Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
domingo, 21 de junio de 2009
MÉXICO: LE RECETAN ACLIMAFEL POR UN POCO DE ANGUSTIA Y ANSIEDAD
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¡Hola y gracias por contactar con la Asociación "AGREA-L-UCHADORAS"!
Por favor, lee nuestras páginas, hay muchos comentarios de mujeres que se han visto afectadas por el veneno Aclimafel/Agreal tanto en España, Francia, México, etc..., sus efectos secundarios son severos e irreversibles y luego se lavan las manos y nos dejan a nuestra suerte.
Desde esta Asociación, te pedimos que no tomes el Aclimafel ni ahora ni en un futuro.
Hay mujeres en México que están luchando por la retirada de Aclimafel de las farmacias, ponte en contacto, te damos el correo electrónico: afectadasaclimafel@hotmail.com y corre la voz para que más mujeres no sufran lo que todas nosotras estamos sufriendo y sin curación.
Te esperamos con tus nuevos comentarios y para que nos digas que has tomado la decisión de no tomarlo.También sería bueno que dirías a tu médico que en la Comunidad Europea, Argentina, Perú, Brasil, Chile, Colombia y Uruguay se ha retirado el medicamento por efectos adversos de tipo neurológico y psiquiátrico, a ver si deja de recetarlo de una vez.
Recibe un saludo y un abrazo de tus amigas de la Asociación "AGREA-L-UCHADORAS".
Salud...
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jueves, 18 de junio de 2009
ENTREVISTA A PAQUI, LUCHADORA DE CANARIAS EN CANAL 4TV GRAN CANARIA
http://albertohugorojas.blogspot.com/2009/04/luchadoras-y-afectadas-por-agreal.html
AGREA-L-UCHADORAS
¡Hola a todas!, en particular a las afectadas de todo el mundo por el veneno Agreal, Agradil, Veraligral, Veraligral-t, Aclimafel, etc., principio activo Veralipride del laboratorio Sanofi-Aventis, recetado para paliar los sofocos de la menopausia confirmada.
Nuestros males, a consecuencia de la toma de este medicamento han sido nefastos, todos de tipo neurológicos y psiquiátricos severos e irreversibles, según estudios de equipo de expertos de la Agencia Europea del Medicamento, EMEA.
Nuestra intención con este blog es la de dar a conocer nuestra lucha (de ahí su nombre) y padecimientos provocados por la ingesta, recetada indiscriminadamente durante 23 años en España y otros países, y ayudar en lo posible a las personas que quieran contactar con nosotras.
Nuestra lucha también está formada por actuaciones, manifestaciones, escritos y Manifiestos a Organismos Gubernamentales, requerimientos, peticiones de reuniones, de equipos multidisciplinarios para todas las mujeres que hayan consumido Agreal, al Ministerio de Sanidad y Consumo, Agencia Española del Medicamento AGEMED., y Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas.
Nuestra mayor satisfacción es haber conseguido con nuestros escritos, de denuncia y petición de que se retirara el Agreal, Veralipride/a, de todo el Mundo en el año 2006, al Defensor del Pueblo Europeo el cual nos remitió a la Comisión Europea CCEE., y esta pidió estudio de expertos a la EMEA, la cual dictaminó que se retirara de toda la Comunidad Europea todos los medicamentos que en sus prospectos contuvieran Veralipride/a. A raíz de la retirada del veneno en la Comunidad Europea, fueron retirándose también de otros países, Argentina, Uruguay, Chile, Brasil, Colombia y Perú. Aún así, seguimos apoyando a quien está luchando en México por su retirada, allí el veneno se llama Aclimafel, y en Marruecos ya ha saltado la voz de alarma a raíz de que tres afectadas de Canarias, entrevistadas en la TV. Canaria, fueron vistas en ese país y sabemos que ya hay médicos que lo están dejando de recetar.Os animamos a entrar en nuestro Blog "Agrea-L-uchadoras" y que hagáis vuestros comentarios y preguntas, estaremos encantadas de contestar a todas las dudas que os surjan sobre este medicamento.
Agreal (Veralipride/a), es un potente neuroléptico, antipsicótico, benzamida sustituída, inhibidor selectivo de los receptores de serotonina y antagonista colinérgico, antiemético.Tenemos estudios y documentación para contrastar todo lo que denunciamos en este Blog que esperamos sea el tuyo también, así lo esperamos.
Publicado por Alberto Hugo Rojas en 20/04/2009
3 comentarios:
Beatriz dijo...
Enhorabuena por la entrevista. Es bueno hacernos reflexionar sobre la ingesta de medicamentos, que no siempre es adecuado. Ha quedado totalmente claro el veneno que hay detrás de algunos fármacos que parecen inocuos.Me parece una gran iniciativa la plataforma que prestas a las afectadas. Un abrazo, Alberto.
20/04/2009
Alberto Hugo Rojas dijo...
GRACIAS GUAPA ESA ES LA INTENCION... DESDE LUEGO TIENES MUCHA RAZON NO SABEMOS QUE NOS DAN Y EN ESTE CASO NI LOS MEDICOS SABIEN QUE ES LO QUE RECETARO.. EL CONSUELO ES QUE AHORA TENEOMS MAS CONTROL PERO Y LAS SECUELAS DE ESTE MEDICAMENTO QUE??? Y LAS DE OTROS QUE ALEGREMENTE SE DIERON
20/04/2009
mamen dijo...
Soy una afectada y Luchadora de Agreal.Gracias Alberto por permitir a Paqui Gil Quintana contar su historia con el Agreal del Laboratorio Sanofi-Aventis y poder hacer su reivindicación y llamamiento a las mujeres de todo el Estado, de Marruecos, México, etc. Sólo decir que todo lo que ha contado Paqui en la entrevista es la imagen de todas las afectadas, en mayor o menor grado y sabiendo el como se encuentra Paqui, NUESTRA FELICITACIÓN Y NUESTRO APLAUSO MÁS SONORO. La dirección de E-Mail que salió en pantalla no estaba bien, la pongo aquí para quien entre en la página pueda leerlo. agrealluchadoras@yahoo.es Salud de todas las AGREA-L-UCHADORAS
22/04/2009__________________________________________________
¡Aúpa Paqui!, has estado estupenda en la entrevista, te han dejado hablar mucho rato. Ojalá lo hayan visto también las mujeres de Marruecos. Un beso de todas las AGREA-L-UCHADORAS
Salud...
FÁRMACOS PSICOTRÓPICOS Y SUS EFECTOS ADVERSOS
http://www.scribd.com/doc/9605740/farmacos-psicotropicos
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Salud...
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miércoles, 17 de junio de 2009
PROSPECTO AGREAL COLOMBIA. ¿PORQUÉ EN UNOS PAÍSES SI MENCIONAN EFECTOS ADVERSOS Y EN ESPAÑA NO?
Cápsulas(Veralipride)
COMPOSICIÓN:
Cada CAPSULA contiene veraliprida 100.00.
INDICACIONES TERAPÉUTICAS:
Coadyuvante en el tratamiento de trastornos de la menopausia.
POSOLOGÍA Y MODO DE ADMINISTRACIÓN:
1 cápsula diaria, durante 20 días, seguido por un periodo de descanso de 10 días, entre un ciclo de tratamiento y otro. El tratamiento en general es de corta duración y debe limitarse a algunos ciclos.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al principio activo o a alguno de los excipientes de la fórmula. Pacientes con tumores prolactino-dependientes, tales como prolactinoma de la hipófisis y cáncer de mama.
Pacientes con feocromocitoma conocido o sospechado.
Combinación con levodopa y agonistas dopaminérgicos (véase Interacciones medicamentosas y otras formas de interacción).
ADVERTENCIAS Y PRECAUCIONES ESPECIALES DE USO
El tratamiento con veralipride no corrige el hipoestrogenismo menopáusico. No se debe considerar como un tratamiento para contrarrestar los efectos de esta deficiencia, particularmente sobre la mucosa genital y la densidad ósea.
Veralipride podría inducir disquinesia tardía en caso de tratamiento prolongado. En tal evento, la medicación antiparkinsoniana es ineficaz o podría, incluso, inducir agravación de los síntomas.
Veralipride se ha asociado con acentuado incremento del nivel de prolactina, por tanto, se recomienda vigilancia de la glándula mamaria.
El tratamiento debe ser de corta duración y limitado en cada ocasión a 20 días del ciclo.
INTERACCIONES MEDICAMENTOSAS Y OTRAS FORMAS DE INTERACCION
Combinación contraindicada
Levodopa y agonistas dopaminérgicos: Antagonismo recíproco de efectos entre agonistas de la dopamina y neurolépticos.
Combinaciones no recomendadas
Alcohol: El alcohol refuerza el efecto sedante de veralipride. No se recomienda la ingesta de bebidas alcohólicas y de medicamentos que contengan alcohol.
Combinaciones que se deben tomar en cuenta
Depresores del sistema nervioso central, tales como derivados de la morfina, antihistamínicos H1 sedantes, barbitúricos, benzodiazepinas, antidepresivos sedantes y ansiolíticos, clonidina y derivados: Refuerzo del efecto sedante de veralipride.
EMBARAZO Y LACTANCIA: No es aplicable.
EFECTO SOBRE LA HABILIDAD DE CONDUCIR Y EL USO DE MAQUINAS: Veralipride se ha asociado con somnolencia. Por tanto, se debe tener cautela cuando se conducen vehículos o se operan máquinas.
EFECTOS INDESEABLES
Aumento de peso, somnolencia.
Hiperprolactinemia y trastornos relacionados: galactorrea, amenorrea, agrandamiento de la mama/ dolor mamario y disfunción orgásmica.
Síntomas extrapiramidales tempranos y trastornos relacionados, tales como
parkinsonismo y síntomas relacionados: temblor, rigidez, hipoquinesia, hipertonía, hipersalivación, disquinesia aguda y distonía (tortícolis espasmódica, crisis oculógira, trismus).
-acatisia.
Estos síntomas generalmente son reversibles bajo administración de medicación antiparkinsoniana.
Se han reportado muy raros casos de disquinesia tardía caracterizada por movimientos rítmicos e involuntarios, principalmente de la lengua y/o de la cara, de ordinario luego de la administración a largo plazo (véase Advertencias y precauciones especiales de empleo).
En muy raros casos se han observado síntomas de abstinencia, principalmente estados depresivos y ansiosos.
SOBREDOSIFICACIÓN:
La experiencia con veralipride en sobredosis es limitada. Se ha reportado exageración de los efectos farmacológicos conocidos de veralipride, principalmente episodios disquinéticos neuromusculares locales o generalizados. No hay un antídoto específico de veralipride. Por tanto, deben instaurarse medidas de soporte apropiadas. Si se presentan síntomas extrapiramidales severos deben administrarse anticolinérgicos.
Fecha de expiración: Tres años.
ALMACENAMIENTO: Manténgase fuera del alcance de los niños. Manténgase en lugar fresco y seco.
PRESENTACION: Caja por 20 cápsulas en blister PVC/ aluminio por 10 (Reg. San. INVIMA M-01062).
SANOFI DEVELOPMENT PHARMA SUCURSAL PACIFICO PHARMAY SANOFI - SYNTHELABO DE COLOMBIA S. A. SANOFI - SYNTHELABO
Apartado Aéreo: 1946
Cali, Colombia
http://www.drogassa.com.co/plm/index.htm
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Salud...
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viernes, 12 de junio de 2009
Los pacientes con enfermedades raras quieren igualdad en el tratamiento
La idea está bien, según la Federación Española de Enfermedades Raras (Feder), que agrupa a unas 400 de las asociaciones de afectados. Pero hay cabos sueltos que les preocupan. El primero, que se garantice que habrá un organismo que asegure que todos los que tengan una misma dolencia tengan las mismas oportunidades de tratamiento.
El recelo está justificado. En algunas de estas dolencias (síndromes genéticos con muy pocos casos, por ejemplo), gran parte de la posibilidad de un diagnóstico temprano -clave para evitar o paliar las secuelas- depende, actualmente, casi del azar: que los médicos y los pediatras acierten pronto.
Lo mismo sucede a lo largo de su vida. Lógicamente, no se puede pedir que todas las comunidades autónomas tengan servicios especializados para todos, porque no es sostenible que se pague a 17 especialistas y sus equipos si luego entre todos van a tener cuatro o 15 enfermos. En esto se sigue la dinámica de crear centros de referencia que se usa también en trasplantes u otras patologías más frecuentes. Pero este sistema supone, al menos actualmente, que el que tiene al experto cerca es mejor tratado y se le hace la vida más fácil que el que lo tiene lejos.
Además, la Feder cree que una estrategia (un acuerdo de intenciones y guías maestras, que es a lo más que puede llegar el ministerio) no es suficiente. Pide un plan que implique una financiación específica. También, claro, un registro de afectados, para saber de verdad dónde hay que poner fondos y asegurar la asistencia.
Como otras asociaciones de pacientes, la Feder quiere formar parte de los órganos que decidan sobre la implantación y seguimiento de esta estrategia. Todas estas peticiones las han recogido en un documento para presentarlo a los compentes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
lunes, 8 de junio de 2009
"MI ESTRELLA DE MAR" CUMPLIÓ TRES AÑOS
MI ESTRELLA DE MAR CUMPLIÓ TRES AÑITOS
Vaya, otro aniversario más de Mi Estrella de Mar. Tras un primero y un segundo, este jueves 21 pasaba como si nada el ecuador del tercero.Gracias, tanto a los que estáis ahí desde los comienzos cuando el espacio se llamaba “Caracola de Mar” y después acabó teniendo el mismo nombre del enlace de acceso -Mi-Estrella-De-Mar-, como a los incorporados más tarde (¡es que por entonces Internet era un erial en cuanto información específica por y para nosotros los SQM, y costó irnos encontrando e ir creando un espacio común, ¿verdad?). Gracias también a las incorporaciones más recientes, así como a los que vais yendo y viniendo tanto para quedaros como si no. Gracias a todos.
-La OMS no nos reconoce, por lo que no estamos ni en el CIE, lo que a su vez genera situaciones injustas como la de que algunos organismos dedicados a la FM/SFC, amparándose en que “no existimos” como entidad, les sea más cómodo no oficializarnos dentro de sus filas o si lo hace sea sólo de forma teórica, lo que es “la pescadilla que se muerde la cola” dado que si no se nos saca a la luz o sólo como “convidados de piedra”, de acompañantes sin más de la FM/SFC, seguiremos sin ser reconocidos y sí ignorados. Por tanto, para hacer presión ¿no sería lo más lógico actuar al contrario?.
-El 98% de blogs, webs, foros y asociaciones de afectados en castellano o profesionales de nuestras patologías sólo se dedican a la FM (aún aunque en sus siglas aparezca el SFC o incluso en esporádicas ocasiones la SQM). Muy pocos al SFC, y un número estadísticamente muy insignificante a la SQM.
-Los “12 de Mayo”, día internacional de las tres patologías, nadie nos tiene en cuenta, nadie se acuerda de nosotros…
24/5/09 19:20
25/5/09 14:23
LUCHADORA NOS ENVÍA ESTA NOTICIA SOBRE EL MERCURIO EN VACUNAS
Culpable: vacunas con mercurio...
...ES LO QUE DICEN Isabel, y Mercedes, y Ana. Y decenas de madres cuyos hijos pequeños son autistas pese a que inicialmente eran, según ellas, normales. Varios estudios relacionan la presencia de mercurio en algunas vacunas con estas anomalías. Y pediatras de prestigio se lo toman en serio
PACO REGO / SANTI COGOLLUDOEl álbum que enseña Mercedes parece sacado de un cuento para niños.
La opinión de José Luis de la Serna, subdirector de EL MUNDO y responsable del área de Salud de este periódico, la podéis leer en la página donde viene este interesante artículo que no está fuera de la realidad pero que este señor lo tacha de "Acusaciones sin fundamento". http://www.elmundo.es/cronica/2004/437/1078148137.html
AGEMED MODICFICACIÓN DE CIRCULAR 2/2000 POR LA QUE SE ESTABLECE LA DIRECTRIZ DE LEGIBILIDAD DE MATERIAL DE ACONDICIONAMIENTO Y PROSPECTO
DEPENDENCIA: AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
CONTENIDO: Modificación de la Circular 2/2000 por la que se establece la Directriz de legibilidad de material de acondicionamiento y prospecto.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: INDUSTRIA FARMACÉUTICA - FARMAINDUSTRIA
_____________________________________________________________________ La Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento, sobre la Directriz de legibilidad del material de acondicionamiento y prospecto, establece en su Anexo 1 un modelo de prospecto que sirve de guía para la elaboración del citado documento.
A los efectos de definir con mayor precisión la actividad desarrollada por el denominado “FABRICANTE”, se considera necesario modificar el modelo de prospecto, sustituyendo dicho término por el de “RESPONSABLE DE LA FABRICACIÓN”.
A tenor de lo expuesto, la presente Circular viene a modificar la Circular 2/2000, conforme a las siguientes Instrucciones:
PRIMERA.- Se sustituye el Anexo 1 de la Circular 2/2000, por el Anexo adjunto a la presente.
SEGUNDO.- Las solicitudes de autorización de comercialización de especialidades farmacéuticas, así como las solicitudes de modificación del etiquetado y prospecto de especialidades ya autorizadas, que se presenten a partir del 1 de Agosto de 2002, deberán ajustarse a lo dispuesto en la presente Circular.
Madrid, a 15 de julio de 2002,
EL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
Fernando García Alonso
Anexo 1
Ejemplo de modelo de prospecto
[Para medicamentos que se pueden obtener únicamente con receta:]
- Conserve este prospecto. Puede tener que volver a leerlo.
- Si tiene alguna duda, consulte a su médico o farmacéutico.
- Este medicamento se le ha recetado a Vd. personalmente y no debe darlo a otras personas. Puede perjudicarles, aun cuando sus síntomas sean los mismos que los suyos.>
[Para medicamentos que se pueden obtener sin receta:]
1. Qué es X (ejemplo: Agreal) y para qué se utiliza
2. Antes de
3. Cómo
4. Posibles efectos adversos
5. Conservación de X
[Denominación del medicamento]
{Nombre (comercial), dosis y forma farmacéutica}
{DCI o denominación común}
[Composición cualitativa completa en principios activos y excipientes]
- El principio activo es... (Ejemplo: Veraliprida)
- Los demás componentes son...
Expresar aquí la composición cuantitativa completa en principios activos, expresándose ésta por unidad de dosis (p. ej. “Cada comprimido contiene…..”). Expresar la composición cualitativa de todos los excipientes; y cuantitativamente de aquellos que se establecen en la Circular 16/98 de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios y posteriores modificaciones que de la misma se establezcan por la Agencia Española del Medicamento.
[Nombre y dirección del titular de la autorización de comercialización y del responsable de la fabricación(titular de la autorización de fabricación responsable de la liberación de los lotes) si es diferente de aquél]
El titular de la autorización de comercialización debe estar establecido en la UE/EEE (Espacio Económico Europeo).
El responsable de la fabricación, tal y como se define en el artículo 1..2 de la Directiva del Consejo 92/27 CEE es el titular de la autorización al que se refiere el artículo 16 de la Directiva 75/319) CEE, en representación de quien la persona cualificada ha cumplido con las obligaciones específicas determinadas en el artículo 22 de dicha Directiva; es decir, el fabricante responsable de la liberación de cada lote en el mercado de la UE/EEE.
1.QUÉ ES "X" Y PARA QUÉ SE UTILIZA
[Forma farmacéutica y contenido; grupo farmacoterapéutico]
[Indicaciones terapéuticas]
[Contraindicaciones]
No
“Consulte a su médico, incluso si cualquiera de las circunstancias anteriormente mencionadas le hubieran ocurrido alguna vez”.
En este apartado debe incluirse información sobre Precauciones, Advertencias especiales e Interacciones, incluso las debidas a la interacción con otros medicamentos. Se debe procurar garantizar que no se omiten detalles complejos y que se expresan de una forma comprensible para los consumidores. No es aceptable expresar solo las precauciones más habituales o más importantes. La creencia de que el paciente no puede comprender una precaución no es motivo para su omisión.
Como establece el artículo 12.1 de la Directiva 92/27/CEE, en el futuro se podrán elaborar directrices específicas sobre la formulación de determinadas advertencias específicas para determinadas categorías de especialidades farmacéuticas.
Una precaución determinada se expresa para que el paciente lleve a cabo una determinada acción, más que como una mera información de un hecho que describa una afección.
Se debe describir la influencia del producto sobre la conducta del paciente. Se debe realizar una distinción entre la influencia sobre las capacidades cognitivas, reactivas y sobre el juicio.
Describir también en qué casos (si procede) el consumidor debe utilizar "X" solo después de haber consultado con el médico.
Incluir, si procede y si no se ha mencionado en la sección precedente, una referencia a enfermedades crónicas concomitantes (insuficiencia renal, insuficiencia hepática, diabetes y otras enfermedades metabólicas).
Aportar la información relativa a los controles necesarios que se puedan realizar por el médico antes de o durante la terapia, por ejemplo análisis realizados para excluir contraindicaciones.
Aportar la información (si existe) sobre síntomas importantes que puedan enmascarar el producto, o si el producto influye sobre los valores de laboratorio. Si son relevantes, se debe hacer una referencia a las posibles intolerancias a distintos materiales (por ejemplo, jeringas de plástico desechables) que deben utilizarse como parte del producto.
Hacer una referencia a la necesidad de evitar influencias exteriores, como por ejemplo la luz del sol después de haber utilizado medicamentos fototóxicos. Se deben describir otras advertencias sobre, por ejemplo, otras enfermedades y sobre la influencia del producto sobre la conducta. Se deben también incluir, por ejemplo, una referencia a la decoloración de la ropa interior como consecuencia de cambios en el color de la orina y de las heces.
[Interacciones con alimentos y bebidas]
-
Aquí deben incluirse las interacciones no relacionadas con los medicamentos usando una terminología fácilmente comprensible para el consumidor.
[Uso por mujeres embarazadas o en periodo de lactancia]
Embarazo
Conducción y uso de máquinas:
Por ejemplo:
· “No conduzca ya que "X" puede impedirle conducir de forma segura”
· “No utilice ninguna herramienta ni máquinaria peligrosa”
Información importante sobre algunos de los componentes de "X":
Si procede, facilitar información sobre aquellos excipientes cuyo conocimiento sea importante para el uso seguro y eficaz del medicamento. Ver Directriz sobre excipientes en el etiquetado y en el prospecto de especialidades farmacéuticas de uso humano (Normas sobre Medicamentos de la Comunidad Europea Volumen 3B.
[Interacción con otros medicamentos]
Incluir, si procede, la siguiente frase:
“Tenga en cuenta que estas instrucciones pueden ser también de aplicación a medicamentos que se hayan tomado / utilizado antes o puedan tomarse / utilizarse después”.
Incluir siempre la siguiente frase:
“Informe a su médico o farmacéutico si está tomando, o ha tomado recientemente cualquier otro medicamento - incluso los adquiridos sin receta médica”.
Describir los efectos de otros medicamentos sobre el producto en cuestión y viceversa. Se debe hacer una referencia a la potenciación / disminución y a la prolongación / reducción de los efectos.
3. CÓMO
[Instrucciones para un uso adecuado]
Aquí deben incluirse las instrucciones para el uso y dosificación correctos del medicamento,
En cualquier caso incluir obligatoriamente en este sub-epígrafe las siguientes frases:
“Siga estas instrucciones a menos que su médico le haya dado otras indicaciones distintas”
“Recuerde tomar su medicamento”
Para medicamentos sólo disponibles con receta médica incluir la frase:
“Su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que...”
Las instrucciones se pueden presentar en negrita y las explicaciones en tipo normal, para dar al consumidor una orientación sobre la importancia de la información.
La explicación se debe presentar inmediatamente después de la instrucción cuando :
· la instrucción es contraria a la conducta esperada,
· las razones de una instrucción no son evidentes,
· la instrucción es más fácil de recordar utilizando una explicación.
La instrucción y su correspondiente explicación deben presentarse preferentemente en la misma cara del prospecto. Los grupos de instrucciones y explicaciones que estén relacionados deben presentarse también en la misma cara del prospecto.
Cuando proceda, deben incluirse descripciones (si resulta útil, acompañadas de ilustraciones) sobre las técnicas de apertura de envases a prueba de niños y de otros envases con un sistema de apertura no habitual.
Pueden ser importantes instrucciones de administración específicas, por ejemplo : Ingiera los comprimidos con una cantidad suficiente de líquido - un vaso de agua.
[Dosificación]
La vía de administración debe expresarse según los Términos Estándar de la Farmacopea Europea. Además, puede ser necesario explicar la vía de administración en un lenguaje comprensible para el consumidor.
Para productos que contengan un principio activo, debe expresarse en primer lugar el número de unidades de dosis, seguido directamente por la cantidad del principio activo entre paréntesis ; por ejemplo “uno o dos comprimidos (50 mg a 100 mg de “principio activo”- se debe expresar el nombre del principio activo) dos veces al día, lo que significa un máximo diario de cuatro comprimidos (200 mg de “principio activo”)”.
[Frecuencia de administración]
Se debe indicar, si son relevantes, las instrucciones para lograr un uso adecuado y los intervalos de dosis deseados (dosis individuales y diarias por separado), así como la dosis diaria máxima, la frecuencia, el modo y la vía de administración y duración del tratamiento.
Además, se deben expresar los tiempos de administración (frecuencia de administración). El texto se debe estructurar de acuerdo con la indicación, edad y sexo, teniendo en cuenta las afecciones orgánicas.
Aquí también se debe hacer una referencia a la disminución de la dosis en caso de insuficiencia renal y/o insuficiencia hepática.
Las instrucciones deben :
· utilizarse para explicar a los usuarios qué hacer. No deben utilizarse para justificar o para explicar una acción.
· describirse de forma práctica.
· explicar al consumidor cómo utilizar correctamente el producto.
· ser positivas más que negativas, siempre que sea posible. Solo se deben utilizar instrucciones negativas cuando el consumidor deba evitar una acción específica.
· darse como instrucciones distintas cuando el consumidor deba realizar dos acciones distintas. Acciones distintas no deben expresarse en una sola frase.
· numerarse y relacionarse en el orden exacto que deba seguir el consumidor.
· ser normalmente comprensibles sin explicaciones, para no sobrecargar al consumidor con información.
[Duración del tratamiento]
Si procede, deben incluirse declaraciones precisas sobre :
· duración normal de la terapia ;
· duración máxima de la terapia ;
· intervalos sin tratamiento ;
. casos en los que se debe limitar la duración del tratamiento.
En particular, y si es posible, y para productos de libre dispensación, se deben incluir instrucciones precisas sobre la duración normal del tratamiento, la duración máxima del mismo y los intervalos sin tratamiento, junto con una orientación clara sobre cuándo consultar al médico. Para medicamentos con receta médica se debe incluir una declaración como la siguiente :
“su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que ...”
[Síntomas en caso de sobredosis y acciones a seguir]
Si Vd.
Describir cómo reconocer si alguien ha tomado una sobredosis y qué hacer, en su caso. Por ejemplo:
-Si Usted ha tomado / utilizado "X" más de lo que debe, consulte inmediatamente a su médico o a su farmacéutico.
[Medidas a adoptar si no se han tomado una o más dosis]
Si olvidó tomar X:
Efectos que se dan cuando se interrumpe el tratamiento con "X":
Se deben describir, si procede, los efectos que se producen al suspender el tratamiento.
4. POSIBLES EFECTOS ADVERSOS
[Descripción de los efectos adversos]
Comenzar esta sección con la siguiente frase:
Como todos los medicamentos, "X" puede tener efectos adversos.
Terminar esta sección con la expresión:
Si se observa cualquier otra reacción no descrita en este prospecto, consulte con su médico o farmacéutico
La información que se facilite sobre efectos adversos no deseados debe estar de acuerdo con la incluida en la Ficha Técnica. Los efectos adversos deben subdividirse de acuerdo con su gravedad y frecuencia, o de acuerdo con el tipo de síntoma. Siempre que sea posible, debe mencionarse en el prospecto la frecuencia con la que se presentan los efectos adversos no deseados, para permitir al paciente conocer los riesgos. Si se dispone de datos exactos se pueden dar las cifras en forma de porcentaje. Si es posible, dentro de los distintos grupos de frecuencia, los efectos no deseados deben relacionarse por orden decreciente de gravedad. Deben mencionarse en primer lugar o de forma especialmente destacada los efectos no deseados muy graves, habituales, con independencia de su frecuencia. Esto es especialmente aplicable a los efectos no deseados en los que sea urgente tomar alguna acción.
Actualmente la frecuencia estimada se subdivide en:
- muy habitual ³10%, (igual o más de un 1 por cada 10) ;
- habitual > 1% y < color="#006600">También es posible un sistema basado en sistemas orgánicos. Se deben mencionar aquí efectos no deseados que se presentan principalmente al principio del tratamiento y luego desaparecen, o que solo se presentan después de un tratamiento prolongado.
Se deben mencionar aquí las medidas a adoptar para remediar o al menos aliviar los efectos no deseados, si son relevantes. Si el consumidor necesita asistencia urgente, utilizar la expresión “inmediatamente”. Para supuestos menos urgentes utilizar la expresión “tan pronto como sea posible”. Se debe indicar expresamente al consumidor que comunique al médico o al farmacéutico cualquier efecto no deseado, especialmente si no se menciona en el prospecto.
5. CONSERVACIÓN DE "X"
[Precauciones de conservación y fecha de caducidad]
Incluir la frase:
Mantenga "X" fuera del alcance y de la vista de los niños.
Expresar las condiciones de conservación, según proceda, empleando las siguientes frases:
“No conservar a temperatura superior a 25ºC / 30ºC”
“Conservar entre 2ºC y 8ºC (en nevera)”
“Conservar en congelador”
“No refrigerar / congelar”
“Conservar en el embalaje original”
“Conservar en el envase original”
“Conservar en el embalaje exterior”
“Mantener el envase perfectamente cerrado”
“No se precisan condiciones especiales de conservación”
“Conservar protegido de la luz”
“Conservar protegido de la humedad”
[Cuando corresponda, advertir acerca de ciertos signos visibles de deterioro]
Incluir la frase:
No utilizar "X" después de la fecha de caducidad / utilizar antes de la fecha de caducidad indicada en la etiqueta / caja / frasco.
Si procede, debe haber una advertencia sobre determinados signos visibles de deterioro, tales como:
“No utilizar "X" si Usted ve que ...”
Este prospecto ha sido aprobado ...
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viernes, 5 de junio de 2009
Denuncian posible envenenamiento por mercurio de su hijo a través de vacunas
El menor tiene "una metilación deficiente" que no le permite absorber el exceso de mercurio.
Su padre, Manuel García, ha explicado a EFE-TV que al menos 12 de las 24 vacunas que el niño ha recibido desde que nació hasta cumplir los 18 meses podrían tener trazas de timerosal o mercurio.
Estas pequeñas cantidades no suelen afectar a personas que no tienen problemas de absorción, pero que, en el caso de este pequeño, "le ha causado graves problemas neurológicos".
Manuel se ha unido a una querella que han presentado unas 70 personas de toda España contra el Ministerio de Sanidad y ha reclamado más información para los padres.
Por ello, un equipo médico ha iniciado una investigación para conocer si existe una relación entre la posible intoxicación con los síntomas de autismo que padece el pequeño, cuyo caso no es el único en España.
De hecho, alrededor de 70 familias ya han expresado su voluntad de denunciar al Ministerio de Sanidad por permitir "introducir el mercurio en sus programas de vacunación".
Así lo ha confirmado a EFE el propio padre del niño afectado y el abogado que representa a esta familia, residente en Ibi (Alicante), Felipe Holgado.
La familia del pequeño acudió a la Asociación para Vencer el Autismo (AVA), cuyo equipo médico le sometió a numerosas pruebas en España, Alemania y Estados Unidos.
Las pruebas presentaban que la orina tenia un nivel de arsénico 320 superior a lo normal, y cinco veces más de mercurio.
Una muestra del cabello de Alejandro presentaba una tasa de mercurio 12 veces por encima de la media.
"Desde el laboratorio me preguntaron si ese señor -en alusión al niño- trabajaba en una mina, pero al informarle que se trataba de mi hijo, el técnico me preguntó si vivíamos en una zona minera", ha expuesto.
La conclusión de los médicos, según el padre, refleja que unos niveles tan altos de mercurio sólo podían deberse a una causa externa: a una vacuna, ya que éstas contienen un conservante cuya base es el mercurio.
El pequeño, que se somete a un protocolo de desintoxicación, ha comenzado a hablar, ha recuperado la atención y concilia el sueño con normalidad.
Sin embargo, García ha recordado que su hijo nació sano y tuvo un desarrollo normal hasta los 15-18 meses.
"De manera progresiva dejó de hablar, de prestar atención y de tener problemas con el sueño", ha afirmado el progenitor, quien ha explicado que al principio el pediatra le indicó que estos síntomas "podrían ser normales".
Tras acudir a un segundo pediatra y a un neurólogo, este último les expuso que el pequeño tenía "un trastorno de aspecto autista".
Sin más datos, encontró una página de internet donde algunos padres comentaban síntomas de sus hijos parecidos al de su pequeño y donde se hacía referencia a vacunas que tienen o tenían un componente denominado tiomersal o timerosal.
Al parecer, ni la Consellería ni el Ministerio de Sanidad le han facilitado la información sobre los componentes de las vacunas, algo que sí hacen los laboratorios farmacéuticos.
"Ya sé que, de las 24 vacunas que le han puesto desde que nació, en 12 le inyectaron timerosal", ha indicado García.
jueves, 28 de mayo de 2009
EXPERTO CUESTIONA LA VACUNA CONTRA LA GRIPE CUANDO FALTAN FÁRMACOS ESENCIALES
Soler ha hecho estas declaraciones durante la presentación de un libro en el que varios expertos analizan el acceso universal a los medicamentos, titulado "Esenciales para la vida", y financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Aecid) y la Diputación General de Aragón.
El virus de la gripe A, que afecta a los países ricos, ha generado un movimiento de "gran importancia" para promover una profilaxis, cuando aún no se conoce su "eficacia real" y sin tener en cuenta otras necesidades más apremiantes en materia de salud, ha comentado.
Tras calificar esta situación de posible "irresponsabilidad", ha insistido en que todavía no se conoce "ni a quién ni cómo puede proteger" la vacuna contra esta enfermedad y, sin embargo, ha logrado reabrir el debate sobre las patentes y las leyes de comercio y protección intelectual.
"No vayamos tan rápido", ha matizado Soler, quien se ha referido a la necesidad de "redefinir" las prioridades en I+D y al uso racional de los medicamentos, para mejorar el acceso a tratamientos básicos en todos los países del mundo.
Estas son algunas de las conclusiones de la publicación promovida por Farmacéuticos Mundi, que se ha presentado en la sede española del Parlamento Europeo, y que forma parte de una campaña dirigida a promover un debate sobre la búsqueda de soluciones para que la salud sea "un derecho universal y no un privilegio".
Sergio Galán, de la AECID, ha aportado algunas cifras que revelan la desigualdades existentes en el mundo, ya que más de un tercio de la población mundial carece de acceso a medicamentos esenciales y la mitad de ellos se venden de forma inadecuada y son usados de forma incorrecta.
La posibilidad de acceder a fármacos indispensables evitaría que uno de cada seis niños muera antes de cumplir su quinto cumpleaños o que en el África Subsahariana una de cada dieciséis mujeres fallezca durante el embarazo o el parto.
Los expertos han llamado también la atención sobre el hecho de que el 88 por ciento de las personas con VIH no tiene acceso a los retrovirales, mientras que cada año se producen entre trescientos y quinientos millones de casos de malaria en el mundo, el 90 por ciento de ellos en África
domingo, 24 de mayo de 2009
MARIDO DE LUCHADORA DE AGREAL COMENTA EL PADECIMIENTO EN EL PROGRAMA "HABLAR POR HABLAR"
Hablar por hablar.
Están afectadas casi diez mil mujeres, y el medicamento ya no se comercializa.
lunes, 18 de mayo de 2009
MEDICAMENTO ANTIDOPAMINÉRGICO "VERALIPRIDE/A
La droga antidopaminérgica veralipride ( nombres comerciales: Agradil ®, Agreal ®, Fatium ® y Veralipril ®), un derivado benzamida sintética con la acción antidopaminérgica, fue probada en tres estudios y demostrado por Nelson que era de mala calidad. (2006) [156].
La seguridad de veralipride ha sido puesta en duda por varios autores.
El problema parece estar relacionado con el mal uso y errores de la prescripción y al tratamiento a largo plazo con este principio activo [157].
Los efectos adversos incluyen desórdenes de extrapiramidales incluso dyskinesias agudas o parkinsonismo, distonía tardía , dyskinesia tardía [157] y dyskinesia respiratoria .
Estos síntomas han sido observados al cabo de unos meses de tratamiento [157]..
REFERENCIAS:
-155 Melis GB, Gambacciani M, Cagnacci A et al. Effects of the dopamine antagonist veralipride on hot flushes and luteinizing hormone secretion in postmenopausal women. Obstet. Gynecol. 72( 5), 688– 692( 1988).
-156 Zichella L, Falaschi P, Fioretti P et al. Effects of different dopamine agonists and antagonists on post- menopausal hot flushes. Maturitas 8( 3), 229– 237( 1986).
-157 Raja M, Azzon iA. Tardive dyskinesia after long- term veralipride treatment. J. Neuropsychiatry Clin. Neurosci. 17, 252– 253( 2005). 158 De Leo V, - 0.74 seg.
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Miremos por donde lo miremos, el Agreal de Sanofi-Aventis es una droga dura que nos ha hecho puré el sistema nervioso central.
El Ministerio de Sanidad, Farmacovigilancia española y Gobierno junto con Sanofi-Aventis, nos han dejado una calidad de vida que para ellos la quisiera yo y muchas luchadoras de Agreal.
Salud...
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domingo, 17 de mayo de 2009
SÓLO LAS AUTORIDADES EUROPEAS NOS ATENDIERON
martes, 12 de mayo de 2009
RESPUESTA AL MINISTERIO DE SANIDAD-SANOFI, ¿SON LO MISMO?, PARECE QUE SÍ, NO SÉ...
Aquí hay más para ustedes del Gobierno, Ministerio de Sanidad y Agencia Española del Medicamento:
1. Cuando en virtud de una obligación derivada del Tratado de la Unión Europea o de los Tratados de las Comunidades Europeas o de los actos de sus instituciones deban comunicarse a éstas disposiciones de carácter general o resoluciones, las Administraciones públicas procederán a su remisión al órgano de la Administración General del Estado competente para realizar la comunicación a dichas instituciones. En ausencia de plazo específico para cumplir esa obligación, la remisión se efectuará en el de quince días.
2. Cuando se trate de proyectos de disposiciones o cualquiera otra información, en ausencia de plazo específico, la remisión deberá hacerse en tiempo útil a los efectos del cumplimiento de esa obligación.
Aquí pongo las Leyes a las que se han acogido para la contestación dada a compañeras afectadas y luchadoras. Si pincháis en los enlaces la leeréis en pleno, es muy larga y tediosa para poner todo aquí.
Sección 1ª Principios generales
Artículo 107. Objeto y clases.
1. Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de esta Ley. La oposición a los restantes actos de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
2. Las Leyes podrán sustituir el recurso de alzada, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje, ante órganos colegiados o comisiones específicas no sometidas a instrucciones jerárquicas, con respecto a los principios, garantías y plazos que la presente Ley reconoce a los ciudadanos y a los interesados en todo procedimiento administrativo. En las mismas condiciones, el recurso de reposición podrá ser sustituido por los procedimientos a que se refiere el párrafo anterior, respetando su carácter potestativo para el interesado. La aplicación de estos procedimientos en el ámbito de la Administración Local no podrá suponer el desconocimiento de las facultades resolutorias reconocidas a los órganos representativos electos establecidos por la Ley.
3. Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa. Los recursos contra un acto administrativo que se funden únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general podrán interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición.
4. Las reclamaciones económico-administrativas se ajustarán a los procedimientos establecidos por su legislación específica. (Artículo redactado según Ley 4/1999, de 13 de enero)
Artículo Tercero. Modificación de secciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se modifican las siguientes Secciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Se modifica la rúbrica de la Sección II del Capítulo II del Título VII, que pasará a denominarse Recurso de alzada, comprendiendo los artículos 114 y 115 de la Ley.
Se introduce una nueva Sección III en el Capítulo II del Título VII, bajo la rúbrica Recurso potestativo de reposición, comprendiendo los artículos 116 y 117 de la Ley.
La Sección III del Capítulo II del Título VII, pasa a ser Sección IV , bajo la
rúbrica de Recurso extraordinario de revisión, comprendiendo los artículos 118 y 119 de la Ley.