Mostrando entradas con la etiqueta veraliprida/e. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta veraliprida/e. Mostrar todas las entradas

miércoles, 24 de junio de 2009

2001-EMPEORAMIENTO PARKINSONISMO--VERALIPRIDE


NewsThursday 01 March 2001 Worsening of Parkinsonism after the use of veralipride for treatment of menopause: case report.By: Teive HA, Sa DS.
Arq Neuropsiquiatr 2001 Mar;59(1):123-4We describe a female patient with stable Parkinson's disease who has shown a marked worsening of her motor functions following therapy of menopause related symptoms with veralipride, as well as the improvement of her symptoms back to baseline after discontinuation of the drug. We emphasize the anti-dopaminergic effect of veralipride.
Links:

Noticias Jueves 01 marzo 2001 Empeoramiento de Parkinsonismo después del uso de VERALIPRIDE para el tratamiento de la menopausia: caso clínico. Por: Teive HA, Sa DS.
http://www.sulpiride.com/news_article.html?tx_ttnews%5Bpointer%5D=6&tx_ttnews%5Btt_news%5D=417&tx_ttnews%5BbackPid%5D=77&no_cache=1


Imprimir

domingo, 21 de junio de 2009

MÉXICO: LE RECETAN ACLIMAFEL POR UN POCO DE ANGUSTIA Y ANSIEDAD

Visité a mi ginecólogo y le comente que tengo un poco de angustia y de ansiedad tengo 43 años me receto aclimafel, la verdad no creo que todavía necesite cosas para el climaterio no se si tomarme esa medicina, tengo miedo.
__________________________________



¡Hola y gracias por contactar con la Asociación "AGREA-L-UCHADORAS"!
Por favor, lee nuestras páginas, hay muchos comentarios de mujeres que se han visto afectadas por el veneno Aclimafel/Agreal tanto en España, Francia, México, etc..., sus efectos secundarios son severos e irreversibles y luego se lavan las manos y nos dejan a nuestra suerte.
Desde esta Asociación, te pedimos que no tomes el Aclimafel ni ahora ni en un futuro.
Hay mujeres en México que están luchando por la retirada de Aclimafel de las farmacias, ponte en contacto, te damos el correo electrónico: afectadasaclimafel@hotmail.com y corre la voz para que más mujeres no sufran lo que todas nosotras estamos sufriendo y sin curación.
Te esperamos con tus nuevos comentarios y para que nos digas que has tomado la decisión de no tomarlo.También sería bueno que dirías a tu médico que en la Comunidad Europea, Argentina, Perú, Brasil, Chile, Colombia y Uruguay se ha retirado el medicamento por efectos adversos de tipo neurológico y psiquiátrico, a ver si deja de recetarlo de una vez.
Recibe un saludo y un abrazo de tus amigas de la Asociación "AGREA-L-UCHADORAS".

Salud...



Imprimir

jueves, 18 de junio de 2009

ENTREVISTA A PAQUI, LUCHADORA DE CANARIAS EN CANAL 4TV GRAN CANARIA

LUCHADORAS Y AFECTADAS POR AGREAL, ENTREVISTA EN CANAL 4 TV GRAN CANARIA (PAQUI)

http://albertohugorojas.blogspot.com/2009/04/luchadoras-y-afectadas-por-agreal.html

AGREA-L-UCHADORAS

¡Hola a todas!, en particular a las afectadas de todo el mundo por el veneno Agreal, Agradil, Veraligral, Veraligral-t, Aclimafel, etc., principio activo Veralipride del laboratorio Sanofi-Aventis, recetado para paliar los sofocos de la menopausia confirmada.

Nuestros males, a consecuencia de la toma de este medicamento han sido nefastos, todos de tipo neurológicos y psiquiátricos severos e irreversibles, según estudios de equipo de expertos de la Agencia Europea del Medicamento, EMEA.
Nuestra intención con este blog es la de dar a conocer nuestra lucha (de ahí su nombre) y padecimientos provocados por la ingesta, recetada indiscriminadamente durante 23 años en España y otros países, y ayudar en lo posible a las personas que quieran contactar con nosotras.

Nuestra lucha también está formada por actuaciones, manifestaciones, escritos y Manifiestos a Organismos Gubernamentales, requerimientos, peticiones de reuniones, de equipos multidisciplinarios para todas las mujeres que hayan consumido Agreal, al Ministerio de Sanidad y Consumo, Agencia Española del Medicamento AGEMED., y Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas.

Nuestra mayor satisfacción es haber conseguido con nuestros escritos, de denuncia y petición de que se retirara el Agreal, Veralipride/a, de todo el Mundo en el año 2006, al Defensor del Pueblo Europeo el cual nos remitió a la Comisión Europea CCEE., y esta pidió estudio de expertos a la EMEA, la cual dictaminó que se retirara de toda la Comunidad Europea todos los medicamentos que en sus prospectos contuvieran Veralipride/a. A raíz de la retirada del veneno en la Comunidad Europea, fueron retirándose también de otros países, Argentina, Uruguay, Chile, Brasil, Colombia y Perú. Aún así, seguimos apoyando a quien está luchando en México por su retirada, allí el veneno se llama Aclimafel, y en Marruecos ya ha saltado la voz de alarma a raíz de que tres afectadas de Canarias, entrevistadas en la TV. Canaria, fueron vistas en ese país y sabemos que ya hay médicos que lo están dejando de recetar.Os animamos a entrar en nuestro Blog "Agrea-L-uchadoras" y que hagáis vuestros comentarios y preguntas, estaremos encantadas de contestar a todas las dudas que os surjan sobre este medicamento.

Agreal (Veralipride/a), es un potente neuroléptico, antipsicótico, benzamida sustituída, inhibidor selectivo de los receptores de serotonina y antagonista colinérgico, antiemético.Tenemos estudios y documentación para contrastar todo lo que denunciamos en este Blog que esperamos sea el tuyo también, así lo esperamos.
Publicado por Alberto Hugo Rojas en 20/04/2009
3 comentarios:
Beatriz dijo...
Enhorabuena por la entrevista. Es bueno hacernos reflexionar sobre la ingesta de medicamentos, que no siempre es adecuado. Ha quedado totalmente claro el veneno que hay detrás de algunos fármacos que parecen inocuos.Me parece una gran iniciativa la plataforma que prestas a las afectadas. Un abrazo, Alberto.
20/04/2009

Alberto Hugo Rojas dijo...
GRACIAS GUAPA ESA ES LA INTENCION... DESDE LUEGO TIENES MUCHA RAZON NO SABEMOS QUE NOS DAN Y EN ESTE CASO NI LOS MEDICOS SABIEN QUE ES LO QUE RECETARO.. EL CONSUELO ES QUE AHORA TENEOMS MAS CONTROL PERO Y LAS SECUELAS DE ESTE MEDICAMENTO QUE??? Y LAS DE OTROS QUE ALEGREMENTE SE DIERON
20/04/2009
mamen dijo...
Soy una afectada y Luchadora de Agreal.Gracias Alberto por permitir a Paqui Gil Quintana contar su historia con el Agreal del Laboratorio Sanofi-Aventis y poder hacer su reivindicación y llamamiento a las mujeres de todo el Estado, de Marruecos, México, etc. Sólo decir que todo lo que ha contado Paqui en la entrevista es la imagen de todas las afectadas, en mayor o menor grado y sabiendo el como se encuentra Paqui, NUESTRA FELICITACIÓN Y NUESTRO APLAUSO MÁS SONORO. La dirección de E-Mail que salió en pantalla no estaba bien, la pongo aquí para quien entre en la página pueda leerlo. agrealluchadoras@yahoo.es Salud de todas las AGREA-L-UCHADORAS
22/04/2009__________________________________________________

¡Aúpa Paqui!, has estado estupenda en la entrevista, te han dejado hablar mucho rato. Ojalá lo hayan visto también las mujeres de Marruecos. Un beso de todas las AGREA-L-UCHADORAS

Salud...

Imprimir

domingo, 14 de junio de 2009

ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA, FÓRMULA MAGISTRAL, PREPARADO OFICINAL. - AGREAL: ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA

TÍTULO SEGUNDO DE LOS MEDICAMENTOS.
CAPÍTULO PRIMERO DE LOS MEDICAMENTOS RECONOCIDOS POR LA LEY Y SUS CLASES

ART. 6. MEDICAMENTOS LEGALMENTE RECONOCIDOS.
1. SÓLO SERÁN MEDICAMENTOS LOS LEGALMENTE RECONOCIDOS COMO TALES Y QUE SE ENUMERAN A CONTINUACIÓN:
A) LAS ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS.
B) LAS FÓRMULAS MAGISTRALES.
C) LOS PREPARADOS O FÓRMULAS OFICINALES.
D) LOS MEDICAMENTOS PREFABRICADOS.
2. TENDRÁN EL TRATAMIENTO LEGAL DE MEDICAMENTOS A EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE ESTA LEY Y DE SU CONTROL GENERAL LAS SUSTANCIAS O COMBINACIONES DE SUSTANCIAS ESPECIALMENTE CALIFICADAS COMO PRODUCTOS EN FASE DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA AUTORIZADAS PARA SU EMPLEO EN ENSAYOS CLÍNICOS O PARA INVESTIGACIÓN EN ANIMALES.
3. CORRESPONDE AL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO RESOLVER SOBRE LA ATRIBUCIÓN DE LA CONDICIÓN DE MEDICAMENTO A DETERMINADAS SUSTANCIAS O PRODUCTOS.
4. LOS REMEDIOS SECRETOS ESTÁN PROHIBIDOS.
5. ES OBLIGATORIO DECLARAR A LA AUTORIDAD SANITARIA TODAS LAS CARACTERÍSTICAS CONOCIDAS DE LOS MEDICAMENTOS.
ART.7. ACTIVIDADES PROHIBIDAS.
1. LA ELABORACIÓN, FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, COMERCIALIZACIÓN, PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN DE PRODUCTOS O PREPARADOS QUE SE PRESENTAREN COMO MEDICAMENTOS Y NO ESTUVIERAN LEGALMENTE RECONOCIDOS, DARA LUGAR A LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES PREVISTAS EN EL CAPÍTULO SEGUNDO DEL TÍTULO NOVENO DE ESTA LEY, CON INDEPENDENCIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES QUE PROCEDAN.
2. QUEDA EXPRESAMENTE PROHIBIDO:
A) EL OFRECIMIENTO DIRECTO O INDIRECTO DE CUALQUIER TIPO DE INCENTIVO, PRIMAS U OBSEQUIOS, POR PARTE DE QUIEN TENGA INTERESES DIRECTOS O INDIRECTOS EN LA PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS A LOS PROFESIONALES SANITARIOS IMPLICADOS EN EL CICLO DE PRESCRIPCIÓN, DISPENSACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, O A SUS PARIENTES Y PERSONAS DE SU CONVIVENCIA.
B) LA ACTUACIÓN DE ESTOS MISMOS PROFESIONALES, SIEMPRE QUE ESTÉN EN EJERCICIO, CON LAS FUNCIONES DE DELEGADOS DE VISITA MÉDICA, REPRESENTANTES, COMISIONISTAS O AGENTES INFORMADORES DE LOS LABORATORIOS DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS.
C) LA PUBLICIDAD DE FÓRMULAS MAGISTRALES Y PREPARADOS OFICINALES.
ART. 8. DEFINICIONES.
A LOS EFECTOS DE ESTA LEY SE ENTENDERA POR:
1. MEDICAMENTO:
TODA SUSTANCIA MEDICINAL Y SUS ASOCIACIONES O COMBINACIONES DESTINADAS A SU UTILIZACIÓN EN LAS PERSONAS O EN LOS ANIMALES QUE SE PRESENTE DOTADA DE PROPIEDADES PARA PREVENIR, DIAGNOSTICAR, TRATAR, ALIVIAR O CURAR ENFERMEDADES O DOLENCIAS O PARA AFECTAR A FUNCIONES CORPORALES O AL ESTADO MENTAL. TAMBIÉN SE CONSIDERAN MEDICAMENTOS LAS SUSTANCIAS MEDICINALES O SUS COMBINACIONES QUE PUEDEN SER ADMINISTRADOS A PERSONAS O ANIMALES CON CUALQUIERA DE ESTOS FINES, AUNQUE SE OFREZCAN SIN EXPLÍCITA REFERENCIA A ELLOS.
2. SUSTANCIA MEDICINAL:
TODA MATERIA, CUALQUIERA QUE SEA SU ORIGEN HUMANO, ANIMAL, VEGETAL, QUÍMICO O DE OTRO TIPO A LA QUE SE ATRIBUYE UNA ACTIVIDAD APROPIADA PARA CONSTITUIR UN MEDICAMENTO.
3. EXCIPIENTE:
AQUELLA MATERIA QUE, INCLUÍDA EN LAS FORMAS GALÉNICAS, SE AÑADE A LAS SUSTANCIAS MEDICINALES O A SUS ASOCIACIONES PARA SERVIRLES DE VEHÍCULO, POSIBILITAR SU PREPARACIÓN Y ESTABILIDAD, MODIFICAR SUS PROPIEDADES ORGANOLÉPTICAS O DETERMINAR LAS PROPIEDADES FISICO-QUÍMICAS DEL MEDICAMENTO Y SU BIODISPONIBILIDAD.
4. MATERIA PRIMA:
TODA SUSTANCIA ACTIVA O INACTIVA EMPLEADA EN LA FABRICACIÓN DE UN MEDICAMENTO, YA PERMANEZCA INALTERADA, SE MODIFIQUE O DESAPAREZCA EN EL TRANSCURSO DEL PROCESO.
5. FORMA GALÉNICA O FORMA FARMACÉUTICA:
LA DISPOSICIÓN INDIVIDUALIZADA A QUE SE ADAPTAN LAS SUSTANCIAS MEDICINALES Y EXCIPIENTES PARA CONSTITUIR UN MEDICAMENTO.
6. ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA: AGREAL (VERALIPRIDA/E)
EL MEDICAMENTO DE COMPOSICIÓN E INFORMACIÓN DEFINIDAS, DE FORMA FARMACÉUTICA Y DOSIFICACIÓN DETERMINADAS, PREPARADO PARA SU USO MEDICINAL INMEDIATO, DISPUESTO Y ACONDICIONADO PARA SU DISPENSACIÓN AL PÚBLICO, CON DENOMINACIÓN, EMBALAJE, ENVASE Y ETIQUETADO UNIFORMES AL QUE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO OTORGUE AUTORIZACIÓN SANITARIA E INSCRIBA EN EL REGISTRO DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS.
6 BIS. ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA GENÉRICA:
LA ESPECIALIDAD CON LA MISMA FORMA FARMACÉUTICA E IGUAL COMPOSICIÓN CUALITATIVA Y CUANTITATIVA EN SUSTANCIAS MEDICINALES QUE OTRA ESPECIALIDAD DE REFERENCIA, CUYO PERFIL DE EFICACIA Y SEGURIDAD ESTA SUFICIENTEMENTE ESTABLECIDO POR SU CONTINUADO USO CLÍNICO. LA ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA GENÉRICA DEBE DEMOSTRAR LA EQUIVALENCIA TERAPÉUTICA CON LA ESPECIALIDAD DE REFERENCIA MEDIANTE LOS CORRESPONDIENTES ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA. LAS DIFERENTES FORMAS FARMACÉUTICAS ORALES DE LIBERACIÓN INMEDIATA PODRÁN CONSIDERARSE LA MISMA FORMA FARMACÉUTICA SIEMPRE QUE HAYAN DEMOSTRADO SU BIOEQUIVALENCIA. (MODIFICACIÓN DEL ANTIGUO TEXTO, A TRAVÉS DE LA LEY 13/1996, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL)
7. MEDICAMENTO PREFABRICADO:
EL MEDICAMENTO QUE NO SE AJUSTA A LA DEFINICIÓN DE ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA Y QUE SE COMERCIALIZA EN UNA FORMA FARMACÉUTICA QUE PUEDE UTILIZARSE SIN NECESIDAD DE TRATAMIENTO INDUSTRIAL Y AL QUE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO OTORGUE AUTORIZACIÓN SANITARIA E INSCRIBA EN EL REGISTRO CORRESPONDIENTE.
8. PRODUCTO INTERMEDIO:
EL DESTINADO A UNA POSTERIOR TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL POR UN FABRICANTE AUTORIZADO.
9. FORMULA MAGISTRAL:
EL MEDICAMENTO DESTINADO A UN PACIENTE INDIVIDUALIZADO, PREPARADO POR EL FARMACÉUTICO, O BAJO SU DIRECCIÓN, PARA CUMPLIMENTAR EXPRÉSAMENTE UNA PRESCRIPCIÓN FACULTATIVA DETALLADA DE LAS SUSTANCIAS MEDICINALES QUE INCLUYE, SEGÚN LAS NORMAS TÉCNICAS Y CIENTÍFICAS DEL ARTE FARMACÉUTICO, DISPENSADO EN SU FARMACIA O SERVICIO FARMACÉUTICO Y CON LA DEBIDA
INFORMACIÓN AL USUARIO EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 35.4.
10. PREPARADO O FÓRMULA OFICINAL:
AQUEL MEDICAMENTO ELABORADO Y GARANTIZADO POR UN FARMACÉUTICO O BAJO SU DIRECCIÓN, DISPENSADO EN SU OFICINA DE FARMACIA O SERVICIO FARMACÉUTICO, ENUMERADO Y DESCRITO POR EL FORMULARIO NACIONAL, DESTINADO A SU ENTREGA DIRECTA A LOS ENFERMOS A LOS QUE ABASTECE DICHA FARMACIA O SERVICIO FARMACÉUTICO.
11. PRODUCTO EN FASE DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA:
AQUEL QUE SE DESTINA ÚNICAMENTE A SER UTILIZADO POR EXPERTOS CALIFICADOS POR SU FORMACIÓN CIENTÍFICA Y EXPERIENCIA PARA LA INVESTIGACIÓN EN PERSONAS O EN ANIMALES SOBRE SU SEGURIDAD Y EFICACIA.
12. PRODUCTO SANITARIO:
CUALQUIER INSTRUMENTO, DISPOSITIVO, EQUIPO, MATERIAL U OTRO ARTÍCULO, INCLUÍDOS LOS ACCESORIOS Y PROGRAMAS LÓGICOS QUE INTERVENGAN EN SU BUEN FUNCIONAMIENTO, DESTINADOS POR EL FABRICANTE A SER UTILIZADOS EN SERES HUMANOS, SÓLO O EN COMBINACIÓN CON OTROS, CON FINES DE: DIAGNÓSTICO, PREVENCIÓN, CONTROL, TRATAMIENTO O ALIVIO DE UNA ENFERMEDAD O LESIÓN. INVESTIGACIÓN, SUSTITUCIÓN O MODIFICACIÓN DE LA ANATOMÍA O DE UN PROCESO FISIOLÓGICO. REGULACIÓN DE UNA CONCEPCIÓN. CUYA ACCIÓN PRINCIPAL NO SE ALCANCE POR MEDIOS FARMACOLÓGICOS, QUÍMICOS O INMUNOLÓGICOS, NI POR EL METABOLISMO, PERO A CUYA FUNCIÓN PUEDAN CONCURRIR TALES MEDIOS.
13. PRODUCTO DE HIGIENE PERSONAL:
PRODUCTO QUE, APLICADO DIRECTAMENTE SOBRE LA PIEL O MUCOSA SANA, TIENE COMO FINALIDAD COMBATIR EL CRECIMIENTO DE MICROORGANISMOS, ASÍ COMO PREVENIR O ELIMINAR ECTOPARÁSITOS DEL CUERPO HUMANO O ELIMINAR LOS RIESGOS SANITARIOS DERIVADOS DE LA UTILIZACIÓN DE PRÓTESIS TERAPÉUTICAS QUE SE APLIQUEN SOBRE EL CUERPO HUMANO.

Clasificación anatómica de los medicamentos.
Es la desarrollada por la European Pharmaceutical Market Research Association (EPHMRA) y el International Pharmaceutical Market Research Group (IPMRG).
La lleva a cabo la Agencia Europea del Medicamento, como uno de los trámites del proceso de registro.
Consta de cinco dígitos formados por letras y cifras que estructuran cuatro niveles:
a) Primer nivel. Grupo anatómico-terapéutico, estructurado por aparatos y sistemas. Un solo dígito ocupando el primer lugar, constituido por una letra mayúscula.
b) Segundo nivel: Grupo terapéutico: formado por dos dígitos numéricos.
c) Tercer nivel: subgrupo terapéutico: formado por un dígito ocupado por una letra en orden alfabético
d) Cuarto nivel: subgrupo químico terapéutico: un solo dígito ocupado por una cifra.
Disposiciones españolas
CIRCULARES
- Circular nº 16/98 de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, sobrre excipientes de declaración obligatoria en el cartonaje y advertencias a incluir en el prospecto.
- Circular nº 1/2002, de la Agencia Española del Medicamento, sobre modificación de la Circular 2/2000 por la que se establece la Directriz de legibilidad de material de acondicionamiento y prospecto.
-Circular nº 05/2004, de la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios, sobre modificación de las condiciones de autorización de las especialidades farmacéuticas de uso humano
Disposiciones europeas.
- Directiva 2001/83/CE de 6 de noviembre de 2001, DOCE del 28, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano
- Directiva 2004/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004, DOCE del 30 de abril, que modifica la Directiva 2001/83/CE por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano
- Directiva 2003/94/CE de la Comisión de 8 de octubre, DOCE L262, de 14 de octubre, por la que se establecen los principios y directrices de las prácticas correctas de fabricación de los medicamentos de uso humano y de los medicamentos en investigación de uso humano
- Reglamento 1084/2003/CE de la Comisión de 3 de junio, DOCE del 27, relativo al examen de las modificaciones de los términos de las autorizaciones de comercialización de medicamentos para uso humano y medicamentos veterinarios concedidas por la autoridad competente de un Estado miembro

_________________________________________
A TODAS ESTAS PRUEBAS NOS REMITIMOS

Salud...

lunes, 8 de junio de 2009

AGEMED MODICFICACIÓN DE CIRCULAR 2/2000 POR LA QUE SE ESTABLECE LA DIRECTRIZ DE LEGIBILIDAD DE MATERIAL DE ACONDICIONAMIENTO Y PROSPECTO




CIRCULAR Nº 01/2002

DEPENDENCIA: AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
CONTENIDO: Modificación de la Circular 2/2000 por la que se establece la Directriz de legibilidad de material de acondicionamiento y prospecto.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: INDUSTRIA FARMACÉUTICA - FARMAINDUSTRIA
_____________________________________________________________________ La Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento, sobre la Directriz de legibilidad del material de acondicionamiento y prospecto, establece en su Anexo 1 un modelo de prospecto que sirve de guía para la elaboración del citado documento.
A los efectos de definir con mayor precisión la actividad desarrollada por el denominado “FABRICANTE, se considera necesario modificar el modelo de prospecto, sustituyendo dicho término por el de “RESPONSABLE DE LA FABRICACIÓN”.
A tenor de lo expuesto, la presente Circular viene a modificar la Circular 2/2000, conforme a las siguientes Instrucciones:
PRIMERA.- Se sustituye el Anexo 1 de la Circular 2/2000, por el Anexo adjunto a la presente.
SEGUNDO.- Las solicitudes de autorización de comercialización de especialidades farmacéuticas, así como las solicitudes de modificación del etiquetado y prospecto de especialidades ya autorizadas, que se presenten a partir del 1 de Agosto de 2002, deberán ajustarse a lo dispuesto en la presente Circular.
Madrid, a 15 de julio de 2002,
EL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO
Fernando García Alonso

Anexo 1
Ejemplo de modelo de prospecto

[Para medicamentos que se pueden obtener únicamente con receta:]
el medicamento.
- Conserve este prospecto. Puede tener que volver a leerlo.
- Si tiene alguna duda, consulte a su médico o farmacéutico.
- Este medicamento se le ha recetado a Vd. personalmente y no debe darlo a otras personas. Puede perjudicarles, aun cuando sus síntomas sean los mismos que los suyos.>
[Para medicamentos que se pueden obtener sin receta:]
En este prospecto:
1. Qué es X (ejemplo: Agreal) y para qué se utiliza
2. Antes de X
3. Cómo X
4. Posibles efectos adversos
5. Conservación de X
[Denominación del medicamento]
{Nombre (comercial), dosis y forma farmacéutica}
{DCI o denominación común}
[Composición cualitativa completa en principios activos y excipientes]
- El principio activo es... (Ejemplo: Veraliprida)
- Los demás componentes son...
Expresar aquí la composición cuantitativa completa en principios activos, expresándose ésta por unidad de dosis (p. ej. “Cada comprimido contiene…..”). Expresar la composición cualitativa de todos los excipientes; y cuantitativamente de aquellos que se establecen en la Circular 16/98 de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios y posteriores modificaciones que de la misma se establezcan por la Agencia Española del Medicamento.
[Nombre y dirección del titular de la autorización de comercialización y del responsable de la fabricación(titular de la autorización de fabricación responsable de la liberación de los lotes) si es diferente de aquél]
El titular de la autorización de comercialización debe estar establecido en la UE/EEE (Espacio Económico Europeo).
El responsable de la fabricación, tal y como se define en el artículo 1..2 de la Directiva del Consejo 92/27 CEE es el titular de la autorización al que se refiere el artículo 16 de la Directiva 75/319) CEE, en representación de quien la persona cualificada ha cumplido con las obligaciones específicas determinadas en el artículo 22 de dicha Directiva; es decir, el fabricante responsable de la liberación de cada lote en el mercado de la UE/EEE.
1.QUÉ ES "X" Y PARA QUÉ SE UTILIZA
[Forma farmacéutica y contenido; grupo farmacoterapéutico]
[Indicaciones terapéuticas]
2. ANTES DE "X"
[Lista de información necesaria antes de tomar el medicamento]
[Contraindicaciones]
No "X":
La información de este apartado debe limitarse estrictamente a las contraindicaciones reales. Las precauciones y advertencias especiales de otro tipo deben incluirse en la sección siguiente. Se debe evitar duplicar información. Se debe procurar garantizar que no se omiten detalles complejos. No es aceptable expresar solo las contraindicaciones más habituales o más importantes. La creencia de que el paciente no puede comprender una contraindicación no es motivo para su omisión.
Incluir una referencia a enfermedades crónicas concomitantes (insuficiencia renal, insuficiencia hepática, diabetes y otras enfermedades metabólicas y a las intolerancias debidas a los excipientes - ver Anexo a la Directriz relativa a los excipientes en el etiquetado y en el embalaje exterior de especialidades farmacéuticas de uso humano (publicada en las Normas Reguladoras de Especialidades Farmacéuticas en la Comunidad Europea Volumen 3B) y recogida en la Circular 16/98 de la DGFyPS de 23 de Julio.
[Precauciones de uso; advertencias especiales]
Tenga especial cuidado con "X":
- <>
Aquí deben expresarse las Precauciones, las Advertencias especiales y las Interacciones con otros medicamentos, en un lenguaje comprensible para el consumidor. Por ejemplo:
· Si padece o ha padecido asma, ya que X puede provocar un ataque”.
· “Si se administra X a niños ...”
· “Tomar X puede hacerle sentir somnolencia”
Incluir, si procede, la frase:
“Consulte a su médico, incluso si cualquiera de las circunstancias anteriormente mencionadas le hubieran ocurrido alguna vez”.
En este apartado debe incluirse información sobre Precauciones, Advertencias especiales e Interacciones, incluso las debidas a la interacción con otros medicamentos. Se debe procurar garantizar que no se omiten detalles complejos y que se expresan de una forma comprensible para los consumidores. No es aceptable expresar solo las precauciones más habituales o más importantes. La creencia de que el paciente no puede comprender una precaución no es motivo para su omisión.
Como establece el artículo 12.1 de la Directiva 92/27/CEE, en el futuro se podrán elaborar directrices específicas sobre la formulación de determinadas advertencias específicas para determinadas categorías de especialidades farmacéuticas.
Una precaución determinada se expresa para que el paciente lleve a cabo una determinada acción, más que como una mera información de un hecho que describa una afección.
Se debe describir la influencia del producto sobre la conducta del paciente. Se debe realizar una distinción entre la influencia sobre las capacidades cognitivas, reactivas y sobre el juicio.
Describir también en qué casos (si procede) el consumidor debe utilizar "X" solo después de haber consultado con el médico.
Incluir, si procede y si no se ha mencionado en la sección precedente, una referencia a enfermedades crónicas concomitantes (insuficiencia renal, insuficiencia hepática, diabetes y otras enfermedades metabólicas).

Aportar la información relativa a los controles necesarios que se puedan realizar por el médico antes de o durante la terapia, por ejemplo análisis realizados para excluir contraindicaciones.
Aportar la información (si existe) sobre síntomas importantes que puedan enmascarar el producto, o si el producto influye sobre los valores de laboratorio. Si son relevantes, se debe hacer una referencia a las posibles intolerancias a distintos materiales (por ejemplo, jeringas de plástico desechables) que deben utilizarse como parte del producto.
Hacer una referencia a la necesidad de evitar influencias exteriores, como por ejemplo la luz del sol después de haber utilizado medicamentos fototóxicos. Se deben describir otras advertencias sobre, por ejemplo, otras enfermedades y sobre la influencia del producto sobre la conducta. Se deben también incluir, por ejemplo, una referencia a la decoloración de la ropa interior como consecuencia de cambios en el color de la orina y de las heces.
[Interacciones con alimentos y bebidas]
- de "X" con los alimentos y bebidas:
Aquí deben incluirse las interacciones no relacionadas con los medicamentos usando una terminología fácilmente comprensible para el consumidor.
[Uso por mujeres embarazadas o en periodo de lactancia]
Embarazo
Lactancia
[Efectos sobre la capacidad de conducir o utilizar máquinas]
Conducción y uso de máquinas:
Por ejemplo:
·“X" puede hacerle sentir somnoliento”
· “No conduzca ya que "X" puede impedirle conducir de forma segura”
· “No utilice ninguna herramienta ni máquinaria peligrosa”
Información importante sobre algunos de los componentes de "X":
Si procede, facilitar información sobre aquellos excipientes cuyo conocimiento sea importante para el uso seguro y eficaz del medicamento. Ver Directriz sobre excipientes en el etiquetado y en el prospecto de especialidades farmacéuticas de uso humano (Normas sobre Medicamentos de la Comunidad Europea Volumen 3B.
[Interacción con otros medicamentos]
de otros medicamentos:
Incluir, si procede, la siguiente frase:
“Tenga en cuenta que estas instrucciones pueden ser también de aplicación a medicamentos que se hayan tomado / utilizado antes o puedan tomarse / utilizarse después”.
Incluir siempre la siguiente frase:
“Informe a su médico o farmacéutico si está tomando, o ha tomado recientemente cualquier otro medicamento - incluso los adquiridos sin receta médica”.
Describir los efectos de otros medicamentos sobre el producto en cuestión y viceversa. Se debe hacer una referencia a la potenciación / disminución y a la prolongación / reducción de los efectos.
3. CÓMO "X"
[Instrucciones para un uso adecuado]
Aquí deben incluirse las instrucciones para el uso y dosificación correctos del medicamento,
En cualquier caso incluir obligatoriamente en este sub-epígrafe las siguientes frases:
“Siga estas instrucciones a menos que su médico le haya dado otras indicaciones distintas”
“Recuerde tomar su medicamento”
Para medicamentos sólo disponibles con receta médica incluir la frase:
“Su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que...”
Las instrucciones se pueden presentar en negrita y las explicaciones en tipo normal, para dar al consumidor una orientación sobre la importancia de la información.
La explicación se debe presentar inmediatamente después de la instrucción cuando :
· la instrucción es contraria a la conducta esperada,
· las razones de una instrucción no son evidentes,
· la instrucción es más fácil de recordar utilizando una explicación.
La instrucción y su correspondiente explicación deben presentarse preferentemente en la misma cara del prospecto. Los grupos de instrucciones y explicaciones que estén relacionados deben presentarse también en la misma cara del prospecto.
Cuando proceda, deben incluirse descripciones (si resulta útil, acompañadas de ilustraciones) sobre las técnicas de apertura de envases a prueba de niños y de otros envases con un sistema de apertura no habitual.
Pueden ser importantes instrucciones de administración específicas, por ejemplo : Ingiera los comprimidos con una cantidad suficiente de líquido - un vaso de agua.
[Dosificación]
[Forma de uso y/o vía(s) de administración]
La vía de administración debe expresarse según los Términos Estándar de la Farmacopea Europea. Además, puede ser necesario explicar la vía de administración en un lenguaje comprensible para el consumidor.
Para productos que contengan un principio activo, debe expresarse en primer lugar el número de unidades de dosis, seguido directamente por la cantidad del principio activo entre paréntesis ; por ejemplo “uno o dos comprimidos (50 mg a 100 mg de “principio activo”- se debe expresar el nombre del principio activo) dos veces al día, lo que significa un máximo diario de cuatro comprimidos (200 mg de “principio activo”)”.
[Frecuencia de administración]
Se debe indicar, si son relevantes, las instrucciones para lograr un uso adecuado y los intervalos de dosis deseados (dosis individuales y diarias por separado), así como la dosis diaria máxima, la frecuencia, el modo y la vía de administración y duración del tratamiento.
Además, se deben expresar los tiempos de administración (frecuencia de administración). El texto se debe estructurar de acuerdo con la indicación, edad y sexo, teniendo en cuenta las afecciones orgánicas.
Aquí también se debe hacer una referencia a la disminución de la dosis en caso de insuficiencia renal y/o insuficiencia hepática.
Las instrucciones deben :
· utilizarse para explicar a los usuarios qué hacer. No deben utilizarse para justificar o para explicar una acción.
· describirse de forma práctica.
· explicar al consumidor cómo utilizar correctamente el producto.
· ser positivas más que negativas, siempre que sea posible. Solo se deben utilizar instrucciones negativas cuando el consumidor deba evitar una acción específica.
· darse como instrucciones distintas cuando el consumidor deba realizar dos acciones distintas. Acciones distintas no deben expresarse en una sola frase.
· numerarse y relacionarse en el orden exacto que deba seguir el consumidor.
· ser normalmente comprensibles sin explicaciones, para no sobrecargar al consumidor con información.
[Duración del tratamiento]
Si procede, deben incluirse declaraciones precisas sobre :
· duración normal de la terapia ;
· duración máxima de la terapia ;
· intervalos sin tratamiento ;
. casos en los que se debe limitar la duración del tratamiento.
En particular, y si es posible, y para productos de libre dispensación, se deben incluir instrucciones precisas sobre la duración normal del tratamiento, la duración máxima del mismo y los intervalos sin tratamiento, junto con una orientación clara sobre cuándo consultar al médico. Para medicamentos con receta médica se debe incluir una declaración como la siguiente :
“su médico le indicará la duración de su tratamiento con "X". No suspenda el tratamiento antes, ya que ...”
[Síntomas en caso de sobredosis y acciones a seguir]
Si Vd. más "X" del que debiera:
Describir cómo reconocer si alguien ha tomado una sobredosis y qué hacer, en su caso. Por ejemplo:
-Si Usted ha tomado / utilizado "X" más de lo que debe, consulte inmediatamente a su médico o a su farmacéutico.
[Medidas a adoptar si no se han tomado una o más dosis]
Si olvidó tomar X:
[Indicación del riesgo de los efectos de abstinencia]
Efectos que se dan cuando se interrumpe el tratamiento con "X":
Se deben describir, si procede, los efectos que se producen al suspender el tratamiento
.
4. POSIBLES EFECTOS ADVERSOS
[Descripción de los efectos adversos]
Comenzar esta sección con la siguiente frase:
Como todos los medicamentos, "X" puede tener efectos adversos.
Terminar esta sección con la expresión:
Si se observa cualquier otra reacción no descrita en este prospecto, consulte con su médico o farmacéutico

La información que se facilite sobre efectos adversos no deseados debe estar de acuerdo con la incluida en la Ficha Técnica. Los efectos adversos deben subdividirse de acuerdo con su gravedad y frecuencia, o de acuerdo con el tipo de síntoma. Siempre que sea posible, debe mencionarse en el prospecto la frecuencia con la que se presentan los efectos adversos no deseados, para permitir al paciente conocer los riesgos. Si se dispone de datos exactos se pueden dar las cifras en forma de porcentaje. Si es posible, dentro de los distintos grupos de frecuencia, los efectos no deseados deben relacionarse por orden decreciente de gravedad. Deben mencionarse en primer lugar o de forma especialmente destacada los efectos no deseados muy graves, habituales, con independencia de su frecuencia. Esto es especialmente aplicable a los efectos no deseados en los que sea urgente tomar alguna acción.

Actualmente la frecuencia estimada se subdivide en:
- muy habitual ³10%, (igual o más de un 1 por cada 10) ;
- habitual > 1% y < color="#006600">También es posible un sistema basado en sistemas orgánicos. Se deben mencionar aquí efectos no deseados que se presentan principalmente al principio del tratamiento y luego desaparecen, o que solo se presentan después de un tratamiento prolongado.
Se deben mencionar aquí las medidas a adoptar para remediar o al menos aliviar los efectos no deseados, si son relevantes. Si el consumidor necesita asistencia urgente, utilizar la expresión “inmediatamente”. Para supuestos menos urgentes utilizar la expresión “tan pronto como sea posible”. Se debe indicar expresamente al consumidor que comunique al médico o al farmacéutico cualquier efecto no deseado, especialmente si no se menciona en el prospecto.
5. CONSERVACIÓN DE "X"
[Precauciones de conservación y fecha de caducidad]
Incluir la frase:
Mantenga "X" fuera del alcance y de la vista de los niños.
Expresar las condiciones de conservación, según proceda, empleando las siguientes frases:
“No conservar a temperatura superior a 25ºC / 30ºC”
“Conservar entre 2ºC y 8ºC (en nevera)”
“Conservar en congelador”
“No refrigerar / congelar”
“Conservar en el embalaje original”
“Conservar en el envase original”
“Conservar en el embalaje exterior”
“Mantener el envase perfectamente cerrado”
“No se precisan condiciones especiales de conservación”
“Conservar protegido de la luz”
“Conservar protegido de la humedad”
[Cuando corresponda, advertir acerca de ciertos signos visibles de deterioro]
Caducidad
Incluir la frase:
No utilizar "X" después de la fecha de caducidad / utilizar antes de la fecha de caducidad indicada en la etiqueta / caja / frasco.
Si procede, debe haber una advertencia sobre determinados signos visibles de deterioro, tales como:
“No utilizar "X" si Usted ve que ...”
Este prospecto ha sido aprobado ...
( Mes y año de la última aprobación del prospecto) .
_______________________________________________

Esta es una Circular de 2002.
¿El prospecto de Agreal se atenía a esta Circular?
El mío no, osea, el de ninguna afectada de todo el Estado.
Cada vez se les ve más de que pié cojean estos de AGEMED y Ministerio de Sanidad.
Pueden comprobarlo, nosotras, las Luchadoras de Agreal sí que lo hemos comprobado y de principio a fin no hay por donde cogerlo.
Esta Circular de 2002 es muy importante para nosotras y demostrar una vez más que no se cumplieron las normas de prospección con el medicamento Agreal.
Negligencia por parte de todos desde Sanofi-Aventis, Farmaindustria, AGEMED, SEVF y Ministerio de Sanidad por no cumplir con dicha Circular y Presidente de Gobierno por no estar al tanto de lo que sucede en sus Ministerios y velar por la salud de sus ciudadanos.

Salud...

miércoles, 27 de mayo de 2009

LLAMAMIENTO DE MÉXICO - GABRIELA CAMPOS -

Invito a todas las afectadas por el Aclimafel (Veraliprida) a hacer contacto conmigo para reportar sus casos a través de Farmacovigilancia de Médica Sur, quien me ha ayudado reuniendo casos y reportándolos a la COFEPRIS, quien rechaza el dar la Alerta o poner sus efectos secundarios o reacciones adversas graves como son la Depresión, elevación de la prolactina, efectos parkinsonianos (rigidez), fobias, miedos, afección del hipotálamo (emociones), hasta intentos de suicidio, síntomas de abstinencia como una droga, etc.
La manera de lograr que lo retiren del mercado es acumulando "casos". Este medicamento es un Antipsicótico que "descubren" que sirve para quitar los "bochornos" propios del Climaterio.
Si por la Influenza hubo tal movilización, me pregunto si las autoridades de salud de México, se han preocupado por llevar estadísticas sobre este medicamento en particular aunado a que, los médicos desconocen sus reales efectos, no lo relacionan con el Aclimafel/Agreal/Veraliprida.
Mientras tanto habrá mujeres que sufran las reacciones adversas y que se confunden con una Depresión.
Muchas de ellas como las que me han contactado, sienten pena de aceptar esta enfermedad por sentirse estigmatizas, ya que eso representaría estar "un poco loca" o fuera de los límites que marca la sociedad.
Por favor ayúdenme a ayudar, ya que la fuerza de los laboratorios es inmensa.
Gabriela Campos
____________________________________
Gabriela, como siempre te hemos dicho, puedes contar con nosotras para lo que sea y lograr la retirada de este veneno, Aclimafel/Agreal/Veraliprida/e.
Desde la ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS", nos unimos al llamamiento de Gabriela gcamposat@prodigy.net.mx ,
para que todas las afectadas mexicanas por el medicamento Aclimafel se unan y luchen junto con estas dos amigas-luchadoras-afectadas para la retirada y atención médica de todas. Cuesta poco ponerse en contacto y podéis conseguir mucho. ¡Con el coraje que sabemos que tenéis todas!
Salud...

lunes, 18 de mayo de 2009

Los trastornos del movimiento en urgencias (Anales Sistema Sanitario Navarra-Urgencias neurológicas

M.E. Erro (1), I. Gastón (2), M.C. Navarro (1)
-1. Servicio de Neurología. Hospital de Navarra. Pamplona.
-2. Servicio de Neurología. Hospital Virgen del Camino. Pamplona.

DEFINICIÓN
Los trastornos del movimiento que requieren una atención en urgencias son aquellas enfermedades neurológicas de evolución aguda o subaguda en las que en la presentación clínica predomina el trastorno del movimiento y en las que un error en el diagnóstico o tratamiento puede conllevar importante morbilidad e incluso mortalidad (1). Suponen un porcentaje pequeño dentro de las consultas neurológicas urgentes y pueden tener etiologías muy diversas (Tabla 1) dentro de las que hay que destacar aquéllos secundarios a fármacos (Tabla 2). Se pueden clasificar según la forma de presentación en los que cursan con rigidez, parkinsonismo, distonía, corea o balismo y mioclonías (2).
La rigidez es la forma de presentación del síndrome neuroléptico maligno, el síndrome serotoninérgico, la hipertermia maligna, el síndrome de la persona rígida y la catatonia letal (Tabla 3). Además, pueden presentarse con rigidez enfermedades infecciosas como el tétanos o la rabia, la intoxicación por estricnina (3), la hipocalcemia y enfermedades hereditarias como la hiperecplexia (4).
SÍNDROME NEUROLÉPTICO MALIGNO
El síndrome neurológico maligno (SNM) es un proceso patológico inducido por fármacos con efecto antidopaminérgico, principalmente por los neurolépticos clásicos como el haloperidol o la clorpromacina. También pueden producir un SNM los antieméticos como la metoclopramida y antihistamínicos como la prometacina (5). Se produce en el 0,2% de los casos tras consumo de antipsicóticos atípicos (olanzapina, clozapina, risperidona, quetiapina, zisapridona y aripiprazol) y la asociación de litio a cualquiera de ellos puede favorecer su aparición (6). Es más frecuente en hombres jóvenes que utilizan preparados de liberación lenta y se favorece por la deshidratación. Se trata de una reacción idiosincrásica que aparece a las pocas semanas de iniciado el tratamiento o tras un aumento en la dosis y se caracteriza por rigidez muscular grave, alteración del nivel de conciencia y disautonomía con fiebre, sudoración, taquicardia, taquipnea y labilidad de la tensión arterial. En los análisis se observa una elevación de la creatin kinasa (CK) como consecuencia de la rabdomiolisis que se produce por la rigidez y puede provocar mioglobinuria con fallo renal secundario (7).
En cuanto a la fisiopatología se barajan dos hipótesis. Un mecanismo central por bloqueo dopaminérgico en el estriado (rigidez) y en el hipotálamo (disautonomía) o un mecanismo periférico por alteración de la capacidad de contracción de la fibra muscular debido a una alteración de la membrana del retículo sarcoplásmico (5).
El tratamiento consiste en suspender los neurolépticos (Tabla 4), medidas generales de soporte vital (hidratación y ventilación mecánica si fuese preciso), administración de fármacos de acción dopaminérgica como la bromocriptina a una dosis inicial de 2,5 mg /8h y aumentándola uno o dos días después a 5 mg/8h por vía oral (sonda nasogástrica) También pueden utilizarse la apomorfina subcutánea o los parches transdérmicos de rotigotina (6). El dantrolene a dosis inicial de 25 mg/24h con aumentos posteriores de 25 mg/12h o 1-10 mg/Kg por vía intravenosa puede emplearse en cuadros graves. Se debe considerar la terapia electroconvulsiva en pacientes psicóticos (5). Sin tratamiento se estima que la mortalidad asciende al 20% y las causas de muerte son el tromboembolismo pulmonar, la neumonía por aspiración y el fallo renal.
SÍNDROME SEROTONINÉRGICO
El síndrome serotoninérgico (SS) es una reacción adversa a fármacos de acción serotoninérgica que puede ser potencialmente mortal. Tiene una incidencia de aproximadamente el 14-16% de los pacientes que toman sobredosis de inhibidores selectivos de la recaptación de la serotonina (ISRS) pero puede aparecer tras el consumo de otros fármacos con acción serotoninérgica (Tabla 5).
Se caracteriza clínicamente (Tabla 3) por alteración del estado mental (delirio, ansiedad, hipervigilancia, acatisia), hiperactividad autonómica (diarrea, sudoración, taquicardia, hipertermia, midriasis) y alteraciones neuromusculares (temblor, hiperreflexia, mioclonias, rigidez). El comienzo de los síntomas suele ser rápido, de minutos a horas después de tomar la medicación. Los hallazgos de laboratorio consisten en acidosis metabólica, rabdomiolisis, aumento de CK, fallo renal e incluso datos de coagulación intravascular diseminada (8). El SS no es una reacción idiopática sino que se produce como consecuencia de un exceso de acción serotoninérgica en los receptores serotoninérgicos del sistema nervioso central y periféricos como consecuencia de interacciones farmacológicas o abuso voluntario como intento de suicidio (9). En cuanto a la fisiopatología parece ser que es la activación de los receptores 5-HT2A la que contribuye fundamentalmente a las manifestaciones del SS10. El tratamiento (Tabla 4) consiste en retirar el fármaco precipitante, medidas de soporte vital, control de la agitación, de la hipertermia y de la inestabilidad autonómica. En algunos casos sólo con suspender el fármaco precipitante y con medidas generales los síntomas se resuelven en 24 horas. En otros casos, a las medidas previas sólo es necesario añadir el uso de benzodiacepinas. Las medidas de contención física deben evitarse. Hay que estar alerta porque pueden producirse empeoramientos clínicos rápidos. En casos moderadamente graves es necesario administrar fármacos de acción antagonista 5-HT2A como la ciproheptadina. a dosis de 4-8 mg oral de inicio seguido de una dosis de mantenimiento de hasta 8 mg/6 horas. Sólo puede administrarse por vía oral y por sonda nasogástrica. Cuando la hipertermia está por encima de 41º C puede ser necesaria la parálisis neuromuscular con agentes no despolarizantes y la intubación orotraqueal. Los antipiréticos no tienen papel en el manejo de la hipertermia en la que no interviene el hipotálamo sino la actividad muscular. La succinilcolina debe evitarse por el riesgo de arritmia que puede producir en asociación con la hipercalcemia que se produce con la rabdomiolisis. Fármacos como la bromocriptina, el propanolol o el dantrolene no se recomiendan (10) .
HIPERTERMIA MALIGNA
La hipertemia maligna es una grave enfermedad con susceptibilidad genética con carácter autosómico dominante y penetrancia variable debida a la mutación de un gen del receptor de la rianodina en el cromosoma 1911. Las mutaciones de este receptor van a provocar una alteración en la homeostasis del calcio con incremento del calcio muscular y contracción sostenida del músculo, lo que a su vez conlleva un estado de hipermetabolismo exagerado con acidosis láctica, hipercapnia e hipertermia. Se desencadena por agentes anestésicos halogenados inhalados y relajantes musculares despolarizantes. Las manifestaciones clínicas (Tabla 3) pueden aparecer en el quirófano o varias horas después de la anestesia. El signo más frecuente y precoz es la taquicardia, después aparece rigidez muscular en forma de espasmo de maseteros y taquipnea. Hay acidosis metabólica y respiratoria. La elevación de la temperatura es un signo tardío, así como las arritmias, la cianosis, la hipotensión, la hiperpotasemia y la rabdmiolisis12. El tratamiento (Tabla 4) consiste en hiperventilar al paciente con oxígeno al 100%, administrar dantroleno a dosis de 2,5 mg/kg en bolos, cada cinco minutos y luego en perfusión a dosis de 1-2 mg/kg/h, reducir la temperatura corporal con medidas físicas, tratar la acidosis con bicarbonato sódico, vigilar la diuresis y tratar las arritmias (9).
CATATONIA LETAL
La catatonia letal es un síndrome con distintas causas que suele aparecer en el contexto de enfermedades psiquiátricas y puede estar desencadenado por infecciones del sistema nervioso, hipertiroidismo, lupus, tóxicos, traumatismos, etc. Suele aparecer en personas jóvenes y su relación con el SNM no está clara. Se caracteriza (Tabla 3) por insomnio, anorexia, excitación motora catatónica, confusión, disautonomía (sudoración, taquicardia y variaciones de la tensión arterial), alucinaciones, ecolalia, ecopraxia, mirada fija, posturas fijas, mutismo, rigidez intensa y fiebre alta. En cuanto a la fisiopatología se especula que existe una afectación de la transmisión dopaminérgica. El tratamiento (Tabla 4) consiste en medidas de soporte vital junto con loracepam intravenoso y es de elección la terapia electroconvulsiva (5).
SÍNDROME DE LA PERSONA RÍGIDA
El síndrome de la persona rígina (SPR) es un cuadro que puede aparecer de forma aguda o subaguda y se caracteriza por la aparición de dolor y espasmos o contracturas de los músculos paraespinales lumbares, abdominales y de extremidades inferiores lo que produce una exagerada lordosis lumbar, que puede ocasionar fracturas, subluxaciones articulares o herniación abdominal. Se asocia a hiperreflexia generalizada. Las contracturas pueden aparecer de forma espontánea o tras desencadenantes auditivos o sensitivos y desaparecen durante el sueño. Los estudios neurofisiológicos sugieren que se trata de una actividad motora continua central. Se acepta que existe un SPR idiopático, una variante paraneoplásica, otros asociados a encefalomielitis y un síndrome focal o del miembro rígido. Al menos la mitad de los pacientes tienen anticuerpos anti-descarboxilasa del ácido glutámico (GAD) y también se asocia a anticuerpos antianfifisina y anti-gephyrina. En algunas formas de SPR se ha demostrado que la eficacia del tratamiento con inmunoglobulinas intravenosas (13,14).
URGENCIAS EN LA ENFERMEDAD DE PARKINSON
Síndrome de acinesia aguda-hiperpirexia
También denominado síndrome maligno o SNM-like. Aparece en pacientes con enfermedad de Parkinson (EP) de larga evolución que ingresan en un hospital por un proceso intercurrente o intervención quirúrgica y han realizado una reducción importante y brusca en la medicación antiparkinsoniana. Puede aparecer también en otros síndromes rígido-acinéticos diferentes a la EP. Se caracteriza (Tabla 3) por la instauración brusca de una acinesia extrema junto con aumento de temperatura corporal. Otras manifestaciones clínicas que pueden aparecer son rigidez espontánea, disminución del nivel de conciencia (desde somnolencia leve al coma), alteración autonómica con taquicardia, fluctuaciones de la tensión arterial, falta de sudoración, íleo o parálisis de cuerdas vocales. Además se produce una elevación de CK secundaria a la rabdomiolisis y que puede derivar en fracaso renal y coagulación intravascular diseminada que es la complicación más seria y conlleva una alta mortalidad. No todos los pacientes presentan todos los signos clínicos (15). El diagnóstico se basa en las manifestaciones clínicas. Los desencadenantes pueden ser además de la disminución de la dosis de levodopa, el cambio de un agonista por otro, una infección, una elevación de la temperatura ambiental (golpe de calor) que produce deshidratación o modificaciones en la distribución de la levodopa por cambios en la alimentación (inicio de nutrición enteral). A veces consiste en un empeoramiento brusco sin que se haya suspendido el tratamiento antiparkinsoniano y sería la expresión de un “superoff”. En cuanto a la fisiopatología, se piensa que se produce una hipotransmisión dopaminérgica aguda en el hipotálamo, sistema nigroestriado, y sistema dopaminérgico mesocortical. Además existe una susceptibilidad individual (16). En los estudios “postmortem” se ha encontrado una necrosis hipotalámica (17). El tratamiento consiste en su precoz reconocimiento y hay que administrar fluidos (2500-3000 ml de sueros/24 h) con electrolitos y glucosa, vitamina B1, medidas físicas y farmacológicas contra la hipertermia, tratar la infección si se diagnostica y reinstaurar el tratamiento antiparkinsoniano lo antes posible, por sonda nasogástrica si existen problemas de deglución (Tabla 4). También se han empleado bromocriptina, amantadina o apomorfina intravenosa. Si la rigidez es muy intensa puede ser necesario usar dantrolene a dosis de 80 mg/día por vía intravenosa16.Psicosis agudaLas manifestaciones clínicas de la psicosis en la EP consisten en alucinaciones que suelen ser visuales y estereotipadas y delirios que suelen ser de ruina, persecutorios o celotipias. Cuando las alucinaciones y delirios son intensos se acompañan de agitación, confusión y alteraciones del sueño, lo que altera la calidad de vida del paciente y de sus cuidadores. La psicosis está relacionada con el tratamiento antiparkinsoniano, pero no se debe sólo a la disfunción dopaminérgica sino que intervienen otras alteraciones neuroquímicas. Se ha propuesto que las alucinaciones precoces se deben a una hipersensibilidad de los receptores mesolimbocorticales y las que aparecen de forma tardía a mecanismos no puramente dopaminérgicos sino a degeneración de circuitos serotoninérgicos o colinérgicos (18).
Cuando la psicosis es aguda se deben investigar factores desencadenantes como infecciones, alteraciones metabólicas o procesos cerebrales estructurales. Si los síntomas psicóticos son leves se debe tratar de simplificar el tratamiento antiparkinsoniano, reduciendo o suspendiendo fármacos añadidos a la levodopa: amantadina, selegilina, agonistas dopaminérgicos e inhibidores de la COMT19. Si a pesar de estas modificaciones los síntomas persisten hay que tratar de reducir la levodopa y si esto no fuera suficiente se debe administrar neurolépticos atípicos como clozapina, quetiapina, zisapridona o aripiprazol (20). Los inhibidores de la colinesterasa han demostrado ser eficaces en los casos de EP con demencia (21). También se ha propuesto el ondansetrón, antagonista 5HT3 como alternativa terapéutica a los neurolépticos (22).Urgencias en pacientes con neuroestimuladores cerebrales profundos
La estimulación cerebral profunda es un tratamiento consolidado como alternativa terapéutica en pacientes seleccionados con EP. Este tratamiento puede conllevar complicaciones que ocasionen consultas en urgencias que deben ser conocidas por el neurólogo general a pesar de que en estas circunstancias el paciente debe acudir a un centro especializado (23).
Dentro de las complicaciones quirúrgicas diferidas se encuentran la trombosis venosa profunda y el tromboembolismo pulmonar como en cualquier otro procedimiento quirúrgico que conlleve encamamiento prolongado. Pueden aparecer infecciones locales así como serosas o acúmulos de líquido en las bolsas quirúrgicas donde se aloja el estimulador y complicaciones derivadas del material implantado como desplazamiento o rotura del electrodo, o rotura del cable de conexión por infecciones o necrosis en su trayecto subcutáneo. Puede ocurrir que se desconecte el generador por contacto fortuito con un campo magnético intenso produciendo un empeoramiento súbito de los síntomas parkinsonianos, lo que sucede también si se agotan las baterías del neuroestimulador que suelen durar unos cinco años. Tanto en estos casos como ante la sospecha de un efecto negativo inducido por un cambio reciente en los parámetros del neuroestimulador es necesario contar con neurólogos expertos en el manejo de su sistema de programación.
Complicaciones derivadas de la propia estimulación cerebral son la aparición de trastornos de movimiento de tipo coréico o balístico por estímulo del núcleo subtalámico. También pueden producirse trastornos psiquiátricos o cognitivos como abulia, apatía, anhedonia, euforia o hipomanía que se han relacionado con la estimulación de áreas mediales y ventrales del núcleo subtalámico. La estimulación de fibras vecinas de la cápsula interna puede producir síntomas pseudobulbares como disfagia, disartria y llanto inapropiado.
El neuroestimulador produce un artefacto eléctrico en los electrocardiogramas, electroencefalogramas y un artefacto por efecto metálico en las tomografías computerizadas. Estos efectos deben ser tenidos en cuenta cuando un paciente portador de un neuroestimulador consulta en urgencias por otros problemas médicos (24).
PARKINSONISMO AGUDO
La aparición de un parkinsonismo de forma aguda es muy infrecuente. Puede estar causado por agentes infecciosos como el Mycoplasma o por distintos fármacos como la anfotericina B1. Trastornos metabólicas como la mielinolisis central pontina o extrapontina pueden producir parkinsonismo agudo (25). Esta entidad aparece como consecuencia de trastornos osmóticos como por el ejemplo en el contexto de la corrección de una hiponatremia secundaria a hiperemesis y se encuentran lesiones hiperintensas en el estriado que pueden ser reversibles así como el parkinsonismo. Existe una entidad hereditaria rara con ligamiento en una zona del cromosoma 19 denominada distonía-parkinsonismo de inicio rápido en el que los síntomas pueden aparecer de forma aguda o subaguda con parkinsonismo y distonía de musculatura orofacial (26). La aparición de parkinsonismo por consumo accidental o por adicción de distintos tóxicos (Tabla 6) está documentada en la literatura (27-29). La encefalitis letárgica se produjo de forma epidémica a comienzos del siglo XX como una encefalitis con afectación de los ganglios basales produciendo parkinsonismo fundamentalmente y también trastornos psiquiátricos y del sueño. En las últimas décadas también se han descrito casos de esta encefalitis cuya fisiopatología no se conoce bien. No hay clara evidencia de agentes infecciosos que invadan el sistema nervioso aunque sí se encuentra linfocitosis en el líquido cefalorraquídeo y bandas oligoclonales. Puede haber cambios de señal en mesencéfalo y ganglios basales en la resonancia magnética craneal aunque también puede ser normal. En casos recientes se han usado esteroides con buena respuesta clínica y la recuperación ha sido completa en varios de ellos (30).
DISTONÍAS AGUDAS
Dentro de este grupo la causa más frecuente de consulta en urgencias son las distonías secundarias a fármacos. Suele verse en personas jóvenes a las primeras horas o días de tomar el tratamiento con fármacos antagonistas dopaminérgicos como los antipsicóticos (haloperidol) o antieméticos (cleboprida o metoclopramida), antidepresivos del grupo de los inhibidores selectivos de la recaptación de la serotonina o noradrenalina y tras el consumo de cocaína. Pueden aparecer también después del empleo de antipsicóticos atípicos (31-33). Otros fármacos como la rivastigmina o el interferón alfa-2b pueden provocar ocasionalmente reacciones distónicas agudas (34). Las manifestaciones clínicas consisten en distonía focal generalmente craneocervical, lo más frecuente es en forma de tortícolis, pero también puede ser en forma de trismos, profusión lingual, crisis oculogiras, distonía faríngea, laríngea, blefarospasmo e incluso axiales y en extremidades. Se presenta hasta en el 30-40% de los jóvenes psicóticos en los que se inicia el tratamiento con un antipsicótico clásico (31). No parece tener relación con la dosis y tienen más riesgo los pacientes con SIDA y con inmunodeficiencias en los que se han descrito reacciones distónicas tras tratamientos con otros fármacos como las inmunoglobulinas intravenosas (35). El tratamiento de ese efecto adverso consiste en fármacos anticolinérgicos por vía parenteral como el Akinetón® (biperideno) 5 mg iv o im o el Cogentin® (benztropina) 1-2 mg, la dosis puede repetirse si no mejoran los síntomas y es conveniente continuar el tratamiento unos días después por vía oral (31).
Otro motivo de consulta urgente es la distonía laríngea aguda o síndrome de Gerhardt que consiste en una distonía esporádica idiopática en la que se produce un espasmo laríngeo por distonía en adducción de las cuerdas vocales durante la inspiración que puede llegar a provocar una obstrucción de la vía aérea. La manifestación clínica consiste en un estridor respiratorio que cede con el sueño. Es una entidad muy poco frecuente que se confirma por fibroscopia y el tratamiento consiste en la inyección de toxina botulínica en los músculos tiroaritenoideos (31-36).
Los pacientes con atrofia multisistémica también pueden presentar un estridor laríngeo por una alteración en la abducción de las cuerdas vocales debida a espasmos distónicos de los músculos tiroaritenoideos (adductores) y debilidad de la musculatura abductora por atrofia neurógena del músculo cricoaritenoideo posterior. Es un síntoma grave que puede producir muerte súbita. Su tratamiento consiste en aplicar CPAP (ventilación pasiva no invasiva), toxina botulínica o traqueostomía (31).
La tormenta distónica o estatus distónico supone una urgencia grave que puede aparecer en pacientes con distonías primarias o secundarias. La sintomatología consiste en la aparición de graves espasmos distónicos generalizados muy dolorosos que conllevan la aparición de hipertermia, rabdomiolisis con riesgo de fracaso renal agudo, anartria, insuficiencia respiratoria y disfagia con riesgo de neumonía por broncoaspiración. El estatus distónico comparte muchos aspectos del estatus epiléptico. Los factores precipitantes pueden ser los mismos: traumatismos, cirugía, infección, fiebre e introducción rápida o retirada brusca de algún fármaco. No hay datos establecidos sobre la estrategia óptima de tratamiento. Sólo en raras ocasiones los fármacos por vía oral (haloperidol, tetrabenazina o pimozide) son efectivos. El midazolam, benzodiacepina de acción rápida y vida media corta, se puede usar como fármaco de primera línea (30-100 µg/kg/hora), si falla puede usarse propofol (0,3-3,0 mg/kg/hora). Las medidas terapéuticas generales consisten en hidratación, evitar el fracaso renal agudo, analgesia, monitorización electrocardiográfica, vigilancia respiratoria e ingreso en UCI si es preciso. Como en el estatus epiléptico, en ocasiones es necesaria la anestesia general y el bloqueo neuromuscular con agentes curarizantes. En enfermedades degenerativas puede ser necesaria la infusión de baclofen intratecal o cirugía funcional (37).
Urgencias pseudodistónicas
A veces una subluxación atlantoaxoidea o un absceso retrofaríngeo en niños puede presentarse como un tortícolis (38) así como tumores medulares o de fosa posterior. También pueden incluirse en este apartado los trastornos psicógenos del movimiento o cuadros conversivos que suelen consistir en movimientos abigarrados y floridos que comienzan de forma aguda. Es importante considerar este diagnóstico para evitar exploraciones innecesarias aunque en ocasiones el diagnóstico diferencial puede ser difícil y es necesario mantener al paciente en observación (1).
COREA-BALISMO AGUDOS
El balismo y la corea forman parte del mismo espectro de trastorno motor. El balismo proximal puede acompañarse de corea en la parte distal de la extremidad y puede transformarse en corea. El balismo o la corea de presentación aguda suelen deberse a lesiones estructurales del sistema nervioso generalmente de origen isquémico aunque en ocasiones otros procesos de diversa naturaleza (infecciones, enfermedades autoinmunes, hipoglucemia u otros trastornos metabólicos) pueden producir balismo agudo (39). La corea puede ser la forma de presentación de una enfermedad paraneoplásica e iniciarse de forma aguda o subaguda pudiendo ser motivo de consulta en urgencias. Generalmente va a acompañado de otros síntomas de encefalopatía y en las pruebas de imagen se suelen encontrar alteraciones de señal en los ganglios basales. Se asocia a carcinoma de pulmón de células pequeñas y anticuerpos anti-Hu o anti-CV240,41.
MIOCLONIAS
La mayor parte de las mioclonias o asterixis son una manifestación clínica de una encefalopatía metabólica por fallo hepático o renal. Las mioclonias pueden formar parte del síndrome serotoninérgico. La intoxicación por opiáceos puede acompañarse de mioclonias, así como el síndrome de abstinencia de estas drogas. El tratamiento con litio, antidepresivos tricíclicos, imipenem y cefuroxima pueden producir mioclonias de acción corticales. Lesiones focales cerebrales de distintas etiologías (infecciosa, vascular, etc.) pueden producir mioclonias focales (1).
TRASTORNOS DEL MOVIMIENTO EN EL ICTUS
La presentación de un ictus con un trastorno del movimiento es infrecuente y sucede en el 1% de los casos. El trastorno del movimiento más frecuente secundario a un ictus es la hemicorea-hemibalismo seguido de la hemidistonía (42). Las lesiones isquémicas que afectan al globo pálido o al mesencéfalo pueden producir parkinsonismo agudo (43), los infartos del putamen pueden producir distonía y los infartos en el núcleo subtalámico o caudado suelen manifestarse con corea-balismo (44). Los infartos talámicos pueden producir distintos trastornos del movimiento según los núcleos talámicos implicados. La lesión de los núcleos ventrales anteriores puede producir una distonía mioclónica (Fig. 1) y una “mano talámica” con postura distónica aislada con movimientos pseudoatetósicos por lesión en el núcleo ventral intermedio (VIM) y ventrales posteriores respectivamente y también temblor postural y de acción por lesión del VIM y alteración de la conexión cerebelotalámica (45). La etiología más habitual de los ictus, que se manifiestan con un trastorno del movimiento es la enfermedad de pequeño vaso aunque en el caso de los infartos talámicos hay que considerar la posibilidad de un origen cardioembólico (46). La mayor parte de estos trastornos del movimiento que aparecen en la fase aguda son transitorios y desaparecen espontáneamente en los primeros días o semanas.
Se han descrito fenómenos motores involuntarios de presentación variada en las lesiones isquémicas del tronco cerebral que pueden consistir desde movimientos de pequeña amplitud semejantes a mioclonias hasta auténticas sacudidas de extremidades e incluso del tronco que suelen ser intermitentes y pueden desencadenarse por estímulos dolorosos (47). Se desconoce con qué frecuencia aparecen pero sí se sabe que suelen presentarse en casos de lesiones extensas del tronco generalmente en relación a oclusión aguda del tronco basilar (48). Su fisiopatología es incierta y se considera la isquemia del tracto corticoespinal como el mecanismo más probable. El reconocimiento de estos movimientos es importante ya que pueden hacer pensar en que se está produciendo una oclusión basilar y así establecer las medidas de diagnóstico y tratamiento con rapidez (49).
En conclusión, en los pacientes que acuden a urgencias con un trastorno del movimiento de presentación aguda las manifestaciones clínicas pueden ser muy variadas así como su etiología, hay que atender los desórdenes autonómicos que pueden acompañar al cuadro clínico y establecer medidas terapéuticas que pueden en ocasiones requerir el ingreso en una unidad de cuidados intensivos (Fig. 2).
BIBLIOGRAFÍA
1. Kipps CM, Fung VSC, Grattan-Smith P, de Moore GM, Morris JGL. Movement disorders emergencies. Movement disorders 2005; 20: 322-334.
2. Dressler D, Bebecke R. Diagnosis and management of acute movement disorders. J Neurol 2005; 252: 1299-1306.
3. Wood D, Webster E, Martinez D, Dargan P, Jones A. Case report: Survival after deliberate strychnine self-poisoning, with toxicokinetic data. Crit Care 2002; 6: 456-459.
4. Vetrugno R, Mascalchi M, Vella A, Della Nave R, Guerrini L, Vattimo A et al. Pontine hyperperfusion in sporadic hyperekplexia. J Neurol Neurosurg Psychiatry 2007; 78: 1001-1004.
5. Linazasoro G, Van Blercom N. Síndrome neuroléptico maligno y catatonía letal. Neurol Suppl 2007; 3: 2-6.
6. Kaplan PW, Birbeck G. Lithium-induced confusional status epilepticus or triphasic encephalopathy? Epilepsia 2006; 47: 2071-2074.
7. Admet P, Lestavet P, Krivosic-Horber R. Neuroleptic malignant syndrome. Br J Anaesth 2000; 83: 129-135.
8. Martínez-Castrillo JC, Mariscal Ortega A. Síndrome serotoninérgico e hipertermia maligna. Neurol Suppl 2007; 3: 7-14.
9. Mason PJ, Morris VA, Balcezak TJ. Serotonin syndrome: presentation of two cases and review of the literature. Medicine (Baltimore) 2000; 79: 201-209.
10. Boyer EW, Shannon M. The serotonin syndrome. N Engl J Med 2005; 352; 11: 1112-1120.
11. McCarthy TV, Healy JM, Heffron H. Localization of the malignant hyperthermia susceptibility locus to human chromosome 19q12-13.2. Nature 1990; 343: 562-564.
12. Abraham RB, Adnet P, Glauber V. Malignant hyperthermia. Post Grad Med J 1998; 74: 11-17.
13. García-Ruiz PJ, del valle M, Cabo I, García bermejo P. Síndrome de la persona rígida y otras causas de rigidez espinal aguda o subaguda. Neurol Suppl 2007; 3: 32-34.
14. Meinck HM, Thompson PD. Stiff man syndrome and related conditions. Mov Disord 2002; 17: 853-866.
15. Serrano-Dueñas M. Neuroleptic malignant syndrome-like, or (dopaminergic malignant syndrome) due to levodopa therapy withdrawal. Clinical features in 11 patients. Parkinsonism Relat Disord 2003; 9: 175-178.
16. Luquin piudo MR. Síndrome de acinesia aguda-hiperpirexia. Neurol Suppl 2007; 3:15-20.
17. Horn E, Lach B, Lapierre Y, Hrdina P. Hypothalamic pathology in neuroleptic malignant syndrome. J Neurol 1987; 235: 120-121.
18. Aarsland D, Larsen JP, Cummings JL, Laake K. Prevalence and clinical correlates of psychotic symptoms in Parkinson disease: a community-based study. Arch Neurol 1999; 56: 595-601.
19. Kulisevski J, Martínez-Ramírez S. Tratamiento de la psicosis en la enfermedad de Parkinson. Neurol Suppl 2007; 3: 21-26.
20. Gómez-Esteban JC, Zarranz JJ, Velasco F, Lezcano E, Lachen MC, Rouco I et al. Use of ziprasidone in parkinsonian patients with psychosis. Clin Neuropharmacol 2005; 28: 111-114.
21. Reading PJ, Luce AK, McKeith IG. Rivastigmine in the treatment of parkinsonian psychosis and cognitive impairment: preliminary findings from an open trial. Mov Disord 2001; 16: 1171-1174.
22. Zoldan J, Friedberg G, Livneh M, Melamed E. Psychosis in advanced Parkinson’s disease: treatment with ondansetron, a 5-HT3 receptor antagonist. Neurology 1995; 45: 1305-1308.
23. Valldeoriola F, Pilleri M, Tolosa E, Molinuelo JL, Rumiá J, Ferrer E. Bilateral subthalamic stimulation monotherapy in advanced Parkinson’s disease: long-term follow-up of patients. Mov Disord 2002; 17: 125-132.
24. Valldeoriola F. Urgencias en pacientes con neuroestimuladores implantados. Neurol Suppl 2007; 3: 40-46
25. Sajith J, Ditchfield A, Katifi HA. Extrapontine myelinolisis presenting as acute parkinsonism. BMC Neurology 2006; 6:33
26. Linazasoro G, Indakoetxea B, Ruiz J, Van Blercom N, Lasa A. Possible sporadic rapid-onset dystonia-parkinsonism. Mov Disord 2002; 17: 608-609.
27. Zandio B, Erro ME, Muñoz R, Mayor S, Ayuso T, Villanueva JA. Parkinsonismo agudo tras abstinencia alcohólica e ingesta oral del fungicida de uso agrario Mancozeb. Neurología 2007; 22: 704.
28. A de Bie RM, Gladstone RM, Strafella AP, Ko J-H, Lang AE. Manganese-induced parkinsonism associated with methcathinone (ephedrone) abuse. Arch Neurol 2007; 64: 886-889.
29. Mätzler W, Nägele T, Gasser T, Krüger R. Acute parkinsonism with corresponding lesions in the basal ganglia after heroin abuse. Neurology 2007; 68: 414.
30. Dale RC, Webster R, Gill D. Contemporary encephalitis lethargica presenting with agitated catatonia, stereotypy, and dystonia-parkinsonism. Mov Disord 2007; 22: 2281-2284.
31. Grandas F, Contreras A. Urgencias en distonía. Neurol Suppl 2007; 3: 35-39.
32. Corominas Sánchez M, Lleonart Bellfill R, Pujol Farriols R. Acute laryngeal dystonia due to clebopride simulating allergic reaction. Med Clin (Barc) 2007; 129:238-239.
33. Dingli K, Morgan R, Leen C. Tetanus versus acute dystonic reaction caused by metoclopramide. BMJ 2007; 334: 899-900.
34. Quarantini LC, Miranda-Scippa A, Parana R, Sampaio AS, Bressan RA. Acute dystonia after injection of pegylated interferon alpha-2b. Mov Disord 2007; 22: 747-748.
35. Papapetropoulos S, Friedman J, Blackstone C, Kleiner GI, Bowen BC, Singer C. A progressive, fatal dystonia-Parkinsonism syndrome in a patient with primary immunodeficiency receiving chronic IVIG therapy. Mov Disord 2007; 22: 1664-1666.
36. Papapetropoulos S, Papapetropoulos N, Singer C. Primary dystonia presenting as a respiratory emergency. Neurology 2007; 68: 388-389.
37. Mariotti P, Fasano A, Contarino MF, Della Marca G, Piastra M, Genovese O et al. Management of status dystonicus: our experience and review of the literature. Mov Disord 2007; 22: 963-968. Review
38. Simsek S, Yigitkanli K, Kazanci A, Belen D, Bavbek M. Medically treated paravertebral Brucella abscess presenting with acute torticollis: case report. Surg Neurol 2007 Feb; 67: 207-210.
39. Castro García A, Sesar Ignacio Á. Balismo. Neurol Suppl 2007; 3: 27-31.
40. Tani T, Piao Y-S, Mori S, Ishihara N, Tanaka K, Wakabayashi K et al. Chorea resulting from paraneoplastic striatal encephalitis. J Neurol Neurosurg Psychiatry 2000; 69: 512-515.
41. Muehlschlegel S, Okun MS, Foote KD, Coco D, Yachnis AT, Fernandez HH. Paraneoplastic chorea with leukoencephalopathy presenting with obsessive-compulsive and behavioral disorder. Mov Disord 2005; 20: 1523-1527.
42. Ghika-Schmid F, Ghika J, Regli F, Bogousslavsky J. Hyperkinetic movement disorders during and after acute stroke: the Lausanne Stroke Registry. J Neurol Sci 1997; 146: 109-116.
43. Padilla Parrado F, Campos Arillo VM, Martínez del Valle Torres MD, Ortega Lozano SJ. Hemiparkinsonismo secundario a hemorragia mesencefálica. Neurología 2007; 22: 480-483.
44. Krauss JK, Pohle T, Borremans JJ. Hemichorea and hemiballism associated with contralateral hemiparesis and ipsilateral basal ganglia lesions. Mov Disord 1999; 14: 497-501.
45. Lehéricy S, Grand S, Pollak P, Poupon F, Le Blas JF, Limousin P et al. Clinical characteristics and topography of lesions in movement disorders due to thalamic lesions. Neurology 2001; 57: 1055-1066.
46. Ajuria I, Erro ME, Ureña M, Ciriza M, Gómez ML, Gállego J. Infarto talámico anterior secundario a lipoma auricular derecho y foramen oval permeable. Neurología 2007; 22: 790.
47. Saposnik J, Caplan LR. Convulsive-like movements in brainstem stroke. Arch Neurol 2001; 58: 654-657.
48. Myung SL, Seung HO, Kiung RL. Transient repetitive movements of the limbs in patients with acute basilar artery infarction. Neurology 2002; 59: 1116-1119.
49. Herrera M, Erro ME, Aymerich N, Gállego J. Movimientos involuntarios en lesiones isquémicas del tronco cerebral. Neurología 2007; 22: 475-479.
Salud...

Imprimir

domingo, 17 de mayo de 2009

SÓLO LAS AUTORIDADES EUROPEAS NOS ATENDIERON

"SÓLO LAS AUTORIDADES EUROPEAS NOS HA ATENDIDO HASTA DONDE PUEDEN LLEGAN SUS COMPETENCIAS"

EN LA MEMORIA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO 2007 VIENE REFLEJADO QUE FUIMOS LAS AFECTADAS Y LUCHADORAS DE AGREAL ESPAÑOLAS LAS QUE, CON NUESTRA PETICIÓN, HICIMOS QUE SE RETIRARA EL AGREAL DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE TODOS LOS MEDICAMENTOS QUE TUVIERAN EN SU COMPOSICIÓN VERALIPRIDE/A, PRINCIPIO ACTIVO DE AGREAL.
Si se fijan, los números de referencia que nos dieron (en las cartas que adjuntamos), vienen reflejados en esa memoria. Les ponemos dos ejemplos:

Salud...

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056
Teléfonos: 630232050 - NUESTRA DIRECTIVA: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA--VICEPRESIDENTA: ROSARIO CARMONA JIMENEZ

agrealluchadoras@gmail.com PRESIDENTA-618311204-SECRETARIA: 630232050- VICEPRESIDENTA:636460515