL AGREAL "UN MEDICAMENTO HUERFANO EN ESPAÑA"?

DIGO YO, ¿CÓMO UN NEUROLÉPTICO-ANTIPSICÓTICO PARA LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), COMO ERA EL AGREAL, SE PUEDE CONSIDERAR "UN MEDICAMENTO HUÉRFANO"?.
PUES LEAN:
Representante de España en el Comité de Medicamentos Huérfanos, de la Agencia Europea de Evaluación de Medicamentos (EMEA) Profesor Titular del Departamento de Farmacología Clínica y Terapéutica de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) Jefe Clínico del Servicio de Farmacología del “Hospital de la Santa Creu i Sant Pau” de Barcelona.Director General de la Fundación Doctor Robert (Universidad Autónoma de Barcelona).

PUES SÍ SE REFIERE AL DR. JOSEP TORRENT-FARNELL, REPRESENTANTE ESPAÑOL EN LA EMEA DE MEDICAMENTOS HUÉRFANOS Y ADEMÁS QUE ESTUVO JUNTO A Dª CRISTINA AVENDAÑO SOLÁ Y DEMÁS, PRESENTE EN EL DEBATE EN LA EMEA, SOBRE EL AGREAL-VERALIPRIDE.
¿NO ES EL DR. ÁLVAREZ TAMBIÉN DEL “Hospital de la Santa Creu i Sant Pau”? Y TAMBIÉN DE LA MISMA UNIVERSIDAD DE BARCELONA.
RECUERDAN, EL DR. ÁLVAREZ FUE AL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL PATRIMONIO DEL MINISTERIO DE SANIDAD SOBRE EL MEDICAMENTO AGREAL.
¿QUE DIJO EL DR. ÁLVAREZ EN ESE JUICIO SOBRE NUESTRA COMPAÑERA?.
¿NO FUE ALGO ASÍ COMO QUE NUESTRA COMPAÑERA TENÍA ANTECEDENTES DE DEPRESIÓN ANTERIOR A LA TOMA DEL AGREAL?.
¡¡ QUE DISPARATE DOCTOR-RES !!
Y USTEDES SABEN BIEN LO QUE EL AGREAL EN ESPAÑA "HA PRODUCIDO A LAS MUJERES QUE LO TOMAMOS".
¿PARA BENEFICIAR A SANIDAD, A LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS?.

AL PORTAVOZ DE SANOFI-AVENTIS...


...La Agencia Europea de Medicamentos (EMEA) dice que tras una revisión de veralipride , que se utiliza para el tratamiento de los sofocos en mujeres menopáusicas, debe ser retirada de la venta en toda Europa debido a los efectos secundarios incluyendo depresión, trastornos del sueño y dyskenisia.
Se utiliza para el tratamiento de los sofocos en mujeres menopáusicas, hizo hincapié en que el producto ha ayudado a aliviar los síntomas debilitantes de la menopausia durante más de 20 años, pero que otras, más modernas alternativas terapéuticas han aparecido en el mercado.
El Comité de Medicamentos para uso humano (CHMP) ha concluido que los beneficios de veralipride no compensan sus riesgos, dijo la agencia en una declaración, que el fármaco se asocia con depresión, ansiedad, trastornos del sueño, temblores y la discinesia tardía (un trastorno del movimiento involuntario).
Veralipride se hizo por primera vez en 1979 y todavía está autorizado en Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y Portugal bajo los nombres comerciales Agreal y Agradil. Sólo está disponible con receta médica. La autoridad reguladora de medicamentos español retiró Veralipride la autorización de comercialización en España el 27 de junio de 2005. Sanofi Aventis se negó a dar una cifra precisa de los ingresos Agreal, pero señaló que "sólo genera Agreal limitado las ventas". Hizo hincapié en que el producto ha ayudado a aliviar los síntomas debilitantes de la menopausia durante más de 20 años, pero que otras, más modernas alternativas terapéuticas han aparecido en el mercado.

¿CÓMO ES QUE SANOFI-AVENTIS, NO HACE ESAS DECLARACIONES EN ESPAÑA?
AQUÍ EN ESPAÑA SANOFI-AVENTIS DICE: " SEGUIMOS MANTENIENDO QUE EL AGREAL ES UN MEDCAMENTO SEGURO" ÉSTO ULTIMO POR LO DE LOS JUICIOS.
FUERA DE ESPAÑA RECONOCE: "que el fármaco se asocia con depresión, ansiedad, trastornos del sueño, temblores y la discinesia tardía (un trastorno del movimiento involuntario)".
SEAN VALIENTES TANTO MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL Y SANOFI-AVENTIS DE "RECONOCER AQUÍ EN ESPAÑA, LA VERDAD DEL AGREAL" .



ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

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