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sábado, 9 de mayo de 2009

CAJA Y PROSPECTO AGREAL DE MARRUECOS - SIGUE EN LAS FARMACIAS

Hemos tenido llamadas de mujeres de Marruecos y de Francia pidiéndonos que pongamos el prospecto de Marruecos en el Blog. Sólo tenéis que pinchar en él y se agrandará para poder leerlo bien.
También os ponemos la traducción al español de dicho prospecto, desde otros lugares pueden traducir la página con el traductor que hemos colocado en el blog, sólo hay que poner el idioma al que necesitéis y dar Intro.
El prospecto de España también está pero lo podéis leer en la página: http://agrealuchadoras.blogspot.com/2009/04/la-verdadera-verguenza-de-la-agencia.html



TRADUCCIÓN
PROSPECTO DE AGREAL EN MARRUECOS
COMPOSICIÓN:
VERALIPRIDE....................................100 mg.
EXCIPIENTES q.s.p. 1 cápsula
CLASE TERAPÉUTICA DEL FÁRMACO
NEUROLÉPTICO
INDICACIONES TERAPÉUTICAS
TRATAMIENTO SINTOMÁTICO DE LOS SOFOCOS INVALIDANTES Y MANIFESTACIONES PSICOFUNCIONALES DE LA MENOPAUSIA CONFIRMADA
EN QUÉ CASOS NO DEBE UTILIZARSE ESTE MEDICAMENTO (CONTRAINDICACIONES)
ESTE MEDICAMENTO NO DEBE UTILIZARSE EN LOS CASOS SIGUIENTES:
-RIESGO DE GLAUCOMA POR TENSIÓN OCULAR
-RIESGO DE RETENCIÓN URINARIA POR DESÓRDENES URETRO-PROSTÁTICOS
-EN ASOCIACIÓN CON AGONISTAS DOPAMINÉRGICOS EN CASOS DE PACIENTE CON PARKINSON
ESTE MEDICAMENTO NO DEBE SER UTILIZADO GENERALMENTE SALVO PRESCRIPCIÓN DE SU MÉDICO EN LOS CASOS SIGUIENTES:
-EN ASOCIACIÓN CON:
-ALCOHOL
-DE LEVODOPA Y LOS AGONISTAS DOPAMINÉRGICOS UTILIZADOS POR LOS PACIENTES CON PARKINSON
(CF. INTERACCIONES MEDICAMENTOSAS Y OTRAS INTERACCIONES) EN CASO DE DUDA ES INDISPENSABLE COMENTAR CON SU MÉDICO O FARMACEÚTICO
POSOLOGÍA
CORRESPONDE AL MÉDICO DEFINIR LA DOSIS DE AGREAL
LA DOSIS HABITUAL ES DE UNA CÁPSULA POR DÍA, DURANTE VEINTE DÍAS,
LA REANUDACIÓN DEL TRATAMIENTO ES POSIBLE SIEMPRE QUE REAPAREZCAN LOS DESÓRDENES FUNCIONALES EXIGIDOS
INTERACCIONES MEDICAMENTOSAS Y OTRAS INTERACCIONES
ESTE MEDICAMENTO NO DEBE SER UTILIZADO CON OTROS CIERTOS MEDICAMENTOS (CF. EN QUÉ CASOS NO DEBE UTILIZARSE ESTE MEDICAMENTO)
A FIN DE EVITAR EVENTUALES INTERACCIONES ENTRE DIVERSOS MEDICAMENTOS, EN PARTICULAR ALGUNOS MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE PARKINSON
ES NECESARIO INDICAR SISTEMÁTICAMENTE CUALQUIER TRATAMIENTO EN CURSO A VUESTRO MÉDICO O A VUESTRO FARMACÉUTICO

LISTA DE EXCIPIENTES QUE TIENEN UN EFECTO NOTORIO
LACTOSA

ADVERTENCIAS
EN PRINCIPIO EL TRATAMIENTO DEBE LIMITARSE A 2 Ó 3 MESES DE VEINTE DÍAS POR MES SALVO PRESCRIPCIÓN DEL MÉDICO
LOS FENÓMENOS VINCULADOS A LA ACCIÓN CENTRAL DEL PRODUCTO PUEDEN OBSERVARSE COMO, MOVIMIENTOS ANORMALES LOCALIZADOS, SENSACIÓN DE CONGESTIÓN MAMARIA, QUE DEBERÁ INDICARSE AL MÉDICO
EFECTOS INDESEABLES
AUMENTO DE PESO, GALACTORREA. SEDACIÓN, SOMNOLENCIA, DISQUINESIAS NEUROMUSCULARES, SÍNDROME EXTRAPIRAMIDAL

CONDUCCIÓN Y UTILIZACIÓN DE MÁQUINAS
SE DEBERÁ PRESTAR ATENCIÓN A LOS CONDUCTORES Y A LA UTILIZACIÓN DE MÁQUINAS SOBRE LOS RIESGOS DE SOMNOLENCIA ACHACADOS POR EL MEDICAMENTO

SOBREDOSIS
CRISIS DISQUINÉSICAS NEUROMUSCULARES LOCALIZADAS Y GENERALES

PRESENTACIÓN
CAJA CON 20 CÁPSULAS EN DOSIS DE 100 mg. DE VERALIPRIDE POR CÁPSULA
CONDICIONES
NO DEJAR AL ALCANCE DE LOS NIÑOS
LISTA 1
FECHA DE REVISIÓN DEL PROSPECTO
JUNIO DE 2002

SANOFI-SYNTHELABO
MAPHAR – CASABLANCA
R. LAMRINI, PHARMACIEN RESPONSABLE
25434-01

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Como podéis leer, nada que ver con el prospecto de España ni de Francia, pues este último se revisó después de la retirada en España y añadieron muchísimo más.
Este prospecto de Agreal en Marruecos lo tenemos porque fue comprado "sin receta" por el familiar de una afectada-luchadora en ese país el año 2008.
Fijaros bien en la fecha de revisión del prospecto del medicamento: "junio 2002".
¿Porqué no se revisó en España y otros países en 2002?
Respuesta:
-"SILENCIO ADMINISTRATIVO"
Salud...




viernes, 8 de mayo de 2009

DEPRESIÓN

DEFINICIÓN:
Se da cuando se presentan cinco o más síntomas de depresión durante al menos dos semanas. Estos incluyen: sentimientos de tristeza, desesperanza, inutilidad o pesimismo. Además, las personas con depresión grave a menudo tienen cambios de comportamiento, como patrones de sueño y de alimentación nuevos. Este tipo de depresión aumenta el riesgo de suicidio en una persona.

Entre el 10 y 15 por ciento de las depresiones son provocadas por un problema medico (enfermedad de la glándula tiroides, el cáncer, o enfermedades neurológicas, anemia) o por medicamentos. Una vez que se da tratamiento contra la enfermedad, o se ajusta la dosis y el medicamento adecuados la depresión desaparecerá.
En los últimos años, la investigación científica ha demostrado que algunas enfermedades físicas pueden acarrear problemas mentales. Enfermedades tales como los accidentes cerebro-vasculares, los ataques del corazón, el cáncer, la enfermedad de Parkinson y los trastornos hormonales, pueden llevar a una enfermedad depresiva.
La persona enferma y deprimida se siente apática y sin deseos de atender a sus propias necesidades físicas, lo cual prolonga el periodo de recuperación. La pérdida de un ser querido, los problemas en una relación personal, los problemas económicos, o cualquier situación estresante en la vida (situaciones deseadas o no deseadas) también pueden precipitar un episodio depresivo.
Las causas de los trastornos depresivos generalmente incluyen una combinación de factores genéticos, psicológicos y ambientales.
Después del episodio inicial, otros episodios depresivos casi siempre son desencadenados por un estrés leve, e incluso pueden ocurrir sin que haya una situación de estrés.
En todos los casos es posible que la depresión instalada agrave el cuadro que la originó. En oportunidades disminuyendo las defensa del organismo, actuando directamente sobre el sistema inmunitario.
Trastornos del sistema nervioso central
Enfermedad de Parkinson
Hemorragia subaracnoidea.
*Demencia Senil
*Tumores cerebrales
Ateroesclerosis cerebral.
Enfermedades endocrinas y trastornos metabólicos
* Hipotiroidismo Hipoglucemia
** Hipertiroidismo Diabetes
Enfermedad de Addison Acromegalia
Enfermedad de Cushing Insuficiencia suprarrenal
Trastornos reumatoideos
Artritis reumatoidea
Lupus eritematoso sistémico
*Polimialgia reumática
*Carcinoma de la cabeza del páncreas Neoplasias
**Linfoma retroperitoneal
Infecciones virales
Influenza Neumonías virales
Hepatitis Mononucleosis infecciosa
Enfermedades cardíacas
Infarto agudo de miocardio (posterior a)
Angina de pecho
Insuficiencia cardíaca congestiva
Trastornos gastro-intestinales
*Ulcera péptica
Colitis
Miscelánea
Intoxicaciones por esteroides
Anemia perniciosa
Intoxicaciones por metales: Porfiria intermitente
Talio, mercurio.
Asma bronquial
Todas las enfermedades
Neurodermatitis
Invalidantes, especialmente
Esclerosis múltiple
Y enfermedades reumáticas
Procedimientos quirúrgicos especialmente asociados con depresión
-Cirugía cardiovascular Colectomía
-Cirugía ginecológica: Cualquier amputación,
-Mastectomía sin importar su dimensión
-Histerectomía
Fármacos que causan depresión

Analgésicos Antiinflamatorios
Fenacetina Fenilbutazona
***Indometacina
Agentes ansiolíticos/Depresores del S.N.C. Antibióticos
***Benzodiacepinas Sulfamidas

***Barbitúricos Agentes activos contra gram-negativos.
Anticonvulsivos Agentes cardiovasculares
Carbamacepina Digitálicos
Derivados de la succimida Procainamida
***Antihipertensivos
***Corticoides
Clonidina Cortisol
Guanetidina Acetato de cortisona
Hidralazina
Metildopa Hormonas
Propanolol
***Anticonceptivos orales
Reserpina Estrógenos
Progesterona
Drogas antiparkinsonianas
Clorhidrato de amantadina
Drogas toxicomaníacas
Levodopa

***veralipride
Alcohol
Carbidopa
Marihuana
Alucinógenos
Agentes antituberculosos
Miscelánea
Cicloserina Colina
Disulfiram
Metilmercurio
Insecticidas organofosforados
Anorexígenos
***Anfetaminas
***fenfluramina
***fenmetrazina
(*)Enfermedades en las cuales los síntomas depresivos pueden dominar el cuadro
(**)En exámenes de laboratorio de rutinas aparecen trastornos del calcio sérico.
(***)Frecuentemente implicados en la depresión.
Puede no presentar anomalidades en los exámenes de laboratorio de rutina
La depresión es doblemente frecuente en pacientes con trastornos y enfermedades gastro-intestinales que en pacientes con otras enfermedades orgánicas.
Salud...

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domingo, 3 de mayo de 2009

"A buen entendedor, con pocas palabras, basta". Mª Luisa de México.

Tomé Agreal o Aclimafel durante diez años, me hice dependiente de este medicamento, y ni los diez días que recomiendan suspenderlo lo podía dejar porque me daban ataques de depresión.
Afortunadamente logre dejarlo disminuyendo la dosis poco a poco hasta llegar a 1/8 y apoyándome en medicamentos naturales para reforzar el sistema nervioso.

Las secuelas que me dejo es el temblor en las manos.

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¡Hola Mª Luisa!

Con muy pocas palabras, explicas muy bien la actuación en nuestro sistema nervioso del medicamento Aclimafel/Agreal, Veraliprida/e, de los laboratorios Sanofi-Aventis y distribuído en México por los laboratorios AF y Carnot.

Fuíste disminuyendo la dosis del medicamento porque causa dependencia, como dices, en los intervalos de 10 días entre toma de ciclos no te daba depresión si no síndrome de abstinencia como cualquier adicto y en consecuencia, depresión.

Nos alegramos mucho de que con remedios naturales te hayas ído recuperando, aunque como dices te ha quedado temblor en las manos. Te aconsejamos, desde AGREA-L-UCHADORAS, que tu médico de familia te derive a un neurólogo y que te hagan un PET., o en su lugar, una Resonancia Magnética del cerebro, porque los temblores en las manos es un signo que tiene que ver con los efectos adversos del Aclimafel y es la mejor prueba de poder diagnosticarlo claramente.

Espero que estés en contacto con Emma Vera o Gabriela, como todas las afectadas de México, y les ayudéis con la lucha que llevan para conseguir la retirada y la atención médica que os mereceis.

Esperamos nuevos comentarios tuyos en este Blog, mientras tanto recibe un abrazo de...

AGREA-L-UCHADORAS

Salud...



viernes, 1 de mayo de 2009

INTERECONOMIA TV. - AGREA-L-UCHADORAS CON Mª JOSÉ DE MADRID - (vídeo completo)



LAS "LUCHADORAS DEL AGREAL DE ESPAÑA" NO DEJAREMOS DE INSISTIR AL GOBIERNO DE ESPAÑA Y AL MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL "QUE SE HAGA PÚBLICO EN ESPAÑA" LA DETEMINACIÓN DE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO SOBRE EL AGREAL-VERALIPRIDE-DA ÍNTEGRAMENTE".
SEGUIMOS EN NUESTRA LUCHA. GRACIAS Mª JOSÉ, COMPAÑERA "LUCHADORA" DE MADRID, LO HAS HECHO PERO QUE MUY BIEN.... CON LA VERDAD, LLEGAREMOS HASTA DONDE SEA PRECISO.
"AGREA-L-UCHADORAS" HEMOS COLABORADO CON INTERECONOMÍA TV. PARA LA DIVULGACIÓN





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CARTAS A INSTITUCIONES Y MÉDICOS POR GABRIELA DE MÉXICO

OFICIO No. CFS/1/OR/024/2009
Estimada Srita. Alatorre:

La molestaría si entrase a la Web : efectos secundarios aclimafel. Como ejemplo le adjunto la siguiente dirección.

1. Industria Farmacéutica :: Ver tema - AGREAL - AGRADIL - ACLIMAFEL - ....
Después de informes de los efectos secundarios serios que afectaban el sistema. Algunos de estos efectos secundarios pueden ocurrir no solamente durante el ...
industria-farmaceutica.com/foro/ viewtopic.php?p=11629 - 68k

Quisiera saber cuántos casos debe uno reportar ante la COFEPRIS, para darme a la tarea de buscarlos y cunado menos se ponga las advertencias de los efectos secundarios en la Caja.

Disculpe las molestias, estoy a sus amables órdenes,

Gabriela Campos A.T.

P.D. Me voy a permitir enviarle un correo del Jefe del Gineco-Obtetricia del Hospital ABC.
______________________________________
Estimada Srita. Alatorre:

Me permito molestarla para conocer, de ser posible, el seguimiento que Usted ha atendido de acuerdo a las instrucciones del Lic. Miguel Angel Toscano, respecto del medicamento ACLIMAFEL sobre sus reacciones adversas.
Me atrevería a proponerle, si desea conocer la opinión de la Dra. Magdalena Ocampo cuyo teléfono es el 5606-83-83 o bien hacer contacto con el área de Farmacovigilancia del Hospital Médica Sur, con la Dra. Alejandra Rossette o la Lic. Ivette Landa al 54-24-72-00 ext.4714 y 4715 respectivamente, para conocer más a fondo los efectos por demás conocidos en otros países e ignorados en éste.

Espero su amable respuesta, quedo a sus amables órdenes, S.S.

Gloria Gabriela Campos Alvarez Tostado
Tel. 56-51-91-40

P.D. Cabe señalar que me ha sido prescrito por mi nuevo Ginecólogo el medicamento Avala durante únicamente tres meses, el cual es utilizado para aminorar los síntomas del climaterio, el cual contiene en su caja de presentación los efectos secundarios del mismo.
_____________________________________
Salud...


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MÉXICO - RESPUESTA DE COFEPRIS A GABRIELA SOBRE SU PETICIÓN DE RETIRADA DE ACLIMAFEL (Agreal)




C. GLORIA GABRIELA CAMPOS ALVAREZ.
Hago referencia al correo electrónico enviado por usted, respecto a su petición ciudadana del retiro del producto ACLIMAFEL®. donde responde por medio de un correo electrónico abierto las dudas que tiene respecto al comunicado emitido.
Con respecto al contexto que involucró la descripción de las reacciones adversas de Veraliprida emitida para responder su denuncia ciudadana. A continuación hago referencia de manera detallada la descripción del mecanismo fisiológico y farmacológico para mayor claridad.
En el Sistema Nervioso Central, la Dopamina es la sustancia que transmite señales. Las neuronas dopaminérgicas se encuentran ubicadas en el hipotálamo, estructura que conforma el cerebro. Estas neuronas participan en funciones locomotrices (movimientos osteomusculares), procesos cognitivos (procesos del pensamiento), emociones (sentimientos), en la ingesta alimenticia (absorción de alimentos), en el reforzamiento positivo de la conducta (comportamiento) y en la regulación endocrina (regulación hormonal).
En base a las funciones que tiene la dopamina, se basan las acciones de algunos medicamentos para tratar ciertas patologías, para el caso de Veraliprida su actividad en el cuerpo humano es inhibir la acción de la dopamina para poder tratar las crisis vasomotoras y psicofuncionales de la menopausia (bochornos, sudor, diaforesis, rubor, sofocación), es por ello que para algunos pacientes tratados con Veraliprida pudiesen presentarse reacciones que afecta la actividad de la dopamina, como pueden ser; galactorrea (secreción láctea que sale a través de los canalículos de la mama), sedación (deprimir el funcion amiento del sistema nervioso), somnolencia (escesiva tendencia al sueño), mastalgia (dolor en senos) y síntomas extrapiramidales (incluido el temblor), Distonía aguda (movimiento extraño de la cara y el cuerpo), Acatisia (agitación), Discinesia orofaringea (movimientos rítmicos involuntarios de la lengua, cara y maxilares).
Por otra parte, el síndrome de abstinencia o retirada, considerando como parte de las reacciones que presenta Veraliprida, se considera que dicha reacción se presenta tras una administración prolongada y cuando se suspende el medicamento de forma inadecuada suele presentarse dicha reacción, la cual trae consigo los síntomas descritos anteriormente.
Respecto al punto donde, solicita que se incluya una señal de advertencia en la caja del producto ACLIMAFEL®, informo a usted que no se puede realizar dicha advertencia puesto que es un medicamento que solo se dispensa bajo prescripción médica, es de resaltar que las advertencias de dicho producto se encuentran incluidas en la información para prescribir, la cual es proporcionada a todos los médicos que prescriban dicho medicamento.
Es importante mencionar que el tratamiento concomitante (Paroxetina, Escitalopram, Velanfaxina, Sertralina, Fluoxetina, Citalopram, Clonazepam, Moclomebida) que le fue prescrito por su médico tratante, pudiese tener una relación a la presencia de las reacciones adversas. Por otra parte se desconoce que usted haya respetado los ciclos de 20 días de administración y 10 días de descanso terapéutico (indicación desprita en la IPP), por lo cual no podemos asociar una relación directa de las reacciones adversas presentadas por Veraliprida.

Así mismo le informo que el Centro Nacional de Farmacovigilancia hasta el momento solo ha recibido 5 reportes de reacciones adversas por ACLIMAFEL®, siendo uno el de usted.
Sin otro particular, le envío un cordial salud.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
COMISIONADO DE FOMENTO SANITARIO
RAÚL R. CHAVARRÍA SALAS


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SR. RAÚL R. CHAVARRÍA SALAS:

¿HA LEÍDO USTED LA DETERMINACIÓN DE LA EMEA (Agencia Europea del Medicamento), PORQUE PARECE QUE NO. RETIRADA DEL MEDICAMENTO AGREAL PRINCIPIO ACTIVO VERALIPRIDE/A, Y DE TODOS LOS FÁRMACOS QUE ENTRE SUS COMPONENTES TENGA LA VERALIPRIDE/A. (julio 2007); POR SUS EFECTOS ADVERSOS SEVEROS E IRREVERSIBLES DEL ORIGEN QUE USTED HA DESCRITO.

¿NO ES SUFICIENTE PARA QUE UN MEDICAMENTO SEA VALORADO DE NUEVO Y RETIRADO DE SU COMERCIALIZACIÓN, CUÁNTAS MUJERES MEXICANAS MÁS TIENEN QUE PADECER TODOS ESOS EFECTOS ADVERSOS PARA QUE LO RETIREN?, HASTA LA OMS. (Organización Mundial de la Salud) DE LA LOCURA QUE DURANTE MÁS DE 25 AÑOS SE ESTUVO RECETANDO "PARA UNOS SOFOCOS DE MENOPAUSIA" QUE SÓLO HIZO BIEN AL LABORATORIO QUE LO COMERCIALIZÓ Y A TODOS SUS ESBIRROS.

LAS COMPONENTES DE AGREA-L-UCHADORAS PIDEN QUE SE RETIRE IPSO FACTO EL ACLIMAFEL DE LAS FARMACIAS DE MÉXICO Y SE ATIENDA EN CONDICIONES A TODAS LAS MUJERES A LAS QUE SE LO HAN RECETADO.

Salud...

AGREA-L-UCHADORAS



miércoles, 29 de abril de 2009

CONCHI DE CANARIAS EN TELEVISIÓN CANARIA PROGRAMA "CÓDIGO ABIERTO"

En este vídeo habla Conchi de Canarias de la desgracia que le ha caído encima, como a todas pero en distinto grado, por tomar un antipsicótico para los sofocos de la menopausia que era totalmente inocuo, según prospecto adjunto al medicamento. AGREAL-ACLIMAFEL-AGRADIL-VERALIGRAL-VERALIGRALT, ETC... DE SANOFI-AVENTIS
Como podréis ver y escuchar, Conchi era una mujer vital y de 49 kilos. Al poco de empezar a tomar Agreal empezó con temblores, problemas auditivos y de visión, pérdidas de memoria, dolores que la han incapacitado y le han destruido la vida, necesita ayuda las 24 horas del día y no aguanta mucho rato ni en silla de ruedas ni en cama.
Al comienzo del vídeo no se oye bien a la presentadora pero cuando aparece Conchi ya se oye mejor.


MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL, SANOFI-AVENTIS, ¿QUÉ HABÉIS HECHO DE NOSOTRAS?.
¿CUÁNTAS VECES MÁS TENEMOS QUE PERDER NUESTRA INTIMIDAD PARA SACARLO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN?.
NO SOMOS ICONOS, PECULIARES Y EFÍMEROS, COMO DIJO ANDY WARHOL -"TODOS TIENEN DERECHO A SUS 15 MINUTOS DE FAMA"
NOSOTRAS ESOS 15 MINUTOS Y TODOS LOS DEMÁS SE LOS REGALAMOS. NO LOS NECESITÁBAMOS PERO USTEDES PUSIERON EL DEDO EN LA LLAGA Y NO PARAREMOS HASTA QUE SE NOS RECONOZCA LA PUERCA CALIDAD DE VIDA A LA QUE NOS HAN SENTENCIADO Y SE NOS PONGA UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR O UNIDAD DE SEGUIMIENTO EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA QUE NOS ATIENDA POR LO QUE SOMOS, "ENFERMAS POR EL MEDICAMENTO AGREAL" (VERALIPRIDE/A) DEL LABORATORIO SANOFI-AVENTIS Y UNA COMPENSACIÓN POR TODOS LOS DAÑOS SUFRIDOS Y QUE NOS QUEDA POR SUFRIR.

¡USTEDES SON LOS CULPABLES, PUES PAGUEN!.

UN ABRAZO PARA CONCHI DE TODAS LAS LUCHADORAS DE AGREAL Y ADELANTE, ESTAMOS CONTIGO.
Salud...


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ACLIMAFEL-AGREAL--MÉXICO

Entrad en la página:
http://www.tiroidesmexico.com/2009/04/veraliprida-aclimafel-mr-sus-posibles.html
Están hablando de la veraliprida y a la derecha de la página viene un recuadro para votar:
"Cree ud. que veraliprida (aclimafel) debe ser retirado del mercado en Mexico?".
Yo ya he votado y he dejado un comentario.
Ayudemos a todas las mujeres mexicanas y luchemos con ellas para que dejen de sufrir más.
La página se llama,
"La Gaceta Tiroidea
Bitacora dedicada a la difusion de informacion actual sobre el estudio, diagnostico y tratamiento de las enfermedades tiroideas, la diabetes y los padecimientos endocrinos. Proyecto de caracter gratuito iniciado el 8 de marzo de 2009 por Aurelio Rios Vaca."
Dr. Aurelio Rios-Vaca
Mexicali, Baja California, Mexico
Especialista en Endocrinologia y Medicina Interna. Certificado por el Consejo Mexicano de Endocrinologia A.C. Atencion medica especializada para pacientes con enfermedades de la glandula tiroides.
Sí, la página es para enfermedades tiroideas pero hablan, como nosotras, de otros temas médicos.
Entrad y votad por la retirada de Aclimafel en México, os lo agradecerán.

Salud...

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lunes, 27 de abril de 2009

ENVIADO POR GABRIELA DE MÉXICO

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Dr. Raúl R. Chavarría Salas
Comisionado de Fomento Sanitario

Presente.
En respuesta a la copia fotostática del Oficio /1OR/024/2009, dirigido a mí, fechada el 28 de enero y entregada en mi domicilio el día 3 de febrero por indicaciones del Lic. Alfaro Hernández, con número de folio 210196293-25 de la Presidencia de la República, en el cual solicito

“apoyo a fin de que sea retirado del mercado el medicamento ACLIMAFEL de los laboratorios “AF Laboratorios Aplicaciones Farmaceúticas, S.A. de C.V.” filial de Laboratorios Carnot, me permito utilizar este medio, por no contar con el aparato gubernamental de mensajería, y hacer algunas anotaciones a su respuesta de carácter médico.
El Centro Nacional de Farmacovigilancia recibió efectivamente cinco casos que le fueron reportados: el mío que denuncié directamente ante los laboratorios que lo fabrican, quienes a su vez lo reportaron a la COFEPRIS asignándoles el número de Reporte 083300417X7162 del 3 de noviembre del 2008 . Tres más se añadieron de personas amigas afectadas, el quinto por Farmacovigilancia del Hospital Médica Sur, institución médica privada de alta calidad, que se ha comprometido en proporcionarles toda la información necesaria recabada para este caso en especial, apoyo que aprovecho para agradecer.
Me he dado a la tarea de enviar por esta vía una Alerta sobre el medicamento ACLIMAFEL (Veraliprida) a Hospitales Privados, Instituciones de Salud, Laboratorios donde realizan Mastografías, Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, OMS, Instituto Nacional de Psiquiatría, Instituto Nacional de Neurología, Instituto Nacional de la Nutrición, Asociaciones de Ginecólogos, Presidencia del DIF, Organizaciones de Mujeres, etc. etc. y hasta la oficina de la Presidencia de la República, aunque esto no sea mi trabajo, ya que para ello existen Comisiones como la suya que son creadas para proteger a los ciudadanos contra los intereses de los grandes Laboratorios.
Habrá que estar concientes que en este país no existe la cultura de la denuncia ya que no creemos obtener una respuesta positiva de quienes las reciben o por desconocer las vías para hacerlo por falta de información, o bien, por el nulo compromiso social de los médicos que las prescriben, conociendo o no sus efectos.
Las “reacciones” que menciona en su comunicado, por cierto con poca sensibilidad a lo que significa padecerlas durante dos años y medio, son solo algunas de ellas. Añadiría que afecta también a las emociones, mismas que se generan según tengo entendido en el hipotálamo, se tienen fobias y todas aquéllas que conllevan una depresión resistente que padecí, y que habría que estudiar en los libros que a ella se refieren, para poder entender lo que significa vivirla.
Desconozco lo que quiera decir: “afectan principalmente a la trasmisión dopaminérgica central”, se lo preguntaré a la Dra. Ocampo en mi próxima cita de control.
En dicho comunicado usted advierte “las reacciones de tipo neurológico aparecen durante el tratamiento, mientras las reacciones psiquiátricas aparecen cuando se retira el medicamento al finalizar el tratamiento;………..”. Ignoro que quiera decir usted con esto último, lo que sí puedo afirmar es que al suspender el tratamiento se tienen lo que se denomina síndrome de abstinencia, tal cual si tratase de una droga, con dolores intensos de cabeza y náuseas, que persisten salvo que se cuente con la supervisión médica adecuada, tal como fue mi caso y que puede avalar la Dra. Magdalena Ocampo.
Me pregunto, si usted menciona en su comunicado que “la depresión es una reacción adversa esperada”, al igual que lo reconoció la persona de los laboratorios que lo fabrican en su visita al consultorio de la Dra. Ocampo , no veo porque no se incluya una ADVERTENCIA en la caja que contiene el medicamento y con eso se evitaría que muchas mujeres que de por si padecen el climaterio, sufrieran “las reacciones” antes citadas. Sobra decir que las advertencias existen en un sin número de medicamentos, cuando menos este laboratorio debiera hacerlo saber en la literatura que reparte a los médicos a través de sus representantes, en el Vademecum, en el PLM, en la página web, etc.
Termina usted diciendo que “hasta el momento no se cuenta con información que permita generar una señal de alerta en la población mexicana para ese producto” ¿Cuántas personas que han padecido o que padecen “reacciones” al medicamento se necesitan para tomar la decisión de generar alerta o bien retirarlo del mercado?. En Estados Unidos, en Canadá y en varios países de Europa está prohibido o cuando menos limita el suministrarse máximo por tres meses. Me pregunto: ¿se clasifican por razas las “reacciones”?, tenemos que esperar a que nos suceda como en el caso del Vioxx o el Celebrex? u otros medicamentos con sustancias activas que han enfermado a millones de personas. Se podría considerar consultar las experiencias de los demás países para la toma de decisiones, aprovechando las ventajas de vivir en un mundo globalizado.
Me voy a permitir enviarle al Dr. José Angel Córdova Villalobos, Secretario de Salud, el libro “Antes de que lleguen las sombras…” biografía escrita por el Dr. Ricardo Campos Hüttich, mi padre, ( Q.E.P.D.), quien dedicó toda su vida a aportar su trabajo y conocimientos en diferentes ámbitos nacionales e internacionales en favor de la Salud, incluyendo para ello la publicación de 65 libros.
Como termina usted su oficio en copia fotostática, sin otro particular, le envío un cordial saludo,
Gloria Gabriela Campos Alvarez Tostado
c.c.p. Lic. Alejandro Rojas Flores. P.M.A.C.
Dra. Ma. De los Angeles Fromow Rangel. P.M.A.C.
Lic. Gerardo Esquivel Ayala. P.M.A.C.

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La corrupta Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Comisión de Fomento Sanitario))
Miguel Ángel Toscano Velasco en la hoguera

Valentín Cardona 2 de junio de 2008

Dijo Miguel Ángel Toscano Velasco: “la verdad es que quiero decirles a todos –los medios de comunicación-, que nos sirve muchísimo, nos ayudan muchísimo a identificar los problemas que tenemos en el país”. A veces, abundó, “con toda la estructura que tenemos en Cofepris, no nos alcanzan los ojos ni las manos para estar oyendo, y la verdad yo sí se los agradezco porque la información que han generado en los últimos años y en lo que va en mi administración -de dos meses- nos han ayudado a tomar decisiones muy, muy importantes”.
Lo dijo en su calidad de titular de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en la primera conferencia de prensa ofrecida en la sede de esa Comisión con el objetivo de informar sobre los “avances” en el Registro Sanitario de Medicamentos.
Asistido por su jefe de prensa, Isidro Chávez, y por Gustavo Olaiz Fernández, el Comisionado de Autorización Sanitaria, Toscano felicitó repetidamente a los representantes de la prensa: “la verdad es que a mí me da mucho gusto cada vez que ustedes ponen un tema en medios de comunicación o le dan seguimiento a uno de los que tenemos nosotros en materia de riesgos sanitarios”, enfatizó.Y lo dijo el 29 de mayo último, como si ya supiera lo que le rodea, como si ya supiera que está sentado en una hoguera a punto de las llamas. Más allá del “escándalo” que se armó por el asunto del narcotraficante Zhenli Ye Gon, la Cofepris es un nido de corruptelas en sus más diversas áreas que sin duda pondrán a prueba la honorabilidad y las buenas cartas con las que llegó Toscano Velasco.
Y es que la Cofepris nació podrida en el sexenio foxista, el de la transa. A modo del siniestro secretario de Salud de entonces, Julio Frenk Mora, la Cofepris fue abanderada por Ernesto Enríquez Rubio, turbio personaje sobre el que dan cuenta infinidad de negros hechos y antecedentes plasmados por escrito, precisamente en la prensa.
Sólo como un ejemplo, datan de la administración de Rubio cientos de actas de visita realizadas por inspectores o verificadores sanitarios que se encuentran “congeladas”, la razón es simple, los verificadores se convirtieron en “asesores” de los hospitales, clínicas, laboratorios o gabinetes que visitaron y desde entonces se convirtieron en extorsionadores de los propietarios, quienes prefieren pagar la iguala, a regularizar sus establecimientos y cumplir con la normatividad.
Un verificador de laboratorios de análisis clínicos con gabinete cuenta a Imagen Médica que la Cofepris funciona como una pirámide. Resume: “al punto más alto le llegan las mayores ganancias”. Convertidos en “asesores”, los verificadores cobran entonces varios sueldos, con los que pueden satisfacer sus necesidades aun después del reparto. Según el testigo, la corrupción sembrada en la Cofepris en el foxismo, heredada y continuada en el calderonismo, “será muy difícil, casi imposible de erradicar”, pues se encuentra incrustada en todas las áreas de esa Comisión.--- ¿Tiene pruebas? – se le pregunta--- Existen por cientos, por miles dentro de la Comisión, cada acta, cada expediente a todos los comercios en general contienen algo de corrupción, en mayor o menor grado, pero ahí están las pruebas de la corrupción.
Creer en milagros
Aunque el comisionado centró su conferencia en el tema de la renovación de registros sanitarios para medicamentos, por ser un “mandato de ley” y porque lo “aprobó el Congreso de la Unión”, por docenas se cuentan los temas a los que se tendrá que enfrentar la Cofepris , pues en su momento, todos fueron “mandato de ley” y hoy están olvidados. Un caso es de los productos llamados “milagro”, que se venden a puños gracias a la publicidad engañosa en medios masivos permitida por la Cofepris.
Normalmente, dijo el comisionado, la mayoría de los medicamentos se registraron en la Secretaría de Salud, pero por alguna razón nunca se volvieron a registrar y nadie más volvió a saber de los medicamentos. Entonces, reforzó, el primer mandato que tenemos del Congreso de la Unión es volver a renovar el registro de todos los medicamentos, volver a revisar que las fórmulas que tienen registradas sean las correctas, todos aquellos que sean genéricos que tengan pruebas de bioequivalencia, o sea, que demuestren realmente su efectividad. Según Toscano Velasco la Cofepris va a “garantizar que todos los mexicanos y mexicanas tengan medicamentos seguros, eficaces y con calidad”. Y para ello, lanzó un ultimátum a la industria nacional y trasnacional de medicamentos: “no habrá prórroga para el registro y la renovación de medicamentos”.
El comisionado lanzó también un par de mensajes para los usuarios de medicamentos, el primero, “que todos los medicamentos genéricos pueden ser igual o mejores que los innovadores; o sea, hay una creencia de que sólo el innovador funciona, es invitar a la gente a que se quite el miedo de probar los genéricos”.
Y segundo, un tema relacionado con la fármacovigilancia: “cualquier medicamento que le ocasione una reacción adversa al que lo consume, aunque sea sólo un dolor de cabeza, se lo comunique a su médico, porque el médico es responsable de estar reportando a la Cofepris cualquier tipo de reacciones adversas”.
Según lo dispuesto por el Congreso, el 24 de Febrero de 2010 será el último día en el que los empresarios interesados podrán realizar sus registros, tal y como se desprende del modificado artículo 376 de la Ley General de Salud desde el año 2005.
En la conferencia, Gustavo Olaiz Fernández, comisionado de Autorización Sanitaria jugó al optimista, como si en la Comisión en la que trabaja todo fuera color de rosa. En suma, dijo que la Cofepris “se ha venido preparando con terceros autorizados para hacer las pruebas de intercambiabilidad; y esa es la capacidad que tiene y el crecimiento que están teniendo nuestros laboratorios en México, o sea, ya tenemos la capacidad para de aquí al 2010 todos puedan hacer sus pruebas de intercambiabilidad” (sic).
Como representante de la Cofeprís, es Olaiz quien mantiene reuniones seguidas con los poderosos intereses farmacéuticos nacionales y trasnacionales.
Olaiz agregó que habrá “muchos productos que van a quedar fuera de este proceso de bioequivalencia”, y citó las vitaminas, los herbolarios, los homeopáticos y los medicamentos de ‘libre acceso’, porque aseguró, “no se pueden hacer pruebas de intercambiabilidad”. Los productos exentos de pruebas de intercambiabilidad suman unos 5 mil, de acuerdo con la información vertida en la conferencia.
En el caso de los productos nacionales, enfatizó Olaiz, “toda la revisión de buenas prácticas de fabricación compete a la Cofepris”. Queremos asegurar, terminó, “un proceso limpio, un proceso transparente, un proceso que le dé mucha información a la población de qué es lo que está consumiendo”.
Con información de Jani Luna González
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¿PORQUÉ EL ACLIMAFEL SIGUE ENTONCES EN LAS FARMACIAS DE MÉXICO?
NO ENTENDEMOS, O SÍ, COMO PUEDEN MANTENER EN EL MERCADO UN PRODUCTO QUE LO ÚNICO QUE REPORTA ES LA MERMADA CALIDAD DE VIDA QUE QUEDA A QUIEN LO HA CONSUMIDO.
LA IATROGENIA ES UN PROBLEMA MUY GRANDE QUE TENEMOS TODOS LOS ENFERMOS Y NO ENFERMOS DEL MUNDO.
Salud...


GABRIELA, OTRA AFECTADA Y LUCHADORA EN MÉXICO

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Queridas y respetadas amigas:
Admiro como es que ustedes han logrado reunirse para luchar contra la mafia de los laboratorios y específicamente contra Sanofi-Aventis. Yo estoy en esa lucha pero solitaria. Quisiera saber cómo se inició su movimiento para seguir su ejemplo. Por lo pronto quisiera solicitarles de la manera más atenta su apoyo en mi lucha que es la suya: no permitir que sigan enfermando a más mujeres en este país.
Se preguntarán el por qué no he acudido a las instancias legales para demandar a los laboratorios que fabrican. Simplemente porque se conocen los contubernios y los sobornos entre autoridades de salud, jueces y laboratorios. La corrupción en este país es por demás conocida mundialmente.
Es por eso que preferí intentar la vía de los Derechos Humanos, que es lo más creíble.
Quisiera pedirles, si es posible, que por esta vía enviasen un comunicado de apoyo y alerta a los periódicos de este país. El que yo recibo y leo es La Jornada. Ustedes pueden acceder a él para conocerlo en su página web que es http://www.jornada.unam.mx/ . Existe una forma de enviarles su comunicado al “El Correo Ilustrado” e-mail: svaladez@jornada.com.mx/ . Otro que leen los de nivel socio económico alto es el periódico Reforma, su página web es http://www.reforma.com/ y para entrar a su blog es tuespacio@reforma.com.
Me permito adjuntarles la carta que dirigí a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, están por resolver mi caso.
Asimismo les enviaré correos que he ido acumulando sobre el tema.
Espero me respondan por esta vía.
Gracias por haberme contactado y gracias también al periodista Miguel Jara por servir de intermediario.
Un gran abrazo,
Gabriela Campos
_________________________________
Dr. José Luis Soberanes Fernández
Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

P r e s e n t e.
Quisiera hacerle saber que el ACLIMAFEL (Veraliprida) es un medicamento que se receta en este país como sustituto hormonal en casos de menopausia (climaterio). Yo sufrí sus reacciones adversas durante dos años y medio: depresión, elevación de la prolactina, fobias intensas, síntomas parkinsonianos, afecciones en el hipotálomo ( emociones ), etc. Hube de acudir a varios médicos psiquiatras que me medicaron por diagnóstico de depresión con diferentes antidepresivos. Fue hasta que me recomendaron a la Dra. Magdalena Ocampo que conociendo los efectos de este medicamento me lo retiró de inmediato debiendo medicarme contra lo que denominó una Depresión Resistente. Ella conocía perfectamente que esta sustancia activa está prohibida en Estados Unidos, en la Unión Europea y algunos países de América Latina.
El día 3 de noviembre del 2008 reporté mi caso a los laboratorios A.F. Laboratorios Aplicaciones Farmaceúticas, S.A. de C.V., filial de Laboratorios Carnot. Asimismo les hice saber de otros tres casos más cercanos a mí de amigas que sufrieron los efectos de este medicamento. Ellos a su vez tuvieron que reportarlo a la COFEPRIS y asignaron un número de Reporte. Alerté por esta vía a todos los Hospitales Privados, Organizaciones de Ginecólogos, Laboratorios Clínicos, a la OMS, Instituto Nacional de Psiquiatría, Instituto Nacional de Neurología, etc. La única institución que me respondió fue el Hospital Médica Sur a través de su Director Médico, quien tomó el caso a través de su Área de Farmacovigilancia y es quien se ha preocupado de reunir las evidencias y a quienes le estoy muy agradecida.
De la misma manera alerté a la Oficina de la Presidencia de la República, quien le dio seguimiento a mi caso y dio instrucciones al Secretario de Salud para que en base al artículo 8º. de la Constitución que se refiere al Derecho de Petición se retirara del mercado este medicamento. Esta petición fue turnada al Secretario de Salud quien a su vez la turnó a la COFEPRIS, dirigida por el Lic. Miguel Angel Toscano Velasco quien dirige la Cofepris.
Hube de darle seguimiento paso a paso de mi petición, para que no fuese “perdida o traspapelada” en la burocracia que nos abruma.
Al no recibir respuesta alguna, llamé directamente a la Oficina de la Presidencia para que con mi Clave asignada me dieran respuesta del status en que se encontraba. De inmediato se comunicaron a la COFEPRIS y a la hora y media tenía en mi poder la respuesta de ese organismo vía mensajería.
Hube de dar respuesta al mismo, del cual le envío correo.
Hasta la fecha he podido reunir cuatro casos más que se han reportado a farmacovigilancia de Médica Sur, además de los cinco a que se refiere el Dr. Chavarría en sus comunicados.
Me informan que para lograr el objetivo de retirar o cuando menos dar a conocer las advertencias del la sustancia deben reunirse un sin número de casos, tal como sucedió con el Vioxx y el Celebrex. No les importa que este prohibido en otros países del mundo y sigan enfermando y envenenando a mujeres que pasan por el climaterio.
Para ampliar la información les invito a consultar la página Web de la Viraliprida, donde encontrará toda la información, incluso como en Argentina, Colombia, Inglaterra, Brasil, etc. tienen prohibido esta sustancia activa. He escrito a la FDA Federal Drugs Administration quien me respondió y le haré llegar el correo. Estoy por recibir la respuesta de Canadá
.
1. Agencia española de medicamentos y productos sanitarios ...
SUSPENSIÓN DE COMERCIALIZACIÓN SUSPENSIÓN DE VERALIPRIDA (AGREAL® ... Veraliprida es un fármaco con actividad antidopaminérgica autorizado en España en el año 1983. ...
www.agemed.es/actividad/alertas/ usoHumano/seguridad/veraliprida.htm
Sin más por el momento y en espera de su amable respuesta, reciba un cordial saludo,
Gabriela Campos Alvarez Tostado
P.D. Se enviaron documentos vía Fax, sobre el caso. Favor de integrarlos a la queja.
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Laboratorios A.F. Carnot
TechSpere Corporativo
Señores Licenciados e Investigadores en Farmacia:
No creo que desconozcan las reacciones adversas del ACLIMAFEL ( Veraliprida) , sobre decir en cuántos países está prohibida su venta, ustedes mejor que yo lo saben, como es en España a partir de 2005, en Argentina, en Colombia, en Inglaterra, etc. Es muy fácil acceder a las páginas Web que se refieren a esta sustancia activa y los efectos que produce el ingerirla, a veces a corto o mediano plazo, según sea el caso. Incluso en España existe una Asociación Civil de Mujeres Afectadas por el Agreal, nombre con el que se distribuía en ese país la Veraliprida.
Leo en su presentación que ustedes realizan su trabajo con profesionalismo y respeto, entre otras cualidades. Sobra decir que ese medicamento produce depresión, efectos sobre el hipotálamo (emociones), síntomas parkinsonianos, elevación de la prolactina, sedación, somnolencia, mastalgia, distonía aguda, acalisia, discinesia orofarinfea, etc., algunos de ellos aceptados por la propia COFEPRIS y de los cuales, yo sufrí varios de ellos durante dos años y medio, además de lo que se denomina “síndrome de abstinencia” durante 15 días al retirarme el medicamento.
Y me pregunto: no son suficientes razones para exponer estos efectos secundarios en su información en el Vademecum, PLM, representantes de sus Laboratorios, página Web, literatura, o poner estas ADVERTENCIAS en su producto.
Creo que es poco ético no hacerlo. De haberlas conocido me hubiera evitado muchos años de enfermedad. Poca responsabilidad tienen nuestras autoridades del ramo de la salud de no cuidar de sus ciudadanas, simplemente dando una simple instrucción por escrito, sin siquiera valerse de los medios de comunicación para justificar su trabajo.
Somos las mujeres de este país las que estamos expuestas a lo prescrito por el médico, inclusive avalado por sus representantes al consultarlos, como fue el caso de mi Ginecólogo el Dr. Jaime Gorodowski (q.e.p.d.), quien tenía su consultorio en Av. Ejército Nacional en Polanco y a quien al decirle que no soportaba la ansiedad, la boca seca y la lengua completamente blanca cuando dejaba el medicamento, me la prescribió descansando solo cinco días hasta que consultase con el representante de sus laboratorios. El representante acudió a su consultorio particular a petición del médico y le aseguró que no pasaría nada si yo lo tomaba sin descanso. Ello consta en el expediente médico del Ginecólogo y que obra en poder de la Psiquiatra que conoce perfectamente los efectos del ACLIMAFEL y quien me lo retiró de inmediato desde julio del 2008, Gracias a Dios!.
Eso no quiere decir que no conozca varias personas que lo tomaron de la manera indicada 20 días por 10 de descanso y sufrieron también sus efectos. Algunas de ellas ya lo reportaron a sus Laboratorios añadiéndose a mi número de Reporte y a Farmacovigilancia de Médica Sur, así como médicos que lo han prescrito y han tenido pacientes que han presentado los síntomas, algunos lo han reportado y otros no, ignoro que intereses tengan o no conocen lo que se denomina compromiso social.
Yo los invitaría a comentar estos casos, avalados por todas ésas cualidades que presentan en su página Web. Por cierto, la mayoría de los médicos no leen ni se preocupan por informarse, solo recetan de acuerdo a lo que los representantes les aseguran.
En espera de su amable respuesta, reciban un cordial saludo,
Gabriela Campos Álvarez Tostado gcamposat@prodigy.net.mx

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GRACIAS GABRIELA POR ENVIARNOS TU CASO Y LUCHA POR LA RETIRADA DEL MERCADO FARMACÉUTICO MEXICANO DEL ACLIMAFEL.
GABRIELA NOS HA ENVIADO UN SINFIN DE CARTAS TANTO ENVIADAS COMO RECIBIDAS A LAS INSTITUCIONES, IREMOS PONIÉNDOLAS EN EL BLOG.
LA HEMOS COMENTADO QUE SE PONGA EN CONTACTO CON EMMA VERA DE VERACRUZ (MÉXICO) QUE TAMBIÉN ES UNA GRAN LUCHADORA Y ESTÁ AYUDANDO A CANTIDAD DE MUJERES A SUPERAR LOS EFECTOS DE LA VERALIPRIDA/E. ESPERAMOS VUESTRA UNIÓN Y NOS TENÉIS PARA LO QUE NECESITÉIS.
DESDE ESPAÑA, NUMEROSAS LUCHADORAS DE AGREAL TAMBIÉN HEMOS Y SEGUIMOS ENVIANDO CARTAS A LAS INSTITUCIONES, MANIFIESTOS, PROTESTAS , MANIFESTACIONES Y UN SINFIN DE MOVIMIENTOS. ASÍ CONSEGUIMOS QUE SE RETIRARA DE TODA LA UNIÓN EUROPEA Y A RAÍZ DE ELLO, TAMBIÉN DE MUCHOS PAÍSES DE LATINOAMÉRICA. CON MÉXICO ESTAMOS LUCHANDO TAMBIÉN, JUNTO A EMMA VERA afectadasaclimafel@hotmail.com Y EN TODO LO QUE PODAMOS.
TAMBIÉN OS ANIMAMOS A TODAS LAS MUJERES MEXICANAS QUE ENTRAN EN NUESTRO BLOG, QUE SON MUCHÍSIMAS, A QUE HAGAN COMENTARIOS Y NOS CUENTEN SUS EXPERIENCIAS.
TODAS TENEMOS EL MISMO PROBLEMA Y DEBEMOS ESTAR UNIDAS EN TODO EL MUNDO.
Salud...

jueves, 23 de abril de 2009

Zapatero aprueba un decreto que equipara Sanidad con Asuntos Sociales

La ministra Trinidad Jiménez tendrá por debajo sólo dos secretarías generales
S.S. MADRID
Actualizado Miércoles, 22-04-09
El Ministerio de Sanidad y Política Social será más social que sanitario, al menos según el nuevo organigrama del Departamento. En el último Consejo de Ministros se decidió eliminar la recién creada Secretaría de Estado de Sanidad para dejar paso a una secretaría general. Así el siguiente escalón tras la ministra Trinidad Jiménez son dos secretarías generales, una para Asuntos Sociales y otra para Sanidad. Esta maniobra supone, en la práctica, una rebaja del rango político de los asuntos sanitarios. El Ministerio de Sanidad no desaparece, como se ha pedido en alguna ocasión, pero reduce su peso específico.
La remodelación no ha sido sencilla y ha obligado a la Presidencia del Gobierno a cambiar de criterio y a aprobar tres decretos en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para satisfacer los deseos de Jiménez. Todo en menos de dos semanas. En quince días, el BOE ha publicado un decreto donde se creaba una Secretaría de Estado de Sanidad, otro donde desaparecía esta secretaría y, por último, un tercer texto en el que se plasmaba el nuevo organigrama básico con las dos secretarías generales, una para los asuntos sanitarios y otra para las cuestiones sociales. Los dos últimos se publicaron en el BOE de ayer.
El equipo de Soria
De momento, Trinidad Jiménez ha dejado en manos del equipo del ex ministro Bernat Soria las responsabilidades sanitarias. Ha ratificado a José Martínez Olmos como secretario general de Sanidad y a Consuelo Sánchez Naranjo, como subsecretaria de Sanidad y Política Social.
De la Secretaría General de Sanidad, dependerán con rango de dirección general: Salud Pública y Sanidad Exterior, Farmacia y Productos Sanitarios, Trasplantes y Terapias Avanzadas (tratamientos con células madre, por ejemplo, reproducción asistida...), la Agencia Calidad del Sistema de Salud y Ordenación Profesional. Toda la investigación del Instituto de Salud Carlos III continúa en manos del Ministerio de Ciencia e Innovación. Bernat Soria, el ministro-científico, se quedó sin ellas en la penúltima remodelación del Gobierno de Zapatero. Sin investigación y con las competencias sanitarias transferidas a las comunidades autónomas, el ministerio parecía vacío de contenidos. Aunque en opinión de Trinidad Jiménez, Sanidad «aún mantiene una enorme cantidad» de competencias y responsabilidades que ha de seguir ejerciendo.
En una entrevista radiofónica, Jiménez destacó ayer la aplicación de las investigaciones clínicas de la investigación «en el sentido más estricto a la curación, un papel que sólo puede cumplir el Estado». «El Estado trata de coordinar y cumplir su papel de cohesionador para que todas las prestaciones sanitarias sean las mismas para todos los ciudadanos, vivan donde vivan».
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ASÍ QUEDA CONFIGURADO EL MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
Servicios centrales
MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
Paseo del Prado, 18-20. Tel. 91 596 10 00
MINISTRA DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL D.ª Trinidad Jiménez García-Herrera
Director del Gabinete D. Jaume Segura Socías
SUBSECRETARÍA
SUBSECRETARIA D.ª Consuelo Sánchez Naranjo
Jefe del Gabinete Técnico D. Pablo Martín González
Subdirectora General de la Inspección General de Servicios Dª. Rosa Blanco Román
Abogado-Jefe del Estado D. David Villaverde Page
Interventor Delegado D. José Carlos Alcalde Hernández
SECRETARIA GENERAL TÉCNICA
SECRETARIA GENERAL TÉCNICA D.ª Ana Bosch Jiménez
Subdirector General de Normativa D. José Manuel Bernabé Sánchez
Subdirector General de Recursos y Publicaciones D. Francisco José Vives Ruiz
Subdirectora General de Relaciones Internacionales D.ª Carmen Castañón Jiménez
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y SERVICIOS ECONÓMICO-PRESUPUESTARIOS
DIRECTOR GENERAL DE RR.HH. Y SERVICIOS ECONÓMICO PRESUPUESTARIOS D. Evencio González de Dios
Subdirector General de Recursos Humanos D. Pedro Montalvo Correa
Subdirector General de Tecnologías de la Información D. Jesús García Marcos
Oficina Presupuestaria D. Antonio Martínez Martín
Subdirectora General de Administración Financiera D.ª Susana Pagés Paredes
Subdirectora General de Oficialía Mayor D.ª Silvia Blázquez Herranz.
Subdirectora General de Atención al Ciudadano Dª Lucía Ortíz Sanz
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO
DIRECTORA GENERAL DE CONSUMO D.ª Etelvina Andreu Sánchez
INSTITUTO NACIONAL DEL CONSUMO
Príncipe de Vergara, 54. Tel. 91 431 24 53
Subdirector General Calidad del Consumo D. Carlos Arnaiz Ronda
Subdirectora General de Normativa y Arbitraje del Consumo D.ª Nuria Antón Medrano
AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS
Parque Empresarial Las Mercedes – Edificio 8 C./ Campezo, 1 -28022 Madrid
DIRECTORA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS D.ª Cristina Avendaño Solá
Secretario General D. Francisco Javier Muñoz Aizpuru
Subdirectora General de Inspección y Control de Medicamentos D.ª Belén Escribano Romero
Subdirector General de Medicamentos de Uso Humano D. Emilio Vargas Castrillón
Subdirectora General de Medicamentos de Uso Veterinario D.ª Consuelo Rubio Montejano
Subdirectora General de Productos Sanitarios D.ª Carmen Abad Luna.
SECRETARÍA GENERAL DE SANIDAD
SECRETARIO GENERAL DE SANIDAD D. José Martínez Olmos
Jefe de División del Gabinete Técnico D. Francisco Valero Bonilla
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR
DIRECTOR GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR D. Ildefonso Hernández Aguado
Subdirector General de Sanidad Exterior D. Oscar González Gutierrez-Solana
Subdirectora General de Promoción de la Salud y Epidemiología Dª. Rosa Ramírez Fernández
Subdirector General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral D. Fernando Carreras Vaquer
SECRETARÍA DEL PLAN NACIONAL SOBRE EL SIDA
Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida D.ª Teresa Robledo de Dios
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PROFESIONAL, COHESIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y ALTA INSPECCIÓN
DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN PROFESIONAL, COHESIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y ALTA INSPECCIÓN D. Alberto Infante Campos Subdirector General de Ordenación Profesional D. Juan Antonio López Blanco
Subdirector General de Alta Inspección D. Ángel Luís Guirao García
Subdirector General de Cartera de Servicios y Nuevas Tecnologías D. Ángel Andrés Rivera
Subdirector General de Análisis Económico y Fondo de Cohesión D. Jorge Juan Relaño Toledano
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS
C/ Recoletos, 22. Tel. 91 822 61 00
DELEGADA D.ª Carmen Moya García
Subdirector General de Información, Estudios y Coord.Prog.Prev.,Asist. y Reinserción D. José Oñorbe de la Torre
Subdirectora General de Relaciones Institucionales Dª Isabel Noguer Zambrano
Subdirector General de Gestión D. Andres González Canedo
DIRECCION GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS
DIRECTORA GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS D.ª Mª Teresa Pagés Jiménez
SUBDIRECTORA GENERAL DE CALIDAD DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS Dª. Mª Dolores Vaquero García
INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA
C/ Alcalá, 56. Tel. 91 338 00 04
DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA D.ª Sara Pupato Ferrai
Subdirector General de Atención Sanitaria D. Francisco de Asís Jove Domínguez-Gil
Subdirector General de Gestión Económica y Recursos Humanos D. Pedro Huertas Esteban
CENTRO NACIONAL DE DOSIMETRÍA
Avda. Campanar, 21 (Valencia). Tel. 96 349 79 22
Director del Centro Nacional de Dosimetría D. Santiago Isarría Llanes
AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN
Alcalá, 56. Tel. 91 338 03 92 Fax: 91 338 02 53
PRESIDENTE DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN D. Roberto Sabrido Bermúdez
Directora Ejecutiva D.ª Ana María Troncoso González
Secretario General D. Octavio Rivera Atienza
Subdirector General de Coordinación Científica D. Jesús Campos Amado
Subdirectora General de Riesgos Alimentarios D.ª Rosa Sanchidrian Fernández
Subdirectora General de Coordinación de Alertas Alimentarias y Programación del Control Oficial Vacante
AGENCIA DE CALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE SISTEMA NACIONAL DE SALUD D. Pablo Rivero Corte
Oficina de Planificación Sanitaria y Calidad D.ª Concha Colomer Revuelta
Instituto de Información Sanitaria D.ª Mercedes Alfaro Latorre
Observatorio del Sistema Nacional de Salud D. Javier Carnicero Giménez de Azcárate
Observatorio de Salud de la Mujer D.ª Concha Colomer Revuelta
DIRECCIÓN GENERAL DE TERAPIAS AVANZADAS Y TRASPLANTES
DIRECTOR GENERAL D. Augusto Silva González
ORGANIZACIÓN NACIONAL DE TRASPLANTES
C/ Sinesio Delgado, 8. Tel. 91 314 24 06
Subdirector General D. Rafael Matesanz Acedos
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Nos da igual la nueva configuración del Ministerio, lo que queremos es que se hagan cargo de poner un EQUIPO MULTIDISCIPLINAR O UNIDAD DE SEGUIMIENTO para todas las afectadas y Luchadoras de Agreal de todo el Estado y en cada Comunidad Autónoma, por los efectos adversos producidos por Agreal de Sanofi-Aventis.

Salud...

martes, 21 de abril de 2009

DYSKINESIA RESPIRATORIA: CAUSADA POR EL AGREAL

Sí, MINISTERIO DE SANIDAD-FARMACOVIGILANCIA, AGENCIA DEL MEDICAMENTO "ESPAÑOL" Y LABORATORIOS "SANOFI AVENTIS".
Soy una LUCHADORA DEL AGREAL, tomé 3 años el AGREAL-VERALIPRIDA, independientemente de los graves probemas Psiquiátricos y Neurológicos, la mitad del cerebro "GRIS", después de varios dolores insoportables toráxicos, padezco DYSKINESIA RESPIRATORIA y FALTA de OXIGENO en el corazón.
¿ A qué espera el Ministerio de Sanidad a hacer público todo los efectos que nos ha producido el Agreal-Veraliprida?.
Los médicos dicen que ellos mientras Ministerio de Sanidad, lo indique públicamente, no se pueden pronunciar.
Ya he tenido bastante conque de mi HISTORIAL CLÍNICO, ELIMINARAN EL AGREAL, pero como nunca tiro nada en relación a mis medicamentos y Tarjetas de Crónicos, no les han quedado otra que saber que he tomado el AGREAL.
¿Donde está el Equipo de Médicos que el Ministerio de Sanidad indicó por escrito a una Diputada, en preguntas de ésta y que les respondieron que YA EXISTÍA UN EQUIPO MULTIDISCIPLICAR DE MÉDICOS EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA?.
HE TENIDO QUE REMITIR A LOS MÉDICOS QUE ME ATENDIERON AL ESTUDIO DEL HOSPITAL MIGUEL SEVET DE ZARAGOZA DEL AÑO 1997 PARA QUE LEYERAN QUE LA DYSKINESIA RESPIRATORIA "LA SUFRO POR EL AGREAL-VERALIPRIDA".
ME FALTA ALGO MAS O BIEN "NOS FALTA ALGO MAS DE LO QUE YA SUFRIMOS LAS MUJERES DEL AGREAL EN ESPAÑA.
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DISNEA Y ACATISIA RESPIRATORIA
Conviene recordar también que las benzamidas sustituidas no son los únicos fármacos con capacidad para producir alteraciones respiratorias: la adenosina, los salicilatos, la medroxiprogesterona, la quetiapina según Shelton et al (10) y la olanzapina según Sattar y Gastfriend (11) están asociados a disnea e hiperventilación.
El mecanismo por el que estos medicamentos inducen hiperventilación no está aclarado por completo, pero se piensa que implica una acción directa sobre el centro respiratorio del cerebro medio así como una acción indirecta sobre los quimiorreceptores periféricos y neurotransmisores como la serotonina. Las complicaciones derivadas del síndrome respiratorio son la alcalosis respiratoria y la neumonía por aspiración. La sintomatología respiratoria puede estar relacionada con: Síndrome de Hiperventilación. Según Polkey et al (12) son varios los factores que pueden dar lugar a un Síndrome de Hiperventilación ya sean solos o por separado; dichos factores incluyen trastornos respiratorios tales como asma, enfermedad pulmonar intersticial o embolia pulmonar; la misma fiebre o la altitud y también la ansiedad, la depresión, la fobia y el trastorno de pánico (hiperventilación psicógena).
El síndrome de Hiperventilación se caracteriza por presentarse de forma súbita: respiración rápida y profunda (“hambre de aire”) con sensación de mareo, inestabilidad de la marcha, temblores, parestesias (sobre todo “hormigueo” peribucal y de los dedos) que pueden recordar a la tetania; disminución leve del nivel de conciencia (“atontamiento”, “presión craneal”); visión borrosa e incluso pérdida de visión; dolor de cabeza, náuseas, dolor torácico, taquicardia, malestar general; tinnitus. Otras manifestaciones como alucinaciones o síntomas somáticos (más comunes al lado izquierdo que al derecho) pueden conducir a diagnósticos erróneos tales como epilepsia, ataques isquémicos transitorios, enfermedades desmielinizantes o migraña.
La reproducción de los síntomas mediante la hiperventilación voluntaria se ha utilizado como prueba diagnóstica del síndrome de hiperventilación, aunque no es una prueba totalmente fiable. Según Phillipson (13) los pacientes con hiperventilación psicógena manifiestan, por una parte, disnea en reposo pero no durante el ejercicio leve y por otra parte, la necesidad de suspirar con frecuencia.
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Acatisia Respiratoria Hirose (16) describe 5 casos que presentaron hiperventilación y disnea tan pronto iniciaron la toma de medicación antipsicótica y mejoraron al poco de suspenderla. Los pacientes se quejaban de tener una sensación interna de inquietud o malestar interno que les llevaba a buscar alivio mediante la respiración forzada, o dicho de otra manera, manifestaban la incapacidad de respirar de forma relajada (la misma incapacidad que otros pacientes manifiestan a la hora de controlar el movimiento de sus piernas). A este tipo de dificultad respiratoria Hirose la denominó “acatisia respiratoria” atribuyéndola al tratamiento neuroléptico mientras que su supresión y/o la administración de biperideno eliminaba o mitigaba la acatisia.
La acatisia respiratoria no siempre se acompaña de la inquietud motora típica y/o síntomas parkinsonianos, por lo que fácilmente puede pasar desapercibida. En nuestra opinión, la clínica descrita por Hirose es la que manifiesta la paciente del caso clínico, en donde lo más destacado es la incapacidad de respirar de forma sosegada, sin otros síntomas acompañantes. La suspensión del veralipride fue La discinesia respiratoria suele acom- pañarse de discine- sias faciales y orales y la dificultad respiratoria es continua durante las horas del día, disminuyendo o desapareciendo du- rante el sueño
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Inducida por neurolépticos discinesia respiratoria.
Kruk J , Sachdev P , Singh S . J Kruk, Sachdev P, Singh S.
Instituto Neuropsiquiátrico, el Hospital Prince Henry, Matraville, NSW, Australia.
Discinesia respiratoria es una virtud reconocida, pero los efectos secundarios de la administración crónica de neurolépticos. Se manifiesta como la respiración irregular, disnea, gruñidos o jadeando, anormales y movimientos de pecho o de esófago. Se produce casi exclusivamente en asociación con otras tardive efectos de los neurolépticos, como la discinesia tardía y la acatisia tardía. Complicaciones de la enfermedad incluyen alcalosis respiratoria y neumonía por aspiración. Los autores describen 5 pacientes con discinesia respiratoria cuyos casos ponen de manifiesto las importantes características clínicas de la inducida por neurolépticos discinesia respiratoria y la manera en que algunos casos pueden ser mal diagnosticados. También revisa la literatura sobre este síndrome y discutir los posibles mecanismos fisiopatológicos.
PMID: 7626967 [PubMed - indexado para MEDLINE]
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[Clínica de disquinesias tardía inducida por neurolépticos]
Villeneuve A , Lajeunesse C . Dept. de Psychiatrie, Faculté de Médecine, Université Laval, Québec, Canadá.
Inicialmente, la realidad de la existencia de la discinesia tardía planteado cierta controversia, pero rápidamente fue reconocido este síndrome como una complicación derivada de lo general a largo plazo la administración de los neurolépticos. Estos movimientos anormales extrapiramidales representan un problema importante debido a su prevalencia, la irreversibilidad de su potencial, su compleja y aún en disputa mecanismo fisiopatológico, la ausencia de normas específicas y, en general, un tratamiento eficaz, y más recientemente los problemas médico-legales que entraña. Al principio, se cree que estos movimientos dyskinetic, de diversas intensidad, sólo se han localizado en la zona de oro-facial (cara, lengua, maxilar), o estuvo limitada o generalizada coreográficas athetosic movimientos, o una mezcla de ambos tipos de los movimientos. Sin embargo, digestivas y respiratorias se producen también discinesia tardía. Discinesia tardía puede desarrollarse insidiosamente durante el tratamiento neuroléptico, o aparecen cuando este medicamento es disminuido o cesado. Puede coexistir con signos parkinsonianos. Edad (más de 50) y el género (mujeres) parecen ser los factores de riesgo.

Otros tipos de síndromes asociados a la tardía administración de neurolépticos se han notificado, como la acatisia tardía, tardía y una distonía tardía-como el síndrome de Tourette. Movimientos involuntarios se asemeja a la discinesia tardía se puede observar en las personas de edad avanzada que nunca recibió medicamentos neurolépticos. Con respecto a la síndrome de conejo, un rápido temblor de la zona perioral, con una similar a la ritmicidad parkinsonianas temblor, que es claramente diferente de la discinesia tardía. Es fundamental para detectar precozmente como sea posible como discinesia tardía.
El diagnóstico es a veces difícil e incluso si las características clínicas parecen patognomónicos de la discinesia tardía, es importante establecer un diagnóstico diferencial.
PMID: 2905648 [PubMed - indexado para MEDLINE]



Dos mujeres afectadas por el medicamento Agreal interrumpen el pleno del Congreso






10.09.08 11:08 h. INFORMATIVOS TELECINCO

Dos mujeres afectadas por el consumo del medicamento Agreal, para trastornos derivados de la menopausia, han interrumpido el pleno que se celebra en el Congreso de los Diputados sobre economía. Pretendían denunciar así su situación y pedir el amparo del Gobierno.
Las dos mujeres han arrojado medicamentos y camisetas al hemiciclo.

En el momento en que el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, terminaba su intervención en el Congreso dos mujeres han arrojado al hemiciclo, desde la tribuna de invitados, un lote de pastillas médicas y han exhibido una pancarta y camisetas con las que solicitan amparo y atención médica.
La vicepresidenta primera del Congreso, Teresa Cunillera, quien reemplaza en este pleno a Bono como máxima autoridad de la Cámara, ha pedido al líder del PP, Mariano Rajoy, ya instalado en la tribuna de oradores, que prosiguiera el debate para recuperar "la normalidad" cuanto antes.
Mientras, las dos mujeres eran desalojadas de la tribuna de invitados.
Ya fuera del Congreso, una de estas dos mujeres afectadas por Agreal, ha explicado la situación de este colectivo.
"Llevamos mucho tiempo con parkinson, tenemos afectado todo el sistema nervioso, hemos pedido que nos vea el ministro -de Sanidad, Bernat Soria-, y denunciamos que hay muchas mujeres afectadas y queremos ser atendidas", ha dicho.
Según ha recordado, el Agreal se ha retirado de todos los países integrantes de la UE, incluido España.
EB

Salud...

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domingo, 19 de abril de 2009

INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR UNA "UNIVERSIDAD ESPAÑOLA" A LAS "LUCHADORAS DEL AGREAL"

INFORMARLES QUE EN ESTA "UNIVERSIDAD", SOBRE EL MEDICAMENTO: AGREAL-VERALIPRIDA:
SOLO EXISTEN DATOS DE DICHO MEDICAMENTO " A PARTIR DEL AÑO 1985 ".
PROSPECTO, YA DESCRITO EN ESTE BLOG. DEL AÑO 1985 Y DE LOS LABORATORIOS DELAGRANGE.

viernes, 17 de abril de 2009

LAS MENTIRAS DE LAS PARTES: MINISTERIO DE SANIDAD-SANOFI: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: AGREAL

Consejo de Estado: Dictámenes
Número de expediente: 957/2008 (SANIDAD Y CONSUMO)
Referencia: 957/2008
Procedencia: SANIDAD Y CONSUMO
Asunto: Reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por ...... en representación de ...... , por los daños sufridos como consecuencia de la ingesta del medicamento Agreal.
Fecha de Aprobación: 24/7/2008
TEXTO DEL DICTAMEN
La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 24 de julio de 2008, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:
"En cumplimiento de la Orden de V.E. de 9 de junio de 2008, el Consejo de Estado ha examinado la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por ...... en nombre y representación de ...... , por los daños sufridos como consecuencia de la ingesta del medicamento Agreal.
De antecedentes resulta:
PRIMERO.- El 29 de mayo de 2006, en nombre y representación de ...... se presentó un escrito en el que se formulaba una reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración para la indemnización de los daños sufridos como consecuencia de la ingesta del medicamento Agreal.
Decía la reclamante que había tomado el medicamento Agreal desde enero de 2005. Aportaba un informe médico de un Centro de Atención Primaria del Área 11 en el que se decía que había estado sometida a tratamiento con este fármaco desde enero hasta junio de 2005.
En el mismo informe médico del Centro de Atención Primaria del Área 11 anteriormente citado se decía que en abril de 2005 esta paciente comenzó con un cuadro de depresión, motivo por el cual tuvo que iniciar tratamiento con antidepresivos y seguía revisiones psiquiátricas.
También aportaba la reclamante un informe de los Servicios de Salud Mental de Carabanchel de fecha 11 de mayo de 2006 en el que se decía que esta paciente estaba en tratamiento desde mayo de 2005 "por presentar síntomas caracterizados por tristeza, pérdida de ilusión por sus actividades cotidianas, fatiga excesiva y sentimientos de desesperanza con retraimiento social". El diagnóstico era de "episodio depresivo". En la fecha del informe se mantenía en tratamiento psicofarmacológico con antidepresivos y apoyo en el centro "con mejoría sintomática y normalización progresiva de su funcionamiento global". Se decía que estos síntomas eran "causa de una discapacidad obvia en su funcionamiento personal, familiar y social general".
Decía la reclamante que "al contrario que en la versión española, el mismo producto farmacéutico comercializado en Francia traía información específica sobre los efectos secundarios que podía producir". Por ello, reclamaba la cantidad de 300.000 euros para la indemnización de los daños y perjuicios causados.
SEGUNDO.- Incoado un expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración, se unió al expediente el informe evacuado el 8 de junio de 2006 por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. En este informe se decía que "la información disponible (...) indica que se pueden asociar al uso de veraliprida reacciones adversas de tipo psiquiátrico, probablemente con mayor frecuencia después de suspender el tratamiento, de las cuales las pacientes suelen recuperarse para lo que en ocasiones puede ser necesario tratamiento farmacológico ansiolítico o antidepresivo". Se hacía constar las actuaciones realizadas por la Agencia. En este mismo documento se formulaban las siguientes consideraciones:
- La especialidad farmacéutica AGREAL, cuyo principio activo es la veraliprida, fue autorizada en 1983 para el tratamiento de síntomas climatéricos. Concretamente sus indicaciones autorizadas eran las siguientes: "tratamiento de los sofocos (crisis vasomotoras) y de las manifestaciones psicofuncionales de la menopausia confirmada".
- Hasta 2004 el Sistema Español de Farmacovigilancia había recibido un número reducido de notificaciones de reacciones adversas de tipo psiquiátrico y en prácticamente todos los casos notificados se había producido la recuperación total del paciente. Sin embargo, tras la notificación ese mismo año de un nuevo caso de trastorno psiquiátrico, se procedió a la revisión del asunto.
- La información disponible en el Sistema Español de Farmacovigilancia se amplió con la proporcionada por el laboratorio titular referente al resto de países en los que AGREAL está comercializado. Los datos procedentes de esta información global indicaron que el uso de la veraliprida se puede asociar a reacciones adversas de naturaleza psiquiátrica, que suelen aparecer con mayor frecuencia después de la suspensión del tratamiento. La recuperación de los pacientes exigió en ocasiones tratamiento farmacológico ansiolítico o antidepresivo.
- El 9 de marzo de 2005 el Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios concluyó que el balance riesgo/beneficio era desfavorable en las indicaciones autorizadas.
- El 11 de marzo de 2005 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios informó al resto de los Estados miembros de la Unión Europea, a la European Medicines Agency (EMEA) y a la Comisión Europea sobre los motivos de la reevaluación del balance riesgo/beneficio de la veraliprida.
- El 20 de mayo de 2005 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios suspendió la comercialización del AGREAL, con efectos a partir del 15 de junio siguiente. En esta resolución, que obra en el expediente, se advirtió que "no es urgente que los pacientes que están utilizando Agreal (Veraliprida) interrumpan su tratamiento, lo cual deberá realizarse bajo supervisión médica".

- El 7 de septiembre de 2005 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios comunicó que a partir del 15 de septiembre siguiente no podría dispensarse AGREAL en las oficinas de farmacia.
También se incorporó al expediente la resolución por la que se produjo la revocación de la autorización de comercialización de la especialidad farmacéutica AGREAL (Veraliprida), de fecha 20 de mayo de 2005. En ella se declaró que el medicamento presentaba en ese momento un balance beneficio/riesgo desfavorable "debido a los casos de reacciones neurológicas, psiquiátricas y de retirada" y a "la insuficiente evidencia de eficacia clínica, especialmente en periodos de tratamiento superiores a tres meses".
TERCERO.- El 14 de septiembre de 2007, el Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios evacuó un informe sobre la reclamación presentada.
En este informe se decía que entre la documentación clínica disponible no se encontraba la historia clínica del seguimiento realizado por el Servicio de Psiquiatría, lo que impedía una evaluación más completa de la posible relación de causalidad entre la sintomatología alegada y el tratamiento recibido, así como el conocimiento de su evolución una vez retirado dicho tratamiento. Se añadía que aproximadamente el 32% de las mujeres perimenopáusicas presenta depresión de inicio en este periodo, siendo el riesgo de sufrir depresión aproximadamente el doble en mujeres menopáusicas que en mujeres pre-menopáusicas.
Por otra parte, se afirmaba que la Agencia había dado cumplimiento a los principios exigidos por la normativa vigente en materia de farmacovigilancia, pues adoptó las medidas oportunas tan pronto tuvo conocimiento de los riesgos.
CUARTO.- Se incorporó al expediente el informe evacuado el 8 de noviembre de 2007 por la Agencia Española de Medicamentos con destino a la Agencia Europea de Medicamentos.
En este informe se decía que teniendo en cuenta el grupo farmacológico al que pertenece el principio activo de Agreal, y su efecto como antagonista de la dopamina, era esperable que este fármaco pudiera producir episodios de depresión o ansiedad durante el tratamiento. El prospecto aclaraba que el fármaco era un antagonista de la dopamina. Esta información debía ser conocida por cualquier médico que prescribiera el fármaco. Se añadía que el folleto cumplía con las exigencias vigentes al tiempo de su autorización (1983).
En cuanto al número de casos de depresión o ansiedad, se decía que, con anterioridad a su retirada y desde su autorización de comercialización en 1983, en España solo se habían producido 4 casos de notificación de reacciones adversas psiquiátricas durante el tratamiento y 9 tras la interrupción del tratamiento, pese a que se habían dispensado 3.022.139 envases. Era una tasa muy baja teniendo en cuenta el uso del medicamento. No obstante, tras la suspensión de la comercialización se notificaron en España 280 reacciones adversas psiquiátricas. En total, las tasas anuales de notificación variaron entre 0 y 13,53 casos por millón de días de tratamiento, incluyendo los casos notificados en España tras la suspensión de su comercialización.
Se añadía que la mayoría de los casos de depresión notificados no tenían una etiología clara y que el mantenimiento de los síntomas en una evolución permanente y prolongada tras la retirada del fármaco "no tiene una explicación biológica atendiendo a los datos farmacológicos del producto".
QUINTO.- Se concedió audiencia al laboratorio titular de la autorización de comercialización del medicamento, que formuló alegaciones.
El laboratorio Sanofi Aventis alegó que el prospecto informaba de que el principio activo del medicamento era la veraliprida, que, como sustancia perteneciente a la familia de las benzamidas, desarrolla una actividad antagonista de la dopamina y tiene propiedades neurolépticas que son suficientemente conocidas.
Se decía que la mayoría de los efectos adversos se ha notificado tras la suspensión de la comercialización.
Añadía que el balance riesgo/beneficio debía establecerse por la autoridad competente "en función de los conocimientos científicos existentes en cada momento", y ponía de manifiesto que la autorización de este medicamento databa de 1983.
Mencionaba que no había sido acreditado el nexo causal entre la ingesta del medicamento y los síntomas manifestados.
El laboratorio aportó numerosos informes periciales referentes a los efectos secundarios y adversos del fármaco en general.
En el informe pericial evacuado en fecha que no consta por el Dr. ...... , Jefe de Departamento del Hospital Carlos III, se describen los efectos secundarios y adversos del fármaco, así como los tratamientos alternativos, desde un punto de vista general y endocrinológico.
El informe evacuado por el Dr. Enrique Alvarez, Director del Servicio de Psiquiatría del Hospital de la Santa Cruz y San Pablo y profesor titular de Psiquiatría el 19 de enero de 2006, concluye que los efectos secundarios de la veralipride eran todos esperables con relación al mecanismo de acción del fármaco y que la aparición de trastornos psiquiátricos relevantes después de la suspensión del fármaco no podía deberse a su retirada sino a la supresión de sus efectos terapéuticos.
Puede destacarse el informe pericial evacuado el día 7 de enero de 2006 por el Dr. José Luis Ayuso, catedrático emérito de Psiquiatría de la Universidad Complutense de Madrid. En este informe se decía que "la presencia de un trastorno depresivo en las mujeres tratadas con el fármaco en ningún caso puede atribuirse a la actividad farmacológica del veralipride, ya que a la dosis recomendada (100 mg/día) muestra una cierta actividad antidepresiva, sino que puede explicarse por la incrementada vulnerabilidad frente a la depresión que presenta la mujer climatérica".
Consta también el informe pericial evacuado en enero de 2006 por ...... , Jefe del Servicio de Neurología del Hospital Universitario "Puerta de Hierro". En él se decía que el riesgo neurológico del fármaco bien empleado era mínimo; en cambio, era alto el riesgo asociado a la supresión de la veralipride de forma brusca, al ser un fármaco que contribuía al bienestar y estar el sujeto acostumbrado a sus efectos.
Cabe mencionar asimismo el informe pericial de carácter ginecológico firmado por ...... en diciembre de 2005. En él se asociaban los trastornos extrapiramidales al uso incorrecto de este tipo de medicamentos, antidopaminérgicos.
El laboratorio aportó tres informes periciales relativos a este expediente.
El primero de los mencionados informes periciales fue evacuado el día 26 de noviembre de 2007 por el Dr. José Luis Ayuso , catedrático emérito de Psiquiatría de la Universidad Complutense de Madrid. En este informe se decía que la historia clínica de la paciente no recogía reacción adversa alguna durante el tratamiento con Agreal. Por el contrario, la historia clínica contenía un dato que apuntaba a que la paciente tenía problemas emocionales con anterioridad al comienzo del tratamiento con Agreal (en 2004 tuvo prescripciones de medicación tranquilizante, Orfidal y Lexatín, así como insomnio). Ninguno de los facultativos que habían atendido a la paciente había puesto en relación la depresión con la ingesta de Agreal. Por otro lado, decía que los neurolépticos no son depresógenos y el veralipride no solo no inducía depresión sino que a la dosis recomendada mostraba una cierta actividad antidepresiva. El segundo de dichos informes periciales fue evacuado el día 28 de noviembre de 2007 por el Dr. ...... , Jefe de Departamento del Hospital Carlos III. En él se concluía que no había evidencia científica o clínico-médica de que en esta paciente concurriera relación causa-efecto entre las manifestaciones clínicas y la toma de Agreal. Se recordaba que la historia clínica no mencionaba relación alguna entre la depresión y la ingesta de Agreal.
El tercer informe pericial fue evacuado el 28 de noviembre de 2007 por dos peritos, máster en Valoración del Daño Corporal. En este informe se decía que la administración de este fármaco "en ningún caso puede producir una enfermedad depresiva (criterios diagnósticos de depresión mayor según DSMIV), que evolucione de forma independiente del tratamiento con veralipride. La supresión gradual del fármaco revierte los síntomas en poco tiempo".
El laboratorio también aportó diversas sentencias dictadas por jueces de primera instancia que absolvían a aquél de las demandas civiles presentadas por particulares para la indemnización de los daños y perjuicios supuestamente causados por la ingesta de Agreal: la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona, de 11 de junio de 2007, la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Barcelona, de 8 de octubre de 2007 y la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Barcelona, de 23 de abril de 2007. En la primera de ellas se decía que el medicamento no era defectuoso porque el prospecto del medicamento era acorde con las normas existentes cuando fue aprobado, y que el profesional médico que prescribe este fármaco tenía la responsabilidad de conocer los efectos secundarios y los posibles efectos adversos del medicamento. En la segunda se concluía que no había resultado probado que la veraliprida, principio activo de Agreal, pudiera causar como efecto secundario a su administración los trastornos de autos (ansiedad, nerviosismo, irritabilidad, inapetencia sexual, etc.) En la tercera se decía que no había nexo causal acreditado entre la ingesta de Agreal y un trastorno ansioso-depresivo que sufría la demandante.
Asimismo, presentó copia del Auto del Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid de 8 de noviembre de 2007, que acordó el sobreseimiento libre y el archivo de unas actuaciones penales incoadas en relación con la ingesta de Agreal por la omisión de efectos adversos en el prospecto del fármaco.
SEXTO.- Se concedió audiencia a la reclamante, que presentó un escrito en el que se decía que el asunto estaba sometido a la jurisdicción contencioso-administrativa.
SÉPTIMO.- Con fecha 21 de mayo de 2008 la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Sanidad y Consumo formuló propuesta de resolución desestimatoria.
Con fundamento en los informes médicos incorporados al expediente, se decía que no había nexo causal acreditado entre la ingesta de Agreal y los daños y perjuicios cuya indemnización se reclamaba.
Por otra parte, se decía que la actuación de la Agencia fue irreprochable y siempre adecuada a la información disponible sobre el balance riesgo/beneficio del fármaco. Se aclaraba que "no nos encontramos ante un producto defectuoso, cuya autorización fuera incorrecta o que no haya sido objeto del preceptivo control por parte de las autoridades sanitarias". Se invocaba el artículo 141 de la Ley 30/1992, con arreglo al cual no eran indemnizables los daños y perjuicios derivados de hechos o circunstancias que no se hubieren podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de producción de aquéllos".

OCTAVO.- El 28 de mayo de 2008 el Abogado del Estado Jefe del Ministerio de Sanidad y Consumo informó favorablemente la propuesta de resolución, por entender -de conformidad con ésta- que no había quedado acreditado que el estado de salud de la reclamante se viera afectado por el consumo de AGREAL.
Se añadía que el supuesto fáctico de la presente reclamación tenía cabida en lo dispuesto en el artículo 141.1, inciso primero, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya que, aunque el fármaco en cuestión hubiera tenido algún tipo de influencia en la salud de la paciente, no existía -al tiempo de su autorización- "ningún tipo de información de carácter científico de la que pudiera derivarse la creencia que este fármaco pudiera resultar nocivo para la salud de los pacientes".
Y, en tal estado de tramitación, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para dictamen.
Versa la consulta sobre una reclamación de responsabilidad patrimonial formulada para la indemnización de los daños y perjuicios sufridos a consecuencia del fármaco Agreal.
Sobre supuestos de hecho muy similares al examinado en este expediente se han evacuado por este Consejo de Estado numerosos dictámenes, números 468/2008, 493/2008, 494/2008, 782/2008, 783/2008, 842/2008, 843/2008, 855/2008, 856/2008, 891/2008, 900/2008, 901/2008, 902/2008, 903/2008, 955/2008, 956/2008, 957/2008 y 1.000/2008.
I
La reclamación no se dirige contra la Administración autonómica titular del establecimiento sanitario en el que se le prescribió el tratamiento con AGREAL, sino frente a la Administración del Estado como responsable de la autorización del medicamento. Se alega, al respecto, que el fármaco se comercializaba en España desde 1983 y que, por lo tanto, el Ministerio de Sanidad y Consumo había tenido tiempo suficiente para conocer los efectos secundarios del medicamento -que, según se dice, no constaban en el prospecto- e informar de ellos a los pacientes y profesionales sanitarios.
No se discute, pues, la prescripción facultativa del AGREAL, sino el hecho de que este medicamento estuviera autorizado en España pese a los riesgos que entrañaba su ingesta. Esto explica que en el procedimiento de responsabilidad patrimonial sometido a consulta haya informado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en lugar de la Inspección Médica.
II
La declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración exige, entre otros requisitos, la concurrencia de una relación de causalidad entre el daño aducido por la reclamante y el funcionamiento del servicio público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A juicio del Consejo de Estado, en este expediente no ha sido acreditada la concurrencia del necesario nexo causal entre los daños y perjuicios cuya indemnización se reclama y el funcionamiento de los servicios públicos. Ni tan siquiera ha sido probado que hubiera relación causal entre aquéllos y la ingesta del medicamento Agreal, como ponen de manifiesto los tres informes periciales específicamente referidos a esta paciente que han sido incorporados al expediente.
En este caso, en la historia clínica de la paciente no se menciona relación alguna entre la ingesta de Agreal, que duró tan solo seis meses, y la depresión diagnosticada. El mantenimiento de los síntomas un año después de la suspensión del tratamiento hace pensar que entre la mencionada depresión y la ingesta de Agreal no existía tal nexo causal.
III
Sin perjuicio de ello, no es ocioso recordar que la producción, comercialización y venta de este medicamento correspondía al laboratorio ...... , que debe ser el que en su caso responda de sus posibles efectos adversos (cuius commoda, eius est incommoda). De hecho, esta empresa ya ha sido objeto de diversas demandas en vía civil en España, algunas de las cuales se han estimado parcialmente.
En realidad, la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria del Estado por la puesta en circulación de dicho fármaco, que es lo solicitado por la interesada en la reclamación que ahora se informa, sólo podría verse comprometida en el supuesto de que se acreditase que el medicamento no debió ser autorizado o que, después de su autorización, no funcionaron debidamente los mecanismos de farmacovigilancia a cargo actualmente de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
Al respecto, cabe señalar que el fármaco estaba autorizado tanto en España como en otros países de la Unión Europea (Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y Portugal). En el momento de su autorización se desconocían los riesgos que a la postre se han evidenciado, lo que no quiere decir que se obviasen algunos de sus posibles efectos adversos. En efecto, el prospecto informaba de que el principio activo del fármaco era la veraliprida, que es una sustancia antagonista de la dopamina y, por su propia naturaleza, actuaba sobre el sistema nervioso central, como todos los fármacos pertenecientes al grupo de las benzamidas. Sin embargo, el balance riesgo/beneficio resultaba en aquel entonces favorable, y por ello fue autorizado. No es censurable, por otra parte, que el medicamento no tuviese ficha técnica, ya que la normativa farmacéutica del momento sólo exigía el prospecto, que -como se ha visto- informaba de manera escueta pero suficiente.
Por otra parte, el largo tiempo transcurrido entre la autorización del medicamento en 1983 y su retirada del mercado en 2005 es un dato que por sí mismo -y a diferencia de lo que piensa la reclamante- no compromete la responsabilidad de la Administración sanitaria del Estado. Lo verdaderamente relevante es saber si durante ese tiempo se recibió un número significativo de notificaciones de los efectos adversos o desfavorables del AGREAL y valorar si la actuación de los órganos de farmacovigilancia fue correcta en atención a la mayor o menor entidad de los casos notificados.
En relación con esta cuestión, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha señalado, en el informe evacuado en el presente procedimiento, que antes del año 2004 el Sistema Español de Farmacovigilancia recibió un número reducido de notificaciones de reacciones adversas de tipo psiquiátrico -trece en total- teniendo en cuenta el frecuente uso del medicamento -3.022.139 envases con veraliprida desde 1992-, y que en prácticamente todos los casos notificados se había producido la recuperación total del paciente. Sin embargo -añade la Agencia-, tras la notificación ese mismo año de un nuevo caso de trastorno psiquiátrico, se procedió a la revisión del balance riesgo/beneficio del medicamento y, una vez constatado que -a la vista de nuevas circunstancias no presentes en el momento de la autorización del fármaco- dicho balance era desfavorable para la salud del paciente, se revocó la autorización del medicamento con efectos a partir de 15 de junio de 2005.
Téngase en cuenta que la retirada del medicamento se produjo por sus riesgos de naturaleza neurológica (en algunos casos había provocado discinesia de naturaleza parkinsoniana) más que por sus posibles efectos depresores del sistema nervioso central, pues estos últimos iban naturalmente asociados al principio activo del AGREAL. Tales riesgos de naturaleza neurológica no se han manifestado en estas reclamantes, que alegan padecer síntomas de naturaleza diferente (fundamentalmente depresión y ansiedad).
En todo caso y en lo que ahora importa, cabe afirmar, a juzgar por la documentación incorporada al expediente, que la Administración sanitaria del Estado reaccionó de manera adecuada y en el momento oportuno frente a los riesgos que comportaba el medicamento. Además, con la retirada de este fármaco del mercado, la Agencia Española de Medicamentos y Productos sanitarios se anticipó incluso a los órganos de control de la Unión Europea. En efecto, dos años más tarde de que el fármaco se retirase en España, el Comité de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Europea de Medicamentos (European Medicines Agency- EMEA), en su dictamen de 19 de junio de 2007, recomendó la revocación de la autorización de comercialización de los medicamentos que contuviesen el principio activo veraliprida, por entender que el balance riesgo/beneficio era negativo para el paciente. La Comisión Europea convirtió este dictamen en su Decisión de 1 de octubre de 2007, en la que se retiró la autorización de comercialización de medicamentos con veraliprida en el ámbito de la Unión Europea.
Así las cosas, difícilmente puede sostenerse que la actuación de la Administración sanitaria española haya resultado incorrecta o tardía, sino por el contrario acorde con el estado de los conocimientos de la ciencia existentes en cada momento. Fue precisamente la retirada del AGREAL del mercado español lo que puso en marcha el mecanismo europeo de farmacovigilancia, cuyas conclusiones han sido de todo punto coincidentes con las que dos años antes había adoptado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Por tanto, el funcionamiento de los órganos estatales de autorización y vigilancia de los medicamentos ha sido el adecuado en todo momento y, por ello, no resulta procedente la declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración solicitada por la reclamante, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil en que en su caso haya podido incurrir el laboratorio ...... , como fabricante de un fármaco que, por sus características intrínsecas, tenía potenciales efectos neurolépticos.
Por lo expuesto, el Consejo de Estado es de dictamen,
Que procede desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada."
V.E., no obstante, resolverá lo que estime más acertado.
Madrid, 24 de julio de 2008
EL SECRETARIO GENERAL,
EL PRESIDENTE,
EXCMO. SR. MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO.

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

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