martes, 28 de abril de 2009

M.ª Teresa Pagés, directora general de Farmacia y Productos Sanitarios

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ENTREVISTA:
"En la Ley del Medicamento se incorporan disposiciones que facilitarán la actividad de la Atención
Farmacéutica".

¿Cuáles son los objetivos de la futura Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios?

Los quince años transcurridos desde la aprobación de la Ley 20/1990, del Medicamento, hacen que el entorno actual del sector
farmacéutico, tanto a nivel nacional como europeo, haya variado considerablemente. Desde 2002, por ejemplo, la asistencia sanitaria está descentralizada, incluida la prestación farmacéutica. Y, por otro lado, es innegable que el desarrollo científico y tecnológico, la globalización y el desarrollo de las tecnologías de la información hacen necesario incrementar las garantías de calidad, seguridad y eficacia de los medicamen-tos y reforzar la información y la
transparencia en todas las actividades. Por todos estos motivos, este proyecto de Ley pretende actualizar las disposiciones vigentes en materia de medicamentos, salvaguardando y reforzando su principal objetivo: asegurar a los pacientes españoles la disponibilidad de los medicamentos que necesiten en condiciones de calidad, efectividad y seguridad. Éste es un objetivo prioritario, en el que ya empezamos a trabajar con la puesta en marcha en 2004 del Plan Estratégico de Política Farmacéutica, en el que se consolidan también los principios del uso racional del medicamento.

Esta Ley incorpora asuntos de gran importancia para la Farmacia. ¿Qué aspectos destacaría?
En primer lugar, esta ley reconoce al farma-céutico como
profesional del medicamento en todas sus actuaciones. A lo largo del texto se destaca la actividad del farmacéutico como elemento clave en la cadena farmacéutica para asegurar la calidad, seguridad, información, disponibilidad y efectividad del medicamento. En lo que se refiere a la oficina de farmacia, destacaría que se mantiene el modelo, la denominada "farmacia mediterránea", resaltando su consideración de establecimiento sanitario privado de interés público.
Y, por otro lado, y precisamente porque este colectivo profesional es un recurso de importancia capital para el Sistema Nacional de Salud, se avanza en la integración de los farmacéuticos y de las oficinas de farmacia en las acciones sanitarias de los servicios

públicos y en las políticas de uso racional de los medicamentos, así como en sus actuaciones en colabora-ción con otros profesionales sanitarios, como es el caso de la atención farmacéutica, farmacovigilancia, investigación, o las acciones para asegurar la trazabilidad de los medicamentos.
Con esta Ley, el Ministerio de Sanidad ha apostado por la Atención Farmacéutica. ¿Qué pasos cree que se deberán seguir, una vez aprobada la Ley, para implantar definitivamente esta práctica profesional?
En la Ley se incorporan disposicio-nes que facilitarán esta actividad, como es el caso del espacio en blan-co en el embalaje del medicamen-to, a rellenar por el farmacéutico, o las instrucciones que se incorporarán por el facultativo en la receta para un mejor seguimiento del tratamiento a través de los procedimientos de atención farmacéutica.
Hay que destacar también las medidas relativas a la información y formación independiente de los profesionales en medicamentos, y en particular las que se articulan en la disposición adicional sexta de la Ley. En estos momentos, estamos trabajando estrechamente con el Consejo General de Colegios Farmacéuticos en los programas de formación, que esperamos propor-cionen un importante impulso a la atención farmacéutica.

Con esta Ley, el Ministe-rio de Sanidad ha aposta-do por la Atención Farma-céutica. ¿Qué pasos cree que se deberán seguir, una vez aprobada la Ley, para implantar definitivamente esta práctica profesional?
Los farmacéuticos consideramos que esta Ley no debe perder la oportunidad de potenciar la política de medicamentos genéricos, para lo cual es fundamental potenciar la prescripción por principio activo y la elección del farmacéutico del medicamento correspondiente. ¿Cree que finalmente esta Ley dará el impulso necesario a esta política, dada la experiencia en autonomías como Andalucía?
El impulso de los medicamentos genéri-cos para que alcancen el peso que les corres-ponde en nuestro sis-tema sanitario es uno de los objetivos principales del Plan Estratégico de Polí-tica Farmacéutica y de la propia Ley. Esta última, en su artículo 84, incorpora la pres-cripción por principio activo, lo que posibi-lita actuaciones como las llevadas a cabo en Andalucía.
El acceso por Internet a medicamentos que no necesitan receta –garantizando que se dispensen por oficina de farmacia autorizada, con la intervención de un farmacéutico es otra de las novedades que introduce el texto. ¿Por qué ha introducido el Ministerio de Sanidad este cambio en el proyecto de Ley?
Es consecuencia de una observación realizada por el Consejo de Esta-do tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un caso específico. Consideramos que Internet es una herramienta tecnoló-gica que posibilita actuaciones que hay que regular estrictamente, para evitar problemas muy importantes derivados de su uso inadecuado. Pero no se pueden cerrar las puertas al futuro. Con las disposiciones que se incorporan en el artículo 2.5 de la Ley se deja clara la prohibición de venta de medicamentos sujetos a prescripción con receta y se regulará la venta de medicamentos que no la precisen de la forma que proporcione las mayores garantías para el paciente y siempre en colaboración con el farmacéutico.
En relación con la receta médica, los farmacéuticos defendemos su exigencia para los medicamen
tos que la requieren. Sin embargo, al introducir el concepto de "nunca", al farmacéutico se le priva de su responsabilidad sani-taria ante situaciones que se plantean en las farmacias, como, por ejemplo, cuando un paciente acude a la farmacia con un infor-me médico en el cual cons-ta una prescripción, pero sin una receta médica. ¿Por qué se ha introducido esta referencia? ¿Cree que sería necesaria la actualización de las listas de los medicamentos que precisan receta, que data de 1985?
La dispensación de medicamentos de prescripción con receta es una cuestión básica en el uso racional del medicamento, tanto por cohe-rencia con la decisión adoptada tras una rigurosa evaluación científica del producto como por respeto a la actuación del médico y como medida de garantía de seguridad para los pacientes.
Como todos saben, actualmente, y a pesar de lo dispuesto en la vigente Ley del Medicamento, es un requisito que no se aplica estrictamente, lo que puede estar contribuyendo a la aparición de problemas de salud pública, por ejemplo en el ámbito de las resistencias a antibióticos en España, según el informe publicado el pasado mes de diciembre por la Comisión Europea. Ante esta situación, se quiere hacer un especial énfasis en esta exigencia que, por otra parte, se cumple en todos los países de la Unión Europea.
Respecto a la revisión de la lista de 1985, adoptaremos las ini-ciativas que puedan facilitar la aplicación de esta medida por los farmacéuticos, entre ellas, la concienciación de los pacientes.

En relación con la prohibición de los descuentos, desde el Consejo General venimos manteniendo que son legales, y consideramos que su prohibición supondría una intervención injusta por parte del Gobierno. ¿No cree que la prohibición de estos descuentos –transparentes, que constan en factura y que cotizan a Hacienda– puede inducir a una opacidad no deseada en la configuración del precio real de los medicamentos?
El precio de los medicamentos financiados con fondos públicos es un precio intervenido, tanto en lo que se refiere al precio industrial como a las cuantías correspondientes a la distribución y dispensación de los medicamentos. Coincido con usted en que la transparencia en este ámbito es fundamental, así como evitar cualquier incentivo económico ligado a la prescripción, dispensación o administración de un medicamento concreto. El proyecto de Ley incorpora la decisión del Gobierno a este respecto, aunque ahora corresponde al Parlamento definir su posición.
SIGUE LA ENTREVISTA EN ASUNTOS FARMACEUTICOS.
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SRA. PAGÉS: ENTONCES DESDE 2002 ¿PORQUÉ NO TOMARON CARTAS EN EL ASUNTO DEL MEDICAMENTO AGREAL-VERALIPRIDA?
DICE USTED: SEGURIDAD, EFICACIA, INFORMACION, DISPONIBILIDAD Y EFICACIA DEL MEDICAMENTO.
¿CON EL AGREAL-VERALIRIDA EN ESPAÑA, ¿SE CONTÓ CON ÉSTOS REQUISITOS, EL CUAL ESTUVO EN LAS FARMACIAS "22 AÑOS" SIN REVISIÓN DEL PROSPECTO, SIN FICHA TÉCNICA Y AÚN LO PEOR DE TODO: CON MUCHAS COMUNICACIONES DE REACCIONES ADVERSAS?.
CIENTIFICOS DICE USTED EN RELACIÓN A LA LISTA DE LOS MEDICAMENTOS DE 1985 ¿IGUAL QUE LOS CIENTIFICOS DE LA "NOTA INFORMATIVA" DE FEBRERO DE 2007"?
SI SRA. PAGÉS AQUELLA: "LOS SINTOMAS QUE DICEN PADECER LAS MUJERES QUE TOMARON AGREAL-VERALIPRIDA: SON PROPIOS DE LA MENOPAUSIA.
SRA. PAGÉS: "NO MAS RODEOS CON EL MEDICAMENTO AGREAL-VERALIPRIDA EN ESPAÑA, LA AGENCIA EUROPEA "YA SE PRONUNCIÓ".
TOMEN LAS MEDIDAS QUE NOS PROMETIERON A ESTE COLECTIVO DEL MEDICAMENTO AGREAL EN ESPAÑA: SON SECUELAS SEVERAS E IRREVERSIBLES.

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