miércoles, 17 de agosto de 2016

La ceguera de la justicia (I)






Miércoles, 10 Agosto 2016 05:23   Miguel Ángel Vicente Opinion


Ante la Sentencia del Tribunal Constitucional denegando las indemnizaciones a los afectados de minusvalías y malformaciones derivadas de la ingesta de la Talidomida por sus progenitoras, vamos a recordar el artículo que se publicó en este mismo Diario Digital el pasado día 21 de Octubre de 2.015, en relación, entonces, con la Sentencia del Tribunal Supremo que denegaba igualmente dichas indemnizaciones y seguiremos con una o dos entregas más.

A la hierática dama que simboliza la justicia (reminiscencia de las cariátides del Erecteión de Atenas), con una espada en la mano derecha (signo de poder) y una balanza en la izquierda (signo de equilibrio y equidad), se la presenta con un tercer signo o elemento, cual es el de la venda sobre los ojos, que le impide totalmente ver (signo de imparcialidad y ecuanimidad). Pero lo cierto y tal como están las cosas, no sé si habría que revisar estos símbolos, porque respecto del poder hoy día lo encontramos mediatizado por los otros dos poderes, el Ejecutivo y el Legislativo, que junto con el propio Judicial, constituyen el esqueleto dinosáurico (por su presunta fortaleza) en el que descansa todo el entramado sobre el que se asienta el Ordenamiento Jurídico que rige (o debería regir) en un verdadero Estado de Derecho, Democrático y de Bienestar Social, lógicamente con la virtud de la independencia entre sí de que los dotara en su tratado, “El espíritu de las leyes”, en el siglo XVIII, Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède  y  Barón de Montesquieu; en relación con el equilibrio, porque hace tiempo que a nuestra justicia se le paró el reloj, y, o bien porque se ha roto alguna de las cuerdas que sujetan los platillos de la balanza, o bien porque se hayan enredado entre sí, el fiel de la misma está en continuo desnivel, bien a la diestra, bien a la siniestra, si es que no se ha quedado varado; y, finalmente, respecto de la venda parece que se dirige más a provocar en sus señorías una ceguera tal que les impide la visión de los hechos y, lo que quizás sea peor, los textos normativos y su correcta interpretación y aplicación o, al menos, les provoca una distorsión de tal calibre que deriva en una aplicación de la justicia “a ciegas”.

Ya he apuntado en alguna ocasión que la JUSTICIA, así, con mayúsculas, como expectativa de la sociedad receptora de la misma, implica un plus, un algo más que, simplemente, abrir el Código Penal (o la ley de que se trate) por ésta o aquélla página, por éste o aquél artículo, y aplicarla a rajatabla literalmente, debiéndose atender a las circunstancias del caso en relación tanto del presunto trasgresor de la norma, como de las víctimas objeto de la trasgresión, en concomitancia con los valores (¡Ay, los valores!) en juego en la sociedad en el momento de la perpetración de los hechos transgresores, así como vislumbrar  la auténtica finalidad de la norma promulgada por el legislador, de lo que se deduce y colige que el acto de juzgar requiere de un hacer por parte del juzgador, que no puede quedarse sentado y cruzado de brazos viéndolas venir, alegando imprevisión o deficiencia legislativa, pues de sabios es saber que la ley escrita no puede llevar consigo un manual de interpretación y aplicación, para cuyas labores está el juez, pues de lo contrario se haría innecesaria la existencia de éste, ya que la aplicación de la ley sería simplemente mecánica (como el centrifugado de una lavadora), fría (como el mármol) e insensible (como un cuerpo inerte). Este eslabón, esencial y fundamental, para conseguir el fin último para el que se dió tal o cual norma, es la interpretación y, en su caso, integración, de aquélla, llevada a cabo por el juez, quien debe exprimirla (como se hace con una naranja o un limón) para sacarle todo el jugo que conlleva y, finalmente, de esta manera, dar satisfacción al perjudicado e imponer el castigo adecuado al trasgresor de la misma, y, en la medida de lo posible, reponer a su estado inicial el bien jurídicamente protegido y violentado y satisfacer la reparación del daño causado al perjudicado. En definitiva, se trata de interpretar la ley “ultra vires litterae”, es decir, más allá de las fuerzas de lo escrito y, por ende, de su literalidad, y hasta sus últimas consecuencias. En ello radica la grandeza de la tarea del juzgador y la alta misión que le está encomendada de cara a la sociedad a la que debe servir, para alcanzar el grado de justicia y de equidad que cada caso requiere y demanda. Pues de lo contrario, bastaría con una máquina expendedora de sentencias (a la manera de una máquina  expendedora de Coca-Colas), a la que solo habría que introducir los datos y los hechos oportunos y los artículos de las correspondientes normas legales  (como se introduce un euro en la citada máquina expendedora de Coca-Colas), y nos saldría la sentencia pura y cabalmente, incluso, fresca como el citado refresco; lo cual conllevaría la supresión o, al menos, la reducción drástica de los Órganos Jurisdiccionales, pues su función  sería desempeñada, quizás, con más grado posible de certeza y fiabilidad, por las citadas máquinas.

Pues bien, ¿puede decirse que el Pleno de la Sala de lo Civil del  Tribunal Supremo (por ocho votos frente a uno) ha hecho justicia al rechazar resarcir a los afectados por la talidomida, como pretendía el recurso interpuesto ante el Alto Tribunal por la Asociación de Víctimas  de la Talidomida en España (Avite) que reclamaba indemnizaciones por la discapacidad que les generó el medicamento?.

Parece evidente que no, por muy legal que sea su decisión, totalmente carente de sentido común, de justicia y de equidad y, por cierto, en contra del criterio del Ministerio Público, basada en que la acción de reclamación estaba prescrita por haber transcurrido 50 años (según el Tribunal “la prescripción no está basada en principios de estricta justicia, sino de seguridad jurídica”) y liberando de responsabilidad a la farmacéutica alemana Grünenthal, anulando las compensaciones económicas fijadas por el Tribunal de Instancia, cuya sentencia revocó la Audiencia Provincial de Madrid en 2.014 absolviendo  a la citada farmacéutica.

Deja, como pobre consuelo, la puerta abierta a futuras reclamaciones fundadas en la aparición de daños no conocidos o en la agravación de los actuales, como si no fueran poco las malformaciones en las extremidades y otras secuelas que produjo la administración del maldito medicamento en los niños nacidos de las embarazadas a quienes se administró, en los años 50, para aliviar las náuseas y vómitos producidos por el embarazo, sin tener en cuenta los fallecidos, calculándose el número de afectados en España sobre unos 3.000, de los que apenas quedaban unos 500 supervivientes, cuando se tuvo conciencia del origen de las malformaciones en los nacidos de madres que habían tomado el medicamento, y fue en 2.013 cuando un grupo de 183 afectados interpuso finalmente una demanda civil contra Grünenthal.

Náuseas y vómitos, sin lugar a duda, habrá producido en los afectados esta decisión, más teniendo en cuenta que a miles de afectados en otros países (Alemania, Japón o Australia) el laboratorio fabricante sí ha pagado indemnizaciones millonarias, demostrando la escasa protección que las Instituciones que se nutren del sudor, sangre y lágrimas del trabajo de los ciudadanos, a través de los impuestos que pagamos, en este país, aún hoy, a duras penas, llamado España, no están a la altura de las circunstancias, y dejan en evidencia a nuestros gobernantes que parecen no hacer otra cosa que mirarse el ombligo. En fin, esperamos que el Constitucional o en Estrasburgo le enmienden la plana al Supremo y le den un buen tirón de orejas, reparando la injusticia y la tropelía cometida contra quienes han pervivido durante más de 50 años con el lastre de la discapacidad física que les provocó el medicamento en cuestión, cuyas malformaciones y efectos teratogénicos, para conocimiento de sus señorías, no prescribirán nunca por el transcurso del tiempo. 

MIGUEL-ÁNGEL VICENTE MARTÍNEZ
10 de Agosto 2.016

http://www.albaceteabierto.es/albacete-noticias/item/19830-la-ceguera-de-la-justicia-i-miguel-angel-vicente-opinion-albacete-abierto

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