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Cadena de irregularidades para contratar vacuna contra neumococo.
Fuente: Adolfo Pérez Esquivel
2011-11-28
Autoridades mintieron a la Sala IV para universalizar la vacuna
San José (elpais.cr) – Autoridades de salud entregaron informes falsos a la Sala Constitucional en el 2008, con tal de justificar un gasto multimillonario para “universalizar” la vacuna contra el neumococo.
Así lo denunció el médico Carlos Zamora Zamora, en una nota enviada la semana anterior a la Presidente Laura Chinchilla, donde hace un resumen histórico de lo negociado por las autoridades para distribuir tal medicamento.
Zamora se ha preocupado por darle seguimiento al caso, irregularidad tras irregularidad, desde las primeras decisiones tomadas en el 2008 por el gobierno del ex presidente Oscar Arias, mientras que la titularidad del Ministerio de Salud la ocupaba epidemióloga María Luisa Ávila Agüero.
De acuerdo con Zamora. la Sala Constitucional tramitó un recurso de amparo interpuesto el 10 de octubre 2008 por el Defensor Adjunto a.i. contra la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), por no haber universalizado la vacuna heptavalente contra el neumococo.
Indicó que en la respuesta dada a la Sala IV por las autoridades de la Caja “se dice que no solo que existe el financiamiento –cosa que no era cierta sino que se da a entender que ya la vacuna se había comprado. Por su parte, la Ministra de Salud y Presidenta de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología en documento incorporado a este expediente judicial y en documento similar incorporado al expediente judicial del recurso de amparo de Moreno Vargas contra la Caja, da a entender que si existía acuerdo legal para universalizar la vacuna contra neumococo, hecho que como se ha explicado no es correcto. ¡La Sala resolvió este recurso Con Lugar con base en esta información!”.
Zamora informó que ha dado seguimiento a la Recomendación Nº 48 del Informe de la Comisión de Notables a la Caja, sobre la vacuna.
Añadió que llamado la atención sobre las irregularidades en los trámites que condujeron a la universalización de la vacuna conjugada heptavalente contra el neumococo y ahora cambiada –igualmente sin estudios- a la presentación trecevalente.
Al respecto, el Informe de la Comisión de Notables en su Recomendación Nº 48 señala que es necesario que la CCSS revise la decisión debido a deficiencias en la justificación económica para la inclusión de la citada vacuna, en la que se han gastado centenares de millones de colones.
La bacteria del neumococo (Streptococcus pnemumoniae), se encuentra en casi todos los seres humanos, por lo general en la nasofaringe, que es la parte posterior de la garganta.
Las personas nacen sin esta bacteria y conforme crecen la adquieren. Al llegar a la adolescencia, de un 50% a 60% ya la portan en su organismo. Los seres humanos pueden pasar toda la vida con este habitante sin que les provoque algún problema de salud.
Sin embargo, cuando afecta casi siempre se vuelve más peligroso en los extremos de la edad: en infantes y en adultos mayores, debido a que el sistema inmunológico de los primeros está en formación y el de los segundos presenta debilidades.
Para Zamora Zamora, el aspecto relacionado con la evaluación económica es solo una de las irregularidades que ha comentado de manera pública y de las cuales todas las autoridades de salud, de la Administración 2006-2010 y de la presente Administración 2010-2014, han sido informadas de manera detallada y oportuna.
“Estos comentarios están contenidos en una serie de cartas públicas que he escrito y enviado a las altas autoridades de salud”, indicó el galeno.
En su nota a la mandataria resumió en diez las principales observaciones hechas sobre las irregularidades en el proceso de universalización de la vacuna contra neumococo. Las diez razones extensamente documentadas son las siguientes:
“Nº 1
La vacuna contra el neumococo, a la fecha, NO TIENE ACUERDO LEGALMENTE TOMADO por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, hecho que incumple la ley 8111. A esta misma conclusión llegó la Contraloría General de la República2. En este informe y con respecto a las actas de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología dice claramente que hay “problemas de confiabilidad respecto de la información consignada en esos documentos”. La actas de esta Comisión, según la CGR incumplen con el artículo 56 de la Ley General de Administración Pública.
Nº 2
La vacuna contra el neumococo se discutió en una Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología SIN QUORUM ESTRUCTURAL pues este órgano no se constituyó como ordena la ley 8111. Este hecho invalida jurídicamente las decisiones tomadas desde mayo 2006 hasta enero 2009, entre ellas decisiones las relacionadas con la vacuna contra neumococo. Esta falta grave es también señalada en el informe de la Contraloría General de la República3.
Nº 3
Además de la falta de quórum estructural, la vacuna contra el neumococo se continuó tramitando y discutiendo por una Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología en la cual dos de sus MIEMBROS TENÍAN CONFLICTOS DE INTERÉS por haber recibido beneficios directos por la empresa proveedora. Este hecho debilita la imparcialidad y la transparencia que debe imperar en un órgano público.
Nº 4
La vacuna contra el neumococo se promovió políticamente “vacunando” niños en comunidades pobres y esto se hizo con dosis de vacunas “regaladas” por la empresa proveedora a la Ministra de Salud en 2008. A estas actividades denominadas “ferias de la salud” fueron invitadas altas autoridades públicas de la Administración 2006-2010. Las actividades de “vacunación” consistieron en administrar una dosis única de la vacuna sin ningún seguimiento posterior de estos niños. En las Ferias de la Salud, en mi opinión UNA PRÁCTICA ANTIÉTICA, se usaron niños pobres para mercadear, “hacer noticias” y promocionar la vacuna contra el neumococo en Costa Rica.
Nº 5
A la fecha, SE DESCONOCE DOCUMENTO DE JUSTIFICACION TÉCNICA de esta decisión que haya sido conocido y discutido en la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología.
Nº 6
A la fecha LA DECISION DE UNIVERSALIZAR LA VACUNA NO TIENE JUSTIFICACION ECONOMICA. Solo existe un informe jurídicamente válido, es el estudio realizado en la Dirección de Farmacoepidemiología y sus resultados fueron negativos. Se ha tomado otro informe como el estudio económico para justificar la inclusión de la vacuna y se ha falseado su legalidad y su cronología. Ese otro ESTUDIO ECONÓMICO NO TIENE VALIDEZ JURÍDICA, fue hecho 10 meses después de haberse “tomado el acuerdo”, carece de autor firmante y además presenta serios errores metodológicos. La Contraloría General de la República advirtió sobre esto y dio plazo suficiente hasta el 30 de junio 2011 para corregir este defecto. Sin embargo, la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, hasta donde tengo conocimiento no lo hizo, incumpliendo entonces dicha disposición.
Nº 7
Los trámites internos para la inclusión de un producto farmacéutico en la Caja se inician con un acuerdo del Comité Central de Farmacoterapia. En la Sesión del 15 de octubre de 2008, la inclusión quedó condicionada al envío del acuerdo legal de universalización de la vacuna contra neumococo por parte de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología. El compromiso para presentar este documento fue dado al Comité Central de Farmacoterapia por la Viceministra de Salud y por la Gerente Médico. A la fecha LA COMISION NACIONAL DE VACUNACION Y EPIDEMIOLOGIA NO HA CUMPLIDO CON EL REQUISITO BÁSICO DE PRESENTAR AL COMITÉ CENTRAL DE FARMACOTERAPIA DE LA CAJA EL ACUERDO LEGAL sobre la inclusión de la vacuna contra neumococo. La razón es entendible pues NO EXISTE tal acuerdo legalmente tomado que pueda presentarse.
Nº 8
El costo de vacuna era y sigue siendo muy elevado. Esto lo sabían las autoridades de salud desde principios del año 2007. A partir del 1 de julio de 2007 el Ministerio de Hacienda empezó a acumular deudas con la Caja originadas en la retención de pagos por obligaciones ordinarias con el Seguro de Salud. Fue con parte de esa deuda que el Ministro de Hacienda y el Presidente Ejecutivo de la Caja firmaron un convenio de arreglo de pago de la deuda del Estado con la Caja el 15 de octubre de 2008 por ¢7,417.000.00 (siete mil cuatrocientos diecisiete mil millones). Este convenio no fue conocido por la Junta Directiva ni, aparentemente, por la Comisión de Inversiones del Seguro de Salud de manera oportuna. Según dicho convenio, EL PAGO DE ESTA PARTE DE DEUDA ORDINARIA QUEDABA CONDICIONADO A LA COMPRA DE VACUNA CONTRA NEUMOCOCO, hecho inconstitucional, inaudito y nunca antes visto en la relación financiera entre la Caja y el Estado. Por esto la Contraloría General de la República dispuso que:
“b) Dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recibo del presente informe, ordenar a la Gerencia Financiera de esa institución, para que a más tardar el 30 de setiembre de 2010, se determinen adecuadas fuentes de financiamiento del programa de vacunación en el corto, mediano y largo plazo, en especial para la vacuna contra el neumococo y se establezca un procedimiento para su actualización en el tiempo, con el propósito de que el financiamiento de ese programa y otros de la institución no se vean afectados; … El 11 de octubre de 2010 debe haberse presentado a la Junta Directiva los resultados de dicho análisis para su aprobación…”.
Desconozco si esta disposición ha sido cumplida.
Nº 9
Los procedimientos de financiamiento de la compra de vacuna contra neumococo no escapan a irregularidades. La primera compra por $3.900.000 (tres millones novecientos mil dólares) hecha en diciembre 2008 se realizó irregularmente. Entre otras anomalías, esta compra no fue aprobada, como correspondía, por la Junta Directiva pues se hizo de manera directa por la Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud, instancia sin la potestad para realizar una compra por este monto. Un informe de la Auditoría Interna8 analizó esta COMPRA IRREGULAR DE VACUNA en la Caja. En esta compra de la vacuna contra neumococo dice el informe que “no se cumplió con los requerimientos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, evidenciándose la omisión de requisitos legales de previsión de verificación, prescindencia de los procedimientos ordinarios de contratación, certificación de contenido presupuestario, ni la conformación del cronograma de tareas y responsables”.
Además quienes hicieron la compra en diciembre 2008 por $3.9 millones “no poseían la competencia para ello”. El autor desconoce las medidas administrativas tomadas por esto. Para las siguientes compras del año 2009 por más de $6.000.000 (seis millones de dólares) el dinero convenido tampoco había llegado pues el pago de la deuda no se había materializado. El pago convenido en octubre 2008 se hizo con títulos valores hasta mayo de 2009. El convenio fue firmado con la intención de comprar en efectivo vacunas pero los títulos, entregados tardíamente, tenían vencimientos al 2011 y al 2014. Estos títulos se vendieron por anticipado al Seguro de IVM en octubre 2009. Además por esa fecha se firmó otro convenio con las mismas características y por un monto de ¢9.110.000.00 (nueve mil ciento diez millones). Este convenio incluía la compra de la vacuna contra el virus AH1N1 de ese año9.
Nº 10
Finalmente, la Sala Constitucional tramitó un recurso de amparo interpuesto el 10 de octubre 2008 por el Defensor Adjunto a.i. contra la Caja por no haber universalizado la vacuna heptavalente contra el neumococo. En la respuesta dada a la Sala Constitucional por las autoridades de la Caja se dice que no solo que existe el financiamiento –cosa que no era cierta sino que se da a entender que ya la vacuna se había comprado10. Por su parte, la Ministra de Salud y Presidenta de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología en documento incorporado a este expediente judicial y en documento similar incorporado al expediente judicial del recurso de amparo de Moreno Vargas contra la Caja, da a entender que si existía acuerdo legal para universalizar la vacuna contra neumococo, hecho que como se ha explicado no es correcto11. ¡La Sala resolvió este recurso Con Lugar con base en esta información!
CONCLUSION
Por todo lo anterior veo con interés que ustedes estén preocupados y anuentes a que esta decisión sea revisada. Pero además de atender la Recomendación Nº 48 del Informe de la Comisión de Notables se hace necesario aclarar la cadena de irregularidades que la decisión de incluir la vacuna contra el neumococo en el esquema oficial de vacunas ha tenido.
Las observaciones que resumo se iniciaron en febrero 2009 con una simple carta en la cual señalé que existían errores en análisis económico que a posteriori se había hecho para analizar esta decisión. No tenía ninguna intención de ir más allá. Pero a cambio de una observación respetuosa de un ciudadano a la autoridades de salud lo que he visto ha sido una resistencia total a reconsiderar y revisar esta decisión de política pública sanitaria. Estoy convencido de que cualquier decisión, cada vez que sea necesario, cada vez que existan dudas razonables, debe revisarse.
En este caso las evidencias de irregularidades documentadas son sencillamente abrumadoras.
Las decisiones de política pública no pueden separarse de la realidad nacional, no pueden alejarse de las leyes ni del manejo transparente y racional de los recursos públicos. Espero que el proceso que ha sugerido la Comisión de Notables y el análisis en general de la UNIVERSALIZACION DE LA VACUNA CONTRA NEUMOCOCO sea sereno y dominado por la imparcialidad y la objetividad y no por intereses particulares menos aun por intereses mercantiles.
¿Podrá entonces un estudio de “factibilidad financiera” enmendar la cadena de irregularidades que esta decisión ha tenido? Mi respuesta a esta pregunta es NO.
Lo que se requiere es una revisión total y completa de todos los hechos y de todas las evidencias epidemiológicas, técnicas, financieras, administrativas y jurídicas para que así se tome, en las instancias correspondientes, una nueva decisión y para que se señalen los responsables de las irregularidades encontradas.
Finalmente declaro que estas observaciones se hacen en calidad de ciudadano y que nunca he tenido vínculos de ninguna índole con ninguna empresa farmacéutica”, concluye el Dr. Zamora Zamora su documento enviado a la Presidente Laura Chinchilla.
http://www.elpais.cr/frontend/noticia_detalle/1/58491
.........
VALIENTE MUY VALIENTE:
DR. ZAMORA ZAMORA
Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
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