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Condena de $24.000 por no informar una muerte
La Justicia local le ordenó al Estado pagar esa suma por un hombre desaparecido al que hallaron muerto en un hotel.
05-05-2011
Alejandro Gamero
agamero@diariouno.net.ar
La Justicia provincial condenó al Estado mendocino a indemnizar a una madre y sus tres hijos porque éstos se enteraron tres meses después y por sus propios medios que el marido y padre de la familia había sido hallado muerto en un hotel céntrico. Nunca fueron avisados por la policía, a pesar de que el fallecido había sido identificado y de que sus familiares habían hecho la denuncia por averiguación de paradero.
El individuo de 64 años fue encontrado sin vida el 13 de octubre de 2003 e identificado de inmediato. Su familia había hecho la denuncia solicitando su paradero el 28 de octubre de ese mismo año, pero no fue informada de la novedad.
El cuerpo del fallecido quedó un tiempo en el Cuerpo Médico Forense y finalmente fue sepultado en una fosa común, hecho ya consumado cuando el 2 de enero de 2004 sus familiares se enteraron de la suerte que había corrido.
Como si fuera poco el hombre era del credo musulmán, por lo que el entierro propio de alguien que no es reclamado violó todos los ritos que esa religión prevé para una sepultura.
Así, la magistrada Silvina Miquel, a cargo del Juzgado Civil Nº21, sentenció al Estado provincial a pagarle a la familia afectada la suma de $24.000 más los intereses de enero del 2004 a la fecha, que sumarían otros $8.400, totalizando $32.400 por el daño moral causado.
Aunque el caso es del año 2003 la demanda judicial comenzó en el 2006, por lo que transitó cinco años en los tribunales hasta llegar a la sentencia de primera instancia.
De acuerdo con lo ventilado en el expediente Nº117.030, quedó acreditado que el 13 de octubre del año 2003 el “señor A.S. –así está referido en la resolución– fue hallado sin vida en las habitaciones de un hotel ubicado en avenida San Martín 1446 de Ciudad. Hasta allí llegó la policía para hacerse cargo de la situación y practicada la primera requisa se encontraron junto al cuerpo sus pertenencias, un anillo de compromiso, prendas de vestir y la cédula de identidad”.
Agrega la documentación judicial que “no obstante encontrarse identificado el fallecido, recién el 2 de enero de 2004 la familia tomó conocimiento de su muerte a través de lo informado por personal de la Morgue Judicial”.
De la demanda surge claramente que A.S. dejó su domicilio el 9 de octubre de ese año por problemas familiares relacionados con una enfermedad terminal que padecía.
El hombre sufría un cáncer y se negaba a hacer el tratamiento correspondiente. Ese día dejó la vivienda familiar diciendo que iba a la obra social a buscar los medicamentos y no volvió.
En cambio, se alojó en el hotel donde cuatro días después encontró la muerte, el día 13. El 28 sus familiares preocupados porque no aparecía denunciaron su desaparición ante la policía y el 5 de diciembre del mismo año volvieron a denunciar que no había vuelto al hogar ni frecuentaba los lugares habituales.
La jueza Miquel concluyó a partir de las pruebas obtenidas que la policía, y por lo tanto el Estado, a pesar de tener identificado al fallecido nunca hizo los trámites de rigor para ubicar a los familiares, lo que está acreditado por testigos y por los propios demandantes.
Aun más, resalta que las gestiones particulares de la familia, sin ninguna ayuda del Estado, permitieron que en diciembre del 2003 se publicaran avisos con pedido de paradero en un canal de televisión local.
Finalmente, a través de un amigo que se comprometió a revisar los archivos del Cuerpo Médico Forense se enteraran de que el jefe de familia había fallecido.
http://www.diariouno.com.ar/edimpresa/2011/05/05/nota271788.html
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