martes, 23 de octubre de 2012

SEGURIDAD CARDIOVASCULAR DE LOS AINE TRADICIONALES: CONCLUSIONES DE LA REVISIÓN DE LOS ÚLTIMOS ESTUDIOS PUBLICADOS


Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios AEMPS


SEGURIDAD CARDIOVASCULAR DE LOS AINE TRADICIONALES: CONCLUSIONES DE LA REVISIÓN DE LOS ÚLTIMOS ESTUDIOS PUBLICADOS

Fecha de publicación: 22 de octubre de 2012
 
Categoría: MEDICAMENTOS USO HUMANO, SEGURIDAD.

Referencia: MUH (FV) 15/2012

• Tras la revisión de los últimos estudios publicados, el balance beneficio-riesgo de los AINE-t se mantiene favorable.

• Para ibuprofeno y naproxeno los resultados de estudios recientes son acordes con la información proporcionada en las fichas técnicas de estos medicamentos. Diclofenaco parece tener un mayor riesgo cardiovascular de tipo aterotrombótico que ibuprofeno y naproxeno y continúa en evaluación.

Para el resto de AINE-t la información es insuficiente para obtener conclusiones por lo que no se puede descartar ni confirmar un incremento de riesgo.

• Los AINE se deben utilizar a las dosis eficaces más bajas y durante el menor tiempo posible, teniendo en cuenta los factores de riesgo cardiovascular y gastrointestinal de cada paciente.

La seguridad cardiovascular de los anti-inflamatorios no esteroideos tradicionales (AINE-t) fue revisada en el año 2006 en la Unión Europea (ver notas informativas de la AEMPS 2006/07 y 2006/10)(1,2). En dicha revisión se concluyó que el balance beneficio-riesgo de estos medicamentos se mantenía favorable, aunque su uso podía asociarse, en diversa medida, a un incremento de riesgo cardiovascular de tipo aterotrombótico.

Posteriormente a esta revisión se han publicado diversos estudios con el objetivo de esclarecer el nivel de riesgo cardiovascular de los diferentes AINE disponibles. El Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP), comité científico de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) constituido por representantes de todas las agencias nacionales europeas, ha finalizado recientemente la revisión de estos estudios.

Estudios revisados y conclusiones para los AINE-t

La información analizada en esta revisión procede de metanálisis de ensayos clínicos(5,6) y de estudios observacionales(7-9), así como de diversos estudios observacionales recientemente publicados y del proyecto de investigación independiente “Safety of non-steroidal anti-inflammatory drugs” (SOS)(10). Los AINE-t incluidos en estos estudios son, fundamentalmente, los más utilizados: diclofenaco, ibuprofeno y naproxeno.

• Para naproxeno los resultados son consistentes con las conclusiones establecidas en 2006. Los recientes metanálisis de ensayos clínicos muestran un menor riesgo que los AINE inhibidores selectivos de la COX-2 (coxibs)(5) y un riesgo similar al que presentan los pacientes que recibieron placebo(6). Aunque los resultados de un metanálisis de estudios observacionales muestran un ligero incremento de riesgo, naproxeno sería el AINE-t con el menor riesgo de problemas cardiovasculares de tipo aterotrombótico(9). Estos resultados se confirman en algunos estudios individuales. Por otra parte, debe tenerse en cuenta que en estudios epidemiológicos, naproxeno se ha asociado con un mayor riesgo gastrointestinal que diclofenaco e ibuprofeno.

• Para ibuprofeno existen ciertas inconsistencias entre estudios en lo que respecta al riesgo de ictus. De forma global, los resultados de estudios observacionales muestran que ibuprofeno se asocia a un ligero incremento de riesgo cardiovascular cuando se compara con naproxeno, siendo inferior al observado para diclofenaco y los coxibs. Aunque los datos tienen ciertas limitaciones, de nuevo muestran que la administración de dosis diarias de ibuprofeno de 1200mg/día o inferiores parecen más seguras que el uso de dosis superiores(9,10).

• En relación con diclofenaco, los estudios recientes apuntan a un mayor riesgo cardiovascular respecto a otros AINE-t y similar al observado para los coxibs. Los metanálisis de ensayos clínicos indican un riesgo similar al obtenido para los coxibs como grupo(5) o para el etoricoxib(6). Los metanálisis de estudios observacionales muestran un riesgo superior para diclofenaco respecto a celecoxib y otros AINE-t(7,9). Estos resultados también se han observado en estudios epidemiológicos individuales.

En cuanto al efecto de la dosis de diclofenaco sobre el riesgo cardiovascular, la información, aunque limitada, parece indicar que el riesgo cardiovascular se incrementa con dosis superiores a 100 mg/día. Por otra parte, se debe tener en cuenta que aunque el perfil de riesgo cardiovascular pudiera ser más desfavorable para diclofenaco con respecto a naproxeno o ibuprofeno, el incremento de riesgo observado es moderado.
 
• Para otros AINE-t los datos disponibles procedentes de estudios recientes siguen siendo insuficientes para obtener conclusiones sobre su riesgo aterotrombótico, por lo que no puede excluirse un incremento de riesgo asociado a su uso.

Conclusiones de la revisión


• La evidencia científica procedente de los estudios recientes, confirma las conclusiones establecidas en 2006, las cuales indicaban un ligero incremento de riesgo cardiovascular de tipo aterotrombótico para AINE-t, en particular cuando se utilizan a dosis elevadas durante periodos de tiempo prolongados(3,4).

• Para ibuprofeno y naproxeno, los datos recientemente publicados son acordes con la información que proporciona su ficha técnica.

• Para diclofenaco, se ha considerado que el Comité de Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia europeo (PRAC: Pharmacovigilance Risk Assessment Committee) debe evaluar toda la información disponible sobre diclofenaco, procedente de datos publicados y no publicados, con objeto de valorar si son necesarias medidas reguladoras o de prevención de riesgos adicionales a las establecidas actualmente.

Recomendaciones

La AEMPS recuerda a los profesionales sanitarios las recomendaciones actuales en relación con el riesgo cardiovascular de los AINE-t(2):


• El balance beneficio/riesgo de los AINE continúa siendo positivo, siempre y cuando se utilicen en las condiciones de uso autorizadas.

• Los AINE se deben utilizar a las dosis eficaces más bajas posibles y durante el menor tiempo posible para controlar los síntomas de acuerdo con el objetivo terapéutico establecido.

• La prescripción y selección de un AINE debe seguir realizándose sobre la base de los perfiles globales de seguridad de cada uno de los medicamentos, de acuerdo con la información proporcionada en sus fichas técnicas (disponibles en www.aemps.gob.es ), y en función de los factores de riesgo cardiovascular y gastrointestinal de cada paciente.

Finalmente se recuerda la importancia de notificar todas las sospechas de reacciones adversas al Centro Autonómico de Farmacovigilancia correspondiente del SEFV-H.   ----------   Referencias

1. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Nota informativa de seguridad de Medicamentos 2006/07, 27/09/ 2006.

2. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Nota informativa de seguridad de Medicamentos 2006/10, 26/10/ 2006.

3. European Medicines Agency. European Medicines Agency review concludes positive benefit-risk balance for non-selective NSAIDs. Press release 23/10/2006.

4. European Medicines Agency. European Medicines Agency finalises review of recent published data on cardiovascular safety of NSAIDs. Press release 19/10/2012.

5. Chen LC, Ashcroft DM. Risk of myocardial infarction associated with selective COX-2 inhibitors: meta-analysis of randomised controlled trials. Pharmacoepidemiol Drug Saf. 2007 Jul;16(7):762-72.

6. Trelle S, Reichenbach S, Wandel S, Hildebrand P, Tschannen B, Villiger PM, Egger M, Jüni P. Cardiovascular safety of non-steroidal anti-inflammatory drugs: network meta-analysis. BMJ. 2011 Jan 11; 342:c7086.

7. Varas-Lorenzo C, Riera-Guardia N, Calingaert B, Castellsague J, Pariente A, Scottil L, Stukernboom M and Perez-Gutthann S. Stroke Risk and Nonsteroidal Anti-inflammatory Drugs. A Systematic Review of Observational Studies. Pharmacoepidemiol Drug Saf. 2011 Dec;20(12):1225-36.

8. McGettigan P, Henry D Cardiovascular risk and inhibition of cyclooxygenase: a systematic review of the observational studies of selective and nonselective inhibitors of cyclooxygenase 2. JAMA. 2006 Oct 4; 296(13):1633-44.

9. McGettigan P, Henry D. Cardiovascular risk with non-steroidal anti-inflammatory drugs: systematic review of population-based controlled observational studies. PLoS Med. 2011 Sep; 8(9):e1001098.

10. Safety Of non-Steroidal anti-inflammatory drugs project: http://www.sos-nsaids-project.org/





Salud ...

Sanidad alerta del uso indiscriminado de las 'células madre' como reclamo


ALERTA

Tratamientos sin eficacia probada

Sanidad alerta del uso indiscriminado de las 'células madre' como reclamo.

La Agencia del Medicamento recuerda que no hay ningún tratamiento autorizado


Cosméticos y clínicas estéticas, entre otros, utilizan el término como 'reclamo'

El uso de células madre no está exento de riesgos.  
La Agencia Española del Medicamento, dependiente del Ministerio de Sanidad, ha hecho un llamamiento a la población y a los profesionales sanitarios ante el "indiscriminado" uso, y la consecuente confusión que puede generar, del término 'células madre' en situaciones que nada tienen que ver con el tratamiento de enfermedades humanas.

"La oferta directa a ciudadanos y pacientes de distintas terapias basadas en la manipulación de células madre de diferentes orígenes y postuladas para el tratamiento de las más variadas enfermedades y condiciones clínicas está contribuyendo a generar cierta confusión en la sociedad", señala la AEMPS en una alerta sanitaria, que ya emitió un mensaje similar en 2010.

Hasta la fecha, no hay ningún medicamento basado en células madre humanas que esté comercializado en España, por lo que la oferta de dichos tratamientos es ilegal. Por tanto, Sanidad recomienda, ante la "utilización premeditada" del término células madre de origen humano, informarse bien antes de iniciar cualquier tipo de tratamiento basado en el uso de células madre.

La AEMPS lamenta "la utilización indiscriminada de términos que pueden parecer sinónimos y no lo son" y recomienda que aquellos pacientes que crean que pueden beneficiarse de un tratamiento de este tipo acudan a su médico para discutir las diferentes modalidades de acceso a este tipo de medicamentos. Igualmente, advierte de los riesgos de estas prácticas fuera del marco regulado junto con la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, por sus siglas en inglés).


Ojo a los cosméticos

Especialmente destaca la utilización de esta terminología en productos cosméticos, que considera busca, "en muchas ocasiones, aprovechar el aspecto novedoso de las terapias con células madre para trasladarlo a otros ámbitos ajenos al contexto médico".

La agencia destaca especialmente el caso de los cosméticos, que no pueden contener derivados de origen humano según la legislación, por lo que la utilización de células madre humanas en productos comercializados como cosméticos es ilegal.

Además, en caso de contenerlos deberían ser considerados medicamentos con los que "deberían demostrar su calidad, seguridad y eficacia en ensayos clínicos adecuados que permitieran al ciudadano saber los efectos y posibles riesgos de su utilización".

Al respecto, aclara, "hasta la fecha no se ha autorizado ningún medicamento de este tipo con fines estéticos, por lo que su presencia en el mercado se considera igualmente ilegal".

Por otra parte, especifica que muchos de los tratamientos podrían estar basados en células madre de origen vegetal, que no tiene ninguna relación con las células madre de origen humano y no se ha demostrado que posean ninguna utilidad en el tratamiento de enfermedades.

No obstante, si así se postulara, sus efectos también deberían ser probados en ensayos clínicos adecuados y les resultaría de aplicación todo lo expresado en los párrafos anteriores. Así, "la utilización de este tipo de células en cosméticos u otro tipo de productos para tratamientos estéticos no está relacionada con la prevención, tratamiento o diagnóstico de las enfermedades humanas".


Excepciones de uso

Con la excepción de los trasplantes de precursores hematopoyéticos (para trasplantes de médula ósea), las terapias con células madre para el tratamiento de cualquier tipo de enfermedad son consideradas medicamentos y, por tanto, su desarrollo, autorización y utilización debe realizarse de acuerdo con las normas específicas establecidas para este tipo de medicamentos en Europa y España.

Y aunque no hay hoy por hoy ningún medicamento basado en células madre que esté comercializado legalmente en España, sí existen tres excepciones reguladas por la agencia europea, y que Sanidad reconoce en el marco de ensayos clínicos o uso compasivo (en patologías sin otra terapia disponible y siempre previa autorización).

Actualmente, la legislación europea contempla como medicamentos el implante de condrocitos autólogos (para lesiones de cartílago), el implante de queratinocitos para tratamiento de quemados y el tratamiento de lesiones corneales con células troncales limbocorneales (para trasplantes de córnea). De estos tres escenarios, sólo en el caso de la córnea se emplean células madre propiamente dichas, porque en los otros dos se usan células diferenciadas (es decir, no células madre propiamente dichas, sino células adultas no pluripotenciales). Estos tres tratamientos pueden encontrarse en situación de uso en la práctica clínica de centros vinculados al Sistema Nacional de Salud.

Por ello, constituyen una excepción como también lo será la utilización de estas terapias en el marco de lo que se conoce como 'cláusula de exclusión de hospitales' recogida en la normativa europea y nacional, a través de la cual será posible el acceso a un tratamiento individualizado con este tipo de terapias.

Por lo tanto, la utilización de medicamentos basados en células madre fuera de las modalidades enunciadas anteriormente no está autorizada y carece de garantías de calidad, eficacia y seguridad.




Sanidad retira del mercado productos de Ovejero y prohíbe su fabricación



GOLPE AL POLO DEL MEDICAMENTO LEONÉS

LAS CONSECUENCIAS

Sanidad retira del mercado productos de Ovejero y prohíbe su fabricación

Una inspección de la agencia del medicamento determina deficiencias en la elaboración de estériles. La actividad de la fábrica es leve; sólo ha trabajado 3 meses este año gracias a un permiso temporal.
 
Sobre la empresa leonesa Laboratorios Ovejero pesa la prohibición de producción y comercialización de productos farmacológicos inyectables dictada por la Agencia Española del Medicamento; esta medida se derivó de las deficiencias que advirtieron los inspectores en el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas de correcta fabricación de medicamentos de la Unión Europea para la fabricación de productos estériles farmacológicos, elaborados mediante preparación aséptica. Esta línea supone el porcentaje mas notable de la veterinaria leonesa.

La actividad de la compañía de medicamentos y vacunas para animales se vio afectada seriamente a partir de esa inspección, realizada el 29 y 30 de noviembre: puesta en cuarentena e inmovilización de todos los medicamentos que se encontraban en las instalaciones de Ovejero; la suspensión de la fabricación de este tipo de medicamentos; y la retirada del mercado de todos los medicamentos producidos en las instalaciones de la empresa. Más de ciento treinta referencias y productos que Ovejero comercializa en medio mundo forman parte de esa lista prohibida.

En marzo de este año, y tras las alegaciones y medidas correctoras de la empresa, una resolución de la directora de la agencia de medicamentos concede una medida cautelar de suspensión a la fabricación de los medicamentos y vacunas estériles, por un periodo de tres meses, que entendió previos a las obras de adaptación a los requisitos de la normativa europea GMP (Good Manufacturing Practics) de la UE que se ha visto obligada a acometer la empresa. Tres meses de moratoria —entre mayo y agosto— que a la postre sirvieron a la compañía que opera desde el año 1948 para salvar temporalmente su producción y evitaron un cierre seguro al poder hacer acopio género para el stock y culminar el empaquetado con la línea de biológicos (ajenos estos al bloqueo comercial).

Ovejero está asentado en sus laboratorios de la carretera de Vilecha desde el año 2001; desde entonces, ninguna de las inspecciones realizadas localizó ninguna deficiencia en las instalaciones sobre las que ahora pesa una prohibición fatal.




lunes, 22 de octubre de 2012

Carta abierta al comisario europeo John Dalli-- CC: Catherine Geslain-Lanéelle, Director Ejecutivo de la EFSA



POR EL TRADUCTOR INTERNET:

Carta abierta al comisario europeo John Dalli


CC: Catherine Geslain-Lanéelle, Director Ejecutivo de la EFSA




Estimado Sr. Dalli,

Corporate Europe Observatory (CEO) el mes pasado puso de relieve el hecho de que al menos cuatro miembros del consejo de administración de la EFSA son empleados o de otro tipo relacionados con los grupos de alimentos presión de la industria u otros intereses comerciales, situación que crea un potencial conflicto de interés1. Estos miembros del consejo son:

Matthias Horst (director general de la comida alemana vestíbulo BVE industria), Milan Kovac (director de International Life Sciences Institute Europe), Jiří Ruprich (Danone Institute) y Piet Vanthemsche (COPA agricultores vestíbulo y el Fondo de Inversión Agrícola).

Somos conscientes de que, de acuerdo con el Reglamento Fundacional de la EFSA, cuatro de los 15 miembros del Consejo de Administración "contarán con historial en organizaciones representativas de los consumidores y otras partes interesadas en la cadena alimentaria" 2 y que estos cuatro miembros se encuentran actualmente Matthias Horst (industria), Pieter Vanthemsche

(Agricultores), Sue Davies (consumidores) y Sinikka Turunen (consumidores).

El 4 de marzo, Director General escribió a Catherine Geslain-Lanéelle, Director Ejecutivo de la EFSA, alegando que el Reglamento constitutivo no proporciona una justificación para el evidente riesgo de conflicto de intereses que surge de la participación en los consejos del Sr. Horst, Sr. Kováč, el Sr. . Ruprich y Vanthemsche señor. Al ser el jefe cabildero de la industria alemana de alimentos (como en el caso Matthias Horst) no es lo mismo que tener un "historial en organizaciones representativas de los consumidores y otros intereses en la cadena alimentaria", como Estados fundadores de la EFSA regulación. También cuestionó la situación de Milan Kovac y Ruprich Jiří que no figuran como representantes de los consumidores u otros intereses, pero que tienen vínculos muy claros con la industria alimentaria.

Sra. Geslain-Lanéelle nos envió una respuesta muy breve (de fecha 8 de marzo), en la que volvió a referirse al Reglamento constitutivo, que estipula que cuatro miembros del Consejo "con historial en organizaciones representativas de los consumidores y otros intereses en la cadena alimentaria". También dijo que la EFSA "No juega ningún papel en el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración", sino que esto se hace por el Consejo en consulta con el Parlamento a partir de una lista elaborada por la Comisión. Su carta no responde a los puntos clave de nuestra crítica de fondo y las propuestas concretas planteadas en nuestra carta. Es en este contexto en el que nos dirigimos a usted. Estaríamos muy agradecidos si usted pudiera responder claramente a las siguientes preguntas:

1. ¿Está de acuerdo en que la participación en los consejos del Sr. Horst, Kováč señor, Ruprich Sr. y Sr. Vanthemsche podría dar lugar a conflictos de interés, ya que son empleados por, o vinculados con los grupos de presión de la industria de alimentos y otros intereses comerciales, y que esta podría socavar la independencia de la AESA? ¿Por qué?

2. ¿Está de acuerdo que Jiří Ruprich y la membresía Milán Kováč de la junta EFSA gestión no se justifican por el Reglamento constitutivo, ya que no se encuentran entre los cuatro miembros del consejo elegidos debido a su origen "en las organizaciones representativas de los consumidores y otros intereses en la cadena alimentaria" ?

……………………………

Una serie de "conflictos de interés en la junta directiva de la EFSA", Corporate Europe Observatory, 23 de febrero de 2011. http://www.corporateeurope.org/system/files/files/article/EFSA_board_conflict.pdf

2http :/ / eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do uri = OJ: L: 2002:031:0001:0024: ES: PDF

...............


2. Silla de la EFSA de la junta directiva, Diana Bánáti, renunció a la junta directiva de la polémica de la industria alimentaria patrocinado por International Life Sciences Institute (ILSI) en el otoño de 2010, después de los potenciales conflictos de intereses que surjan de estos roles dobles provocó la crítica. Similares posibles conflictos de interés existen en el caso de Milan Kovac, quien es director de ILSI Europa en Bruselas y miembro del consejo de ILSI Mundial en Washington. ¿Está de acuerdo que la única conclusión lógica sería que hay que tomar medidas para resolver este conflicto de intereses?

4. En su página web destaca la EFSA que sus consejeros "no, en modo alguno, un gobierno, organización o sector" 3. Un funcionario de prensa del Consejo Europeo - la institución que aprueba los miembros candidatos del consejo de administración de la EFSA - dijo el presidente ejecutivo de que los miembros del consejo son designados "intuitu personae" ("a título personal") y "actuará en el interés público". ¿Está de acuerdo que no es creíble afirmar que las personas empleadas por o relacionado directamente con las organizaciones con los intereses comerciales, no representan a sus empleadores u organizaciones, o para reclamar que se puede confiar para actuar en interés público (en lugar de que de estas organizaciones)?

Tablero de la EFSA de gestión es un órgano decisorio con facultades muy importantes, tanto directa como indirectamente. Esto incluye el establecimiento del presupuesto de la EFSA, que aprueba el programa anual de trabajo, y se nombra a los miembros del Comité científico y paneles científicos. Las personas empleadas por los grupos de presión de la industria de alimentos o con otros conflictos de interés no deberían participar en la toma de decisiones tan importantes y no debe por lo tanto estar a bordo de la gestión de la EFSA. En busca de asesoramiento de las partes interesadas deben pasar a través de otros canales, por ejemplo a través de la Plataforma Consultiva EFSA partes interesadas, y claramente debería separarse de internos de la agencia procesos de toma de decisiones, incluyendo el funcionamiento del consejo de administración.

La revelación de las declaraciones de intereses de los miembros del consejo de la EFSA en línea es crucial para permitir a los ciudadanos de la UE para evaluar si los miembros del consejo son realmente independientes de los intereses creados. Esta transparencia es indispensable, pero es evidente que no es en sí un remedio contra los conflictos de interés.

CEO cree una revisión exhaustiva de las normas que rigen la EFSA es necesario para remediar el alto riesgo de conflictos de intereses entre los miembros de su consejo de administración. Le insto a actuar para iniciar este tipo de revisión para garantizar que las normas se garantiza la independencia y la ausencia de conflictos de interés por parte de la toma de decisiones en la agencia.

Le saluda atentamente,

Olivier Hoedeman

Corporate Europe Observatory (CEO)

Rue d'Edimbourg 26, B-1050 Bruselas, Bélgica



Afectadas gallegas por la vacuna del papiloma




Afectadas gallegas por la vacuna del papiloma.

Madres de niñas que sufrieron reacciones tras la inyección del fármaco se suman a la petición de retirada del medicamento de la cartilla de vacunación. La Consellería constata solo siete efectos adversos y "leves".

Varias madres gallegas denuncian los supuestos efectos adversos que la vacuna del papiloma humano, incluida en el calendario de vacunación en Galicia desde 2008 para niñas de 14 años, ha provocado a sus hijas. Sostienen incluso que las secuelas –dermatológicas y neurológicas, sobre todo– llegan hasta hoy. Aunque no tienen un certificado médico de que los episodios que las adolescentes sufrieron a continuación se deben a la vacuna del papiloma humano, se suman a la petición da Asociación de Afectadas por la Vacuna del Papiloma (AAVP), que exige al Ministerio de Sanidad la retirada del tratamiento.

ELENA OCAMPO - VIGO Dos familias gallegas ya se han puesto en contacto con la Asociación de Afectadas por la Vacuna del Papiloma (AAVP) para comunicar casos de reacciones adversas de diferente gravedad que sucedieron a niñas en Galicia y que presumiblemente están relacionadas con la inyección del fármaco. Las madres consultadas coinciden en que las menores ya sintieron algún efecto adverso desde el primer pinchazo –son tres dosis– y que éstos fueron a peor con el suministro consecutivo del fármaco.

La AAVP es una asociación sin ánimo de lucro que trabajapor una asistencia médica para las personas afectadas por los efectos adversos de esta vacuna. El pasado día 10 de octubre presentó un escrito con firmas para exigir al Ministerio de Sanidad la retirada del tratamiento contra el virus del papiloma humano del calendario vacunal de las niñas y la creación de un fondo de compensación para las personas que sufren efectos secundarios.

Creen que su eficacia no es una garantía suficiente para hacer frente a reacciones adversas, que cifran en hasta 737 "notificaciones médicas" –hasta enero de este año–, según datos proporcionados por el Instituto Español del Medicamento, a través de Farmacovigilancia. Así lo aseguró a FARO la vicepresidenta de la Asociación, Alicia Capilla, que además puso en contacto con una afectada gallega que sufrió una "reacción severa de tipo dermatológico". Además, el doctor Álvarez-Dardet de la Asociación subrayó que "no hay evidencia científica de que la vacuna prevenga el cáncer de cuello uterino".

Sin embargo, la Consellería de Sanidade en Galicia asegura que solo hay constancia de siete reacciones adversas y en todos los casos "son leves", según el subdirector de Epidemioloxía, Xurxo Hervada.

Entre los casos más graves registrado hasta el momento y que se encuentra en fase de investigación está el de una niña asturiana, que responde a las inciales A. I. B. Falleció el mes de septiembre pasado después de sufrir un ataque de asma, solo horas después de suministrársele la medicación. La joven recibió la primera dosis de la vacuna del papiloma humano a finales de julio, y ya entonces, seis días después, tuvo una reacción adversa, con "dolores de cabeza intensos, molestias gástricas, incapacidad para ponerse de pie y para respirar". A pesar de estos antecedentes, la niña recibió la segunda dosis de esta vacuna y tuvo que ser atendida de nuevo en el hospital, en esta ocasión con una reacción asmática mucho más grave.

En todo el mundo, según los datos de la AAVP, hay constancia de 26.564 reacciones adversas y 119 muertes tras la vacunación. Según la asociación, otro motivo que se alega son los "injustificados costes que representa para el Sistema Nacional de Salud, mientras padecemos recortes indiscriminados que amenazan las prestaciones sanitarias y comprometen la equidad".


"Con la segunda dosis de vacuna, estuvo una semana en cama"

Una menor asmática está entre una de las posibles afectadas por la vacuna en Galicia. "Nunca había sufrido otra reacción", asegura la madre de la joven, que ahora sufre una rara afectación neurológica que la hace pasar largas temporadas del mes durmiendo. "Si la última dosis de la vacuna fue administrada el 21 de septiembre, la niña comenzó a estar mal el 2 de noviembre", explica la madre de Antía. Esta familia de Ferrol ya percibió cierta reacción adversa a raíz del suministro de la segunda dosis de la vacuna, que la obligó a quedarse en cama una semana entera, según la familia. Aunque ningún médico confirmó la relación existente entre la patología y la administración de la vacuna, estos padres están hoy en día en proceso de búsqueda de otros casos similares para investigar similitudes.


"Mi hija estuvo 15 días a tratamiento y aún sufre secuelas"

"Le crecieron una especie de ronchas rojas por todo el cuerpo", explica Araceli sobre lo que sucedió a su hija en A Coruña Es una de las madres que se puso en contacto con la Asociación española para informarse de lo que sucedió a la adolescente tras administrar la tercera dosis de la vacuna: "Casi pierde el conocimiento y estuvo a tratamiento durante 15 días", explica. La niña sufrió dolores de espalda y afectación muscular. En principio, ningún médico relacionó lo sucedido con el fármaco que le habían administrado, pero el enrojecimiento creció por todo el cuerpo y aún hoy, con 18 años, la niña sufre secuelas dermatológicas. Fue personal de enfermería del hospital quien puso a Araceli tras la pista de la posible relación con la vacuna. Tras numerosos análisis, detectaron un fallo en el sistema inmunológico.



domingo, 21 de octubre de 2012

AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA -- Recibimos el siguiente correo de CELIA C. GARCIA

Buenas noches y felicidades.


Las felicidades son para ustedes las luchadoras del medicamento Agreal.

Cómo es que se puede tener autorizado un medicamento de ese género durante dos décadas y sin información suficiente del mismo?.

Para qué sirven los departamentos de farmacovigilancia y las agencias de los medicamentos?.

Y aunque en todos los países miembros de la UE., fue autorizado de modo centralizado ¿ qué hizo la Agencia Europea del Medicamento para que estos hechos no sucedieran?.

Cuántas mujeres habrán fallecido desde 1979 en los países de la Unión por interacciones con otros medicamento y el Agreal?.

Mucho debe de hacerse aún sobre los medicamentos que se autorizan desde la UE., y desde la Organización Mundial de la Salud, no se les puede consentir a las industrias farmacéuticas que no declaren todos los estudios oportunos antes de sacar al mercado un medicamento y no sin antes la Agencia europea y la fda., también hagan sus propios ensayos antes de dar su visto bueno para su autorización.

Recientemente pasó lo de Andrea, la niña asturiana que murió después de ser vacunada con Gardasil la vacuna del Papiloma Humano ¿es qué aún no se sabe el resultado de la autopsia?.

Se informará a la humanidad de los verdaderos resultados del porqué murió Andrea?.

Señoras y Señores mandatarios sobre la Salud de la Humanidad, responsables de autorizar los medicamentos, ya está bien de conflictos de intereses con las industrias farmacéuticas, al que se le coja con esos intereses, a la cárcel de esta manera, nadie sería capaz de firmar que no tiene intereses con ninguna multinacional farmacéutica.

España: cómo ha podido suceder lo del medicamento Agreal que sin información suficiente lo han tenido dos décadas autorizado y produciéndoles los daños a estas mujeres que lo tomaron?.

Me encuentro horrorizada de lo que estoy leyendo.

Celia C. García.







AGREAL/VERALIPRIDA " VEAN SÍ AL MENTIROSO ES PRIMERO COGIDO QUE .........."




Vol. 6, n.º 1 butlletí groc


enero - marzo 1993



Perfil general de seguridad

Los inhibidores de la recaptación de la serotonina tienen poca afinidad por los receptores muscarínicos.
Por esta razón se les suponen menos efectos anticolinérgicos y, en consecuencia, una mejor tolerancia que la de los antidepresivos tricíclicos.

Además, se ha sugerido que producirían menos efectos indeseables cardiovasculares que los tricíclicos y que, por tanto, serían más seguros en caso de intoxicación. Sin embargo, no se ha estudiado la toxicidad cardíaca en ancianos ni en cardiópatas.

Los efectos indeseables más frecuentes de la fluoxetina son digestivos –sobre todo náuseas– y los derivados de su efecto estimulante: ansiedad, nerviosismo, temblor e insomnio. Los ensayos clínicos previos a su comercialización sugieren que la frecuencia de efectos anticolinérgicos es inferior a la registrada con antidepresivos tricíclicos; sin embargo, alrededor de un 14% de los pacientes presentaron boca seca y aumento de la sudoración.1

Poco después de la comercialización de la fluoxetina, el principal motivo de preocupación ha sido la sospecha de que pueda inducir ideación suicida y comportamiento violento.2 El laboratorio fabricante analizó los datos de 17 ensayos clínicos en los que se comparaba la fluoxetina con antidepresivos tricíclicos o con placebo, y concluyó que la fluoxetina no aumenta la frecuencia de ideación suicida ni precipita actos suicidas.3 Apesar de algunos defectos

metodológicos que podrían invalidar el resultado de esta revisión, con los datos disponibles hasta ahora no se puede decir que la fluoxetina aumente la ideación suicida, pero se sigue dudando de que no aumente la hostilidad y la agresividad.2

En pacientes tratados con fluoxetina se han registrado episodios de convulsiones y casos aislados de acatisia, reacciones distónicas, discinesia orolingual y empeoramiento de reacciones extrapiramidales producidas por antipsicóticos. Parece que la fluoxetina produciría alteraciones sexuales: anorgasmia, retraso en alcanzar el orgasmo, orgasmos espontáneos, dificultades en la eyaculación, anestesia del pene y disminución de la líbido. Ta m b i é n se han descrito algunos casos de erupción cutánea y uno de enfermedad del suero.4 , 5

Se ha notificado un caso de hematomas subdurales bilaterales en un paciente tratado con fluoxetina;6 los autores de esta notificación citaban un caso de petequias y alargamiento del tiempo de sangría, también en un paciente tratado con este fármaco. Sin embargo, no se sabe que la inhibición de la recaptación de serotonina inhiba la función plaquetaria. En la base de datos del Programa Internacional de Farmacovigilancia de Ia OMS hay algunas notificaciones de casos de hemorragias (digestivas, cerebrales, oculares, vaginales y uterinas).

lnteracciones famacológicas

La fluoxetina puede producir interacciones farmacológicas potencialmente graves, si se administra con antidepresivos IMAO o tricíclicos, antipsicóticos, litio, carbamacepina, triptófano y posiblemente con otros f á r m a c o s .5 , 7 Puesto que el t1/2 conjunto de la fluoxetina y su metabolito activo es de 8-13 días, se recomienda que, cuando sea posible, se dejen pasar unas 6 semanas entre la retirada de la fluoxetina y la introducción de alguno de estos fármacos


Notificaciones recibidas

Hemos recibido 35 notificaciones que describen 70 reacciones adversas. Las digestivas son las más frecuentes (19) y consisten en dispepsia, náuseas, vómitos y diarreas, en ocasiones de gravedad
moderada. Además, hay 2 casos de hepatitis colestásica en dos pacientes de 63 y 87 años en los que se excluyeron otras causas de hepatitis.

En ordren de frecuencia les siguen las reacciones psiquiátricas (14), entre las que cabe destacar una crisis de ansiedad acompañada de taquicardia en un hombre de 40 años, que requerió ingreso
hospitalario.

También hay 11 reacciones neurológicas, algunas de gravedad moderada; las más frecuentes son temblores y cefaleas; también se ha notificado un episodio de distonía aguda.

Se han notificado 7 reacciones cardiovasculares: 3 casos de taquicardia, uno de extrasistolia, uno de edemas en las extremidades superiores e inferiores en un paciente bronquítico crónico (que tuvo que ser ingresado en el hospital) y un bloqueo AV completo en una mujer de 73 años que también recibía el antidepresivo mianserina; la enferma ya tenía un bloqueo de rama izquierda incompleto asintomático desde hacia tiempo.

También se ha notificado un caso de hematomas y equimosis –en una mujer de 40 años en la que se objetivó una profunda disminución de la actividad del complejo protrombínico y un trastorno de la formación de tromboplastina–, una agranulocitosis y un cuadro de temblor y mialgias generalizadas con intensa sensación de frío.

Alguno de estos efectos había sido atribuido anteriormente a otros antidepresivos y otros son totalmente nuevos (distonía, trastornos de la coagulación).

Otros se habían atribuido a antidepresivos que han sido retirados del mercado a causa de su toxicidad. Así, la zimeldina, un potente inhibidor selectivo de la recaptación de la serotonina, producía un cuadro pseudogripal (fiebre, dolores musculares, escalofríos, cefaleas) en un 1,5% de los enfermos tratados, aunque el motivo de la retirada del mercado fue la producción de síndrome de Guillain-Barré y otras polineuropatías.8

También hemos recibido 4 notificaciones que describen reacciones adversas posiblemente debidas a una interacción de la fluoxetina con otro fármaco:

Una de ellas describe un cuadro de pérdida generalizada de la fuerza, movimientos clónicos de las extremidades y pérdida momentánea de la visión en un paciente tratado con fluoxetina y carbamacepina desde hacía 6 días.

Otra describe un cuadro de parkinsonismo en una mujer de 63 años tratada con fluoxetina y veraliprida desde hacía un mes; los síntomas desaparecieron poco después de suspender la administración de ambos medicamentos.

La tercera describe un episodio de ataxia y síndrome cerebeloso en una mujer de 67 años, dos días después de añadir maprotilina a su tratamiento con fluoxetina por  un cuadro depresivo.

La cuarta de estas notificaciones describe un episodio de confusión, mioclonias y ondas theta generalizadas en el EEG en una mujer de 34 años tratada con fluoxetina y flunaricina desde hacía 5 días.

Bibliografía


Benfield P, Heel RC, Lewis SP. D ru g s 1986;32:481-508.

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AGREAL/VERALIPRIDA. " Uso principal como neuroléptico. Documentación insuficiente en la indicación aprobada en España" diciembre 2001 ¡¡ QUE POCA VERGÜENZA: MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL Y LABORATORIOS SANOFI AVENTIS !!!

AGREAL/VERALIPRIDA. " Uso principal como neuroléptico. Documentación insuficiente en la indicación aprobada en España" diciembre 2001.

 ¡¡ QUE POCA VERGÜENZA: MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL Y LABORATORIOS SANOFI AVENTIS !!!.


INTRODUCCIÓN


La utilización racional de los medicamentos en la práctica médica es uno de los objetivos prioritarios de la Organización Mundial de la Salud y un compromiso asumido por todas las administraciones sanitarias. Para la consecución de este objetivo resulta conveniente el desarrollo de instrumentos de medida que puedan evaluar las iniciativas que se desarrollen en este campo.

Una gran parte de la terapéutica en atención primaria está basada en la prescripción de medicamentos, con el consiguiente impacto sanitario y económico. En consecuencia,la evaluación de la prescripción farmacológica en este ámbito se considera una actividad esencial para la mejora de la calidad y la consecución de una práctica clínica basada en la evidencia científica. El empleo de indicadores de calidad de prescripción resulta una herramienta imprescindible para dicha evaluación.

La medida de la calidad de prescripción a través de la valoración de los medicamentos consumidos fue introducida por primera vez en España por Laporte y colaboradores 1, 2, que en 1983 analizaron el valor intrínseco y el potencial de uso de las especialidades consumidas en España en el período 1970-1980. Esta iniciativa ha sido posteriormente secundada por numerosos profesionales3, 4,5 y se basa en clasificar las especialidades farmacéuticas en función de su valor intrínseco y grado esperado de uso, midiendo los porcentajes de prescripción correspondientes a cada categoría.

Otros autores han utilizado diversas clasificaciones de medicamentos en función de su calidad intrínseca: fármacos monocomponentes 6, 7, medicación óptima 8, índice de eficacia clínica 9, 10, medicamento incluido en la lista de medicamentos esenciales de la O. M. S. 6, producto incluido en determinadas Guías Terapéuticas 6, etc., y lo han aplicado a la evaluación de la calidad de prescripción. En esta misma línea, algunas revistas clasifican los medicamentos que se incorporan al mercado de acuerdo con su aportación a la terapéutica, pudiendo citar las valoraciones efectuadas por La Revue Prescrire o, en España, por Información Terapéutica del S.N.S. o Panorama Actual del Medicamento.

No obstante, tal como se ha señalado 6, 11, estos indicadores nos dan una idea de la calidad de prescripción desde la perspectiva del medicamento pero no explican si existe una correcta indicación o si éste se está utilizando de forma adecuada. Dentro del conjunto de medicamentos disponibles no todos tienen la misma utilidad terapéutica: frente a medicamentos indispensables o esenciales, existen otros de discutida eficacia y escasa aportación clínica al curso de la enfermedad o de sus síntomas.

Con esta premisa, en 1993 se constituyó un grupo de trabajo en el Área de Gestión de Farmacia de la Subdirección General de Atención Primaria del INSALUD que, en su primera publicación en 199412, propuso abordar el estudio de la calidad de prescripción farmacológica a través del análisis del consumo farmacéutico utilizando dos tipos de indicadores: de utilidad terapéutica baja (UTB) y de utilidad terapéutica alta (UTA), describiendo indicadores de ambos tipos a nivel de subgrupos terapéuticos. Posteriormente, en 1998 este grupo de trabajo confeccionó numerosos indicadores de calidad de prescripción de medicamentos UTA a nivel de principios activos13.

Con esta iniciativa se perseguía simplificar y unificar los conceptos existentes en la valoración de la calidad de los medicamentos, al tiempo que se aportaban soluciones a la determinación del grado potencial de uso y a la dificultad de relacionar éste con las indicaciones prescritas, ya que en la propuesta de indicadores se valoraba el consumo comparado de las diferentes alternativas terapéuticas entre sí.

Se consideran indicadores de calidad de prescripción de medicamentos UTB a aquellos cuyo objetivo es la evaluación de la prescripción a través del análisis de su utilidad terapéutica, a diferencia de los indicadores de calidad de prescripción de medicamentos UTA que analizan la utilización comparada de principios activos de utilidad terapéutica alta con indicaciones semejantes. De este modo, se definen como UTB aquellos medicamentos en que concurre alguna de las siguientes circunstancias:

• No se encuentra probada su utilidad terapéutica a través de estudios clínicos realizados en condiciones   adecuadas.

• Insuficiente relación beneficio-riesgo.

• Asociaciones no recomendadas, considerando como tales aquellas en que la combinación de dos o más fármacos no aporta ninguna ventaja frente a la administración de los medicamentos por separado o bien aquellas que lleven incorporado algún medicamento de baja utilidad terapéutica.

Resulta fundamental la propuesta de estándares de buena práctica para los diferentes indicadores. En un anterior trabajo 13 se incluyeron, para la mayoría de los indicadores UTA, valores óptimos que permiten, mediante el establecimiento de estándares, acercarnos a la realidad práctica y establecer metas en el uso racional del medicamento. En el caso de los fármacos UTB se considera que su nivel de utilización debería tener al mínimo, pudiendo establecerse valores máximos tolerables, en función de diversas circunstancias. Con estas condiciones, un indicador basado en la medida del porcentaje de prescripción de medicamentos UTB (global o por grupos de fármacos) resulta apropiado para medir la calidad de prescripción, siempre complementado con otro tipo de indicadores.

El objeto de este trabajo es aportar una clasificación de las especialidades farmacéuticas consumidas en el Sistema Nacional de Salud en función de su utilidad terapéutica (alta o baja). Tal como se ha mencionado anteriormente, hasta ahora, este grupo de trabajo había elaborado indicadores de calidad UTB a nivel de subgrupos terapéuticos12, siendo frecuentemente utilizado en todos los ámbitos. Sin embargo, en algunos subgrupos coexisten productos de utilidad terapéutica elevada con otros de baja utilidad, por lo que la realización del estudio a nivel de producto farmacéutico mejora de forma notable la precisión del indicador.

Por otra parte, el tiempo transcurrido desde la elaboración de este primer trabajo hace conveniente su revisión.

Este documento no pretende ser una clasificación cerrada de la utilidad terapéutica de los medicamentos, sino una herramienta dinámica en continua revisión, mediante el contraste de la evidencia científica con la clasificación otorgada a cada medicamento.


METODOLOGÍA

Se han clasificado en función de su utilidad terapéutica (UTA o UTB) aquellas especialidades farmacéuticas que se pueden prescribir a través de receta médica del Sistema Nacional de Salud, que estén en situación de alta y cuya composición figura en el Nomenclátor DIGITALIS del INSALUD de agosto de 2001.

Para ello, se han agrupado por grupo terapéutico (clasificación ATC) y principio activo (la vía de administración y la dosificación se utilizan sólo en caso de que sean discriminatorias para la utilidad terapéutica) según la clasificación de la Anatomical Therapeutic Chemical Classification de la Organización Mundial de la Salud, utilizando el sistema de codificación de principios activos y adaptación del sistema ATC/DDD definidos por la Comisión del INSALUD creada para tal fin y utilizados en el Nomenclátor
DIGITALIS 14.

Dado que existen códigos de principio activo que agrupan asociaciones de un mismo principio activo con distintas sustancias, se ha optado por explicitar cada una de las asociaciones existentes y clasificarlas por separado, ya que no tienen por qué tener la misma utilidad terapéutica. En asociaciones con más de cuatro principios activos se mencionan únicamente los tres primeros seguidos de la frase “y otras sustancias”.

No se ha clasificado un número muy reducido de productos para diagnóstico, como contrastes radiológicos o diluyentes como agua bidestilada, por considerar que al no ser productos terapéuticos no se encuentran incluidos en la definición de utilidad terapéutica.

En algunos casos se realizan breves observaciones a pie de tabla sobre las causas de su clasificación, en especial aquellos en que pudiera existir controversia sobre la misma. También se identifican aquellos medicamentos que están en situación de suspensión temporal de comercialización.

Se presenta a continuación relación de principios activos (y vía de administración o dosificación en caso necesario) junto con el código correspondiente agrupado según la clasificación ATC. Para hacer más comprensivo el trabajo se han adaptado las denominaciones de los subgrupos terapéuticos de cinco dígitos de forma que no sea preciso mencionar la denominación de los grupos y subgrupos terapéuticos de orden superior.

A partir de los datos de este trabajo, resulta inmediata la clasificación de especialidades según su utilidad terapéutica.


REFERENCIAS


1 Laporte, J. R.; Capella, D.; Porta, M., y cols. «Calidad del consumo de medicamentos en España en los últimos diez años», Arch. Farmacol.Toxicol., 1983, 9:83-87.

2 Laporte, J. R.; Porta, M., y Capella, D. «Drug utilization studies: a tool for determining the efectiviness of drug use», Br. J. Clin. Pharmacol., 1983, 16:301-304.

3 Alférez, N. P.; Puche, F., y De la Revilla, L. «Estudio de las prescripciones farmacéuticas en el Centro de Salud de Cartuja», Aten. Prim., 1985, 2:17-20.

4 Mata Cases, M.; Casas Rodríguez, J.; Amat Rico J.; y cols. «Intervención de mejora de la calidad farmacológica continuada en un centro de atención primaria», Aten. Prim., 1991, 8:947-952.

5 Vila, A.; Llor, C.; Clanchet, T., y cols. «Análisis del valor intrínseco y potencial de uso farmacológico de las prescripciones efectuadas en un CAP», Aten. Prim., 1991, 8:98.

6 Mata Cases, M.; Casas Rodríguez, J.; Amat Rico, J., y cols. «Indicadores de calidad en la prescripción por patologías crónicas», Aten. Prim., 1990, 7:564-569.

7 Azagra Ledesma, R.; Bonet Simo, J. M.; Bravo Vicien, M. L., y cols. «Seguimiento en la calidad de prescripción de medicamentos: el CAP de Ciudad Badía (1986-1990)», Aten. Prim., 1992, 10:707-710.

8 Alaman, E.; Claudret, J., y Hors, X. «Evaluació de la qualitat de las prescripcions farmacológiques », II Seminari Taller de la Generalitat de Catalunya, Tarragona, febrero 1991.

9 Montanaro, N.; Vaccheri, A., Magrini, N., y cols. «FARMAGUIDA: A databank for the analysis of the italian drug market and drug utilization in general practice», Eur. J. Clin. Pharmacol., 1992, 42:395-399.

10 Montanaro, N.; Magrini, N.; Vaccheri, A.; y cols. «Drug utilization in general practice: prescribing drugs by GPs of Emilia Romagna (Italy) in 1988 and 1989», Eur. J. Clin. Pharmacol., 1992, 42:401-408.15

11 Saturno, P. J., «Monitorización del uso de medicamentos para mejorar la calidad de prescripción. Problemas, métodos e indicadores», Atención Primaria, 1996, 18:331-337.

12 Grupo de Trabajo. Indicadores de calidad en la prescripción farmacéutica, Madrid, INSALUD, 1994.

13 Grupo de Trabajo. Programa de mejora de la prescripción farmacológica en Atención Primaria. Madrid, INSALUD, 1998.

14 Comisión INSALUD, Sistema ATC/DDD. Sistema de codificación de principios activos Dosis Diarias Definidas del INSALUD. ATC/DDD, Madrid, INSALUD, 2001.











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MINISTERIO DE SANIDAD DE ESPAÑA/ LABORATORIOS SYNTHELABO/ SANOFI AVENTIS:

NI EN 1993-1994 Y TAMPOCO EN 1998 " NO COMPROBARON NADA SOBRE EL AGREAL/VERALIPRIDA" ABSOLUTAMENTE " N A D A ".

Y ESO QUE YA TENIAN EN SU PODER " NOTIFICACIONES DE REACCIONES ADVERSAS".

INDICAN EN ESTE ESTUDIO QUE:

VERALIPRIDA " ES DE USO TERAPÉUTICO BAJO- UTB. "

¿ Uso principal como neuroléptico, VERALIPRIDA?


" UN NEUROLÉPTICO SIN TIEMPO DE TOMA, SIN TODAS LAS CONTRAINDICACIONES, INTERACIONES CON OTROS MEDICAMENTOS... Y SIN UNA FICHA TÉCNICA, PARA MUJERES TOTALMENTE SANAS".

NUNGUNO DE LOS GOBIERNOS ESPAÑOLES DESDE 1983 ( FECHA " QUE DICEN" FUÉ AUTORIZADO EL MEDICAMENTO: AGREAL/VERALIPRIDA

NO HICIERON "NADA" PARA "EVITAR QUE MILLONES DE MUJERES QUE LO TOMAMOS" TERMINARAMOS CON SECUELAS SEVERAS E IRREVERSIBLES, TANTO: "PSIQUIATRICAS/NEUROLÓGICAS/CÁNCER ...."

Y DE DÓNDE HA SALIDO "EL DINERO" PARA LA CONFECCIÓN DE ESTE ESTUDIO O TRABAJO Y QUE CON RESPECTO AL AGREAL/VERALIPRIDA " NO SE INDICA LA REALIDAD DE ESTE NEUROLÉPTICO?.

DE TOD@S L@S CONTRIBUYENTES ESPAÑOL@S.

SEÑORES DOCTORES CATEDRÁTICOS QUE DEFIENDEN AL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL Y A LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS:

                    " UN  N E U R O L É P T I C O "






viernes, 19 de octubre de 2012

Visitadores médicos denuncian “despidos encubiertos” en Sanofi Aventis -- Freno a los despidos masivos de Sanofi Aventis







Freno a los despidos masivos de Sanofi Aventis

Luego de mantener tomada la planta del laboratorio Sanofi Aventis durante más de 3 horas, los visitadores médicos nucleados en la Asociación de Agentes de Propaganda Médica (AAPM CTA) logramos frenar los despidos masivos y las reducciones salariales. Queda por definir otros tres puntos pendientes para resolver en una reunión en el Ministerio de Trabajo el próximo lunes a las 17hs.


La planta ubicada en la Av. Tomkinson 2054 de San Isidro fue escenario de una nueva movilización de los APM para defender las fuentes laborales y hacer respetar los convenios colectivos de trabajo. La concentración comenzó a las 9 de la mañana en la puerta con banderas y bombos hasta que cansados de esperar ingresamos a la empresa para exigir una reunión con carácter de Urgente.

Sanofi Aventis es una mutinacional que factura 500 millones de pesos anuales y tiene denuncias internacionales por las que tuvo que pagar multas en Estados Unidos, España y República Dominicana por vulnerar las leyes locales por poner en riesgo la salud de la población.

Ante la falta de respuesta de la patronal, los visitadores médicos decidimos ingresar a la planta para exigir una respuesta a los reclamos que no son más que la garantía y el respeto a las fuentes laborales.

Los visitadores médicos estamos convencidos de que por más que la Industria Farmacéutica quiera sortear los efectos de la crisis internacional a costa de los trabajadores y trabajadoras para garantizar sus ganancias extraordinarias, nosotros vamos a seguir defendiendo las fuentes de trabajo.

http://apm.org.ar/template.asp?Prensa/2012/10/12-10-18b.html

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056
Teléfonos: 630232050 - NUESTRA DIRECTIVA: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA--VICEPRESIDENTA: ROSARIO CARMONA JIMENEZ

agrealluchadoras@gmail.com PRESIDENTA-618311204-SECRETARIA: 630232050- VICEPRESIDENTA:636460515