miércoles, 13 de octubre de 2010

AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA " Farmacéuticas facturadas- en el año 1995 - aumenta, desde 1986 a 1995"






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SEGÚN ESTE ESTUDIO:

DESDE 1986 AL 1995 EN ESPAÑA LOS MEDICAMENTOS MAS VENDIDOS:





En otros países existen también sistemas que regulan la relación Administración/lndustria. Así, en el Reino Unido se da una concertación en materia de precios desde principios de los 50. Es fundarrienta aqui la filosofía de que el Ministerio de Sanidad funciona como "sponsor for the industryn. En Francia se ha seguido también tradicionalmente una política de concertación, que se hizo más explícita a partir de 1982. Dicha política se inscribe en una estrategia tendente a favorecer el desarrollo de la industria farmacéutica francesa, pues, incluye subsidios e incrementos de precios a cambio de investigar y desarrollar medicamentos.

En España se sigue, desde hace años, una política de este tipo, aunque con actuaciones no formalizadas: relacionadas con el registro de especialidades farmacéuticas (impulso al otorgamiento de licencias por empresas transnacionales a nacionales), revisiones de precios en las que se prima la investigación, así como la fabricación local como la exportación. El Plan de Fomento de la investigación en la industria farmacéutica, aprobado por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 28 de mayo de 1986, es una iniciativa en esta dirección. Según ciertos trabajos, se puede decir que la industria farmacéutica
española reactivó la investigación básica y clínica con logros importantes (Mendez y cols., 1990). El Plan de Fomento del Ministerio de Industria ha sido un relanzador de la inversión en la investigación farmacéutica. La segunda fase del Plan de Fomento (Farma 11, 1991-1993) augura incrementar aún más los buenos resultados iniciales (Alloza, 1992).

En todo caso, las siempre difíciles y a veces conflictivas relaciones entre la Administración y la Industria plantean múltiples problemas. Uno de ellos es el de la llamada "política de selección de medicamentos". Como ya hemos señalado, hasta 1986, año en el que entra en vigor la Ley General de Sanidad, tuvo plena vigencia el tradicional sistema de conciertos institucionalizado por la antigua Ley General de la Seguridad Social desde 1967. La Ley General de Sanidad y, más adelante, la Ley del Medicamento, pueden, sin embargo, propiciar un nuevo campo de acción para regular de otra manera. el gasto farmacéutico que se genera a través del Sistema Nacional de Salud, sobre todo a partir de la llamada "financiación pública selectiva (Marques, 1990): siguiendo el principio de que no todos los medicamentos y productos sanitarios son igualmente necesarios, las instituciones públicas se plantean determinar los medicamentos a sufragar con cargo a los fondos públicos que administran, ya que estos no son ilimitados y son susceptibles de empleos alternativos. La Ley General de Sanidad establece el principio de "financiación pública selectiva" y la Ley del Medicamento establece el procedimiento para darle cumplimiento.

Ley General de Sanidad establece el principio de "financiación pública selectiva" y la Ley del Medicamento establece el procedimiento para darle cumplimiento.

* El llamado de "lista positiva" : la financiación pública se restringe a los medicamentos explícitamente enumerados en una lista.

* El de "lista negativa" : se considera menos rígido, pues se financian todos los medicamentos autorizados, a excepción de los expresamente incluidos.

En Europa se está prestando especial atención a este sistema. En España, en julio de 1993, ha entrado en vigor una "lista negativa", como consecuencia del Real Decreto 8311 993, de 22 de enero.


El médico ha sufrido una pérdida en su libertad de prescripción, al tener que adaptarse a los medicamentos cubiertos por la póliza del paciente o a tener que acceder a la sustitución. Un 70% de los médicos trabajan para organizaciones de managed care (creemos que quiere decir: niveles de atención médica administrada) y se ven presionados para admitir las sustituciones, lo que origina un menor protagonismo prescriptor.

El paciente ha perdido la confidencialidad de sus datos clínicos (precisamente hoy 13/10/2010, fué noticia que "no existe en España la confidencia de los historiales clinicos de l@s ciudadan@s) y ha visto como el acceso a los medicamentos está siendo cada vez más restringido, sin embargo, reciben una atención farmacéutica más satisfactoria.

Parámetros Nacionales

El grupo anatómico-terapéutico que en el año 1995 tuvo mayor venta, en relación al número de envases, ha sido el N (Sistema Nervioso Central), con un total de 108,2 millones de unidades, lo que ha supuesto el 20,46% del total de las especialidades farmacéuticas facturadas a través de recetas oficiales al Sistema Nacional de Salud.

El segundo lugar lo ocupa el grupo C (Aparato Cardiovascular), que representa el 16,97% del total de la facturación de especialidades, con 89,8 millones de envases.

En el tercer puesto se sitúa el grupo A (Aparato Digestivo y Metabolismo), con un volumen de ventas sobre el total del 14,50%. El número de envases de estos 3 grupos N, C y A, suponen más del 50% del total de las especialidades.

Farmacéuticas facturadas- en el año 1995.

El grupo N (Sistema Nervioso Central), que ocupaba el primer puesto de consumo en relación al número de envases facturados, pasa a ocupar el cuarto lugar en orden al importe, con un 10,88% sobre el total.

Asimismo, el grupo H (Preparados Hormonales Sistémicos), excluidas hormonas sexuales, aumenta, desde 1986 a 1995, su consumo en importe de una manera notable. El grupo L (Antineoplasicos), con una presencia en el mercado de un 0,05% del importe en 1986, pasa a un 1,58% en 1990, situándose en el año 1995 en el 3,65% del total.

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Porqué Ministerio de Sanidad y Politica Social Español

¿en las demandas revisadas y sin más todas las desestiman enviandolas al Consejo de Estado y en todas describen:


"teniendo en cuenta el frecuente uso del medicamento -3.022.139 envases con veraliprida desde 1992" es que antes de 1992, no tenian estudios?.

PUES AHI LES MANDAMOS ESE.

GRUPO AL QUE AQUI EN ESPAÑA PERTENECIÓ SIEMPRE EL "AGREAL/VERALIPRIDA" Y ADEMÁS "SIEMPRE FUÉ" DCI.:

Asimismo, el grupo H (Preparados Hormonales Sistémicos), excluidas hormonas sexuales, aumenta, desde 1986 a 1995, su consumo en importe de una manera notable.

¿COMO IBAMOS A SABER QUE TODAS NUESTRAS GRAVISIMAS SECUELAS "ERAN POR EL AGREAL/VERALIPRIDA" SI EL PROSPECTO ESPAÑOL "NUNCA ADVIRTIÓ DE NADA"?.

¿COMO ES QUE INDICAN "QUE LOS MÉDICOS" SON LOS RESPONZABLES, CUANDO NI SIQUIERAN "NUNCA" EXISTIÓ UNA FICHA TÉCNICA, RECONOCIDA POR EL PROPIO MINISTERIO DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL?.

PORQUÉ OMITEN:

LOS AÑOS DESDE 1983 AL 1991 SOBRE LOS DATOS DE ENVASES VENDIDOS DEL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA??

LO OMITEN PORQUÉ A PARTIR DE 1992 YA PERTENECIA EL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA A:

LABORATORIOS SANOFI SYNTHELABO.

LES RECORDAMOS "LA FUSIÓN" LABORATORIOS DELAGRANGE/SANOFI SYNTHELABO DEL AÑO 1992.

LABORATORIOS DELAGRANGE : FUÉ EL QUE LO INTRODUZCO EN ESPAÑA EN 1983.

¿SE LO MENCIONARON A LOS EXPERTOS DE LA EMA. ?

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