miércoles, 23 de septiembre de 2009

Dronedarona y FA; Interacción entre derivados de la cumarina y clopidogrel; Beneficios CV de la terapia musical

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22 de septiembre de 2009 Carla Suárez

Varios estudios muestran que, en pacientes con fibrilación auricular, dronedarona disminuye parcialmente la eficacia a cambio de brindar mayor seguridad.


Durham, NC, EE. UU. — En efecto, los pacientes que toman dronedarona para prevenir la recurrencia de fibrilación auricular tienen la mitad de la probabilidad de mantener el ritmo sinusal, comparados con aquellos que toman amiodarona; además tienen menos probabilidades de tener que dejar el medicamento debido a sus efectos adversos; a esta conclusión llegaron los autores de un meta-análisis en el que se comparó cada uno de estos fármacos con un placebo [1]. El informe que presentaron en el Journal of the American College of Cardiology sostiene la idea generalizada de que la dronedarona cambia eficiencia por seguridad. Por lo tanto, como dijo el Dr. Jonathan P. Piccini (Duke Clinical Research Institue, Durham, NC, EE UU) a heartwire: "que dronedarona sea o no el tratamiento adecuado va a depender del paciente". Dronedarona es un fármaco recientemente aprobado por la FDA para reducir el riesgo de hospitalización por accidente cardiovascular en pacientes con fibrilación o palpitación auricular. La evidencia más importante para aprobar este medicamento, proviene del estudio ATHENA [2]. La indicación para el mismo es reducir el riesgo de hospitalización por accidente CV y está contraindicada en pacientes con insuficiencia cardiaca NYHA clase 2, 3 y 4, si han sido recientemente hospitalizados por una descompensación. El Dr. Piccini dijo que esta conclusión está avalada por los resultados del ensayo ANDROMEDA, pero también dijo que es menos claro que acción tomar con un paciente que responde bien a la amiodarona, fármaco conocido por su toxicidad a nivel de varios órganos. La pregunta es: ¿se cambia el paciente a dronedarona, o se le deja con amiodarona? Según el Dr. Piccini esta es una zona gris que requiere más estudios. También advirtió que este es un meta-análisis indirecto, en el que se comparan dos fármacos, cada uno por separado contra un placebo, pero debido a la escasez de información de estudios importantes y como este análisis confirma la evidencia previa, logra compensar sus limitaciones. Lo que si muestra, dijo el Dr. Piccini es que dronedarona puede prolongar la vida.
En un artículo editorial [3], el Dr. Paul S. Chan (Mid America Heart Institute y Universidad de Missouri, Kansas City, EE UU) y sus colegas mencionan varias limitaciones de este análisis; por ejemplo, que los pacientes que tomaron dronedarona eran muchos más que los que tomaron amiodarona, y otros problemas metodológicos; por lo que consideran que este análisis sólo es válido para generar hipótesis que deberán confirmarse por los estudios clínicos adecuados. El Dr. Chan y sus colegas sostienen además que deberíamos preguntarnos si la indicación de un tratamiento para arritmia crónica en los pacientes evaluados en este meta-análisis es relevante para la práctica actual.
Los resultados son consistentes con información ya publicada. Para llegar a los ocho ensayos, el Dr. Piccini y sus colegas examinaron la literatura sobre ensayos aleatorios que medicaban a pacientes con fibrilación auricular con uno de los dos medicamentos o con placebo, que los seguían por seis meses y que incluían varios episodios de fibrilación auricular. Encontraron cuatro ensayos que comparaban dronedarona con placebo y cuatro que comparaban amiodarona con placebo. En este meta-análisis, la amiodarona superó a dronedarona en la prevención de recurrencia de FA; por otro lado, la probabilidad de tener que dejar el medicamento por sus efectos adversos era mucho mayor para amiodarona. El Dr. Piccini dijo que sus hallazgos eran consistentes con los del noveno estudio llamado DIONYSOS cuyos resultados preliminares fueron presentados públicamente por su patrocinador en diciembre de 2008 [4], así como a un panel de consulta de la FDA, aunque todavía no han sido publicados. Sanofi-Aventis presentó los resultados de DIONYSOS en un comunicado de prensa [4] y los dio a conocer con más detalle al panel de consulta de la FDA en marzo de 2009, para que evaluara si dronedarona podría ser aprobado [5]. Pero hasta donde heartwire sabe, este estudio no ha sido publicado o presentado en ninguna reunión científica. El estudio aleatorio DIONYSOS se llevó a cabo con 504 pacientes en 23 países de Europa, Asia, América del Sur y del Norte, y Australia; los pacientes debían tener una historia de fibrilación auricular, indicación para tratamiento antiarrítmico y cardioversión, tomar anticoagulantes, y al inicio del estudio no deberían estar clasificados clínicamente con insuficiencia cardiaca NYHA clase 3 o 4. Después de siete meses, la compañía informó que 184 pacientes que recibieron dronedarona y 141 que recibieron amiodarona tuvieron un episodio recurrente de FA y descontinuaron el uso de los medicamentos por intolerancia o por falta de resultados. No hubo diferencias significativas entre los dos grupos (p= 0.1292) en una serie de criterios clínicos preestablecidos, según el comunicado de prensa de la empresa. El ensayo DIONYSOS no fue discutido abiertamente cuando el panel de consulta de la FDA se reunió para evaluar la aprobación dronedarona. ATHENA y ANDROMEDA fueron los principales impulsores para la recomendación de aprobación de este nuevo fármaco, como ya fue informado por heartwire.




Derivados de la cumarina interactúan con el clopidogrel afectando su acción.

Barcelona, España — Se han presentado datos que muestran que la interacción entre fenprocumona, un derivado de la cumarina que se usa frecuentemente como anticoagulante en Europa [6], y el clopidogrel afecta la respuesta de los pacientes ante este último medicamento.
En efecto, a pesar de que se ha hablado más de la interacción entre clopidogrel y los inhibidores de la bomba de protones, la interacción entre clopidogrel y algunos derivados de la cumarina podrían llegar a afectar aun a más pacientes. Investigadores dirigidos por el Dr. Dirk Sibbing (Deutsches Herzzentrum, Múnich, Alemania) informaron sobre la mencionada interacción entre clopidogrel y fenprocumona en el reciente Congreso 2009 de la Sociedad Europea de Cardiología. El Dr. Sibbing explicó a heartwire que decidieron investigar esta interacción ya que todos los derivados de la cumarina, al igual que el clopidogrel son metabolizados por el mismo sistema de enzimas hepáticas (CYP) y agregó que no sabía si se comprobaría la misma interacción con warfarina, ya que aunque es metabolizada por el mismo sistema enzimático, los diferentes derivados de la cumarina interactúan en forma distinta con las distintas isoenzimas del sistema (CYP). En un estudio reciente, el Dr. Sibbing y sus colegas midieron la agregación plaquetaria de aproximadamente 1000 pacientes que estaban bajo tratamiento antiplaquetario crónico, con aspirina y clopidogrel, a los que se dio seguimiento por siete meses después de la implantación de un stent coronario. El promedio del Índice Internacional Normalizado (INR), que se refiere al consumo del derivado de la cumarina en pacientes con tratamiento simultáneo de fenprocumona, fue de 1.8, comparado con 1.0 en aquellos pacientes que no seguían ambos tratamientos.
También evaluaron la agregación plaquetaria inducida por adenosin difosfato (ADP) y compararon los resultados de los estudios de agregación plaquetaria de los pacientes que además tomaban fenprocumona con aquellos que no lo tomaban. Los resultados mostraron que los pacientes que además de seguir un tratamiento crónico tomaban simultáneamente fenprocumona tenían una respuesta atenuada al clopidogrel, comparada con aquellos que no tomaban los dos fármacos.

Agregación plaquetaria en pacientes que toman clopidogrel: Efecto de fenprocumona

Fenprocumona (n=79 == Agregación plaquetaria (AU*min 318

No fenprocumona (n=921) 220 Efect. de fenprocumona

Los investigadores concluyeron que el fenprocumona disminuye significativamente el efecto antiplaquetario del clopidogrel. El Dr. Sibbing dijo a heartwire que el efecto de disminución de la acción antiplaquetaria de clopidogrel debido al fenprocumona es comparable a lo observado con omeprazole, pero el significado clínico es aún desconocido; aunque la interacción entre clopidogrel y fenprocumona es evidente, de qué manera se traduce esta en la respuesta clínica de los pacientes que toman los dos medicamentos es todavía desconocido. También hizo notar que es posible que la acción anticoagulante de algunos derivados de la cumarina eviten algunos efectos negativos del clopidogrel y esto explicaría por qué la mayoría de los estudios clínicos no ven un aumento en el riesgo de hemorragia en pacientes bajo triple tratamiento; aspirina, clopidogrel, cumarina, con respecto a aquellos que toman solo aspirina y clopidogrel. Por último, sugirió que hacen falta más estudios para establecer el impacto clínico de estas interacciones.

La terapia musical reduce la presión sanguínea y otros problemas relacionados con el síndrome coronario agudo.

Barcelona, España — Siempre se ha dicho que la música es buena para el alma, ahora también se le puede asociar con beneficios concretos a nivel cardiovascular. En efecto, los investigadores que presentaron sus resultados, en el Congreso 2009 de la Sociedad Europea de Cardiología, muestran que la terapia musical, reduce la presión sanguínea, el ritmo cardiaco y el nivel de ansiedad de los pacientes [7].
El Dr. Predrag Mitrovic (Universidad de Belgrado, Serbia), investigador principal de un estudio sobre este tema, dijo a heartwire que estudios previos habían mostrado que la terapia musical tiene un efecto positivo sobre el corazón disminuyendo la actividad del sistema nervioso simpático; otros estudios ya presentados en heartwire muestran que las emociones positivas generadas por la música pueden tener un efecto favorable sobre el endotelio. El estudio del Dr. Mitrovic presenta resultados obtenidos a lo largo de siete años de usar terapia musical en pacientes con síndrome coronario agudo sometidos a cirugía de revascularización. En el estudio realizado entre 1999 y el año 2009 participaron 740 pacientes, 370 recibían terapia musical durante doce minutos dos veces por día y los otros 370 no la recibían. Durante los siete años de seguimiento, encontraron que los pacientes que recibían la terapia musical tenían niveles de ansiedad más bajos; estos resultados no fueron significativos estadísticamente, pero si lo fueron los resultados de reducción de presión sanguínea sistólica y diastólica y también de ritmo cardiaco, que mostraron significancia estadística. El Dr. Mitrovic mencionó que a los pacientes no les gusta comentar que tipo de música escuchan, así que este dato no figurara en el estudio que esperan publicar pronto; hasta que sea publicado, recomienda terapia musical como una forma accesible de bajar los niveles de stress para los pacientes con síndrome coronario agudo, que sufrieron una cirugía de revascularización.
Piccini es patrocinado por el American College of Cardiology Foundation/Merck Award. De los editorialistas, el Dr. Hakan Oral (Universidad de Michigan, Ann Arbor, EE UU) informa ser el fundador de Ablation Frontiers, y recibir subsidios para investigación de Boston Scientific, St Jude Medical, y GlaxoSmithKline.

Referencias

Piccini JP, Hasselblad V, Peterson ED, et al. Comparative efficacy of dronedarone and amiodarone for the maintenance of sinus rhythm in patients with atrial fibrillation. J Am Coll Cardiol 2009;54:1089-1095.
Hohnloser SH, Crijns HJGM, van Eickels M, et al. Effect of dronedarone on cardiovascular events in atrial fibrillation. N Engl J Med 2009;360:668-678.
Chan PS, Nallamothu BK, Oral H. Amiodarone or dronedarone for atrial fibrillation: too early to know the winner? J Am Col Cardiol 2009; 54:1096-1098.
Sanofi-Aventis. DIONYSOS study results showed the respective profiles of dronedarone and amiodarone [comunicado de prensa]. 28 de deciembre de 2008. Disponible aquí.
Sanofi Aventis. Multaq (dronedarone) briefing document. 18 de marzo 2009. Disponible aquí.
Sibbing D et al. Impact of concomitant oral anticoagulation with a coumarine derivate on the antiplatelet effects of clopidogrel. European Society of Cardiology 2009 Congress; 30 de agosto al 2 de septiembre de 2009; Barcelona, España. Abstract 5114.
Mitrovic D. European Society of Cardiology 2009 Congress; 30 de agosto al 2 de septiembre de 2009; Barcelona, España.
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Especialidades conteniendo clopidogrel:

El principio activo clopidogrel se comercializa en España bajo las siguientes denominaciones de marca:

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Fecha de actualización de la página: 14 de enero de 2009
Lean la Actualizacion de 3 de Junio 2009 en:

martes, 22 de septiembre de 2009

AGREAL: solicitado Maria Rivero

Pues sí Compañera María, éste vídeo de SEBAS y como tú dices sobre el artículo, "MAFIAS DE LAS FARMACÉUTICAS", LE VA MUY BIEN AL MISMO.

¿Porqué lo del Agreal-Veraliprida en España y en toda Europa, ha pasado este "genocidio" con las mujeres?.

Y los Laboratorios Sanofi Aventis, en éste "descalabro de la salud de las personas" tienen el apoyo de los Gobiernos Europeos.

¿A qué huele todo el asunto VERALIPRIDE/VERALIPRIDA en Europa y demás países LatinoAmericanos e incluso algunos como México que lo sigue vendiendo?

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AGREAL, -MARÍA RIVERO

Luchadoras, a esa noticia que han puesto, les va muy bien el vídeo del chico que han colocado estos días, ¿pueden ponerlo nuevamente?
Va como anillo al dedo.

María Rivero





MAFIAS FARMACÉUTICAS

Martes 22 de Septiembre de 2009
Septiembre 2009. Numero 167
Por Ignacio Ramonet
Muy pocos medios de comunicación lo han comentado. La opinión pública no ha sido alertada. Y sin embargo, las preocupantes conclusiones del Informe final (1), publicado por la Comisión Europea el pasado 8 de julio, sobre los abusos en materia de competencia en el sector farmacéutico merecen ser conocidas por los ciudadanos y ampliamente difundidas.
¿Qué dice ese informe?
En síntesis: que, en el comercio de los medicamentos, la competencia no está funcionando, y que los grandes grupos farmacéuticos recurren a toda suerte de juegos sucios para impedir la llegada al mercado de medicinas más eficaces y sobre todo para descalificar los medicamentos genéricos mucho más baratos.
Consecuencia: el retraso del acceso del consumidor a los genéricos se traduce en importantes pérdidas financieras no sólo para los propios pacientes sino para la Seguridad Social a cargo del Estado (o sea de los contribuyentes). Esto, además, ofrece argumentos a los defensores de la privatización de los Sistemas Públicos de Salud, acusados de ser fosos de déficits en el presupuesto de los Estados.
Los genéricos son medicamentos idénticos, en cuanto a principios activos, dosificación, forma farmacéutica, seguridad y eficacia, a los medicamentos originales producidos en exclusividad por los grandes monopolios farmacéuticos. El periodo de exclusividad, que se inicia desde el momento en que el producto es puesto a la venta, vence a los diez años; pero la protección de la patente del fármaco original dura veinte años. Entonces es cuando otros fabricantes tienen derecho a producir los genéricos que cuestan un 40% más baratos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la mayoría de los Gobiernos recomiendan el uso de genéricos porque, por su menor coste, favorecen el acceso equitativo a la salud de las poblaciones expuestas a enfermedades evitables (2).
El objetivo de las grandes marcas farmacéuticas consiste, por consiguiente, en retrasar por todos los medios posibles la fecha de vencimiento del periodo de protección de la patente; y se las arreglan para patentar añadidos superfluos del producto (un polimorfo, una forma cristalina, etc.) y extender así, artificialmente, la duración de su control del medicamento. El mercado mundial de los medicamentos representa unos 700.000 millones de euros (3); y una docena de empresas gigantes, entre ellas las llamadas " Big Pharma " -Bayer, GlaxoSmithKline (GSK), Merck, Novartis, Pfizer, Roche, Sanofi-Aventis-, controlan la mitad de ese mercado. Sus beneficios son superiores a los obtenidos por los poderosos grupos del complejo militar-industrial. Por cada euro invertido en la fabricación de un medicamento de marca, los monopolios ganan mil en el mercado (4). Y tres de esas firmas, GSK, Novartis y Sanofi, se disponen a ganar miles de millones de euros más en los próximos meses gracias a las ventas masivas de la vacuna contra el virus A(H1N1) de la nueva gripe (5).
Esas gigantescas masas de dinero otorgan a las " Big Pharma " una potencia financiera absolutamente colosal. Que usan en particular para arruinar, mediante múltiples juicios millonarios ante los tribunales, a los modestos fabricantes de genéricos. Sus innumerables lobbies hostigan también permanentemente a la Oficina Europea de Patentes (OEP), cuya sede se halla en Múnich, para retrasar la concesión de autorizaciones de entrada en el mercado a los genéricos. Asimismo lanzan campañas engañosas sobre estos fármacos bioequivalentes y asustan a los pacientes. El resultado es que, según el reciente Informe publicado por la Comisión Europea, los ciudadanos han tenido que esperar, por término medio, siete meses más de lo normal para acceder a los genéricos, lo cual se ha traducido en los últimos cinco años en un sobregasto innecesario de cerca de 3.000 millones de euros para los consumidores y en un 20% de aumento para los Sistemas Públicos de Salud.
La ofensiva de los monopolios farmacéutico-industriales no tiene fronteras. También estarían implicados en el reciente golpe de Estado contra el presidente Manuel Zelaya en Honduras, país que importa todas sus medicinas, producidas fundamentalmente por las " Big Pharma ". Desde que Honduras ingresó en el ALBA (Alianza Bolivariana de los Pueblos de América), en agosto de 2008, Manuel Zelaya negociaba un acuerdo comercial con La Habana para importar genéricos cubanos, con el propósito de reducir los gastos de funcionamiento de los hospitales públicos hondureños. Además, en la Cumbre del 24 de junio pasado, los Presidentes del ALBA se comprometieron a "revisar la doctrina sobre la propiedad industrial", o sea, la intangibilidad de las patentes en materia de medicamentos. Estos dos proyectos, que amenazaban directamente sus intereses, impulsaron a los grupos farmacéuticos transnacionales a apoyar con fuerza el movimiento golpista que derrocaría a Zelaya el 28 de junio último (6).
Asimismo, Barack Obama, deseoso de reformar el sistema de salud de Estados Unidos que deja sin cobertura médica a 47 millones de ciudadanos, está afrontando las iras del complejo farmacéutico-industrial. Aquí, las sumas en juego son gigantescas (los gastos de salud representan el equivalente del 18% del PIB) y las controla un vigoroso lobby de intereses privados que reúne, además de las " Big Pharma ", a las grandes compañías de seguros y a todo el sector de las clínicas y de los hospitales privados. Ninguno de estos actores quiere perder sus opulentos privilegios. Por eso, apoyándose en los grandes medios de comunicación más conservadores y en el Partido Republicano, están gastando decenas de millones de dólares en campañas de desinformación y de calumnias contra la necesaria reforma del sistema de salud.
Es una batalla crucial. Y sería dramático que las mafias farmacéuticas la ganasen. Porque redoblarían entonces los esfuerzos para atacar, en Europa y en el resto del mundo, el despliegue de los medicamentos genéricos y la esperanza de unos sistemas de salud menos costosos y más solidarios.

Notas:
(1) http://ec.europa.eu/comm/competition/sectors/ pharmaceuticals/inquiry/index.html
(2) El 90% de los gastos de la gran industria farmacéutica para el desarrollo de nuevos fármacos está destinado a enfermedades que sólo padece el 10% de la población mundial.
(3) Intercontinental Marketing Services (IMS) Health, 19 de marzo de 2009.
(4) Carlos Machado, "La mafia farmacéutica. Peor el remedio que la enfermedad", 5 de marzo de 2007 (www.ecoportal.net/content/view/full/67184).
(5) Léase, Ignacio Ramonet, "Los culpables de la gripe porcina", Le Monde diplomatique en español , junio de 2009.
(6) Observatorio Social Centroamericano, 29 de junio de 2009.



FEDERACION DE AFECTADOS DE POLIO Y SUS EFECTOS



NO MANDAN EL SIGUIENTE COMENTARIO:

http://polioyspp.blogspot.com/2009/02/federacion-espanola-de-asociaciones-de.html
Gracias por vuestro apoyo acabo de ver este mensaje y seguido el enlace que poneis ahi el cual me lleva a un blog de una pagina de una asociacion de Mexico concretamente que nada tiene que ver con FEAPET que es la Federeción de asociacianes que se manisfetaba ese dia a las puertas del ministerio a la cual yo si pertenzco...Os doy tambien mi apoyo y mi agradecimiento personal y os deseo que pronto consigais vuestras reinvindicaciones a la lucha que ya llevais iniciada desde tambien hace tanto tiempo me parece que muy justamente reivindicada como alguno de nosotros ¡¡¡ Mucha Suerte y todo el apoyo que necesiteis!!!.

Consuelo Ruiz
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A ti Consuelo te damos las gracias por leernos y seguirnos.

Buena idea sería la de MANIFESTARNOS todas en una MACRO MANIFESTACION ANTE LAS PUERTAS DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL ESPAÑOL, todas las Asociaciones y Federaciones por enfermedades en España para solicitar cada una sus NECESIDADES y REIVINDICACIONES:

Federación Española de Enfermedades Raras
Asociación de afectados por el síndrome de Rendu-Osler-Weber
AEAL - Asociación linfoma, mieloma, leucemia y otras enfermedades
Asociación Parkinson
Asociación Madrileña Enfermedades Neuromusculares
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA LA LEUCODISTROFIA
ADELA - Asociación Española de Esclerosis Lateral Amitrófica
Enfermedad celiaca
ENFERMEDAD DE ALZHEIMER
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PACIENTES CON CÁNCER
ASOCIACION DE LUCHA CONTRA LA DISTONIA EN ESPAÑA
Asociación E
spañola de Neuropsiquiatría
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Son más de 700 Asociaciones en España, que nos es imposible indicarlas todas.

Esperamos con gusto, cualquier decisión al respecto.




AGREAL EN ESPAÑA-MINISTERIO DE SANIDAD/LABORATORIOS SANOFI AVENTIS

NO SE PUEDEN NI IMAGINAR LOS RESPONSABLES DE LA "MASACRE QUE HAN COMETIDO EN ESPAÑA CON EL AGREAL/VERALIPRIDA" :

HASTA DONDE PENSAMOS "LLEGAR" LAS LUCHADORAS DEL AGREAL DE ESPAÑA.

HEMOS "RECIBIDO IMPORTANTES LLAMADAS" DE DIFERENTES "ORGANISMOS" SOLICITÁNDONOS INFORMACIÓN DEL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA.

¡¡¡¡ TODAS LAS MUJERES EUROPEAS, MEXICANAS, ARGENTINAS, CHILENAS, ETC..., U N I D A S !!!!!

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VERALIPRIDE/VERALIPRIDA- AÑO 1988

En 1988 una mujer de 42 años empezó a tomar la Veraliprida. Con anterioridad, no había tomado ninguna clase de medicamentos.
Tomó 9 años la Veraliprida, en 1997 y por recomendación del médico, no el que se lo había recetado que fue su ginecólogo, y su médico de familia le recomendó retirárselo poco a poco, ya que sufría de gran depresión desde 1989 con problemas en la mandíbula y extrapiramidales, así como un ligero temblor del lado derecho.
Fue tratada por varios Neurólogos y Psiquiatras, diversos estudios y pruebas.
Aún a día de hoy, sigue con los mismos problemas de salud, luego de estar medicada con gran cantidad de medicamentos.

NINGUNA MEJORÍA.



lunes, 21 de septiembre de 2009

AGRADIL-VERALIPRIDE: DESESPERACION DE UNA NIETA POR SU ABUELA

"Agradil" è un farmaco che combatte i disturbi della menopausa femminile.

È stato da poco ritirato dal commercio, e mia nonna ha seri problemi dettati dalla sua assenza.

È possibile che si possa trovare ancora da qualche parte? Magari all'estero, tipo in Svizzera...

Se qualcuno ne sa
qulcosa, vi prego di darmi una mano.

Grazie mille.



TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL:

"Agradil" es un medicamento que combate los síntomas de la menopausia en las mujeres.

Recientemente se ha retirado del mercado, y mi abuela tiene serios problemas dictada por su ausencia.

¿Todavía se puede encontrar en alguna parte? Tal vez en el extranjero, como en Suiza ...

Si alguien sabe, por favor, hechadme una mano. Muchas gracias.

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Amiga Italina, efectivamente el AGRADIL-AGREAL/VERALIPRIDE/VERALIPRIDA, por una determinación de la Agencia Europea del Medicamento sobre AGRADIL/VERALIPRIDE fué ordenando la retirada de todos los países miembros de la UE., por producir Secuelas Severas e Irreversibles, Psiquiatricas y Neurólogicas, el 23 de Julio de 2007.
Creemos lo de tu abuela, así estamos todas las mujeres que tomamos ese "veneno".
Los médicos ahí en Italia que le hagan un estudio a tu abuela para que le manden "tratamientos sintomáticos" que como bien indicaba el prospecto del Agradil, al menos el que modificaron en 2006 "no existe antídoto para las secuelas que haya producido el
Agradil/Veralipride/Veraliprida.

Aquí en "este gravísimo problema de la salud humana" todos "miran hacia otro lado" y todo por un medicamento "enmascarado" de los Laboratorios Sanofi Aventis pero que las "Agencias Reguladoras de Medicamentos" no se molestaron en comprobar los estudios científicos "serios" que existían antes de 1979, cuando salió al mercado y que ya advertían de los Efectos Adversos de la Veralipride/Veraliprida.

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traduzione ad italiano:

Amiga Italina, effettivamente il AGRADIL-AGREAL/VERALIPRIDE/VERALIPRIDA, tramite una determinazione dell'agenzia europea della medicina su AGRADIL/VERALIPRIDE stava ordinando la pensione di tutti i membri dei paesi del UE., per produrre i seguiti severi ed irreversibili, psichiatrici e neurologici, il 23 di Julio di 2007.

Generiamo quello della vostra nonna, così siamo tutte le donne che abbiamo preso che “veleno„.I medici in Italia che fa uno studio a lui alla vostra nonna in modo che gli trasmettano “i trattamenti sintomatici„ che come prospetto là bene indicato di I del Agradil, almeno quello che ha modificato in 2006 “non esiste antidoto per i seguiti che il Agradil/Veralipride/Veraliprida ha prodotto .

Qui “in questo problema molto serio della salute umana„ tutto “guardi verso un altro lato„ e tutto dopo “„ una medicina mascherata dei laboratori Sanofi Aventis ma quello “le agenzie regolanti della medicina„ non è stato importunato nella verificazione “seria„ gli studi scientifici che hanno esistito prima di 1979, quando hanno lasciato al mercato e che già hanno avvertito degli effetti contrari del Veralipride/Veraliprida.

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VERALIPRIDA : ARGENTINA



Rosa I.A. de Argentina, nos ha mandado el siguiente comentario:


"Agreal Luchadoras": gracias por su rápida respuesta. Por favor, necesito los CÓDIGOS telefónicos porque no se a qué ciudad corresponden los números de teléfono que me enviaron.

Los médicos a los que he consultado me han dado antidepresivos para corregir el trastorno de ansiedad y no tienen información sobre la VERALIPRIDA. Me aconsejan consultar con un farmacólogo pero no he encontrado ninguno todavía.

Estoy probando "BUPROPION CLORHIDRATO 150 mg."(media por día -desde hace cuatro días) porque la SERTRALINA me afectó la lucidez mental y me provocó más ansiedad.

La VERALIPRIDA me la recetaron por mi distonía, pero me creó una adicción, nunca lo pude dejar más de tres meses y después tenía que volver.

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AMIGA ROSA DESDE ARGENTINA, COMÉNTALE A TU MÉDICO, QUE DICE "NO SABER NADA DE LA VERALIPRIDA", QUE SE LEA LA "ALERTA" QUE EL MINISTERIO DE SALUD ARGENTINO, PUBLICÓ "CUANDO LO RETIRARON DE ARGENTINA" Y SI NO SE LO LLEVAS TÚ MISMA LA "DETERMINACIÓN DE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO" SOBRE VERALIPRIDE/VERALIPRIDA, QUE TE ENVIAMOS.
PERO LA "ALERTA" DE TU GOBIERNO ES BASTANTE "EXPLÍCITA" MÁS AUN QUE LA "ESPAÑOLA".
ESOS CÓDIGOS DE TELÉFONOS QUE INDICAS, SON DE ESPAÑA, MÁNDANOS EL TUYO DE ARGENTINA QUE TE LLAMAREMOS.




"AGREAL: SANOFI AVENTIS, AL IGUAL QUE MINISTERIO DE..."

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Bouche

Nos ha mandado este mensaje:

Thanks for this information.
It looks like you did a great job as these are really important recoeds.

En Español:
Gracias por esta información.
Parece que hizo un gran trabajo ya que estos son realmente recoeds importante.
No entendemos lo que es "recoeds"
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Si se refiere a los estudios y datos facilitados Bouche, es obligación de ésta Asociación Agrea-l-uchadoras de España, estar informada de cuánto ha sido la Veralipride/Veraliprida.
NO CEJAREMOS "HASTA QUE SE RESPONSABILICEN LOS CULPABLES DE ESTE "GENOCIDIO" PARA LAS MUJERES QUE HEMOS TOMADO AGREAL-AGRADIL.ACLIMAFEL ...... EN TODOS LOS PAÍSES DE EUROPA Y RESTO DEL MUNDO"

PEDIREMOS EXPLICACIONES EN BRUSELAS UE., AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO Y A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD.



LA TERAPIA HORMONAL SUSTITUTIVA AUMENTA LA MORTALIDAD EN MUJERES CON CÁNCER DE PULMÓN

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La terapia hormonal sustitutiva con estrógenos y progestina incrementa el riesgo de muerte en los casos de mujeres con cáncer de pulmón.
Esta conclusión debería incorporarse al debate sobre los riesgos y beneficios que supone para las mujeres esta terapia de reemplazo, sobre todo, entre quienes son susceptibles de padecer este tipo de cáncer, como las mujeres fumadoras. Así se recoge en un artículo publicado en la revista médica "The Lancet", que destaca las conclusiones de una investigación, dirigida por el profesor Rowan Chlebowksi, del Instituto de Investigación Biomédica de Los Ángeles (Estados Unidos).

El equipo de Chlebowski ha comprobado, a partir de un estudio de campo a 16.608 mujeres, que la combinación de estrógenos y progesterona incrementa el riesgo de dolencias coronarias y cardiovasculares, embolias y cáncer de pecho. Por el contrario, la terapia es beneficiosa a la hora de reducir el riesgo de fracturas óseas y de cánceres colorrectales.

La investigación aporta como principal novedad que la terapia combinada aumentaba la mortalidad en los cánceres de pulmón, especialmente en el caso del pulmonar de células no pequeñas. Este tipo de tumor, conocido también como NSCLC, es el cáncer pulmonar más común. Por lo general, crece y se disemina de forma más lenta que el tumor de células pequeñas.

Esta terapia empezó a recetarse en los años 40 del siglo pasado a las mujeres pre y postmenopáusicas como tratamiento preventivo y paliativo de algunos problemas asociados a la menopausia. La terapia puede consistir en la administración de estrógenos de síntesis, progesterona de síntesis o una combinación de ambos, y se utiliza de manera habitual para aliviar algunos síntomas de la menopausia como la osteoporosis, el riesgo de algunas enfermedades del corazón, la sequedad vaginal, los sofocos y los cambios de humor. Las hormonas sintéticas también se utilizan para enfermedades como la endometriosis y el síndrome premenstrual, entre otras.



AGREAL: SE NOS PREGUNTAN SI TENEMOS ESTUDIOS DIRECTOS DE MUJERES ESPAÑOLAS QUE TOMAMOS AGREAL/VERALIPRIDA

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1999 - COMUNICADO A "FARMACOVIGILANCIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL"

Mujer de 48 años de edad y 47 Kg. de peso, tratada con Agreal®‚ 100 mg/ día, por vía oral, durante los días 14 y 15 de marzo de 1999, por sofocos debidos a menopausia. El mismo día de iniciar el tratamiento, a las 6 horas de tomar el comprimido, presenta rigidez muscular y tensión nerviosa acusada, que desaparecen al día siguiente de retirar la medicación.
La indicación autorizada en España para la veraliprida es el tratamiento de las alteraciones psicosomáticas de la menopausia (sofocos, irritabilidad, ansiedad, etc.). No corrige la hipoestrogenia y por tanto, no mitiga los síntomas producidos por su carencia, especialmente las manifestaciones vulvovaginales y óseas.Ante la aparición de síntomas extrapiramidales, debidos a un desequilibrio en el balance de mecanismos dopaminérgicos en el estriado, debería valorarse el binomio beneficio/riesgo del fármaco, que implica sólo un tratamiento sintomático en la menopausia.


1993 ENVIADO A "FARMACOVIGILANCIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL:

Mujer de 63 años, describe un cuadro de parkinsonismo en tratada con fluoxetina y Veraliprida desde hacía un mes; los síntomas desaparecieron poco después de suspender la administración de ambos medicamentos.

1995
Principios activos sospechosos de producir galactorrea.
Base de datos del Sistema Español de Farmacovigilancia, 1995.

veraliprida 2 2,0 + + Situación en la Literatura:
+ +, reacción bien establecida.

2000-2001 Se le comunica a "Farmacovigilancia del Ministerio de Sanidad":

Tomar medidas sobre los medicamentos, entre éllos la Veraliprida por:

Efectos adversos Neurológicos: Sintómas extrapiramidales, discinesias tardías, hiperprolactimenias, hipotensión ortostática, parkinsonismo, depresión etc.

2002 - 8 casos por parkinsonimo producido por el Agreal y ambos coinciden en el tiempo de toma: 20 días.

2004 - Mujer de 49 años ingresa en urgencias por rigidez muscular, grisis de ansiedad, parkinsonismo, problemas mandibular, tensión arterial muy descompensada, toma Veraliprida desde hace 6 meses, se le estabiliza pasa la noche ingresada y le indicamos dejar Veraliprida.

Recomendamos Esertia y que sea valorada por su centro de Salud correspondiente.

Al cabo de 6 días vuelve a ser ingresada con los mismos sintómas, procedemos a su estabilización, tambien pasa la noche ingresada en urgencias y la remitimos a Psiquiatría y Neurología para valoración, todo sus síntomas son como consecuencia de la toma de la Veraliprida.

Y así un sin fin de NOTIFICACIONES A FARMACOVIGILACIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD, por reacciones adversas por el Agreal/Veraliprida y que en nuestro manisfiesto de la manifestación en 2006 ante las puertas del Ministerio de Sanidad, el 22 de Septiembre, en el cual les haciamos constar todas las Tarjetas Amarillas de Reacciones Adversas del Agreal desde los años 1995-1999, Sanidad en un comunicado a la Agencia EFE de ese mismo día, lo reconoció.

Pero lean ésta de 2006:

Veraliprida : Reacciones Adversas:

Intento suicido, Depresión,
Depresión psicótica, Dificultad
de concentración, Amnesia,
Apatía, Ansiedad, Insomnio






AÑO 2004: AGREAL/VERALIPRIDE/VERALIPRIDA

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Sanofi Aventis- Ministerio de Sanidad:

¿recuerdan el el manuscrito recibido el 20 de Abril de 2004 y Aceptado el 21 de Octubre de 2004, sobre la Veralipride, secuelas Irreversibles?.

Y qué motivó el "cambio radical de los prospectos" Veralipride/Veraliprida" de otros paises y este Gobierno "ante la disparidad total y absoluta" del prospecto del Agreal en España, optó por la retirada en 2005, independientemente de la Directiva de la UE. "código común de todos los paises de la Unión para los medicamentos, directiva del 2004.

¿No se lo comunicó Sanofi Aventis?

Pues claro que se lo comunicó, pero lo que no hicieron en 22 años "envenenándonos con el Agreal en España, optaron por la "retirada".

COMPAÑERA LUCHADORAS DEL AGREAL EN ESPAÑA:

La fórmula del Agreal/veralipride/veraliprida y desde el 2004 "NO ES LA MISMA"

Nº DCB2004 Código de Posicion2003 Código de Posición 2004 Nº CAS

09117 VERALIPRIDA 07139.01-2 07139.01-2 66644-81-3

FORMULA QUIMICA AGREAL/VERALIPRIDA:

3 methosi-5-sulfamoyl-o-anicic acid

Las partidas 2001-2003-2004, comprenden, según el caso, solo los productos del capitulo 7 o .... 66644-81-3.
octanos de investigación.

¿no es muy fuerte?

¿qué nos dieron en las capsulas del Agreal en España?.








domingo, 20 de septiembre de 2009

AGREAL/VERALIPRIDA= GOBIERNO ESPAÑOL/AGENCIA DEL MEDICAMENTO/FARMACOVIGILANCIA/LABORATORIOS SANOFI AVENTIS

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PEDIMOS POR ENÉSIMA VEZ: PUBLICACIÓN Y ACEPTACIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO DE SANIDAD EN ESPAÑA:



LA DETERMINACIÓN DE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO, SOBRE: "VERALIPRIDE/VERALIPRIDA/AGREAL/AGRADIL"
CHMP/309507/2007--EMEA 2007- ANEXOS: I-II-II.




Todos los responzables del Agreal/Veraliprida en España, han tenido, numerosos motivos para actualizar el prospecto y nunca lo hicieron, exigir a los Laboratorios DELAGRANGE/SYNTLABO/ AVENTIS "UNA FICHA TÉCNICA DEL AGREAL/VERALIPRIDA" QUE POR LEY DE "MEDICAMENTOS DE USO HUMANO" ERA OBLIGACIÓN EMITIRLA Y EXIGIRLA A LOS "SYNTHELABO/AVENTIS".



PENSABAN QUE "LAS FOFAS ESPAÑOLAS" NO IBAMOS A LLEGAR A EUROPA?.



¿PORQUÉ NO? AH "LAS MUJERES DEL AGREAL EN ESPAÑA SOMOS: CLASE MEDIA/BAJA, AMAS DE CASA Y COMO SOMOS "ANALFABETAS" NO LEIAMOS EL "PROSPECTO".

¿NO ES ESO LO QUE EN LOS PRIMEROS JUICIOS POR LO CIVIL EN BARCELONA, CALIFICABAN LOS "LABORATORIOS SANOFI AVENTIS" A "NUESTRAS COMPAÑERAS DEL AGREAL/VERALIPRIDA EN LOS JUICIOS? "UNOS ATROPELLOS A LAS MUJERES QUE MUY ENFERMAS, TENIAN QUE IR A ESCUCHAR, TREMENDAS "DESCALIFICACIONES" Y ES QUE NO TENÍA NI TIENEN "ARGUMENTOS" PARA "RECONOCER QUE NOS "ENFERMARON DE POR VIDA CON SU VENENO AGREAL/VERALIPRIDA" BUENO SI QUE LO TIENEN "AL SUBDIRECTOR DE LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO" QUE TESTIFICA A FAVOR DE LO LABORATORIOS AVENTIS "ARGUMENTANDO HASTA EN JULIO DE 2009" QUE NO EXISTÍAN NI EXISTEN "ESTUDIOS" Y LA "NOTA INFORMATIVA DE FEBRERO DE 2007 DE LOS EXPERTOS ESPAÑOLES" CONFECCIONADA EN CONNIVENCIA "MINISTERIO DE SANIDAD/LABORATORIOS SANOFI AVENTIS" Y NO "RECONOCER" LA "MASACRE" EN ESPAÑA DEL AGREAL/VERALIPRIDA, DURANTE 22 AÑOS.



¿PERO QUÉ PASÓ EN EL AÑO 2004 SOBRE LA VERALIPRIDA?



"Y NO PIENSEN EN LA "ALERTA" DE LA WEB DEL MINISTERIO DE SANIDAD, SOBRE LOS MOTIVOS DE LA RETIRADA" MOTIVOS COMO LOS QUE INDICAN: EXISTIAN MUCHISIMOS AÑOS ANTES POR LAS "TARJETAS AMARILLAS" INDICANDOLES LAS REACCIONES ADVERSAS DEL AGREAL Y NO HICIERON NADA".



"NO GOBIERNO ESPAÑOL/MINISTERIO DE SANIDAD/LABORATORIOS SANOFI AVENTIS, ESOS, NO FUERON LOS MOTIVOS DE LA RETIRADA".



¿QUÉ PASÓ SOBRE LA VERALIPRIDA/VERALIPRIDE EN EL AÑO 2004?.



¡¡¡¡¡ FUERTE, FUERTE, FUERTE !!!!



"NO HAN DICHO NI UNA SOLA "VERDAD" SOBRE EL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA"



NO NOS SORPRENDE QUE EL GOBIERNO ESPAÑOL "NO QUIERA OIR NI QUE LES MENCIONEN EL AGREAL/VERALIPRIDA".



PARA "DESGRACIA NUESTRA QUE HEMOS SIDO "ENORMETENTE LAS PERJUDICADAS" Y MIENTRAS "TENGAMOS UN ÁPICE DE VIDA" LO TENDRÁN QUE SEGUIR "OYENDO".

sábado, 19 de septiembre de 2009

AGREAL/VERALIPRIDA: LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO ESPAÑOL "NUNCA QUISO ENTERARSE DE NADA" ¿O SI?

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NO ES LA PRUEBA "CRUCIAL" DE QUE ESPAÑA RETIRARA EL "AGREAL-VERALIPRIDA" EN 2005 LO QUE INDICABA EN LA WEB DE SANIDAD DE LA "RETIRADA DEL AGREAL Y SUS MOTIVOS".

PERO A QUE LES SUENA LOS SIGUIENTE:

EN UNA REVISTA CIENTIFICA RECONOCIDA INTERNACIONALMENTE, YA EN 2003, EXISTÍA PRUEBAS EVIDENTES DE QUE LA "VERALIPRIDE/VERALIPRIDA" :

El uso generalizado de las drogas psicotrópicas antidopaminérgicos (por ejemplo, VRD, metoclopramida, domperidona, veralipride) "en pacientes no psiquiátricos", en su mayoría prescritos por médicos con experiencia pobres de los efectos secundarios neurológicos y psiquiatricos, siguen siendo un riesgo grave de depresión, parkinsonismo y los síndromes tardíos.

en el caso de España sobre "agreal-Veraliprida" no existen médicos españoles "con experiencia pobre" e incluso en médicos de familia.
Lo que no tenian era " un prospecto que les indicaran la verdad del Agreal/Veraliprida en España y aún peor para los "médicos españoles" el que ""nunca dispusieran de una Ficha Técnica".

¿quien se lo comunicó al Ministerio de Sanidad Español?

SABIAN QUE EL AGREAL-VERALIPRIDA, CUANDO ESPAÑA LO RETIRÓ EN 2005 " NO FUÉ SEGÚN ÉLLOS POR REACCIONES ADVERSAS COMUNICADAS"

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COMO SIEMPRE "EL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL" NO INDICA UNA SOLA VERDAD, CON RESPECTO AL AGREAL-VERALIPRIDA EN ESPAÑA.

ESTA "ASOCIACIÓN AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" HEMOS RECIBIDO UNA INFORMACIÓN DE UN PAIS EUROPEO, CON EL CUAL "DEMOSTRAREMOS" QUE "MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL" "MINTIÓ" CUANDO INDICÓ EN 2005 Y EN LA WEB DE ESTE MINISTERIO, LA ALERTA DE RETIRADA DEL AGREAL-VERALIPRIDA QUE DECIA ALGO ASI COMO:


Ref.: 2005/11
20 de mayo de 2005


El Sistema Español de Farmacovigilancia (SEFV) ha recibido diversas notificaciones de sospechas de reacciones adversas psiquiátricas (fundamentalmente depresión, ansiedad y síndrome de retirada) y de tipo neurológico ( discinesia, trastornos extrapiramidales, parkinsonismo ), algunas de ellas graves. Las reacciones adversas de tipo neurológico aparecen durante el tratamiento, mientras que las reacciones adversas psiquiátricas también pueden aparecer como reacciones de retirada al finalizar un ciclo de tratamiento o interrumpir el mismo.

YA LO ESTABAMOS "INDICANDO" LAS LUCHADORAS DEL AGREAL:

SI HUBIERA SIDO POR ESAS "NOTIFICACIONES" ¿PORQUÉ NO LO HIZO CUÁNDO HABIAN RECIBIDO MUCHISIMAS "TARJETAS AMARILAS" DE DIFERENTES "FARMACOVIGILANCIA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS, HACIENDOLES CONSTAR LAS "REACCIONES ADVERSAS" DEL AGREAL-VERALIPRIDA DESDE EL AÑO 1989 Y HASTA ÁUN HOY DIA, SE SIGUE "COMUNICANDO" EN DISTITOS BOLETINES DE LAS CC.AA.?.

SABIAMOS QUE "ALGO OCULTO EXISTÍA EN ESA RETIRADA EN 2005" CUANDO NI SIQUIERA EN 22 AÑOS "SE OCUPARON DE OBLIGAR A TENER LA "FICHA TECNICA" QUE EN 22 AÑOS "NO MODIFICARON EL PROSPECTO" QUE COMO SABEIS, NO INDICABA NADA.

SABIAMOS QUE MUCHISIMOS "PSIQUIATRAS" Y "NEURÓLOGOS" ESPAÑOLES "DESCONOCIAN QUE LA VERALIPRIDA ESTUVIERA AUTORIZADA EN ESPAÑA".

ALGO NOS FALTA EN ESTE "PUZZLE" DEL AGREAL-VERALIPRIDA EN ESPAÑA.

"NOS ENFERMARON A LAS MUJERES ESPAÑOLAS QUE TOMAMOS "AGREAL/VERALIPRIDA" POR AÑO-AÑOS Y MAS AÑOS DE TOMA "PORQUE EL PROSPECTO NO INDICABA TIEMPO DE TOMA Y MUCHISIMAS COSAS MÁS QUE NO FIGURABAN EN EL MISMO" A LA VEZ QUE "HEMOS SIDO ENGAÑADAS, YA NO SOLO NOSOTRAS, SINO ESPAÑA EN GENERAL" E INCLUSO LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO, TANTO POR ESE MINISTERIO Y EL GOBIERNO DE ESPAÑA, ASI COMO POR "LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS".

¡¡¡¡ QUÉ FUERTE !!!! ¡¡¡¡ QUÉ FUERTE !!!!

"LO DEMOSTRAREMOS"

viernes, 18 de septiembre de 2009

NUESTRAS LUCHADORAS DE CANARIAS. NO SE PUEDE OLVIDAR SU INTERVENCIÓN EN TVCANARIAS

NUESTRAS LUCHADORAS DE CANARIAS. NO SE PUEDE OLVIDAR SU INTERVENCIÓN EN TVCANARIAS



ENTREVISTA SOBRE EL AGREAL POR ALBERTO HUGO ROJAS


SEGUIREMOS GRITANDO LAS LUCHADORAS DE AGREAL POR NUESTRAS REIVINDICACIONES COMO LAS MUJERES CANARIAS.
EL MINISTERIO DE SANIDAD, LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO Y SANOFI-AVENTIS CREEMOS QUE YA LO TIENEN BIEN CLARO, NO NOS CALLAREMOS HASTA SER INDEMNIZADAS Y SE CREE EN TODAS LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR O DE SEGUIMIENTO A TODAS LAS AFECTADAS POR EL AGREAL-VERALIPRIDE/A.

SE PUEDE DECIR MÁS ALTO PERO NO MÁS CLARO.

Salud...

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AGREAL/VERALIPRIDA "LA VERGÜENZA NACIONAL"

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Si compañeras Luchadoras del Agreal en España.

El AGREAL/VERALIPRIDA " ES LA VERGUENZA NACIONAL EN MEDICAMENTOS"

-- NO FIGURA EN NINGUNO DE LOS "ESTUDIOS CIENTIFICOS" "SERIOS" Y SIN "LLENARSE LOS BOLSILLOS".

COMO: NEUROLEPTICO/ANTIPSICÓTICO.

Y AÚN PEOR: NUESTRO PROPIO "MINISTERIO DE SANIDAD" EN LOS BOLETINES DEL AÑO 2005, EN NINGUNO DE ESTOS BOLETINES, HACE CONSTANCIA DE LA RETIRADA DEL "AGREAL/VERALIPRIDA"
SOLO EN EL BOLETIN: Vol. 29–N.º 6-2005:


SUSPENSIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE LA
ESPECIALIDAD FARMACÉUTICA MELERIL® (TIORIDAZINA).-
(Ref: 2005/01)1.- se transcribe textualmente
la información de la AEMPS para el profesional
sanitario:



Tioridazina (Meleril®) es un antipsicótico autorizado en España desde 1959, actualmente indicado como tratamiento de segunda línea de la esquizofrenia en adultos.
En el año 2001, la AEMPS, en base a las recomendaciones del Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano (CSMH), restringió las indicaciones de Meleril® y
modificó la información contenida en la ficha técnica y el prospecto debido al riesgo de prolongación del intervalo QT, arritmias cardiacas y muerte súbita identificado en los pacientes en tratamiento con tioridazina, recomendándose realizar electrocardiogramas a los pacientes antes de comenzar el tratamiento con este antipsicótico y durante el mismo.

El riesgo de aparición de reacciones adversas cardiacas asociado al uso de tioridazina es dosis-dependiente y parece superior para tioridazina que para el resto de antipsicóticos sin ninguna ventaja añadida de tioridazina en términos de mayor beneficio o menor
riesgo global.
Por estos motivos y dada la existencia de otras alternativas terapéuticas para el tratamiento de la esquizofrenia, la AEMPS ha aceptado la solicitud de suspensión de comercialización realizada por Novartis Farmacéutica, laboratorio titular de la autorización de comercialización de Meleril®. Esta suspensión de comercialización se realizará simultáneamente en todos los países europeos donde se encuentra disponible
.

Para posibilitar el cambio de tratamiento a los pacientes que actualmente están recibiendo Meleril® la AEMPS, de acuerdo con el laboratorio titular de la autorización, ha dispuesto lo siguiente:
• La anulación de la autorización de comercialización de Meleril® será efectiva el 30 de junio de 2005, fecha a partir de la cual cesará su comercialización.
• Hasta dicha fecha, Meleril® se encontrará disponible para su prescripción y dispensación
habitual bajo las condiciones de uso establecidas en la ficha técnica actualmente autorizada.
La AEMPS recomienda, por tanto, revisar durante este tiempo el tratamiento de aquellos pacientes que estén recibiendo tioridazina, sustituyéndola en caso necesario por otro tratamiento alternativo. Actualmente la única especialidad farmacéutica comercializada en
nuestro país que contiene tioridazina es Meleril®.
Para el cambio de tioridazina a otro antipsicótico se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones(1,2):
• La retirada del tratamiento con tioridazina debe de ser paulatina, ajustando la reducción de dosis a las necesidades clínicas de cada paciente.
• La introducción de otro antipsicótico también debe de realizarse de forma progresiva, simultáneamente a la reducción de la dosificación de tioridazina.
• Es necesario prestar especial atención a las posibles interacciones farmacodinámicas o farmacocinéticas de tiorodazina con otros fármacos, incluidos los antipsicóticos,
vigilando la posible aparición de sintomatología o cualquier acontecimiento indicativo de una descompensación de la enfermedad subyacente.


.................................................................................................................................................................
FIJAROS "MERELIL" AUTORIZADOS EN 1959 EN ESPAÑA "CON FICHA TECNICA Y TODO"
ADEMAS "HERMANO DEL AGREAL/VERALIPRIDE/DA"
AGREAL-VERALIPRIDA AUTORIZADO EN 1983 EN ESPAÑA "NO ERA OBLIGATORIO EN ESA FECHA "TENER FICHA TECNICA" ESO FUÉ LO QUE MANIFESTÓ LOS-LAS DEL MINISTERIO DE SANIDAD EN EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA "MINISTERIO DE SANIDAD POR EL "AGREAL-VERALIPRIDA".


EL NO HACER CONSTAR EN NINGUN BOLETIN LA RETIRADA DEL AGREAL/VERALIPRIDA EN 2005 Y SOLO EN LA WEB DE SANIDAD ¿ERA PARA QUE ESPAÑA QUEDARA BIEN ANTE "EUROPA" Y A SABIENDAS DE LO QUE SE LE VENIA "ENCIMA"?
COMPRUEBEN USTEDES MISMAS COMPAÑERAS:
http://www.msc.es/biblioPublic/publicaciones/recursos_propios/infMedic/porVolumen/home.htm

¿LO HIZO ESPAÑA CUÁNDO SE FUSIONÓ SANOFI SYNTELABO/AVENTIS? Y SU AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA

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SENTENCIA DEL SUMARIO SANITARIO
ORDENADO POR RESOLUCION Nº 2176, DE
2.007, EN LABORATORIO SANOFI AVENTIS
DE CHILE S.A.
RESOLUCIÓN EXENTA N°_____8915_____/
SANTIAGO, 31/10/07

VISTO: estos antecedentes; la resolución exenta
Nº2176 de 28 de marzo de 2007, que dispuso la instrucción del sumario sanitario para
investigar y esclarecer los hechos señalados en el memorando Nº 243 del Jefe de
Departamento de Control Nacional, de 13 de marzo de 2007.
A fojas 5, orden de compra Nº 80549551 emitida por
Farmacias Ahumada, código interno proveedor 8181 Profenid 100 mg. caja vial I.V, de
27 de junio de 2006;
A fojas 6, factura de compra Nº 030618 emitida por Sanofi Synthelabo de Chile S.A., código C65316 Profenid 100 mg. EV x 50 f, de 29 de marzo de 2006;
A fojas 11, muestra denuncia, frasco ampolla sin envase secundario ni rótulos;
A fojas 12, acta inspectiva, de 04 de septiembre de 2006, levantada por las inspectoras QF Isolde Escobar y Magdalena Reyes, de la Sección Inspección del Departamento de Control Nacional de este Instituto, en visita efectuada a los establecimientos comerciales y droguería de propiedad de Sanofi Synthelabo de Chile S.A., Aventis Pharma S.A. y Sanofi Aventis de Chile S.A.;
A fojas 16, factura de compra Nº 184982 emitida por
Sanofi Aventis de Chile S.A. a Farmacias Ahumada S.A., descripción del producto
Profenid 100 mg. EV x 50 F., de 15 de junio de 2006;
A fojas 23, factura de compra Nº 10028179 emitida por Aventis Pharma S.A., concepto Profenid 50 V, de fecha 17 de enero de 2006; A fojas 28 , resolución exenta 5730 de 26 de junio de
1985, mediante la cual se autoriza la importación del producto farmacéutico Profenid
Liofilizado para inyectable 100 mg. intravenoso, cuya condición de venta es para
distribución exclusiva a servicios asistenciales y en envase clínico de 50 frasco-ampollas con 100 mg.;
A fojas 36, resolución exenta Nº 9528, de 31 de octubre de 2005, mediante la cual se concede la renovación de registros sanitarios de los productos farmacéuticos registrados a nombre de Aventis Pharma S.A.
A fojas 65 a 67, Informe inspectivo, de 4 de septiembre de 2006;

A fojas 74 a 82, audiencia de descargos conforme lo establece el artículo 163 del Código Sanitario, llevada a cabo con la presencia de Mauricio Hurtado Navarro, director técnico de Sanofi Aventis de Chile S.A., en representación de D. Jaime Dacaret Ortega y D. María Alicia Mordojovich, representantes legales de Sanofi Aventis de Chile S.A. y de D. Lucía Chernilo Steinmann directora técnica de Sanofi Aventis de Chile S.A., en virtud de poder simple notarial,
quienes como denunciados acompañan sus descargos en conjunto y por escrito;
a.- El sumario sanitario instruido a los representantes legales y al director técnico
de Sanofi Synthelabo de Chile S.A. y de Aventis Pharma S.A. es improcedente.
b.- El producto Profenid Liofilizado para solución inyectable 100 mg. IV, registro
sanitario Nº F – 6096 – 2005, se encuentra inscrito a nombre de Sanofi Aventis
de Chile S.A.
c.- Con fecha 15 de marzo de 2006, en Junta extraordinaria de accionistas, se
modificó la razón social de Aventis Pharma S.A. por el de Sanofi Aventis de
Chile S.A.
d.- Con fecha 28 de abril de 2006, Sanofi Aventis de Chile S.A. adquirió Sanofi
Synthelabo de Chile S.A., en virtud de la adquisición total de las acciones
emitidas por esta última.
e.- Que mediante la resolución exenta Nº 748 de 01 de febrero de 2007, el
Instituto autorizó el cambio de razón social del titular de Aventis Pharma S.A. a
Sanofi Aventis de Chile S.A.
f.- La distribución de este producto fue ejecutada por Sanofi Aventis de Chile
S.A., continuador legal de Aventis Pharma y de Sanofi Synthelabo, efectuado el
fraccionamiento y venta al público Farmacias Ahumada.
g.- Con fecha 24 de marzo de 1987, se solicitó a este Instituto la modificación del
registro sanitario del producto Profenid 100 mg. liofilizado EV, para ser
presentado a la venta en envases de 50 ampollas y manteniendo los envases
anteriormente aprobados, y


CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que, según el artículo 2º del decreto supremo 1.876, de 1.995, del Ministerio de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile es la autoridad sanitaria encargada en todo el territorio nacional del control sanitario de los productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y cosméticos y de velar por el cumplimiento de las disposiciones que sobre la materia se contienen en el Código Sanitario y en su reglamentación complementaria, así como de verificar la ejecución del control y certificación de calidad de los mismos productos ;

SEGUNDO: Que, según el artículo 3º del decreto supremo 1.876, corresponderá al Instituto registrar los productos farmacéuticos y autorizar, inspeccionar y controlar los establecimientos que fabriquen, importen, distribuyan y controlen la calidad de estos productos, conforme a las disposiciones contempladas en este reglamento y a las normas técnicas generales que apruebe el Ministerio de Salud.

TERCERO: Que, este sumario sanitario se instruyó en las sociedades Aventis Pharma S.A. y Sanofi Synthelabo de Chile S.A., por las responsabilidades que a cada uno correspondían, en la distribución y comercialización del producto farmacéutico Profenid 100 mg, polvo liofilizado solución inyectable intravenosa, registro sanitario Nº F–6096–2005, a farmacias en envase clínico asistencial;

CUARTO: Que, mediante la resolución exenta Nº748 de 01 de febrero de 2007, se autorizó la modificación de la razón social del titular el importador Aventis Pharma S.A. a Sanofi Aventis de Chile S.A.;


QUINTO: Que, se encuentra acreditado que con fecha 28 de abril de 2006 se declaró mediante escritura pública, repertorio Nº 2472 – 06 la disolución de la sociedad Sanofi Synthelabo de Chile S.A., reuniéndose todas las acciones emitidas por esta última en manos de Sanofi Aventis de Chile S.A., y que en consecuencia, es esta última sociedad la continuadora legal de Aventis Pharma S.A. y Sanofi Synthelabo de Chile S.A.

SEXTO: Que, se encuentra acreditado en virtud de las resoluciones exentas Nº 5730 y 8565 de Instituto, que el registro sanitario otorgado al producto farmacéutico Profenid 100 mg. polvo liofilizado para solución inyectable intravenosa, tiene autorizadas las presentaciones de envase clínico de 10, 20 y 50 frasco ampollas de distribución exclusiva a Servicios Asistenciales, y envases de venta al público de 4 frasco ampollas en establecimientos tipo A, bajo la condición de venta receta médica.

SÉPTIMO: Que, conforme a los señalado en el artículo 20 del D.S. 1876/1995 del ministerio de salud, la distribución de los productos se hará por los laboratorios de producción, droguerías y depósitos de productos farmacéuticos de uso humano y dental en las condiciones que para cada uno de ellos se establezcan y conforme a las actividades permitidas por la reglamentación vigente;
OCTAVO: Que, conforme a los considerandos anteriores el laboratorio Sanofi Aventis de Chile S.A., continuador legal de las sociedades antes mencionadas, efectuó distribución y venta a local no autorizado del producto Profenid 100 mg. polvo liofilizado para solución inyectable, registro sanitario Nº F –6096–2005, en envase clínico asistencial de 50 ampollas, en circunstancias que dicha presentación está destinada al uso en forma exclusiva de establecimientos asistenciales;

TENIENDO PRESENTE: lo dispuesto en las normas citadas, en los Títulos II y III del Libro X del Código Sanitario; en el Decreto Supremo Nº 239, de 2.002, del Ministerio de Salud; los artículos 59º letra b), 60º y 61º letra b) del D:F.L. Nº 01, de 2005; y 4º letra b), 10º letra b) y 52º del Decreto Supremo Nº 1.222, de 1.996, de la misma Secretaría de Estado, dicto la siguiente:


R E S O L U C I O N:

1. APLÍCASE una multa de 50 U.T.M. a D. Jaime Ortega Dacaret Ortega, Rut Nº
9428265-9, en su calidad de representante legal de Laboratorio Sanofi Aventis de
Chile S.A., una multa de 50 U.T.M. a D. Mauricio Hurtado Navarro, Rut Nº
11558839–7, director técnico de Laboratorio Sanofi Aventis de Chile S.A., por la
responsabilidad que les cabe en la distribución del producto farmacéutico
Profenid Liofilizado para Solución Inyectable 100 mg., Reg. Sanitario Nº 6096 –
05, lote 05112/1, vencimiento: 12-2008, a farmacias y/o droguerías en envases
clínicos asistenciales, destinados al uso exclusivo de establecimientos asistenciales.



2. El pago de la multa impuesta en el párrafo anterior, deberá efectuarse en la Tesorería del Instituto de Salud Pública de Chile, ubicada en Avda. Marathon Nº1.000, de esta ciudad, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de sufrir por vía de sustitución y apremio, si así no lo hicieren los afectados, un día de prisión por
cada décimo de unidad tributaria mensual comprendido en ella, con un máximo
de 60 días de prisión
, conforme a lo dispuesto en los artículos 168º y 169º del
Código Sanitario.


3. La reincidencia en los mismos hechos hará acreedores a los sancionados a la
aplicación del doble de la multa impuesta y de las demás sanciones que
correspondan.
4. El Subdepartamento de Recursos Financieros recibirá el pago de las multas y
comunicará el hecho a la Asesoría Jurídica del Instituto.
5. La presente resolución podrá impugnarse por la vía de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición establecido en el artículo 10º de la Ley 18.575 ante el
Director del Instituto de Salud Pública, dentro del plazo de cinco días hábiles
contados desde la notificación de la resolución al interesado; o
b) Recurso judicial establecido en el artículo 171 del Código Sanitario, ante la
Justicia Ordinaria Civil, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la
notificación de la resolución.
Notifíquese la presente resolución a los afectados, sea personalmente por un funcionario del Instituto de Salud Pública de Chile o por carta certificada, en cuyo caso se entenderá notificada al tercer día hábil siguiente contado desde la recepción de la carta certificada por la Oficina de Correos que corresponda.


Anótese y comuníquese.


Transcrito fielmente
Ministro de fe


--------------------------------------------------------------
ESO ES "JUSTICIA" Y NO LO QUE ESTÁ PASANDO CON EL "AGREAL-VERALIPRIDA EN ESPAÑA.



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SEBAS, TIENES TODA LA "RAZON" PERO YA SABES COMO ESTÁ TU MADRE Y ESTAMOS TODAS EN "ESPAÑA" QUE TOMAMOS "ESE VENENO" Y SIN UNA EXPLICACIÓN LÓGICA DURANTE 22 AÑOS.

PERO "AHORA YA NO QUEREMOS SABER NADA DEL GOBIERNO ESPAÑOL". SABES EL COMPORTAMIENTO QUE HAN TENIDO CON TODAS LAS "MUJERES DEL AGREAL DESDE 2005 Y HASTA EL DÍA DE HOY"

ESTAMOS "PREPARANDO TODO PARA IR A LONDRES, SEDE DE LA "AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO".

AL IGUAL QUE IREMOS A BRUSELAS, SEDE DE LA UE.

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056
Teléfonos: 630232050 - NUESTRA DIRECTIVA: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA--VICEPRESIDENTA: ROSARIO CARMONA JIMENEZ

agrealluchadoras@gmail.com PRESIDENTA-618311204-SECRETARIA: 630232050- VICEPRESIDENTA:636460515