miércoles, 1 de septiembre de 2010

AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA "SRES. SRAS. DE LA AGENCIA REGULADORA DE LOS MEDICAMENTOS EN ESPAÑA" VAYAN USTEDES AL BOLETIN........





"SRES. SRAS. DE LA AGENCIA REGULADORA DE LOS MEDICAMENTOS EN ESPAÑA" VAYAN USTEDES AL BOLETIN:

CODIFICACION CLINICA CON LA CIE-9-MC
UNIDAD TECNICA DE LA CIE-9-MC PARA EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Boletín número 9 Año IV Febrero, 1998

MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

2.Enfermedad de Parkinson (no farmacológica) descompensada por neurolépticos.

o La enfermedad de Parkinson (no farmacológica) se codifica en 332.0 Parálisis agitante. Si éste se descompensa por neurolépticos, pongamos el caso de que el paciente esté en tratamiento con dichos fármacos, añadiríamos el código E939.

3 Otros antisicóticos, nemolépticos y tranquilizantes mayores. No debe confundirse con el Parkinson secundario debido a drogas, cuyo código es el 332.

1 Parkinsonismo secundario. Por otra parte, cuando la CIE-9-MC no posee un código para exacerbaciones o descompensaciones se utiliza el de la enfermedad. No obstante en el caso de que algún síntoma específico fuera el que predominase, éste debería reflejarse también con su código correspondiente.
................

MIENTEN MAS "QUE RESPIRAN".

"MINISTERIO DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL/LABORATORIOS SANOFI AVENTIS"

¿CÓMO IBAN A TENER MAS COMUNICACIONES DE REACCIONES ADVERSAS (Y TUVIERON MUCHISIMAS) SIN UNA FICHA TECNICA, UN PROSPECTO, MISERABLE, EL CUAL NUNCA FUÉ AJUSTADO A LOS ESTUDIOS CIENTIFICOS DE MUCHISIMOS AÑOS, ADVIRTIENDO DE PARKINSONISMO IRREVERSIBLE, DISKINECIA TARDIA, IRREVERSIBLE Y DE UNA DEPRESIÓN
INCURABLE...........?.

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