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POR LOS "LOS HISTORIALES MEDICOS Y HOSPITALES" QUE AUN AL DÍA DE HOY "NO FACILITAN A LAS LUCHADORAS DEL AGREAL DE ESPAÑA".
POR EL "NO PRONUNCIAMIENTO MÉDICO-PACIENTE" EN EL ASUNTO AGREAL/VERALIPRIDA" EN ESPAÑA, QUE AUNQUE SABEMOS QUE LOS MÉDICOS "NO SON CULPABLES DE NADA" HAN RECIBIDO ORDENES.
"HASTA EL EXTREMO DE INDICAR UN MEDICO EN ESPAÑA: QUE SI ALGÚN MÉDICO, INDICA POR ESCRITO, QUE NUESTRAS SECUELAS SON COMO CONSECUENCIAS "DEL AGREAL/VERALIPRIDA" // SE LES CAERÁ EL PELO // U OTR@S CUANDO UNA PACIENTE QUE MENCIONA AL MÉDICO EL "AGREAL/VERALIPRIDA" LE INDICA: "LEVANTESE Y MARCHESE" ESO EN LA PROPIA CONSULTA, PERO EXISTEN MUCHOS, MUCHISISMOS CASOS MAS. COMO LA PACIENTE QUE INGRESARON EN UN HOSPITAL DE CATALUÑA Y DE INDICARLES DE QUE SE TENIA QUE QUEDAR INGRESADA, PARA EL LUNES SEGUIR CON LAS "PRUEBAS" Y POR MENCIONAR EL "AGREAL/VERALIPRIDA" INMEDIATAMENTE "LE DIERON EL ALTA, CUANDO ANTES, LES HABIAN COMUNICADO QUE TENIA QUE SEGUIR INGRESADA.
Y A LAS QUE "SI LE FACILITAN EL HISTORIAL MEDICO" PERO OMITEN "EL AGREAL/VERALIPRIDA".
"PRIMA EL DERECHO A L@S PACIENTES" ANTE CUALQUIER "ORDEN O MANIPULACIÓN POR TERCEROS"
Y REMITIENDONOS POR LO EXPUESTO POR ESTA "ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL" EN LO SIGUIENTE:
Declaración de Hamburgo de la Asociación Médica Mundial sobre el apoyo a los médicos que se niegan a participar o a tolerar la tortura u otras formas de trato cruel, inhumano o degradante.
Adoptada por la 49ª Asamblea General de la AMM
Hamburgo, Alemania, noviembre 1997.
Introducción
1. Basados en varias declaraciones y normas éticas internacionales suscritas por la profesión médica, los médicos en el mundo tienen prohibido apoyar, tolerar o participar en la práctica de la tortura u otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes, por ninguna razón.
2. Entre estas declaraciones las principales son el Código Internacional de Etica Médica, la Declaración de Ginebra, la Declaración de Tokio y la Resolución sobre la Participación del Médico en la Pena de Muerte de la Asociación Médica Mundial; la Declaración de Madrid del Comité Permanente de Médicos de Europa; la Resolución sobre la Participación del Médico en la Pena de Muerte Nórdica; y la Declaración de Hawaii de la Asociación Psiquiátrica Mundial.
3. Sin embargo, ninguna de estas declaraciones trata explícitamente el problema del tipo de protección que se debe brindar a los médicos si están bajo presión, se les pide u ordena participar en tortura u otras formas de tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes. Estas declaraciones tampoco expresan explícitamente apoyo o la obligación de proteger a los médicos que enfrentan o conocen dichas prácticas.
Resolución
4. La Asociación Médica Mundial (AMM) por la presente reitera y reafirma la responsabilidad de la profesión médica organizada:
i) a instar a los médicos a cumplir su compromiso como médico para servir a la humanidad y resistir a cualquier presión para actuar contra los principios éticos que guían su dedicación a esta tarea.
ii) a apoyar a los médicos que tengan dificultades como resultado de su resistencia a cualquier presión o como resultado de sus intentos de dar a conocer sus opiniones, o actuar contra dichas prácticas inhumanas.
iii) a extender su apoyo y a instar a otras organizaciones internacionales, como también a las asociaciones nacionales miembros (ANMs) de la Asociación Médica Mundial, para apoyar a los médicos que tengan dificultades como resultado de sus intentos de actuar conforme a los más altos principios éticos de la profesión.
5. Además, en consideración del continuo empleo de dichas prácticas inhumanas en muchos países del mundo y de los documentados incidentes de presión sobre los médicos para contravenir los principios éticos suscritos por la profesión, la AMM estima que es necesario:
i) protestar a nivel internacional contra toda participación de médicos en tortura u otras formas de tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
ii) apoyar y proteger, y solicitar a sus ANMs que apoyen y protejan, a los médicos que resisten la participación en dichas prácticas inhumanas, o que trabajan para tratar o rehabilitar a sus víctimas, como también para asegurar el derecho de mantener los más altos principios éticos, incluido el secreto médico.
iii) publicar información y apoyar a los médicos que den evidencia de tortura y dar a conocer casos probados de intento de involucrar a médicos en dichas prácticas.
iv) instar a las asociaciones médicas nacionales a pedir a las correspondientes autoridades académicas que en todas las escuelas de medicina y hospitales se eduque y se investigue sobre los efectos de la tortura y su tratamiento, la rehabilitación de los sobrevivientes, el modo de documentar los efectos de la tortura y la protección profesional descrita en esta Declaración.

Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
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