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miércoles, 18 de enero de 2012

El derecho de los profesionales sanitarios del Sistema Nacional de Salud a recibir información veraz sobre medicamentos

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El artículo 75 de la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, recoge que “las Administraciones públicas sanitarias dirigirán sus actuaciones a instrumentar un sistema ágil, eficaz e independiente que asegure a los profesionales sanitarios información científica, actualizada y objetiva de los medicamentos y productos sanitarios”.



Pero, en estas dos últimas semanas hemos tenido conocimiento de que en nuestro país hay empresas y personas que no está de acuerdo con esta normativa.Por una parte, una empresa farmacéutica que no quiere que grupos de evaluación independiente publiquen información, basada en la evidencia científica, sobre sus productos y que no duda en demandar por la publicación de artículos de revisión publicados un boletín y un blog de información farmacoterapéutica, El Comprimido.

Los mencionados artículos únicamente trataban de proporcionar información contrastada al profesional sanitario y una recomendación final acerca del empleo de estos productos, que en ningún caso obligaban al médico a modificar su prescripción ni comportaban un impedimento para la financiación de los mismos dentro de la prestación farmacéutica del servicio de salud responsable de su publicación.


Por otra parte, el director general de dicho servicio de salud quien, en la misma línea que lo argumentado por la empresa farmacéutica, envía la víspera de Reyes una nota a los médicos de atención primaria del área sanitaria de Mallorca donde cuestiona lo publicado unos meses atrás por el servicio de salud que dirige, diciendo que “evidencias científicas surgidas posteriormente a la publicación de los dos metaanálisis comentados en El Comprimido, demuestran los sesgos asociados a ambos estudios, por lo que no es adecuado utilizar estos metaanálisis tan controvertidos para hacer recomendaciones farmacoterapéuticas que afectan al prestigio de unos fármacos”. Sin que en dicha nota figure ninguna referencia bibliográfica que permita localizar las evidencias científicas posteriores que se mencionan, ni se explique la causa que ha motivado el envío de la misma.


Frente a estas empresas y personas, desde este blog pensamos que la “información científica, actualizada y objetiva de los medicamentos y productos sanitarios” no solo es un deber de la administración, sino también un derecho de los profesionales sanitarios y manifestamos nuestra oposición a cualquier tipo de maniobra que, de una u otra forma, intente limitar este derecho y pretenda impedir que la información nos llegue.

http://w3.icf.uab.es/notibg/index.php/item/1193

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Esta Asociación TAMBIEN SE UNE EN CONTRA A QUE

ESTAS PERSONAS YEMPRESAS IMPONGAN SUS CRITERIOS, SOBRE LOS MEDICAMENTOS. 

YA QUE ES OBLIGADO POR LEY DE QUE SE LES

FACILITE: "TODA LA INFORMACIÓN VERAZ DE LOS

MEDICAMENTOS, A LOS MÉDICOS".

DE SOBRA CONOCIDO LO QUE NOS HA PASADO A ESTE COLECTIVO DEL AGREAL/VERALIPRIDA, QUE A LOS "MÉDICOS" LES HICIERON "CERRAR LA BOCA" SOBRE ESTE MEDICAMENTO.

ADVERTIDO DESDE EL AÑO 1987 POR:


Autores: DIEZ ESPINO, J; IBAÑEZ MORA, L; FANDOS OLOMA, J M; MUNDET TUDURI, X; FERRAN MERCADE, M; BUNDO VIDIELLA, M



Título: REACCIONES DISTÓNICAS SECUNDARIAS AL USO DE ORTOPRAMIDAS: PRESENTACION DE 22 CASOS.

LAS "MENTIRAS DEL MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL Y LABORATORIOS SANOFI SYNTHELABO/AVENTIS".

YA EN 1987 EXISTÍAN " 22 CASOS DE

REACCIONES DISTÓNICAS, SOBRE LAS

ORTOPRAMIDAS".

Y DECLARA "MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL, A FAVOR DE LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS".

"NO EXISTÍAN ESTUDIOS".

AÚN, A ESTOS "RESPONZABLES" MEJOR

"IRRESPONZABLES", LES QUEDARÁN POR VER

Y LEER:

" MUCHAS COSAS "

POR MUCHO QUE:

 "UNIDOS MINISTERIO DE SANIDAD ESPAÑOL/SANOFI AVENTIS, SIGAN MINTIENDO".

NOSOTRAS:  ESTAMOS PREPARANDO TAMBIEN Y DENTRO DE LA LEGALIDAD, NO COMO USTEDES:

 { NUESTRAS ESTRATEGÍAS } PARA QUE SE SEPA, TODA  LA "VERDAD".

Y QUE EN LOS:

"JUZGADOS" SE ENTEREN.



Salud ...

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