Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
domingo, 22 de abril de 2012
SANOFI AVENTIS/ GRÜNENTHAL - MEDICAMENTO AGREAL EN FRANCIA
Las diferentes clases de drogas psicotrópicas.
a) Clasificación
De acuerdo con la ATC (Anatomical Química Terapéutica), que se basa en la clasificación propuesta por Jean Delay y aprobada por el 3er Congreso Mundial de Psiquiatría en 1961, podemos diferenciar:
1. psicolépticos: ansiolíticos, hipnóticos y sedantes, antipsicóticos. Los tranquilizantes y ansiolíticos son términos equivalentes en francés, pero el uso del ansiolítico plazo es preferible para evitar la ambigüedad, especialmente para la traducción de "tranquilizante", que en Inglés, cubre los neurolépticos (tranquilizantes mayores) y ansiolíticos (tranquilizantes menores).
• los psychoanaleptics: antidepresivos y psicoestimulantes.
• El-que alteran la mente: las sustancias alucinógenas que no tienen ninguna indicación terapéutica.
• El litio, el ATC incluidos en la categoría de los antipsicóticos, se tendrán en cuenta en el siguiente texto en la categoría de los estabilizadores del ánimo (o estabilizadores del estado de ánimo o estabilizadores del ánimo). Otros estabilizadores del estado de ánimo se incluyen en el ATC de los anticonvulsivos.
Différentes classes de psychotropes.
a) Classification
Selon la classification ATC (Anatomical Therapeutical Chemical), qui s’inspire de la classification proposée par Jean Delay et adoptée par le 3ème congrès mondial de psychiatrie en 1961, on différencie:
De acuerdo con la ATC (Anatomical Química Terapéutica), que se basa en la clasificación propuesta por Jean Delay y aprobada por el 3er Congreso Mundial de Psiquiatría en 1961, podemos diferenciar:
1. les psycholeptiques : anxiolytiques, hypnotiques et sédatifs, antipsychotiques. Les termes tranquillisants et anxiolytiques sont équivalents en français, mais l’usage du terme anxiolytique doit être préféré pour éviter toute ambiguïté, notamment pour la traduction de « tranquilizer » qui, en anglais, recouvre les neuroleptiques (major tranquilizers) et les anxiolytiques (minor tranquilizers).
• les psychoanaleptiques : antidépresseurs et psychostimulants.
• Les psychodysleptiques : substances hallucinogènes qui n’ont pas d’indication thérapeutique.
• Le lithium, inclus dans la catégorie ATC des antipsychotiques, sera considéré dans la suite du texte dans la catégorie des régulateurs de l’humeur (ou thymorégulateurs ou normothymiques). Les autres régulateurs de l’humeur sont inclus dans la catégorie ATC des antiépileptiques.
Los neurolépticos o antipsicóticos
Los neurolépticos tienen diana terapéutica para la reducción de los síntomas psicóticos, con la indicación primaria de la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos, agudos o crónicos. El término es antipsicótico cada vez se utiliza como sinónimo de neurolépticoson la indicación primaria de la esquizofrenia y otros trastornos
Neuroleptiques/antipsychotiques
Les neuroleptiques ont pour cible thérapeutique la réduction des symptômes psychotiques, avec comme indication principale la schizophrénie et les autres troubles psychotiques aigus ou chroniques. Le terme antipsychotique est de plus en plus utilisé comme synonyme de neuroleptique.
Se preguntó si la Directiva 2004/24/CE y el Reglamento 726/2004 de 31 de marzo de 2004, sobre un código comunitario sobre medicamentos para uso humano son susceptibles de mejorar el examen y supervisión de la autorización de comercialización de los medicamentos en Europa.
A demandé en quoi la directive 2004/24/CE et le règlement 726/2004 du 31 mars 2004 instituant un code communautaire relatif aux médicaments à usage humain sont de nature à améliorer l’examen et le suivi de l’AMM des médicaments en en Europe.
Sr. George Alexandre Imbert dijo que varios fármacos relacionados prescrito en el momento de la menopausia, tales como Agreal, por la que se no especifica que se trata de un neuroléptico.
M. Georges Alexandre Imbert a indiqué que plusieurs concernent les médicaments prescrits au moment de la ménopause, comme l’Agreal, pour lequel il n’est pas précisé qu’il s’agit d’un neuroleptique.
Asimismo, estimó que los informes adjuntados a la demanda por accidente de drogas son muy sesgados y, a veces llevados a cabo por los farmacólogos expertos relacionados con las empresas farmacéuticas.
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¡¡¡ basta ya !!!
"transparencias en las industrias farmacéuticas".
¡¡¡ fuera !!!
"los intereses creados"
ORDEN MUNDIAL CON TODOS LOS "MEDICAMENTOS"
Antidiabético "Actos": Posible asociación con el cáncer de vejiga
Antidiabético "Actos": Posible asociación con el cáncer de vejiga
El antidiabético Actos, comercializado en España por Lilly , habiendo sido ya retirado del mercado francés y alemán y objeto de varias demandas en USA, está bajo estudio según informa la Agencia Española del Medicamento
El fármaco, aprobado en Europa en el año 2000 como una opción para los pacientes con diabetes tipo II que no respondían bien a la metformina, ha sido objeto de atención desde el año de su comercialización motivado por un incremento en el número de notificaciones espontáneas de cáncer de vejiga en pacientes sometidos a tratamiento con pioglitazona, componente activo del Actos.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, tras finalizar la revisión sobre los medicamentos antidiabéticos que contienen pioglitazona en relación al riesgo de cáncer de vejiga, de la que la que se informó el pasado 27 de junio de 2011, ha recientemente concluido que este medicamento sigue siendo una opción válida de tratamiento para determinados pacientes con diabetes tipo II a pesar del ligero incremento de riesgo de cáncer de vejiga observado en algunos estudios. La Agencia Española apunta igualmente que dicho incremento de riesgo puede minimizarse con una adecuada selección y seguimiento periódico de los pacientes.
Aún así, teniendo en cuenta que dos de los tres estudios epidemiológicos recientes sugieren un incremento de riesgo de cáncer de vejiga en los pacientes diabéticos tratados con pioglitazona, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recomienda:
No prescribir medicamentos que contienen pioglitazona a pacientes que hayan padecido o padezcan en la actualidad cáncer de vejiga.
Evaluar los factores de riesgo que presente el paciente para desarrollar cáncer de vejiga antes de iniciar el tratamiento con pioglitazona.
Revisar el tratamiento con pioglitazona después de tres a seis meses de comenzar el tratamiento para asegurar que sólo continúen con el tratamiento los pacientes que están teniendo un beneficio clínico suficiente.
La Agencia Española informa igualmente de que se va a iniciar un estudio epidemiológico pan-europeo con la finalidad de caracterizar más claramente este riesgo y en particular el periodo en el que éste pudiera ser mayor así como otros factores que puedan intervenir en el mismo.
Actos (clorhidrato de pioglitazona) es un miembro de una clase de las drogas conocidas como thiazolidinediones, que se han ligado a problemas de hígado y cardiovasculares. Los efectos secundarios de Actos incluyen alto riesgo de paro cardíaco congestivo, un riesgo elevado de problemas raros pero serios del hígado, un riesgo elevado de fracturas, y un riesgo elevado de cáncer de la vejiga.
Según informaba The Washington Post en su edición del pasado 8 de mayo de 2011 se han presentado ya numerosas demandas judiciales por daños y perjuicios derivados del consumo de Actos en Estados Unidos. Las reclamaciones han sido presentadas en contra del laboratorio farmacéutico Takeda, alegando que los pacientes que tomaron Actos desarrollaron cáncer de vejiga.
Respecto a las posibles reclamaciones en España por daños y perjuicios derivados de los efectos secundarios de este medicamento, es fundamental tener en cuenta que la información terapéutica, a diferencia del consentimiento informado, no agota su cumplimiento en un determinado momento, sino que es un proceso continuado abarca desde el inicio hasta el final del tratamiento del paciente.
Para mayor información en esta materia no dude contactar con Ana Romero, ana.romero@irwinmitchell.es , Jesús Pérez, jesus.perez@irwinmitchell.es o Natalia Astigarraga, natalia.astigarraga@irwinmitchell.es.
http://www.irwinmitchell.es/Noticias/2012/April/Antidiabetico-actos
El antidiabético Actos, comercializado en España por Lilly , habiendo sido ya retirado del mercado francés y alemán y objeto de varias demandas en USA, está bajo estudio según informa la Agencia Española del Medicamento
El fármaco, aprobado en Europa en el año 2000 como una opción para los pacientes con diabetes tipo II que no respondían bien a la metformina, ha sido objeto de atención desde el año de su comercialización motivado por un incremento en el número de notificaciones espontáneas de cáncer de vejiga en pacientes sometidos a tratamiento con pioglitazona, componente activo del Actos.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, tras finalizar la revisión sobre los medicamentos antidiabéticos que contienen pioglitazona en relación al riesgo de cáncer de vejiga, de la que la que se informó el pasado 27 de junio de 2011, ha recientemente concluido que este medicamento sigue siendo una opción válida de tratamiento para determinados pacientes con diabetes tipo II a pesar del ligero incremento de riesgo de cáncer de vejiga observado en algunos estudios. La Agencia Española apunta igualmente que dicho incremento de riesgo puede minimizarse con una adecuada selección y seguimiento periódico de los pacientes.
Aún así, teniendo en cuenta que dos de los tres estudios epidemiológicos recientes sugieren un incremento de riesgo de cáncer de vejiga en los pacientes diabéticos tratados con pioglitazona, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recomienda:
No prescribir medicamentos que contienen pioglitazona a pacientes que hayan padecido o padezcan en la actualidad cáncer de vejiga.
Evaluar los factores de riesgo que presente el paciente para desarrollar cáncer de vejiga antes de iniciar el tratamiento con pioglitazona.
Revisar el tratamiento con pioglitazona después de tres a seis meses de comenzar el tratamiento para asegurar que sólo continúen con el tratamiento los pacientes que están teniendo un beneficio clínico suficiente.
La Agencia Española informa igualmente de que se va a iniciar un estudio epidemiológico pan-europeo con la finalidad de caracterizar más claramente este riesgo y en particular el periodo en el que éste pudiera ser mayor así como otros factores que puedan intervenir en el mismo.
Actos (clorhidrato de pioglitazona) es un miembro de una clase de las drogas conocidas como thiazolidinediones, que se han ligado a problemas de hígado y cardiovasculares. Los efectos secundarios de Actos incluyen alto riesgo de paro cardíaco congestivo, un riesgo elevado de problemas raros pero serios del hígado, un riesgo elevado de fracturas, y un riesgo elevado de cáncer de la vejiga.
Según informaba The Washington Post en su edición del pasado 8 de mayo de 2011 se han presentado ya numerosas demandas judiciales por daños y perjuicios derivados del consumo de Actos en Estados Unidos. Las reclamaciones han sido presentadas en contra del laboratorio farmacéutico Takeda, alegando que los pacientes que tomaron Actos desarrollaron cáncer de vejiga.
Respecto a las posibles reclamaciones en España por daños y perjuicios derivados de los efectos secundarios de este medicamento, es fundamental tener en cuenta que la información terapéutica, a diferencia del consentimiento informado, no agota su cumplimiento en un determinado momento, sino que es un proceso continuado abarca desde el inicio hasta el final del tratamiento del paciente.
Para mayor información en esta materia no dude contactar con Ana Romero, ana.romero@irwinmitchell.es , Jesús Pérez, jesus.perez@irwinmitchell.es o Natalia Astigarraga, natalia.astigarraga@irwinmitchell.es.
http://www.irwinmitchell.es/Noticias/2012/April/Antidiabetico-actos
MINISTERIO DE SANIDAD/SANOFI AVENTIS: " ESTO ES LO QUE NOS HICIERON A LAS MUJERES SANAS, POR TOMAR EL NEUROLÉPTICO/ANTIPSICÓTICO AGREAL/VERALIPRIDA" ---- La psicofarmacología de última generación (antipsicóticos y ansiolíticos)
La psicofarmacología de última generación (antipsicóticos y ansiolíticos).
A los psicofármacos se los clasifica en: medicamentos psicolépticos, psicoanalépticos, psicodislépticos y antirrecurrenciales. Psicolépticos quiere decir que disminuyen la función psíquica. Acá entran los antipsicóticos, los ansiolíticos y los hipnosedantes.
¿Cuánto tiempo se da un antipsicótico? Generalmente de por vida.
Si es el primer brote se habla de más o menos cinco años, si es el segundo brote, puede ser toda la vida. Una actitud prudente es mantener el antipsicótico de por vida.
Clase de Sosso, O., 18-05-1997. Revisión y redacción: R. Queipo y C. Zaffore. Psicofármacos I
Introducción:
El fármaco produce efectos terapéuticos y efectos adversos. Los efectos terapéuticos son los efectos buscados, y los efectos adversos son aquellos que uno no busca. Por lo tanto, cuando uno administra un medicamento lo que tiene que evaluar es riesgo – beneficio.
Los efectos adversos son varios: hay efectos que se llaman colaterales, efectos secundarios, efectos tóxicos, efectos idiosincrásicos y fenómenos de supresión de la medicación. Efectos colaterales se producen porque no hay ningún medicamento que actúe en un lugar específico y determinado. Se apunta a que vaya a actuar en determinado lugar, pero siempre como actúan sobre estructuras que se llaman receptores, estos no están ubicados dentro de un solo lugar del cuerpo, sino que están en distintas células, distribuidas en todo el organismo. Por lo tanto vamos a tener efectos terapéuticos y efectos colaterales que dependen de estos receptores distribuidos por todo el cuerpo y además porque uno quiere actuar sobre determinado receptor, y resulta que también se actúa en otro tipo de receptores.
Cuando uno administra un medicamento ocurren este tipo de fenómenos. Los colaterales tienen que ver con los efectos a nivel de los receptores; los efectos secundarios son efectos que aparecen cuando uno administra la medicación y van conjuntamente con el efecto terapéutico, los acompaña.
Los efectos tóxicos están relacionados con la dosis. Todo medicamento tiene una dosis terapéutica que actúa dentro de cierto margen. Si se da una dosis errónea, por encima de la dosis terapéutica, se produce un fenómeno que se llama toxico. Y lo idiosincrásico tiene que ver con la sensibilidad individual, hay pacientes que son muy sensibles a una medicación determinada, generalmente por factores genéticos.
Los efectos de supresión están relacionados con lo que ocurre cuando uno suspende abruptamente una medicación. Eso no se debe hacer nunca, pero a veces el mismo paciente abandona la medicación. De un día para el otro no quiere tomarla más, y acá aparecen una serie de sintomatologías que dependen de la supresión brusca de la medicación. Esto está relacionado con los fenómenos de tolerancia y dependencia y con la adicción. Hay psicofármacos que producen adicción. La mayoría no la produce, pero los que producen adicción son las benzodiacepinas, los ansiolíticos. El nivel de consumo de los ansiolíticos a nivel mundial, y en la Argentina también, es una cifra altísima.
Todo medicamento produce un efecto, y este efecto es producido por un lado por el mecanismo de acción del psicofármaco, y por otro lado por un efecto psicológico que ayuda al efecto terapéutico que se llama efecto placebo. El placebo refuerza el mecanismo de acción farmacológico y se suma al efecto terapéutico. Pero cuando el efecto psicológico es nocivo, se llama nocebo, y este efecto nocebo disminuye el efecto farmacológico. Así que toda medicación se debe dar en un contexto, y este es un contexto psicoterapéutico. No se puede dar una medicación y nada más, no hablar con el paciente, no conocerlo.
Si uno establece un buen vínculo va a necesitar menos dosis de psicofármacos para obtener el mismo efecto terapéutico que otro que haga un abordaje exclusivamente psicofarmacológico.
¿Cuál es el efecto que produce una droga? Aumentar o disminuir una función, una función celular; no crea ninguna función nueva. A una función que esta disminuida, los psicofármacos tratan de estimularla, y a una función que está funcionando de más, los psicofármacos tratan de disminuirla.
El nivel de acción es el molecular: receptores, enzimas, mecanismos de transporte y componentes moleculares del aparato genético.
Hay tres sistemas de integración en el cuerpo que son: el sistema nervioso, el sistema hormonal (endocrinológico), y el sistema inmunitario. Estos son los tres grandes sistemas de integración que tiene el organismo. A nosotros nos interesa en este momento el sistema nervioso.
El sistema nervioso está integrado por células especiales que son células excitables, que tienen la capacidad de excitarse y de transmitir el impulso nervioso; las células (neuronas) se comunican entre sí.
Las neuronas no contactan entre sí sino que están separadas por un espacio, el espacio sináptico. La neurona pre sináptica, es decir la que esta antes de la sinapsis envía la comunicación (el mensaje). Y el mensajero es el mediador químico. Las células transmiten impulsos nerviosos, pero como están separadas por un espacio que es el espacio sináptico, transmite el impulso a otra neurona a través de una sustancia química. Esta sustancia química es el mensajero químico llamado neurotransmisor. La neurona post sináptica tiene a nivel de la membrana celular elementos específicos llamados receptores. Receptor es un elemento (una proteína grande, una macro proteína, una molécula muy grande) especial para reconocer al mensajero químico.
http://saludypsicologia.com/6685/la-psicofarmacologia-de-ultima-generacion-antipsicoticos-y-ansioliticos/.
--------------
ESTO NOS HICIERON CON EL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA.
Y CON PREMEDITACIÓN A ALEVOCIA " LABORATORIOS SANOFI AVENTIS, ESPAÑA Y MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL":
CONTINUÁN:
"MINTIENDO SOBRE TODO LO QUE NOS HA PRODUCIDO EL AGREAL EN NUESTRA SALUD".
Y OTROS "GOBIERNOS" INDIQUEMOS: "MÉXICO" CONTINUAN, ENFERMANDO A LAS MUJERES DE MÉXICO CON EL MEDICAMENTO:
ACLIMAFEL/VERALIPRIDA.
A los psicofármacos se los clasifica en: medicamentos psicolépticos, psicoanalépticos, psicodislépticos y antirrecurrenciales. Psicolépticos quiere decir que disminuyen la función psíquica. Acá entran los antipsicóticos, los ansiolíticos y los hipnosedantes.
¿Cuánto tiempo se da un antipsicótico? Generalmente de por vida.
Si es el primer brote se habla de más o menos cinco años, si es el segundo brote, puede ser toda la vida. Una actitud prudente es mantener el antipsicótico de por vida.
Clase de Sosso, O., 18-05-1997. Revisión y redacción: R. Queipo y C. Zaffore. Psicofármacos I
Introducción:
El fármaco produce efectos terapéuticos y efectos adversos. Los efectos terapéuticos son los efectos buscados, y los efectos adversos son aquellos que uno no busca. Por lo tanto, cuando uno administra un medicamento lo que tiene que evaluar es riesgo – beneficio.
Los efectos adversos son varios: hay efectos que se llaman colaterales, efectos secundarios, efectos tóxicos, efectos idiosincrásicos y fenómenos de supresión de la medicación. Efectos colaterales se producen porque no hay ningún medicamento que actúe en un lugar específico y determinado. Se apunta a que vaya a actuar en determinado lugar, pero siempre como actúan sobre estructuras que se llaman receptores, estos no están ubicados dentro de un solo lugar del cuerpo, sino que están en distintas células, distribuidas en todo el organismo. Por lo tanto vamos a tener efectos terapéuticos y efectos colaterales que dependen de estos receptores distribuidos por todo el cuerpo y además porque uno quiere actuar sobre determinado receptor, y resulta que también se actúa en otro tipo de receptores.
Cuando uno administra un medicamento ocurren este tipo de fenómenos. Los colaterales tienen que ver con los efectos a nivel de los receptores; los efectos secundarios son efectos que aparecen cuando uno administra la medicación y van conjuntamente con el efecto terapéutico, los acompaña.
Los efectos tóxicos están relacionados con la dosis. Todo medicamento tiene una dosis terapéutica que actúa dentro de cierto margen. Si se da una dosis errónea, por encima de la dosis terapéutica, se produce un fenómeno que se llama toxico. Y lo idiosincrásico tiene que ver con la sensibilidad individual, hay pacientes que son muy sensibles a una medicación determinada, generalmente por factores genéticos.
Los efectos de supresión están relacionados con lo que ocurre cuando uno suspende abruptamente una medicación. Eso no se debe hacer nunca, pero a veces el mismo paciente abandona la medicación. De un día para el otro no quiere tomarla más, y acá aparecen una serie de sintomatologías que dependen de la supresión brusca de la medicación. Esto está relacionado con los fenómenos de tolerancia y dependencia y con la adicción. Hay psicofármacos que producen adicción. La mayoría no la produce, pero los que producen adicción son las benzodiacepinas, los ansiolíticos. El nivel de consumo de los ansiolíticos a nivel mundial, y en la Argentina también, es una cifra altísima.
Todo medicamento produce un efecto, y este efecto es producido por un lado por el mecanismo de acción del psicofármaco, y por otro lado por un efecto psicológico que ayuda al efecto terapéutico que se llama efecto placebo. El placebo refuerza el mecanismo de acción farmacológico y se suma al efecto terapéutico. Pero cuando el efecto psicológico es nocivo, se llama nocebo, y este efecto nocebo disminuye el efecto farmacológico. Así que toda medicación se debe dar en un contexto, y este es un contexto psicoterapéutico. No se puede dar una medicación y nada más, no hablar con el paciente, no conocerlo.
Si uno establece un buen vínculo va a necesitar menos dosis de psicofármacos para obtener el mismo efecto terapéutico que otro que haga un abordaje exclusivamente psicofarmacológico.
¿Cuál es el efecto que produce una droga? Aumentar o disminuir una función, una función celular; no crea ninguna función nueva. A una función que esta disminuida, los psicofármacos tratan de estimularla, y a una función que está funcionando de más, los psicofármacos tratan de disminuirla.
El nivel de acción es el molecular: receptores, enzimas, mecanismos de transporte y componentes moleculares del aparato genético.
Hay tres sistemas de integración en el cuerpo que son: el sistema nervioso, el sistema hormonal (endocrinológico), y el sistema inmunitario. Estos son los tres grandes sistemas de integración que tiene el organismo. A nosotros nos interesa en este momento el sistema nervioso.
El sistema nervioso está integrado por células especiales que son células excitables, que tienen la capacidad de excitarse y de transmitir el impulso nervioso; las células (neuronas) se comunican entre sí.
Las neuronas no contactan entre sí sino que están separadas por un espacio, el espacio sináptico. La neurona pre sináptica, es decir la que esta antes de la sinapsis envía la comunicación (el mensaje). Y el mensajero es el mediador químico. Las células transmiten impulsos nerviosos, pero como están separadas por un espacio que es el espacio sináptico, transmite el impulso a otra neurona a través de una sustancia química. Esta sustancia química es el mensajero químico llamado neurotransmisor. La neurona post sináptica tiene a nivel de la membrana celular elementos específicos llamados receptores. Receptor es un elemento (una proteína grande, una macro proteína, una molécula muy grande) especial para reconocer al mensajero químico.
http://saludypsicologia.com/6685/la-psicofarmacologia-de-ultima-generacion-antipsicoticos-y-ansioliticos/.
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ESTO NOS HICIERON CON EL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA.
Y CON PREMEDITACIÓN A ALEVOCIA " LABORATORIOS SANOFI AVENTIS, ESPAÑA Y MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL":
CONTINUÁN:
"MINTIENDO SOBRE TODO LO QUE NOS HA PRODUCIDO EL AGREAL EN NUESTRA SALUD".
Y OTROS "GOBIERNOS" INDIQUEMOS: "MÉXICO" CONTINUAN, ENFERMANDO A LAS MUJERES DE MÉXICO CON EL MEDICAMENTO:
ACLIMAFEL/VERALIPRIDA.
Drogas biosimilares aún no tienen control
Drogas biosimilares aún no tienen control
A Lilian Valencia le detectaron artritis reumatoidea hace más de tres décadas y desde entonces su salud se ha ido deteriorando lentamente hasta volverse una persona dependiente.
En un intento por mejorar su calidad de vida, desde hace algunos años Valencia recibe tratamiento con medicación biológica, una alternativa terapéutica nueva, que es producida a partir de un organismo vivo, que puede ser un virus, una bacteria o un parásito, y que le ha dado muy buenos resultados, pero que en el país no está reglamentada.
Los biológicos están recomendados principalmente para pacientes con enfermedades de categoría catastrófica como lupus, linfoma, cáncer de distintos tipos y artritis reumatoidea. Fueron ellos, un grupo de 70 aproximadamente, los que acudieron el pasado jueves hasta el edificio del Ministerio de Salud Pública (MSP) para reclamar la elaboración y aprobación de un reglamento de biosimilares, que garantice su calidad en los tratamientos.
Este pedido no es nuevo. Los pacientes como Valencia, su hija Mireya Falcones (quien ya presenta síntomas de la enfermedad) y casi 600.000 que en Ecuador padecen enfermedades catastróficas lo vienen reclamando desde hace dos años y aún deben esperar seis meses, porque no está listo, según los asesores de la ministra de Salud, Carina Vance.
Los afectados calificaron de inaceptable la respuesta de las autoridades y a través de una carta enviada al MSP aseguran que "el reglamento desde hace meses ya estaba listo para la firma de la máxima autoridad".
Los pacientes no están pidiendo la subvención de los biosimilares por parte del Estado, sino "el acceso a medicinas que cumplan con un proceso exhaustivo de evaluación en la demostración de su calidad, objetivo que solamente se garantizará con la expedición de un reglamento de biosimilares", detalla la misiva.
Por la falta de una normativa, al país están ingresando productos, procedentes de países asiáticos, que no cuentan con ningún estudio que garantice su calidad, dijo la oncóloga clínica Glenda Ramos.
Según la especialista, los médicos no están en contra del uso de estos medicamentos, pero no pueden recetar productos de laboratorios desconocidos y que presentan estudios de calidad incompletos.
En ese contexto, al igual que los pacientes, el sector médico demanda la aprobación de una regulación, la cual ya existe; únicamente hay que seguir los lineamientos de la Agencia Europea de Medicamentos, la Organización Mundial de la Salud y la Agencia de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos, tal como lo han hecho México, Venezuela, Colombia, entre otros países.
Los pacientes esperan que la normativa sea aprobada lo más rápido posible, pues requieren de los productos y temen que los laboratorios los estén usando como conejillos de indias, tal como ocurrió con Digna Aguilera, quien después de largos tratamientos con la medicina tradicional (químicos) se cambió a la biológica. Los resultados fueron los mejores, pero al usar un biosimilar tuvo una fuerte recaída.
Los biosimilares son medicamentos parecidos a los biológicos y en el país los primeros no se comercializan o al menos no deberían comercializarse porque no hay una regulación que garantice su calidad, indicó Ramos.
Mientras tanto, Valencia continuará con su tratamiento con Aclasta, una inyección biogenética que le ayuda a aliviar los dolores articulares y que en el mercado tiene un costo de 396 dólares.
"Si no trabajara mi mamá ya hubiera muerto", indicó Falcones, quien viajó desde Guayaquil a Quito, para exigir la aprobación del reglamento.
http://expreso.ec/expreso/plantillas/nota_print.aspx?idArt=3248172&tipo=2
A Lilian Valencia le detectaron artritis reumatoidea hace más de tres décadas y desde entonces su salud se ha ido deteriorando lentamente hasta volverse una persona dependiente.
En un intento por mejorar su calidad de vida, desde hace algunos años Valencia recibe tratamiento con medicación biológica, una alternativa terapéutica nueva, que es producida a partir de un organismo vivo, que puede ser un virus, una bacteria o un parásito, y que le ha dado muy buenos resultados, pero que en el país no está reglamentada.
Los biológicos están recomendados principalmente para pacientes con enfermedades de categoría catastrófica como lupus, linfoma, cáncer de distintos tipos y artritis reumatoidea. Fueron ellos, un grupo de 70 aproximadamente, los que acudieron el pasado jueves hasta el edificio del Ministerio de Salud Pública (MSP) para reclamar la elaboración y aprobación de un reglamento de biosimilares, que garantice su calidad en los tratamientos.
Este pedido no es nuevo. Los pacientes como Valencia, su hija Mireya Falcones (quien ya presenta síntomas de la enfermedad) y casi 600.000 que en Ecuador padecen enfermedades catastróficas lo vienen reclamando desde hace dos años y aún deben esperar seis meses, porque no está listo, según los asesores de la ministra de Salud, Carina Vance.
Los afectados calificaron de inaceptable la respuesta de las autoridades y a través de una carta enviada al MSP aseguran que "el reglamento desde hace meses ya estaba listo para la firma de la máxima autoridad".
Los pacientes no están pidiendo la subvención de los biosimilares por parte del Estado, sino "el acceso a medicinas que cumplan con un proceso exhaustivo de evaluación en la demostración de su calidad, objetivo que solamente se garantizará con la expedición de un reglamento de biosimilares", detalla la misiva.
Por la falta de una normativa, al país están ingresando productos, procedentes de países asiáticos, que no cuentan con ningún estudio que garantice su calidad, dijo la oncóloga clínica Glenda Ramos.
Según la especialista, los médicos no están en contra del uso de estos medicamentos, pero no pueden recetar productos de laboratorios desconocidos y que presentan estudios de calidad incompletos.
En ese contexto, al igual que los pacientes, el sector médico demanda la aprobación de una regulación, la cual ya existe; únicamente hay que seguir los lineamientos de la Agencia Europea de Medicamentos, la Organización Mundial de la Salud y la Agencia de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos, tal como lo han hecho México, Venezuela, Colombia, entre otros países.
Los pacientes esperan que la normativa sea aprobada lo más rápido posible, pues requieren de los productos y temen que los laboratorios los estén usando como conejillos de indias, tal como ocurrió con Digna Aguilera, quien después de largos tratamientos con la medicina tradicional (químicos) se cambió a la biológica. Los resultados fueron los mejores, pero al usar un biosimilar tuvo una fuerte recaída.
Los biosimilares son medicamentos parecidos a los biológicos y en el país los primeros no se comercializan o al menos no deberían comercializarse porque no hay una regulación que garantice su calidad, indicó Ramos.
Mientras tanto, Valencia continuará con su tratamiento con Aclasta, una inyección biogenética que le ayuda a aliviar los dolores articulares y que en el mercado tiene un costo de 396 dólares.
"Si no trabajara mi mamá ya hubiera muerto", indicó Falcones, quien viajó desde Guayaquil a Quito, para exigir la aprobación del reglamento.
http://expreso.ec/expreso/plantillas/nota_print.aspx?idArt=3248172&tipo=2
miércoles, 18 de abril de 2012
SANOFI AVENTIS "MEDICAMENTO AGREAL EN ESPAÑA" : «Nos dieron veneno y las secuelas serán para siempre»
«Nos dieron veneno y las secuelas serán para siempre»
Josefa García tomó ‘Agreal’ todos los días desde 2000 hasta 2005 y ahora los temblores que sufre son crónicos.
Josefa García, de 64, aún sufre las secuelas que le produjo el consumo del medicamento Agreal durante cinco años y sin faltar un solo día. “Era veneno”. Los temblores persisten, la ansiedad va y viene, como una montaña rusa, su vida ya nunca será la misma: “Estas secuelas ya son para toda la vida, hasta que me muera”.
Si embargo, esta onubense se ha llevado una gran alegría. La Justicia le ha dado definitivamente la razón. La Audiencia Provincial de Huelva ha parado los pies al laboratorio Sanofi en la espiral de recursos interpuestos contra las sentencias que dan la razón a dos onubenses perjudicadas por el Agreal. El tribunal onubense impide a la empresa acudir al Tribunal Supremo.
Josefa García es una de las víctimas, y junto a María Carrasco, la otra afectada, puede presumir de haber asestado un duro golpe a uno de los laboratorios del sector farmacéutico más importantes del mundo.
Agreal (principio activo Veralipride) es un medicamento indicado contra trastornos vasomotores y manifestaciones psicofuncionales de la menopausia. Su comercialización ha sido suspendida por Sanidad debido a los efectos adversos que ha perjudicado a cientos de mujeres en todo el país.
En el caso de Josefa García, los síntomas se manifestaron sobre todo en forma de “temblores y mucha ansiedad”. Fue el médico de cabecera el que le recetó Agreal en el año 2000 para tratar la menopausia. En los cinco años siguientes, Josefa tomó las cápsulas a diario. “En el prospecto no decían nada de cuándo había que tomarlas o cuándo había que descansar, así que me tomaba una todas las mañanas”.
Empezó a notar los efectos a los pocos meses: “Tenía temblores en las manos y la mandíbula, muchísima ansiedad, insomnio; iba andando por la calle como los zombis, como si fuera una anciana de 80 años, sin ganas de nada, ni de comer”.
Como ella, muchas mujeres de toda España tenían los mismos síntomas. En 2005, las denuncias contra el laboratorio se multiplicaron, el caso llegó a los medios de comunicación. Entonces, advertida por su hija Araceli, Josefa dejó de tomar Agreal. Era demasiado tarde, pero había que hacer Justicia.
Josefa García ha estado representada por el abogado Fernando Osuna (Bufete Osuna), y lo cierto es que todas las pruebas le dieron la razón. La primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Huelva fue favorable, así como la segunda que dictó la Audiencia tras un recurso interpuesto por el laboratorio Sanofi.
El tribunal sentenció que en el caso de Josefa García existe una relación causa-efecto entre la ingesta de Agreal y los síndromes extrapiramidales y discinéticos (fundamentalmente temblores)”. Por otro lado, sentenció que el medicamento estaba acompañado de un prospecto de información al usuario “claramente insuficiente” en cuanto a la composición, posología y efectos adversos” del mismo.
La sentencia condenó a Sanofi al pago de una indemnización de 17.688 euros a Josefa García. La afectada consideró la cantidad insuficiente “para el daño que me han hecho, pues –dijo– he estado tomando un veneno durante cinco años que me ha dejado secuelas para toda la vida”. En cualquier caso, aseguró que lo importante en esta causa no era el dinero, sino que “se hiciera Justicia”.
Según explicó el Bufete Osuna, las afectadas, a lo largo de los litigios, aportaron suficiente documentación médica y demostraron que antes de tomar Agreal no habían tenido los padecimientos y que no hubo ninguna causa que incidiera en su salud y causara los males.
La Justicia ha concluido definitivamente que el fármaco produce efectos extrapiramidales (temblores, movimientos involuntarios, parkinson, etcétera), así como que el laboratorio debería haber incluido en el prospecto una advertencia sobre la posibilidad de efectos psiquiátricos. Del mismo modo, la información del medicamento tampoco contenía ninguna advertencia sobre los posibles efectos referidos.
En la provincia de Huelva son dos las afectadas, y han ganado la batalla contra Sanofi en los tribunales. Josefa García, satisfecha con el punto y final a esta causa, afirmó que esta resolución debe servir para animar a otras muchas mujeres afectadas por el consumo del medicamento a acudir a los tribunales para denunciar al laboratorio.
En la respuesta definitiva de la Audiencia, se contempla que los argumentos empleados por Sanofi “son muy forzados, endebles, y por ello han sido desestimados por el Supremo”.
http://www.elperiodicodehuelva.es/index.php/premios/item/13506-nos-dieron-veneno-y-las-secuelas-serán-para-siempre
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AUTÉNTICO "VENENO" COMPAÑERA Y LO PEOR DE TODO "QUE NINGÚN "GOBIERNO" DESDE LA ERA DE D. FELIPE GONZÁLEZ MARQUEZ, QUE FUÉ CUÁNDO SE AUTORIZÓ EL AGREAL EN ESPAÑA " NADIE HIZO NADA POR EVITAR ESTA MASACRE EN LA SALUD DE LAS PERSONAS".
CALDERILLA ES LO QUE TE HAN DESIGNADO PARA LO QUE "HEMOS PASADO, ESTAMOS PASANDO Y QUE DE POR VIDA "PASAREMOS".
LOS SANOFI AVENTIS "SABIAN QUÉ NOS ESTABAN DANDO" PERO A ELLOS ¿QUÉ LES IMPORTABAN? SOLO "GANAR Y GANAR DINERO".
¿CUÁNDO PARARÁN LOS GOBIERNOS CON TODO ESTO?
LAS LUCHADORAS DEL AGREAL EN ESPAÑA "CONTINUAREMOS":
HASTA CONOCER Y QUE SE "RECONOZCA, TODA LA VERDAD DEL MEDICAMENTO AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA.
"UNA MASACRE EN LA SALUD DE LA MUJER ESPAÑOLA, SIN PRECEDENTES EN LA HISTORIA DE ESPAÑA".
sábado, 14 de abril de 2012
SANOFI AVENTIS- SANOFI "CONDENADO POR EL MEDICAMENTO AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA"
La Audiencia confirma las sentencias contra el medicamento Agreal.
La Audiencia Provincial de Huelva ha acordado denegar al fabricante del medicamento Agreal la posibilidad de acudir al Tribunal Supremo, según se recoge en el auto que ha emitido. En el mismo se indica que las sentencias, que habían sido recurridas por el laboratorio del medicamento, tanto de la propia Audiencia, como del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Huelva, son correctas y no hay motivos para anularlas o rechazarlas, dándole la razón a las afectadas y perjudicadas por el Agreal. En Huelva hay dos casos de afectadas por este medicamento.
El T. SUPREMO, en otro proceso que llegó a tan alta instancia, que afecta a tres mujeres, que no son de HUELVA, tampoco le dio la razón al laboratorio y condena en costas al fabricante SANOFI, es decir le obliga a pagar los abogados y procuradores de las afectadas, las cuales consiguieron indemnizaciones a favor de las perjudicadas por el medicamento entre 8.000 y 6.000 euros, cantidades que a simple vista son ridículas. A las afectadas lo que más le ha gratificado es que les den la razón en los tribunales de justicia, es una victoria mooral, aunque económicamente sean reducidas las cantidades.
Con estas sentencias ya es definitivo que el medicamento:
A) Produce efectos extrapiramidales (temblores, movimientos involuntarios, discinesias, parkinson, etc.)
B) La posibilidad de reacciones adversas de carácter psiquiátrico es polémica y hay división de opiniones. Lo que sí mantiene el Tribunal es que lo razonable y prudente hubiera sido incluir una advertencia sobre la posibilidad de efectos psiquiátricos en el prospecto, extremo que no cumplió el laboratorio condenado.
C) Igual ocurre con el síndrome de abstinencia. Ante esa diferencia de pareceres entre los científicos, el Tribunal concluye que lo razonable y prudente hubiera sido incluir una advertencia sobre la posibilidad de estos efectos en el prospecto, extremo que no cumplió el laboratorio condenado.
D) Acerca de la duración del tratamiento con AGREAL, se censura al laboratorio porque la información que facilita en el prospecto es equívoca e incompleta.
Se ha demostrado, por tanto, la relación entre la toma del medicamento y los resultados dañinos para la salud de estas personas.
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SANOFI AVENTIS " PARA USTEDES, ES CALDERILLA" COMPARADO CON LOS GRAVISIMOS E IRREVERSIBLES DAÑOS A NUESTRA SALUD.
PERO LEAN BIEN:
" TANTO PARA EL MINISTERIO DE SANIDAD COMO PARA USTEDES".
DE LAS LUCHADORAS "AÚN RECIBIRÁN MALAS NOTICIAS" POR EL MEDICAMENTO AGREAL EN ESPAÑA.
viernes, 13 de abril de 2012
SANOFI AVENTIS/MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL " AGREAL-VERALIPRIDA " Y LOS INCOMPETENTES DE LA AGENCIA REGURALADORA DE LOS MEDICAMENTOS EN ESPAÑA"
SANOFI AVENTIS/MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL " AGREAL-VERALIPRIDA " Y LOS INCOMPETENTES DE LA AGENCIA REGURALADORA DE LOS MEDICAMENTOS EN ESPAÑA".
FORMULA QUIMICA DE LA VERALIPRIDE: N - [(1-allylpyrrolidin-2-il) metil] -5 - (aminosulfonil) -2,3-dimetoxibenzamida.
ESPAÑA LE INDICA EN LOS AÑOS DE EXISTENCIA DEL AGREAL-VERALIPRIDA, LA ATC. "OTRAS HORMONAS SEXUALES"
LEAN Y NO ENCONTRARÁN: "AGREAL/VERALIPRIDA":
El Anatómica Terapéutica Química (ATC) Sistema de Clasificación se utiliza para la clasificación de las drogas. It is controlled by the WHO Collaborating Centre for Drug Statistics Methodology, and was first published in 1976. Está controlada por la OMS, Centro Colaborador de Estadística de la Metodología de drogas, y fue publicado por primera vez en 1976.
The classification system divides drugs into different groups according to the organ or system on which they act and/or their therapeutic and chemical characteristics . El sistema de clasificación divide a las drogas en diferentes grupos según el órgano o sistema sobre el que actúan y / o sus características terapéuticas y químicas.
G03 Código ATC (OTRAS HORMONAS SEXUALES O SISTEMA GENITO-URINARIOS Y HORMONAS SECUALES
" LA QUE SEMPRE INDICÓ ESPAÑA EN LA VERALIPRIDA.
ATC code G03 Sex hormones and modulators of the genital system is a therapeutic subgroup of the Anatomical Therapeutic Chemical Classification System , a system of alphanumeric codes developed by the WHO for the classification of drugs and other medical products. Las hormonas sexuales código ATC G03 y moduladores del sistema genital es un subgrupo terapéutico de la Anatomical Therapeutic Chemical Classification System, un sistema de códigos alfanuméricos desarrollado por la OMS para la clasificación de medicamentos y otros productos médicos. Subgroup G03 is part of the anatomical group G Genito-urinary system and sex hormones . Subgrupo G03 es parte del grupo anatómica G sistema genito-urinario y hormonas sexuales.
Codes for veterinary use ( ATCvet codes ) can be created by placing the letter Q in front of the human ATC code: QG03 ... ATCvet codes without corresponding human ATC codes are cited with the leading Q in the following list. Códigos para uso veterinario (códigos ATCvet) puede ser creado mediante la colocación de la letra Q en frente del código ATC humanos: QG03 ... códigos ATCvet humanos sin las correspondientes códigos ATC se citan con la Q de liderazgo en la siguiente lista:
G03A anticonceptivos hormonales de uso sistémico
G03AA Progestogens and estrogens , fixed combinations
G03AA progestágenos y estrógenos, combinaciones fijas,
G03AA01 Etynodiol and estrogen
G03AA01 Etynodiol y el estrógeno
G03AA02 Quingestanol and estrogen
G03AA02 Quingestanol y el estrógeno
G03AA03 Lynestrenol and estrogen
G03AA03 linestrenol y el estrógeno
G03AA04 Megestrol and estrogen
G03AA04 de megestrol y el estrógeno
G03AA05 Norethisterone and estrogen
G03AA05 Noretisterona y estrógeno
G03AA06 Norgestrel and estrogen
G03AA06 Norgestrel y estrógeno
G03AA07 Levonorgestrel and estrogen
G03AA07 Levonorgestrel y estrógenos
G03AA08 Medroxyprogesterone and estrogen
G03AA08 de medroxiprogesterona y el estrógeno
G03AA09 Desogestrel and estrogen
G03AA09 Desogestrel y estrógeno
G03AA10 Gestodene and estrogen
G03AA10 Gestodeno y estrógeno
G03AA11 Norgestimate and estrogen
G03AA11 Norgestimato y el estrógeno
G03AA12 Drospirenone and estrogen
G03AA12 drospirenona y el estrógeno
G03AA13 Norelgestromin and estrogen
G03AA13 norelgestromina y el estrógeno
G03AB Progestogens and estrogens, sequential preparations G03AB progestágenos y estrógenos, preparados secuenciales
G03AB01 Megestrol and estrogen
G03AB01 de megestrol y el estrógeno
G03AB02 Lynestrenol and estrogen
G03AB02 linestrenol y el estrógeno
G03AB03 Levonorgestrel and estrogen
G03AB03 Levonorgestrel y estrógenos
G03AB04 Norethisterone and estrogen
G03AB04 Noretisterona y estrógeno
G03AB05 Desogestrel and estrogen
G03AB05 Desogestrel y estrógeno
G03AB06 Gestodene and estrogen
G03AB06 Gestodeno y estrógeno
G03AB07 Chlormadinone and estrogen
G03AB07 clormadinona y el estrógeno
G03AC Progestogens
G03AC Progestágenos
G03AC01 Norethisterone
G03AC01 noretisterona
G03AC02 Lynestrenol
G03AC02 linestrenol
G03AC03 Levonorgestrel
G03AC03 Levonorgestrel
G03AC04 Quingestanol
G03AC04 Quingestanol
G03AC05 Megestrol
G03AC05 megestrol
G03AC06 Medroxyprogesterone G03AC06 medroxiprogesterona
G03AC07 Norgestrienone G03AC07 Norgestrienone
G03AC08 Etonogestrel G03AC08 etonogestrel
G03AC09 Desogestrel G03AC09 Desogestrel
G03B AndrogensG03B Andrógenos
G03BA 3-oxoandrosten-(4) derivativesG03BA 3-oxoandrosten-(4) derivados
G03BA01 Fluoxymesterone G03BA01 Fluoximesterona
G03BA02 Methyltestosterone G03BA02 Metiltestosterona
G03BA03 Testosterone G03BA03 testosterona
G03BB 5-androstanon-(3) derivativesG03BB 5-androstanon-(3) los derivados
G03BB01 Mesterolone
G03BB01 Mesterolone
G03BB02 Androstanolone
G03BB02 Androstanolone
G03C Estrogens
G03C Estrógenos
G03CA Natural and semisynthetic estrogens, plain
G03CA estrógenos naturales y semisintéticos, llano
G03CA01 Ethinylestradiol
G03CA01 etinilestradiol
G03CA03 Estradiol
G03CA03 Estradiol
G03CA04 Estriol
G03CA04 estriol
G03CA06 Chlorotrianisene
G03CA06 Chlorotrianisene
G03CA07 Estrone
G03CA07 estrona
G03CA09 Promestriene
G03CA09 Promestriene
G03CA53 Estradiol, combinations
G03CA53 Estradiol, combinaciones de
G03CA57 Conjugated estrogens
G03CA57 estrógenos conjugados
G03CB Synthetic estrogens, plain
G03CB estrógenos sintéticos, sencillos
G03CB01 Dienestrol
G03CB01 Dienestrol
G03CB02 Diethylstilbestrol
G03CB02 dietilestilbestrol
G03CB03 Methallenestril
G03CB03 Methallenestril
G03CB04 Moxestrol
G03CB04 Moxestrol
G03CC Estrogens, combinations with other drugs
G03CC estrógenos, combinaciones con otras drogas
G03CC02 Dienestrol
G03CC02 Dienestrol
G03CC03 Methallenestril
G03CC03 Methallenestril
G03CC04 Estrone
G03CC04 estrona
G03CC05 Diethylstilbestrol
G03CC05 dietilestilbestrol
G03CC06 Estriol
G03CC06 estriol
G03CX01 Other estrogens
G03CX01 otros estrógenos
G03CX01 Tibolone
G03CX01 tibolona
G03D Progestogens
G03D Progestágenos
G03DA Pregnen -(4) derivatives
G03DA pregnen - (4) derivados
G03DA01 Gestonorone
G03DA01 Gestonorone
G03DA02 Medroxyprogesterone
G03DA02 medroxiprogesterona
G03DA03 Hydroxyprogesterone
G03DA03 Hidroxiprogesterona
G03DA04 Progesterone
G03DA04 progesterona
QG03DA90 Proligeston
QG03DA90 Proligeston
G03DB Pregnadien derivatives
G03DB Pregnadien derivados
G03DB01 Dydrogesterone
G03DB01 Dydrogesterone
G03DB02 Megestrol
G03DB02 megestrol
G03DB03 Medrogestone
G03DB03 Medrogestone
G03DB04 Nomegestrol
G03DB04 nomegestrol
G03DB05 Demegestone
G03DB05 Demegestone
G03DB06 Chlormadinone
G03DB06 Clormadinona
G03DB07 Promegestone
G03DB07 Promegestone
G03DC Estren derivatives
G03DC ESTRENO derivados
G03DC01 Allylestrenol
G03DC01 Allylestrenol
G03DC02 Norethisterone
G03DC02 noretisterona
G03DC03 Lynestrenol
G03DC03 linestrenol
G03DC04 Ethisterone
G03DC04 Etisterona
G03DC05 Tibolone
G03DC05 tibolona
G03DC06 Etynodiol
G03DC06 Etynodiol
G03DC31 Methylestrenolone
G03DC31 Methylestrenolone
QG03DX Other progestogens Otros
QG03DX progestágenos
QG03DX90 Altrenogest
QG03DX90 altrenogest
QG03DX91 Delmadinone
QG03DX91 Delmadinone
G03E Androgens and female sex hormones in combination
G03E Andrógenos y hormonas sexuales femeninas en combinación
G03EA Androgens and estrogens
G03EA andrógenos y estrógenos
G03EA01 Methyltestosterone and estrogen
G03EA01 Metiltestosterona y el estrógeno
G03EA02 Testosterone and estrogen
G03EA02 testosterona y el estrógeno
G03EA03 Prasterone and estrogen
G03EA03 Prasterona y el estrógeno
G03EB Androgen, progestogen and estrogen in combination
G03EB andrógenos, estrógenos y progestágenos en combinación
G03EK Androgens and female sex hormones in combination with otherdrugs
G03EK andrógenos y hormonas sexuales femeninas en combinación con otros fármacos
G03EK01 Methyltestosterone
G03EK01 Metiltestosterona
G03F Progestogens and estrogens in combination
G03F progestágenos y estrógenos en combinación
G03FA Progestogens and estrogens, fixed combinations
G03FA progestágenos y estrógenos, combinaciones fijas,
G03FA01 Norethisterone and estrogen
G03FA01 Noretisterona y estrógeno
G03FA02 Hydroxyprogesterone and estrógeno
G03FA02 Hidroxiprogesterona y el estrógeno
G03FA03 Ethisterone and estrogen
G03FA03 Etisterona y el estrógeno
G03FA04 Progesterone and estrógeno
G03FA04 progesterona y el estrógeno
G03FA05 Methylnortestosterone and estrogen
G03FA05 metilnortestosterona y el estrógeno
G03FA06 Etynodiol and estrogen
G03FA06 Etynodiol y el estrógeno
G03FA07 Lynestrenol and estrógeno
G03FA07 linestrenol y el estrógeno
G03FA08 Megestrol and estrogen
G03FA08 de megestrol y el estrógeno
G03FA09 Noretynodrel and estrogen
G03FA09 Noretynodrel y el estrógeno
G03FA10 Norgestrel and estrogen
G03FA10 Norgestrel y estrógeno
G03FA11 Levonorgestrel and estrogen
G03FA11 Levonorgestrel y estrógenos
G03FA12 Medroxyprogesterone and estrogen
G03FA12 de medroxiprogesterona y el estrógeno
G03FA13 Norgestimate and estrogen
G03FA13 Norgestimato y el estrógeno
G03FA14 Dydrogesterone and estrogen
G03FA14 Dydrogesterone y el estrógeno
G03FA15 Dienogest and estrogen
G03FA15 Dienogest y el estrógeno
G03FA16 Trimegestone and estrogen
G03FA16 Trimegestone y el estrógeno
G03FA17 Drospirenone and estrogen
G03FA17 drospirenona y el estrógeno
G03FB Progestogens and estrogens, sequential preparations
G03FB progestágenos y estrógenos, preparados secuenciales
G03FB01 Norgestrel and estrogen
G03FB01 Norgestrel y estrógeno
G03FB02 Lynestrenol and estrogen
G03FB02 linestrenol y el estrógeno
G03FB03 Chlormadinone and estrogen G03FB03 clormadinona y el estrógeno
G03FB04 Megestrol and estrogen
G03FB04 de megestrol y el estrógeno
G03FB05 Norethisterone and estrogen
G03FB05 Noretisterona y estrógeno
G03FB06 Medroxyprogesterone and estrogen
G03FB06 de medroxiprogesterona y el estrógeno
G03FB07 Medrogestone and estrogen
G03FB07 Medrogestone y el estrógeno
G03FB08 Dydrogesterone and estrogen
G03FB08 Dydrogesterone y el estrógeno
G03FB09 Levonorgestrel and estrogen
G03FB09 Levonorgestrel y estrógenos
G03FB10 Desogestrel and estrogen
G03FB10 Desogestrel y estrógeno
G03FB11 Trimegestone and estrogen
G03FB11 Trimegestone y el estrógeno
G03G Gonadotropins and other ovulation stimulants
G03G Gonadotrofinas y otros estimulantes de la ovulación
G03GA Gonadotropins
G03GA Gonadotropinas
G03GA01 Human chorionic gonadotropin Gonadotropina G03GA01 coriónica humana
G03GA02 Human menopausal gonadotropin Gonadotropina G03GA02 menopáusica humana
G03GA03 Serum gonadotropin
gonadotropina sérica
G03GA04 Urofollitropin
G03GA04 Urofolitropina
G03GA05 Follitropin alfa
G03GA05 folitropina alfa
G03GA06 Follitropin beta
G03GA06 folitropina beta
G03GA07 Lutropin alfa
G03GA07 Lutropina alfa
G03GA08 Choriogonadotropin alfa
G03GA08 Coriogonadotropina alfa
G03GA30 Combinations Combinaciones
G03GA30
QG03GA90 Follicle stimulating hormone -pituitary
QG03GA90 hormona folículo estimulante-hipófisis
QG03GA99 Gonadotropins, combinations
QG03GA99 gonadotrofinas, las combinaciones
G03GB Ovulation stimulants, synthetic
G03GB estimulantes de la ovulación, sintéticas
G03GB01 Cyclofenil
G03GB01 ciclofenilo
G03GB02 Clomifene
G03GB02 clomifeno
G03GB03 Epimestrol
G03GB03 Epimestrol
G03H Antiandrogens
G03H antiandrógenos antiandrógenos
G03HA Antiandrogens, plain
G03HA antiandrógenos, llano
G03HA01 Cyproterone
G03HA01 ciproterona
G03HB Antiandrogens and estrogens
G03HB antiandrógenos y los estrógenos
G03HB01 Cyproterone and estrogen
G03HB01 de ciproterona y el estrógeno
G03X Other sex hormones and modulators of the genital system Otros
G03X hormonas sexuales y moduladores del sistema genital
G03XA Antigonadotropins and similar agents
G03XA Antigonadotropins y similares agentes
G03XA01 Danazol
G03XA01 danazol
G03XA02 Gestrinone
G03XA02 gestrinona
QG03XA90 anti- Pmsg
QG03XA90 anti-PMSG
G03XB Antiprogestogens
G03XB Antiprogestogens
G03XB01 Mifepristone
G03XB01 mifepristona
QG03XB90 Aglepristone
QG03XB90 Aglepristone
G03XC Selective estrogen receptor modulators
G03XC moduladores selectivos de receptores de estrógeno
G03XC01 Raloxifene
G03XC01 Raloxifeno.
"NO LA HAN LEIDO NI VISTO EL AGREAL/VERALIPRIDA"
PUES BIEN:
DENTRO DE LAS "BENZAMIDAS/ANTIPSICÓTICOS":
LA OMS. LO INDICA:
VERALIPRIDE- LA ATC. :
N05AL06 veralipride
SIGUEN MITIENDO:
"NO RECONOCIENDO LOS DAÑOS IRREPARABLES QUE NOS HAN HECHO A NUESTRA SALUD".
Pero no les daremos el "gusto" a esos irresponsables de todo LO OCURRIDO CON EL AGREAL en España.
POR CIERTO:
¿ SABEIS QUIÉN FIRMÓ EL CONVENIO SOBRE LAS SUSTANCIAS PSICOTRÓPOCAS DE VIENA Y A LA QUE ESPAÑA SE UNIÓ?
HABEIS ACERTADO:
EL ENTONCES MINISTRO DE SANIDAD Y AHORA ABOGADO (ENTRE OTROS MUCHOS QUE TIENEN DE SANOFI).
ENRIQUE SÁNCHEZ DE LEON
Y QUE LUEGO VA "PROPONIENDO" EN CONFERENCIAS:
"AUTOCUIDADO DE LA SALUD"
Y A LOS "JUICIOS" VA A MENTIR SOBRE EL MEDICAMENTO "AGREAL EN ESPAÑA" O A PREGUNTAR:
¿ QUIENES NOS DIJERON LO DE "LAS FOFAS ESPAÑONAS" ?.
HAY "COPYRIGHT" DE LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS.
Fuerte sentencia contra J&J en un proceso sobre un tranquilizante -- ¡ QUE VA ! ESTO NO SUCEDE EN ESPAÑA ¿ RECUERDAN? SANOFI AVENTIS Y SU MEDICAMENTO "AGREAL/VERALIPRIDA" ¡¡ SE HA DESCUBIERTO UN MEDICAMENTO INÓCUO !! CLARO QUE SÍ SANOFI AVENTIS " OCULTANDO QUE ERA UN ANTIPSICÓTICO" Y ADEMÁS ¿ CON QUÉ MODIFICARON LA MOLÉCULA, CUÁNDO SE FUSIORARON CON DELAGRANGE? SON UNOS INDESEABLES Y ADEMÁS CON EL BENEPLÁCITO DEL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL-- "LES ESPERAN" UNA GRAN SORPRESA. LAS LUCHADORAS "CONTINUAMOS"
Fuerte sentencia contra J&J en un proceso sobre un tranquilizante.
Una filial del grupo farmacéutico estadounidense Johnson and Johnson (J&J) fue condenada en primera instancia a pagar indemnizaciones por 1.200 millones de dólares, en un proceso sobre los riesgos de un tranquilizante, informó el grupo este miércoles.
Janssen fue condenada por un tribunal de Arkansas (sur de Estados Unidos) por una carta enviada en 2003 a médicos de ese estado que presentaba al Risperdal, un tratamiento contra la esquizofrenia y el síndrome bipolar, como más seguro que sus competidores.
El tribunal consideró que se trataba de un engaño.
Una portavoz de Janssen, Teresa Mueller, indicó a la AFP que el grupo, que argumentó que la misiva fue de buena fe, está "decepcionado" por esta sentencia, y que apelará la decisión judicial.
Jansenn considera la condena desproporcionada, ya que durante el período considerado para el proceso, el estado de Arkansas había gastado 8,1 millones de dólares en reembolsos por este medicamento.
hh/sl/mr/an
http://feeds.univision.com/feeds/article/2012-04-11/fuerte-sentencia-contra-jj-en
El TEDH condena a España por una adopción sin el consentimiento paterno
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a España por "faltas de diligencia graves de las autoridades" al expulsar a una nigeriana y dejar en Murcia a su hijo y darlo en adopción a una familia española sin el consentimiento de su padre biológico, que trabajaba en Barcelona.
Según la sentencia, aprobada por seis votos contra uno, España violó el artículo 8 (Derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos y deberá indemnizar con 8.000 euros por daños morales, al demandante, K.A.B.
El ciudadano nigeriano K.A.B. (la Corte europea prefiere no revelar su identidad) llegó a Murcia en 2001 con su compañera, C (Omosefe Ijefurobi), y su hijo O (Osagie Efehi), nacido el año anterior, que poco tiempo después fue cuidado por una pareja de amigos españoles.
Omosefe fue expulsada de España en octubre de 2001, mientras K.A.B. trabajaba en Barcelona y el menor permanecía en Murcia.
Reagrupamiento familiar
Tras iniciar en vano un proceso de reagrupamiento familiar, el Servicio de Protección de Menores de Murcia consideró a Osagie en "situación de abandono", quitó la custodia a la pareja española y lo ingresó en un centro de menores.
Al día siguiente, K.A.B. se presentó ante el mencionado Servicio, alegó ser el padre biológico del niño y mostró su desacuerdo con el internamiento.
En diciembre de 2002 Osagie fue entregado a los padres de acogida que le habían sido designados.
Pruebas de paternidad
K.A.B. compareció en diciembre de 2004 ante la Dirección General de la Familia y declaró de nuevo ser el padre y su deseo de hacer las pruebas de paternidad, que sólo pudo realizar en marzo de 2005, gracias a la ayuda económica de la Asociación catalana para la infancia maltratada.
En julio de 2006 el juez de Familia nº 3 de Murcia sentencia que no había que proceder al reagrupamiento familiar, confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia. El Tribunal Constitucional rechazó en junio de 2008 el recurso de amparo de K.A.B.
Al tiempo, el mismo juez de Familia autorizó en abril de 2007 la adopción del menor a la familia de acogida, sentencia que confirmaron en 2008 la Audiencia Provincial de Murcia y el Tribunal Supremo.
Tras una entrevista con el jefe del Servicio de protección de menores, en febrero de 2008, K.A.B. dijo que no abandonaría las dependencias sin ver a su hijo.
Fue detenido por la policía y condenado a una multa.
El juez estableció que estaba "psicológicamente destruido, sometido a periodos de lágrimas y lamentaciones, sin ninguna agresividad".
Falta de apoyo
Según la sentencia de Estrasburgo, "no hubo respuesta ni intervención alguna" por parte del juez de Instrucción nº3 de Murcia para evitar la separación entre la madre expulsada y su hijo, algo "particularmente grave" por la edad del menor, y que nada justificaba la urgencia de la expulsión.
Así, "la expulsión sin las precauciones necesarias, la falta de apoyo y de asistencia al demandante con una situación social y financiera muy frágil y la ausencia de ponderación en las decisiones de las jurisdicciones internas" contribuyeron a la imposibilidad del reagrupamiento familiar.
Para Estrasburgo, las autoridades españolas "han fracasado en la obligación de celeridad" en estos casos y "no han desplegado los esfuerzos adecuados y suficientes" para respetar el derecho al reagrupamiento familiar del demandante y su hijo.
El Servicio de Protección de Menores de Murcia también fue protagonista en la condena a España en 2011 "por no haber desplegado los esfuerzos adecuados y suficientes" para que una menor saharaui de vacaciones en Murcia volviera con su madre al campo de refugiados de Tinduf (Argelia). (EuropaPress)
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