lunes, 4 de abril de 2011

La batalla de un padre de Granada por el 'cheque bebé'

Imprimir La batalla de un padre de Granada por el 'cheque bebé' Justiniano Pastor recibió los 2.500 euros por su hija pero ahora, que ya ni siquiera existe está ayuda, tiene que devolver el dinero porque su mujer es rusa. Tendría que ser el momento más feliz de sus vidas, el nacimiento de un hijo, pero se ha convertido para Justiniano y su esposa Natalia en una auténtica pesadilla administrativa de la que todavía hoy, dos años después, están pagando las consecuencias. Alejandra, nacida el 22 de diciembre de 2008, venía, como todos los niños en España hasta enero de este año, con un pan de 2.500 euros bajo el brazo. O al menos eso creían sus progenitores, que daban por hecho que contarían con esta compensación económica para hacer frente a los gastos de la criatura en los primeros meses de vida. Esa es la filosofía de la norma. En el preámbulo de la ley se reconoce a la familia como «elemento esencial de la sociedad, teniendo derecho a una protección, en los planos jurídico, económico y social, para lograr su desarrollo». Sin embargo, en el artículo 2 -el responsable de que este vecino natural de Valladolid y afincado en Armilla esté en esta situación- se recoge que solo la madre podrá pedir la ayuda. Un matiz relevante. La esposa de Justiniano es extranjera de un país no comunitario -en este caso Rusia-. Además, para tener acceso a la ayuda le exigían llevar dos años con el carné de residencia española antes de dar a luz. «Creo que esta ley discrimina por razón de sexo y también provoca una discriminación social, vulnera el derecho de los padres; de ahí nuestra particular batalla. No obstante, pedimos la ayuda en Hacienda rellenando un recibo de Nacimiento o Adopción de Hijo con solicitud de pago único y se adjuntó el certificado de empadronamiento de Natalia y el libro de familia», explica Justiniano señalando uno de los cientos de folios con cintillos de las diferentes administraciones públicas a las que ya se ha dirigido. Tras tener que enviar por segunda vez el certificado de empadronamiento de la mujer, los Pastor Lolenko recibieron la ayuda el 5 de marzo de 2009, es decir, casi tres meses después de que naciera la niña, y acordándose el pago al padre. Al fin se había resuelto el entuerto. Pero lejos de mejorar, la situación fue a peor. Reclamación En julio de 2010, la Agencia Tributaria le reclamó la cuantía porque la beneficiaria solo puede ser la madre. Dispusieron de diez días para presentar cualquier tipo de alegación, que una vez cumplimentada desestimaron, y se les penalizó con el pago de 2.500 euros más el 5% de intereses, o lo que es lo mismo 2.634 euros, una cantidad a la que la familia no puede hacer frente con los 450 euros que reciben al mes, por lo que han recurrido al pago fraccionado. «Después de esto solicité un recurso de reposición a la jefa de la dependencia de Gestión Tributaria de Granada, quien me reconoció que tenía razón al calificar de discriminatorio y desigual ese punto de la normativa, pero que de todas formas debía devolver el dinero. Es decir, yo, como ciudadano, debo cumplir con unas obligaciones y las administraciones o poderes públicos no pueden garantizar mis derechos, ¿no?», se queja visiblemente afectado este exmilitar de profesión, que asegura que no solo él ha tenido este problema. El siguiente paso fue la interposición de una reclamación económico-administrativa contra la desestimación de la jefa de ese departamento de Hacienda, así como la exposición de todo lo que le estaba sucediendo al Defensor del Pueblo español, el Ministerio de Igualdad, Senado, Congreso, Ministerio de Hacienda y Presidencia del Gobierno. «Sin duda, la respuesta que más me ha sorprendido ha sido la del antiguo Ministerio de Igualdad, que hoy ya no existe como tal, y al frente del que estaba Bibiana Aído. Su respuesta no fue otra que decir que no tenían competencias en esta materia cuando yo les escribí exponiendo las razones por las que creía que el artículo debía modificarse al ser discriminatorio y ofrecer un trato desigual entre la madre y el padre», cuenta Justiniano. Con el cambio de ministros, la ahora ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, le comunicó el pasado mes de enero que la ley había sido derogada. Sin embargo, en estos tres meses al ex militar le han quitado ya de su cuenta corriente más de 1.300 euros por esta cuestión. «Lo único que han hecho es pasarse la pelota de un tejado a otro, no hay derecho a esto, porque además del daño económico que supone para nosotros también hay un daño moral. No me voy a quedar quieto, de eso pueden estar seguros», anuncia Justiniano, a la vez que comenta que él, de igual modo, va a pedir intereses desde 2008, año en que comenzó todo. Y si la respuesta que espera del Tribunal Económico Administrativo no le satisface, acudirá a la Justicia. http://www.ideal.es/granada/v/20110404/granada/batalla-padre-granada-cheque-20110404.html

AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA "COMO VERÁ SRA. EX MINISTRA DE SANIDAD SALGADO" ADEMÁS DE QUE UNA IMAGEN .. TAMBIEN SU FIRMA ...

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SI SRA. EX MINISTRA ELENA SALGADO "TENEMOS SU FIRMA SOBRE LA CONNIVENCIA ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD, CUANDO USTED ERA MINISTRA Y LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS".


¿CÓMO FIRMA USTED SRA. ELENA SALGADO?


E SALGADO


Y ADEMÁS CON UNA RÚBLICA QUE NOS HACE PENSAR " QUE SÍ, QUE USTED ES LA SOLDADO DE HIERRO" AUNQUE SEA "MINTIENDO".


LABORATORIOS SANOFI AVENTIS "DESAFIANDO" A LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO "AÚN PERSISTE QUE SU VENENO AGREAL, ES SEGURO".


¡¡¡ QUÉ HORROR !!!! A ESTA MUJER QUE FUÉ OPERADA DE CÁNCER "LE MANDAN AGREAL" SI HUBIERAMOS TENIDO UN PROSPECTO QUE INDICARA "TODO LO QUE INDICARON CON EL AGRADIL EN ITALIA" NADIE SE LO HUBIERA RECOMENDADO.


"SON UNOS AUTÉNTICOS IDESEABLES" POR SUS MENTIRAS EN ESPAÑA, SOBRE EL "AGREAL/VERALIPRIDA".



domingo, 3 de abril de 2011

¿Quién debe formar a los médicos?

¿Quién debe formar a los médicos? Este año se cumple el cincuenta aniversario del primer debate que transformó la aprobación y el uso de los medicamentos de prescripción y de la introducción de la legislación para regular la industria farmacéutica en Estados Unidos. En un artículo en el NEJM el profesor J Avorn reflexiona sobre cómo la información sobre medicamentos deber ser evaluada y comunicada a los médicos y por quién, y analiza la situación de la formación médica continuada 50 años después de la publicación de un editorial en la misma revista con el título “Ethical drugs. Who shall educate the physician?” (NEJM 2011;364: 1185-7). Hace 50 años, la FDA no tenía autoridad legal para exigir a los laboratorios farmacéuticos que demostraran la eficacia de sus productos. No había ningún mecanismo gubernamental para evaluar la eficacia de un medicamento y divulgar estos datos. Entonces, como ahora, los laboratorios farmacéuticos montaban agresivas campañas de promoción de sus productos, y la principal y casi única fuente de información que tenían los médicos sobre los nuevos medicamentos procedía de los laboratorios. Entre otras cosas, la legislación Kefauver intentó que el gobierno aportara una información pública más ecuánime sobre los medicamentos para los médicos: un folleto para todos los medicamentos con receta donde se describiera toda la información sobre la actividad, los usos y los efectos adversos, así como una lista anual de medicamentos con un riesgo elevado de efectos adversos graves. La propuesta de que el gobierno debe tener un papel central en la evaluación de la eficacia de los medicamentos y la difusión de esta información se vio amenazada por la Asociación Médica Americana (AMA) y la industria farmacéutica. Pero a raíz del desastre de la talidomida, una nueva ley autorizó a la FDA que exigiera a los laboratorios pruebas de eficacia y de seguridad de sus productos antes de ser comercializados. Medio siglo después, la pregunta del editorial, ¿Quién debe formar al médico?, sigue siendo muy controvertida. Las pruebas que deben orientar a los médicos para tomar decisiones terapéuticas están fuertemente influidas por estudios financiados por los laboratorios, en los que se comparan los nuevos fármacos con placebo y se evalúan variables subrogadas. El reciente movimiento de eficacia comparativa podría mejorar la situación, si sobrevive políticamente. Algunas actividades de divulgación han evolucionado para difundir información no comercial sobre medicamentos a los clínicos. La Agencia para la investigación y la Calidad (AHRQ) ha intentado proporcionar una fuente pública de información basada en pruebas sobre fármacos y otras intervenciones. Otro ejemplo es el creciente apoyo del gobierno a las sesiones informativas presenciales (academic detailing) o programas educativos en los que investigadores y clínicos independientes revisan sistemáticamente los datos de una área terapéutica determinada y hacen recomendaciones terapéuticas no comerciales, basadas en pruebas sobre selección de tratamiento. Varios estados, aseguradoras y programas federales financian actualmente programas de “academic detailing” a partir de contenidos elaborados por organizaciones sin ánimo de lucro y sin vínculos con la industria. A medida que crece la preocupación sobre la seguridad, la complejidad y la asequibilidad de nuestra amplia farmacopea, aumenta la demanda de estos programas. Como concluye el autor, cincuenta años después de que la revista lidiara con estas cuestiones, son aun más relevantes, y la necesidad de dar información fiable sobre medicamentos a los médicos es todavía más apremiante. http://w3.icf.uab.es/notibg/index.php/item/1073

sábado, 2 de abril de 2011

AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA "D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO, HA ANUNCIADO USTED QUE NO SE VOLVERÁ A PRESENTAR EN LAS CERCANAS ELECCIONES GENERALES..






"D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO, HA ANUNCIADO USTED QUE NO SE VOLVERÁ A PRESENTAR EN LAS CERCANAS ELECCIONES GENERALES" HACE APENAS 15 MINUTOS. RECUERDE USTED D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO:


"QUE EL HABER HECHO SUYO EL ASUNTO SOBRE EL AGREAL/VERALIPRIDA EN ESPAÑA" .


NO SE HA PRONUNCIADO AL DÍA DE HOY "SOBRE LA MASACRE QUE NOS HICIERON EN LA SALUD DE MILES, MILES Y MILES DE MUJERES EN ESPAÑA".


RECUERDA USTED D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO:


"LA CARTA STANDAR QUE NOS ENVIÓ A MUCHAS MUJERES SOBRE EL MEDICAMENTO AGREAL/VERALIPRIDA"


SI LA QUE, ENTRE OTRAS COSAS NOS INDICABA:


"UNA VEZ QUE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO, DETERMINEN SOBRE ESTE ASUNTO......"


ME PRONUNCIARÉ.


LA AGENCIA EUROPEA Y LO SABE USTED BIEN, SE PRONUNCIÓ EL 23 DE JULIO DE 2007.


HAN PASADO CUATRO AÑOS D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO Y USTED "NADA DE NADA".


AL CONTRARIO QUE EN CONNIVENCIA CON LOS LABORATORIOS SANOFI AVENTIS.


USTED Y SU GOBIERNO


"SE UNIERON A LOS LABORATORIOS" ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE:


"PARA MENTIR EN TODO LO OCURRIDO EN ESPAÑA SOBRE EL AGREAL MALDITO".


"QUE LE VAYA BONITO, D. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO"


PERO "LAS LUCHADORAS" HAREMOS NUESTRA CAMPAÑA "PARTICULAR" CONTRA SU PARTIDO Y ADEMÁS CONTRA EL PARTIDO DE LA OPOSICIÓN LOS CUALES "TAMPOCO NUNCA SE HAN PRONUNCIADO"



Técnicas de imagen para el estudio de la recuperación funcional tras el ictus: II. Técnicas complementarias


Técnicas de imagen para el estudio de la recuperación funcional tras el ictus: II. Técnicas complementarias. Muchos pacientes que sobreviven a un ictus se enfrentan a serias discapacidades funcionales durante el resto de sus vidas, lo que supone un drama personal para sí mismos y sus allegados, y un elevado coste para la sociedad. Por ello, la recuperación funcional del sujeto tras un ictus debe ser un objetivo esencial que habría que considerar en el desarrollo de nuevas aproximaciones terapéuticas. Éste es el segundo de una serie de dos trabajos en los que revisamos las estrategias y herramientas disponibles hoy en día para la evaluación de múltiples aspectos relacionados con la función cerebral (tanto en humanos como en animales de experimentación), y que están ayudando a los neurocientíficos a entender mejor los procesos de restauración y reorganización de la función cerebral que se inician tras un ictus, partiendo de la premisa de que una aproximación multidisciplinar proporciona una perspectiva más completa de los mecanismos que subyacen bajo los procesos de reparación tisular, de reorganización plástica del cerebro y de los compensatorios que se desencadenan tras un ictus. En el segundo de los trabajos de esta serie nos centramos en una serie de técnicas complementarias basadas en la imagen por resonancia magnética y que no se engloban dentro de los grupos de técnicas discutidos en el primer trabajo de esta serie, bien por abordar aspectos no relacionados directamente con la función cerebral, aunque sí lo hacen de forma indirecta, bien por estar basados en principios fisicoquímicos o fisiológicos diferentes a los ya discutidos. http://www.neurologia.com/sec/resumen.php?or=news&i=e&id=2010323&vol=52&num=07

Expertos piden prudencia ante los biosimilares




Expertos piden prudencia ante los biosimilares


Se estima que estos medicamentos crecerán en los próximos años y los profesionales deben conocer sus diferencias con los originales.


No son genéricos y se incide en que no se sustituyan de forma automática y que sólo se extrapolen en casos justificados científicamente.


C. Ossorio


En un escenario en el que en un futuro próximo se esperan varios agentes biológicos de primera generación sin protección de patentes, cabe esperar que el número de medicamentos biosimilares crecerá. Por ello es necesario que los profesionales tomen conciencia de las diferencias entre los medicamentos biotecnológicos originales y los biosimilares, de cara a asegurar un uso apropiado en la práctica clínica.


Así lo explicó Jos Kosterink, del Centro Médico Universitario Groningen (Países Bajos), durante el simposio "Preguntas clave sobre biosimilares", auspiciado por Amgen y Roche en el marco del 16º Congreso de la Asociación Europea de Farmacéuticos de Hospital (EAHP).


Como apuntó, desde el sector biotecnológico se sugiere que se prescriba por nombre de marca y no sólo por nombre genérico (DCI, denominación común internacional, INN, en sus siglas en inglés). Durante el simposio se hizo especial hincapié en cómo la inmunogenicidad puede influir en la respuesta o la seguridad del paciente; en el uso de la extrapolación sólo si se justifica científicamente, y en el inapropiado empleo de la sustitución automática.


Por un lado, Jens Peter Kampmann, del departamento de Farmacología Clínica del Bispebjerg Hospital de Copenhague (Dinamarca), desentrañó el tema de las nomenclaturas. Los biosimilares no son genéricos ordinarios ya que no logran licencia basada sólo en estudios de biodisponibilidad. Si se utiliza la misma denominación, se facilita la identificación de los efectos de la misma clase, así como la entrada de los biosimilares al mercado.


Sin embargo, ante con una DCI distinta se evita la sustitución automática, se mejora la trazabilidad y se favorece la farmacovigilancia.


Según expuso, en la actualidad a los medicamentos genéricos se les asigna la misma DCI que al innovador, incluso si se produce a través de diferentes vías. Por ello, subrayó que "hasta que el sistema de nomenclatura para los biosimilares se mejore, se recomienda el uso de las especialidades de marca, además de la DCI".



Meenu Wadhwa, del Instituto Nacional para Estándares y Control de Biológicos de Hertfordshire (Reino Unido), abordó qué se sabe y qué se puede medir sobre la inmunogenicidad. Si bien los productos derivados de la biotecnología han sido un éxito para el tratamiento de diversas enfermedades, las proteínas terapéuticas tienen el potencial para inducir una respuesta inmune debido por ejemplo a su origen exógeno.


En este sentido, Wadhwa definió uno de los principales retos a los que se enfrenta: "es imposible predecir la incidencia dela inmunogenicidad no deseada, así como las características de la respuesta inmune y sus consecuencias clínicas, por lo que esta situación requiere una evaluación en estudios cuidadosamente diseñados".


Así, aunque la inmunogenicidad del producto comercializado no influye en la necesidad de realizar estudios comparativos, si los perfiles de toxocidad de los biosimilares no son iguales, tendrán que ser tenidos en cuenta como "diferentes".



Claves de la extrapolación


Es precisamente la inmunogenicidad, además de los mecanismos de acción y las indicaciones para la enfermedad, los factores que conciernen a la extrapolación en el campo de los biosimilares, como detalló Hakan Mellstedt, profesor de bioterapia oncológica en el Instituto Karolinska de Estocolmo (Suecia).


En el caso concreto de los biosimilares de anticuerpos monoclonales (MAB), el experto recordó que se desconoce la "contribución neta de cada modo de acción in vivo", ya que los ensayos preclínicos y no clínicos sugieren un papel diferente del modo de acción, dependiendo de los factores de la enfermedad, como la medicación concomitante, el número de receptores y la densidad.


"Los anticuerpos monoclonales son moléculas grandes y complejas y que son imposibles de reproducir exactamente, en concreto las modificaciones post-traduccionales", declaró. Por tanto, los criterios de valoración clínica de los biosimilares MAB son difíciles de establecer, y recalcó que la extrapolación a través de indicaciones puede poner a los pacientes en riesgo.


La Agencia Europea del Medicamento (EMA) aprobó en noviembre de 2010 un proyecto de directrices y han sido distribuidas para consulta con fecha límite de 31 de mayo 2012




Fuego amigo: Gripe A y coordinación en el SNS








Enrique Sánchez de León, Sánchez de León Abogados




Se ha festejado, y se celebra, el éxito de la gestión de la gripe A en España durante la pandemia del año pasado. El secretario general del Ministerio de Sanidad, José Martínez Olmos, se regocija (véase EG número 510), lógicamente, de cómo se previeron, se desarrollaron y resultaron los hechos relacionados con la misma. Bien está. Pero, siendo así, no parece lo más correcto atribuir dicho éxito a la "coordinación" de todos los recursos del Sistema Nacional de Salud (SNS).



Claro que funcionaron, sencillamente porque nadie, es decir, ninguna comunidad autónoma recabó para sí las competencias que la legalidad sobre salud pública le atribuye. El miedo, o el respeto imperante ante una primera experiencia de este tipo, grave y global, pudo ser la motivación de esa colaboración leal entre Administración central y autonómica. La voluntaria integración de funciones y servicios pudo ser la razón primaria de esa conjunción, mas que esa característica fundamental del SNS (artículo 46, c) de la Ley General de Sanidad) llamada coordinación. No hay más que recordar, para admitir esa realidad, que cuando falla esa "voluntariedad" no hay legalidad que exija lógica y sensatez ante una protegida descoordinación. Véase, como ejemplo, el calendario vacunal.



Al margen de los problemas surgidos: epidemiología, definición de grupos de riesgos, extensión de la vacunación, seguridad y eficacia de las vacunas, presencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), adquisición, distribución, posturas profesionales o comunicación, interesa en estas líneas incitar a una reflexión sincera sobre qué ocurrió 'por dentro', qué papel jugó cada cual, cuáles fueron los errores y cuáles deberían ser las previsiones para que algo tan importante como una pandemia no obligue a improvisaciones que puedan ser trascendentemente dañinas.



Lo que hoy toca, dos años juntos desde la aparición en México de una nueva cepa de virus H1N1 y meses después de que la OMS anunciara extinguida la pandemia de gripe A, es señalar la convicción de muchos juristas persuadidos de que el 'mito' de la coordinación en nuestro ordenamiento jurídico-constitucional (Luis Blanco de Tella, Fernando Garrido Falla, Eduardo García de Enterría...) no debe llevarnos a engaño: o la coordinación es imperativa o si la pretenden órganos sin capacidad decisoria que actúan por recomendaciones y acuerdan por consenso, "sólo por un milagro podrá obtenerse". Habrá que reconocer que obtener coordinación en el SNS ante un asunto clave para la convivencia nacional no depende de la legalidad imperativa, sino de la buena voluntad de los agentes sanitarios en cuestión. Y eso no es Derecho, sólo es política. Queda advertido a tiempo.


¿QUIÉN HA DICHO QUE ESPAÑA ESTÁ EN CRISIS? LEAN ESTA NOTICIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD-SRA. PAJIN





Pajín regala 1,3 millones de euros a las feministas de Paraguay.

Abogan por el “acceso y disfrute de los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y/o adolescentes”. Los proyectos son coordinados por asociaciones españolas. Rosalina Moreno. Madrid La austeridad en el gasto que tanto proclama el Gobierno no parece importarle a la ministra de Sanidad y Política Social e Igualdad, Leire Pajín, que ha decidido subvencionar con 1.339.000 euros proyectos ultrafeministas en Iberoamérica. Este dinero del Erario público español ha sido destinado a organizaciones no gubernamentales españolas de corte progresista y feminista “para el seguimiento y apoyo de la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo en el marco del Programa de Cooperación Internacional ‘Mujeres y Desarrollo”, según la resolución publicada en el BOE el pasado 17 de diciembre, firmada por la secretaria de Estado de Igualdad, Bibiana Aído. Ya en enero de 2010 el boletín recogía otra partida otorgada por la desaparecida cartera de Igualdad, en manos de Aído, por 1,4 millones de euros para 26 trabajos del citado programa en el año 2009.

Insólitos


Estas últimas ayudas concedidas, que oscilan entre los 35.400 y los 68.600 euros, sufragan proyectos que van desde uno llamado “Mujeres en primer plano” a otro de “Promoción y prevención sobre los derechos sexuales y reproductivos”, al “Fortalecimiento del liderazgo de las mujeres” o al “Empoderamiento e incidencia política en mujeres trabajadoras sexuales”. Han recaído sobre las asociaciones españolas Acsur Las Segovias, Aieti, Asamblea de Cooperación por la Paz, Cooperació, Federación de Mujeres Progresistas, Femur, Fundación Justicia, Fundación Mujeres; la Fundación Taller Solidaridad; Fundación Watu; ICID; Iepala, Instituto Mujeres y Cooperació; Intered; Mujeres Zona Conflicto y Solidaridad Internacional. Estas, conjuntamente con un total de 25 asociaciones iberoamericanas radicadas en Nicaragua, Colombia, Perú, Honduras, El Salvador, Paraguay, Ecuador, Guatemala y Bolivia, supuestamente desarrollarán estos trabajos que dicen que van a llevar a cabo.


Entre los proyectos subvencionados están los que tienen como objetivo dar educación sexual a niñas como el denominado “Mejoramiento del acceso y disfrute de los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y/o adolescentes para la desvinculación y prevención de la explotación sexual en Asunción”, en Paraguay, al que el Gobierno español ha destinado 52.700 euros. Otro de ellos es la “Promoción de las capacidades locales de las mujeres, a través de la escuela de formación política en derechos humanos de las mujeres, democracia y feminismo y la construcción de una agenda de política local de las mujeres”, al que se le han concedido 38.300 euros y que dicen que será realizado en Honduras.

Resulta además llamativo un trabajo que pretende el “Cumplimiento de obligaciones y compromisos internacionales estatales con relación a los derechos humanos de las mujeres y el principio de igualdad de género en el ámbito local de 15 países de América Latina y el Caribe hispano”, que se desarrollará en Perú y que ha sido subvencionado con 68.600 euros. Asimismo, entre los proyectos favorecidos por Pajín también llaman la atención uno denominado “Irradiando el Desarrollo Local con enfoque de género en Suchitoto”, en El Salvador, que ha recibido 54.900 euros, o el “Observatorio Manuela de Violencia, Feminicidio y Mujeres en Riesgo”, en Bolivia, al que se le han destinado 54.600 euros.

Mapa sexual


Leire Pajín ya ha estado en la picota por las ayudas. Cabe recordar que la ONG Solidaridad Internacional, vinculada al PSOE y presidida entre 2000 y 2004 por la hoy ministra, ha recibido casi 30 millones de euros para el periodo 2010-2013, según publicó Abc. Otro de los últimos escándalos que ha protagonizado ha sido quitar las subvenciones a una asociación de gays y lesbianas por criticarla. Por su parte, Bibiana Aído, también ha tenido polémicas. A través del Instituto de la Mujer, cuando dirigía Igualdad, gastó 845.803 euros en la “realización de investigaciones relacionadas con estudios feministas, de las mujeres y del género”, entre los que estaba un Mapa de inervación y excitación sexual en clítoris y labios menores, por 26.000 euros. Además, el Tribunal de Cuentas, en un demoledor informe de enero, muestra que contrató de forma irregular por valor de 5,5 millones con Concepto Staff de Publicidad. También entregó tres millones de euros a la fundación José María de Llanos del socialista Laurentino de Miguel Morejudo.




viernes, 1 de abril de 2011

Laboratorios reponen semanalmente vacunas contra influenza






EL UNIVERSAL



Laboratorios reponen semanalmente vacunas contra influenza.


Debido al diferencial cambiario, las nuevas vacunas deberán venderse con 50% de incremento.



Para satisfacer al menos parcialmente, la amplia demanda de vacunas contra influenza que existe en este momento en Venezuela debido al brote del virus AH1N1, los laboratorios han incrementado el número de despachos a los centros de inmunización de todo el país.



Según explicó Marieli Alfonzo, gerente general de Sanofi Pasteur, división de vacunas del grupo Sanofi-Aventis, -uno de los dos laboratorios con el mayor peso en el mercado privado venezolano de vacunas-, cada semana atienden pedidos pero la demanda sigue siendo mucho mayor. "Sin embargo, esperamos que a partir de mañana se atenúen un poco las exigencias pues despacharemos un importante lote de vacunas contra influenza estacional", explicó.



El sector público de la salud es abastecido directamente por el Ministerio de Salud, que suele adquirir sus vacunas a través de la Organización Panamericana de la Salud. Sin embargo, la calidad de las vacunas es la misma y, al igual que en el sector privado, los principales proveedores son los laboratorios Sanofi y Glaxo.


Hasta este nuevo brote de AH1N1, la demanda normal de vacunas contra influenza que atendía Sanofi Pasteur en el sector privado era de apenas cien mil al año. "Esa cantidad la cubríamos con comodidad con nuestros inventarios regulares", aseguró Alfonzo.



Esas cien mil dosis fueron importadas a una tasa de cambio de 2,150 bolívares por dólar, pero las resposiciones fueron compradas a la nueva tasa de cambio de 4,300 bolívares por dólar. "Aunque el laboratorio ha hecho un esfuerzo para no trasladar todo el aumento al público, pues nos interesa que los venezolanos se vacunen, el precio se ha incrementado en 50%", refirió. Giuliana Chiappe.



REGIÓN MURCIA--Investigan si una prótesis de cadera puede ser tóxica






El Servicio Murciano de Salud está sometiendo a revisiones periódicas a 23 pacientes a los que se implantó una prótesis de cadera que la Agencia Española del Medicamento retiró en septiembre de 2010 tras comprobar una «posible cesión de restos metálicos de la aleación cromo-cobalto a los tejidos circundantes». Los pacientes son sometidos a un TAC «para comprobar si se ha desarrollado alguna masa tumoral alrededor de la prótesis», explica Roque Martínez, subdirector de Asistencia Especializada. También se les hacen análisis de sangre para detectar la presencia de cromo y cobalto en sangre. Hasta ahora, todos las revisiones han dado resultados negativos.

Las prótesis de cadera Depuy ASR se implantaron desde el año 2003 a 2010 en 70 hospitales españoles, según los datos ofrecidos por la firma Aguirre Abogados, que representa a un grupo de afectados. Este despacho ha encargado un estudio para comprobar la toxicidad de las prótesis a la Escuela de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Complutense de Madrid. Todavía no se ha llegado a ninguna conclusión ni se ha estudiado a los pacientes afectados, pero esta escuela recuerda que la exposición a una fuente fija de cobalto en animales ha permitido determinar «alteraciones tóxicas» en el hígado, riñones, glándulas suprarrenales y bazo. Se desconoce, sin embargo, cuál es el «rango mínimo que produce efectos tóxicos en humanos». Mientras, la toxicidad por cromo puede provocar convulsiones, daño del hígado y riñón e incluso la muerte, explican los expertos. No está demostrado que estos efectos se hayan producido en alguno de los pacientes a los que se implantó la prótesis, y la Escuela de Medicina Legal se limita a recordar los efectos de estos contaminantes en pruebas realizadas en animales. En todo caso, la firma de abogados que representa a algunos de los afectados recuerda que los daños comprobados en esos modelos animales «son muy superiores a los contemplados en la alerta del Ministerio de Sanidad, que retiró las prótesis del mercado».


Los abogados denuncian que la alerta pública en España se dio en octubre de 2010, «casi un año después» de haberse prohibido estas prótesis en Australia. Además, denuncian que no se haya encargado un estudio sobre las consecuencias de estos implantes en los pacientes. En todo caso, los pacientes sí son revisados periódicamente a raíz de la alerta de la Agencia del Medicamento. En la Región, se implantaron 26 prótesis, pero 3 de ellas fueron retiradas al poco tiempo «por infecciones y complicaciones habituales» en este tipo de pacientes, explica Sanidad. «No hay relación entre esos problemas y los riesgos asociados a ese modelo por la aleación de cromo y cobalto», explica Roque Martínez, subdirector de Asistencia Especializada. A los 23 pacientes restantes no ha sido necesario retirarles la prótesis «porque no se ha detectado ningún problema», señala Martínez.




SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS "EASY FIGURE" RETIRADOS D...





Hola, yo tome un tiempo easy, y la verdad me bajo de peso en forma gradual, y con muy buenos resultados, mientras estuve tomandolas, estuve haciendo ejercicio y estuve en chequeo con mi Mèdico, ya que el no estuvo de acuerdo en mi decision de tomarlas, pero como todo buen Mèdico, quiso estar al pendiente de cualquier reaccion que yo pudiera tener y mas por que ya habiamos visto toda esta informacion, se que fue una irresponsabilidad de mi parte y muy osada mi acciòn, pero gracias a Dios a mi me funciono estupendamente bien, ademàs mejoro mi autoestima, mi niveles de colesterol bajaron, mi presion arterial jamas se disparo y hasta la fecha no he tenido ningun problema de salud, cabe mencionar q tengo un año que las deje de tomar y hasta ahora no he recuperado esos horribles kilos, siento q el bajar de peso me motivo a cuidarme mas......

jueves, 31 de marzo de 2011

NOTA INFORMATIVA SOBRE PRODUCTOS DESINFECTANTES-- AEMPS





















Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios AEMPS



NOTA INFORMATIVA SOBRE PRODUCTOS DESINFECTANTES


Fecha de publicación: 29 de marzo de 2011


Categorías: COSMÉTICOS, BIOCIDAS, PRODUCTOS SANITARIOS, MEDICAMENTOS DE USO HUMANO.


Referencia: COS/01/2011


Los productos que se utilizan con finalidad desinfectante se encuentran sujetos a diferentes regulaciones en función del fin previsto que se indica en el etiquetado e instrucciones de uso de los productos. Se realiza una descripción detallada de los distintos tipos de desinfectantes y de la normativa aplicable en cada caso. Los productos que se utilizan con finalidad desinfectante se encuentran sujetos a diferentes regulaciones en función de la finalidad prevista que se indica en el etiquetado e instrucciones de uso de los productos. De acuerdo a lo citado, hay tres categorías legales de desinfectantes:


1) Biocidas: Antisépticos para piel sana y desinfectantes de ambientes clínicos y quirúrgicos.


2) Productos sanitarios: Productos para la desinfección de productos sanitarios.


3) Medicamentos: Desinfectantes de piel dañada.


1) BIOCIDAS: Tienen esta consideración los ANTISÉPTICOS PARA PIEL SANA, incluidos los destinados al campo quirúrgico preoperatorio y los destinados a la desinfección del punto de inyección, así como los DESINFECTANTES DE AMBIENTES Y SUPERFICIES UTILIZADOS EN LOS ÁMBITOS CLÍNICOS O QUIRÚRGICOS que no entran en contacto con el paciente directamente, tales como los destinados a pasillos, zonas de hospitalización, zonas de atención y tratamiento, mobiliario, etc. Estos productos, regulados por el Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas, corresponden respectivamente al Tipo 1 (Biocidas para la higiene humana) y Tipo 2 (Desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y la salud pública y otros biocidas) del Grupo principal 1: Desinfectantes y biocidas generales del Anexo V. De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional única del Real Decreto citado, durante el periodo transitorio de aplicación de esta disposición, estos productos siguen regulados por la normativa anterior que les resultaba de aplicación. Esta normativa es la Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, aprobada por el Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, posteriormente modificado por el Real Decreto 443/1994, de 11 de marzo. Conforme a lo señalado en el artículo único de esta última disposición, los plaguicidas de uso en higiene personal se inscriben en el correspondiente Registro de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios. En virtud de cambios legislativos sobrevenidos tras la publicación de este Real Decreto, las competencias de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios en esta materia han sido asignadas a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).


En consecuencia, los Antisépticos para piel sana y los Desinfectantes de ambientes y superficies utilizados en los ámbitos clínicos o quirúrgicos, requieren autorización sanitaria como Desinfectantes otorgada por la AEMPS. Estos productos deberán exhibir en su etiquetado el número de autorización “nº - DES” que corresponda a dicha autorización. A estos productos no les resulta de aplicación lo citado en el apartado 2) siguiente.



2) PRODUCTOS SANITARIOS: Tienen esta consideración los PRODUCTOS QUE SE DESTINAN ESPECÍFICAMENTE A LA DESINFECCIÓN DE PRODUCTOS SANITARIOS. encuentran regulados por el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los Productos Sanitarios, transposición de la Directiva 93/42/CEE, del Consejo, relativa a los productos sanitarios. De acuerdo con lo expresado en esta regulación, estos productos requieren Marcado CE para su comercialización. En cuanto a su clasificación, los desinfectantes se clasifican en virtud de la Regla 15 del Anexo IX como sigue. Regla 15, párrafo segundo: “Todos los productos que se destinen específicamente a la desinfección de productos sanitarios se incluirán en la clase IIa, a no ser que estén destinados específicamente a la desinfección de productos invasivos, en cuyo caso se incluirán en la clase IIb”. Ejemplos de estos productos son: a) Desinfectantes de productos sanitarios no invasivos: desinfectantes destinados a incubadoras, camillas, monitores, etc. Se clasifican como clase IIa. b) Desinfectantes de productos sanitarios invasivos: desinfectantes destinados a endoscopios, instrumental quirúrgico, etc. Se clasifican como clase IIb. Tanto en los productos clase IIa como en los de clase IIb, para que el fabricante pueda colocar el marcado CE en sus productos, estos han tenido que ser previamente evaluados por un Organismo Notificado, el cual ha emitido el certificado CE de evaluación de la conformidad correspondiente. En consecuencia, los productos que se destinan específicamente a la desinfección de productos sanitarios deben exhibir el marcado CE en su etiquetado acompañado del número de identificación del Organismo notificado que ha intervenido en su evaluación. El fabricante debe haber efectuado una Declaración CE de Conformidad con los requisitos de la regulación de productos sanitarios y debe poseer los certificados CE correspondientes emitidos por un Organismo Notificado.



3) MEDICAMENTOS: Tienen esta consideración los DESINFECTANTES QUE SE DESTINAN A APLICARSE EN PIEL DAÑADA: heridas, cicatrices, quemaduras, infecciones de la piel, etc. Se encuentran regulados por el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente, y posteriores modificaciones, y por el Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación, así como por el resto de normativa de medicamentos que pueda resultarles de aplicación. En consecuencia, los desinfectantes de piel dañada deben de poseer la correspondiente autorización de comercialización como medicamento otorgada por la AEMPS y su etiquetado debe ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1345/2007.

En consecuencia, los desinfectantes de piel dañada deben de poseer la correspondiente autorización de comercialización como medicamento otorgada por la AEMPS y su etiquetado debe ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1345/2007.

Las madres con Alzheimer pueden transmitir la enfermedad a sus hijos





Las personas con antecedentes maternos de enfermedad de Alzheimer de aparición tardía presentan el doble de posibilidades de padecer una reducción del volumen de la materia gris en zonas vulnerables del cerebro, que los que tienen un padre con la enfermedad o los que no tienen antecedentes familiares.



Con el uso de técnicas de morfometría voxel, los autores de un artículo publicado en la revista Neurology, han observado las diferentes regiones del cerebro de las personas con antecedentes maternos y paternos de la enfermedad de Alzheimer. Los resultados muestran que en las personas con antecedentes maternos de la enfermedad, existen diferencias en áreas específicas de la cerebro que también se ven afectadas por la enfermedad de Alzheimer y que no se encuentran afectadas en las personas con antecedentes paternos. Concretamente, se pudo observar que las personas cognitivamente sanas, pero con una madre con Alzheimer, mostraban un aumento de la atrofia de la sustancia gris de todo el cerebro y expansión del líquido cefalorraquídeo. Estos sujetos también presentaban una atrofia significativamente mayor en el precuneo y en regiones parahipocampales e hipocampales, en comparación con las personas con antecedente paterno de la enfermedad o sin antecedentes familiares, independientemente de la presencia de APOE4, del estado civil, el sexo y la edad.



[Neurology 2011] Honea RA, Swerdlow RH, Vidoni ED y Burns JM




Casi 1 de cada 4 hospitalizados corre riesgo de desnutrición-- SOBRE TODO LOS MAYORES DE 70 AÑOS




SOBRE TODO LOS MAYORES DE 70 AÑOS


Casi 1 de cada 4 hospitalizados corre riesgo de desnutrición.



SEMPE dice que la desnutrición relacionada con la enfermedad constituye "un problema sanitario de elevada prevalencia y altos costes"


(EUROPA PRESS) -


Casi uno de cada cuatro pacientes hospitalizados en España está en riesgo de desnutrición, siendo los mayores de 70 años el grupo etario más prevalente, según un estudio realizado por la Sociedad Española de Nutrición Parenteral y Enteral (SENPE), cuyos datos fueron presentados en el marco del III Congreso Internacional Dependencia y Calidad de Vida, organizado por la Fundación Edad&Vida.


Según la presidenta del Comité Científico de SENPE, Julia Álvarez, encargada de mostrar las principales conclusiones de este estudio, efectuado entre 1.597 pacientes de 31 centros hospitalarios, "la desnutrición relacionada con la enfermedad constituye un problema sanitario de elevada prevalencia y altos costes".


"En España, tres de cada cuatro pacientes que ingresan desnutridos, degresan desnutridos", aseguró la experta, quien ha explicado que los pacientes con desnutrición presentan "una estancia media hospitalaria significativamente superior de 4,2 días". "En términos económicos --anota-- el coste hospitalario es un 50 por ciento más elevado en los pacientes desnutridos".


Según esta investigación, las condiciones que se asociaron con una mayor prevalencia de desnutrición fueron la disfagia, las enfermedades neurológicas, las neoplasias, la diabetes y la patología cardiovascular. Los pacientes polimedicados presentaron el doble de prevalencia de desnutrición respecto a la de los pacientes no polimedicados.


20 MILLONES DE EUROPEOS EN RIESGO DE DESNUTRICIÓN.



Según el secretario General de la European Society of Clinical Nutrition and Metabolism (ESPEN), Miguel León, la desnutrición "no se limita a países menos desarrollados, sino que ocurre también en Europa, donde se estima que un 5 por ciento de la población tiene riesgo de desnutrición". "Puesto que esta prevalencia asciende al 10 y 20 por ciento en la población mayor de 65 y 80 años, respectivamente, se puede estimar que el riesgo de desnutrición en la Unión Europea alcanza a 20 millones de individuos y que el coste para la sociedad de la desnutrición puede llegar a 120.000 millones de euros", dice. Los individuos desnutridos tienen mayores riesgos de complicaciones, de mortalidad, de prolongación de la estancia hospitalaria. Menos de un 50 por ciento de los pacientes consumen totalmente las comidas, pero sólo un pequeño porcentaje recibe algún tipo de soporte nutricional para cubrir las carencias de nutrientes.



"Es por ello necesario aumentar la educación nutricional entre profesionales, el compromiso de las autoridades sanitarias, la protocolización obligatoria de evaluación y tratamiento nutricional, y la creación de auditorías que analicen el cumplimiento de estas guías e indicadores de calidad", sostuvo León.



En el marco de este encuentro, la Fundación Edad&Vida presentó un estudio con recomendaciones dirigidas a las entidades que intervienen en la regulación o en la ejecución de servicios de atención a las personas mayores institucionalizadas. Su objetivo es desarrollar políticas preventivas para mejorar la calidad de vida de los mayores y contribuir a la sostenibilidad del sistema. El III Congreso Internacional Dependencia y Calidad de Vida es un encuentro de carácter profesional, organizado por la Fundación Edad&Vida con el apoyo de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad a través del IMSERSO.

Estimulación cerebral--HOJA PARA EL PACIENTE DE JAMA





Estimulación cerebral profunda

HOJA PARA EL PACIENTE DE JAMA


La Revista de la American Medical Association Neurocirugía. La estimulación cerebral profunda (deep brain stimulation, DBS) es una técnica quirúrgica en la cual un electrodo (un cable no aislado) se coloca en las estructuras subcorticales (debajo de la superficie) del cerebro. Este electrodo se conecta a un estimulador (una batería), colocado generalmente cerca de la clavícula. COPIA PARA SUS PACIENTES La Hoja para el paciente de JAMA es un servicio al público de JAMA. La información y las recomendaciones que aparecen en esta hoja son adecuadas en la mayoría de los casos, pero no reemplazan al diagnóstico médico. Para obtener información específica relacionada con su afección médica personal, JAMA le sugiere que consulte a su médico. Los médicos y otros profesionales del cuidado de la salud pueden fotocopiar esta hoja con fines no comerciales para compartirla con pacientes. Indicaciones El uso de la DBS se ha limitado a formas graves de la enfermedad que no han respondido al tratamiento médico habitual. La Administración de Alimentos y Medicamentos (Food and Drug Administration, FDA) de los EE. UU. aprobó el uso de la DBS en la enfermedad de Parkinson, el temblor hereditario (temblor incontrolable de las manos) y la distonía (movimientos incontrolables del cuerpo). Su utilización se está estudiando para:



• la depresión;

• la epilepsia;

• el trastorno obsesivo compulsivo (obsessivecompulsive disorder, OCD);

• los trastornos de la alimentación;

• las cefaleas en brotes (un tipo de cefalea sumamente intensa);

• el dolor crónico y del miembro fantasma;

• el síndrome de Tourette (tics incontrolables en el rostro y las extremidades); y

• el coma postraumático.


Riesgos


Dado que la DBS es un procedimiento invasivo, pueden producirse complicaciones graves; entre otras, sangrado e infección, cicatrización patológica y accidente cerebrovascular. Algunas otras complicaciones pueden ser cefaleas, problemas neuropsiquiátricos (cambios de estado de ánimo, apatía, alucinaciones), y rotura del cable, mal funcionamiento de la batería o desplazamiento del electrodo. Debido a que la batería tiene una vida útil limitada, debe reemplazarse de forma regular mediante cirugía.



Técnica


La estimulación cerebral profunda exige la ubicación precisa de una zona afectada específica del cerebro mediante técnicas de diagnóstico por imágenes estereotácticas (tridimensionales) con radiografía, tomografía computarizada (computed tomography, CT) o resonancia magnética (magnetic resonance imaging, MRI). Después de abrir un pequeño orificio en el cráneo con un taladro, equipos especiales permiten la colocación precisa, guiada por imágenes, de un electrodo en la parte afectada del cerebro. Durante la cirugía, pueden hacerse análisis para garantizar que el electrodo estimulará únicamente las neuronas (células nerviosas) que reducen los síntomas. Cada enfermedad neurológica tiene neuronas afectadas específicas. Por ejemplo, en la enfermedad de Parkinson, estas se encuentran en el núcleo subtalámico o el globo pálido (regiones del cerebro); en el temblor hereditario o la epilepsia, las neuronas del tálamo (otra región del cerebro). Dado que la intensidad y frecuencia más eficaces de la estimulación eléctrica varían entre las enfermedades y los pacientes, después de la colocación del electrodo se realizan análisis para elegir la configuración de estimulación adecuada. Aunque no está claro cómo funciona la DBS, la explicación más plausible es que reconecta los circuitos cerebrales y lleva a un mejor equilibrio entre las vías de inhibición y excitación del cerebro.


Limitaciones



La DBS es costosa y exige un compromiso a largo plazo del paciente, la familia y el médico. Puede tener efectos desconocidos a largo plazo. Debido a que la DBS no cura ninguna enfermedad, en general solo se consideran para este tratamiento los pacientes que tienen discapacidades de gran entidad y no responden al tratamiento médico.



Ryszard M. Pluta, MD, PhD, Writer Gabriela D. Perazza, BS, Illustrator Intern Robert M. Golub, MD, Editor.


732 JAMA, 16 de febrero de 2011—Vol. 305, núm. 7

miércoles, 30 de marzo de 2011

Entre los acusados ​​filiales de AstraZeneca PLC, SA, Sanofi-Aventis, Bayer AG, y Takeda Pharmaceutical Co., así como Bristol-Myers Squibb Co., Merck
















Tribunal del Condado de California reglas no pueden demandar a los fabricantes de medicamentos Los EE.UU. Corte Suprema falló el martes que un condado de California no puede demandar a las grandes compañías farmacéuticas sobre las denuncias de que cobró de los servicios públicos de atención de la salud para los medicamentos recetados.


El alto tribunal, en un dictamen unánime de la juez Ruth Bader Ginsburg, dijo Santa Clara en California el condado no tiene el derecho legal de presentar la demanda.


En cuestión eran las obligaciones de los fabricantes de medicamentos de precios a los centros de salud que sirven a los pobres, y si las instalaciones cuentan con un derecho de demandar a las compañías farmacéuticas para hacer cumplir esas obligaciones.


En virtud de acuerdos con el gobierno federal, los fabricantes de medicamentos debe tapar los precios que cobran los servicios médicos que prestan servicios de salud de la red de seguridad. Condado de Santa Clara, en nombre de sus centros de salud, presentó una demanda contra varias empresas, alegando que cobraban precios por encima de las tapas.


Las compañías farmacéuticas entrar en los acuerdos como condición para participar en Medicaid, el programa federal de salud para los pobres.


Entre los acusados ​​filiales de AstraZeneca PLC, SA, Sanofi-Aventis, Bayer AG, y Takeda Pharmaceutical Co., así como Bristol-Myers Squibb Co., Merck & Co., Inc., Pfizer y GlaxoSmithKline PLC.


Ginsburg dijo que un tribunal inferior era incorrecta al considerar que los servicios médicos tenían derecho a presentar la demanda debido a que eran beneficiarios de terceros de los acuerdos de fijación de precios.


Ginsburg dijo que la aplicación de precios fue la responsabilidad de los EE.UU. Departamento de Salud y Servicios Humanos. El caso es Astra EE.UU. contra el Condado de Santa Clara, 09-1273.


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Court Rules California County Can't Sue Drug Makers


The U.S. Supreme Court ruled Tuesday that a California county can't sue large pharmaceutical companies on allegations that they overcharged public health-care facilities for prescription drugs.


The high court, in a unanimous opinion by Justice Ruth Bader Ginsburg, said California's Santa Clara County did not have a legal right to bring the lawsuit.


At issue were drug makers' pricing obligations to health-care facilities that serve the poor, and whether those facilities have a right to sue drug companies to enforce those obligations.


Under agreements with the federal government, drug makers must cap the prices they charge medical facilities that provide safety-net health services. Santa Clara County, on behalf of its health centers, filed suit against several companies, alleging they charged prices above the caps.


Drug companies enter the agreements as a condition of participating in Medicaid, the federal health-care program for the poor.


The defendants included subsidiaries of AstraZeneca PLC, Sanofi-Aventis SA, Bayer AG, and Takeda Pharmaceutical Co., as well as Bristol-Myers Squibb Co., Merck & Co., Pfizer Inc. and GlaxoSmithKline PLC.


Justice Ginsburg said a lower court was incorrect when it ruled that medical facilities had a right to bring the lawsuit because they were third-party beneficiaries of the pricing agreements.


Justice Ginsburg said pricing enforcement was the responsibility of the U.S. Department of Health and Human Services. The case is Astra USA v. County of Santa Clara, 09-1273


. ............................................................ El progreso de unos no puede ser a costa de la miseria de otros.


Rafael Hernández Colón

ACLIMAFEL/VERALIPRIDA - NOS MANDAN EL SIGUIENTE MENSAJE DESDE MEXICO



Hola mi nombre es Victor Moreno y mi madre desea formar parte del grupo de denuncia a raiz de la ingesta continua del mencionado ACLIMAFEL. Mi madre como muchos casos en Internet sufre todos y cada uno de los efectos secundarios, depresion, intentos de suicidio, etc, etc... Su nombre es: Victoria Guadiana Ramirez tiene 54 años este abril y tiene 8 AÑOS consumiendo este farmaco. Vive en la Cd. de Mexico y su telefono es:

4622-1370.


Cualquier duda o comentarios quedo a sus ordenes.


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AMIGO MEJICANO "GABRIELA CAMPOS" LEERÁ ESTE MENSAJE Y SE PONDRÁ EN CONTANTO.

NUEVAS NORMAS PARA LOS FÁRMACOS La Aemps exige prospectos más actualizados " Y NUNCA LO HICIERON CON EL AGREAL"





NUEVAS NORMAS PARA LOS FÁRMACOS


La Aemps exige prospectos más actualizados


Los prospectos de todos los antibióticos deberán cambiar para incluir información sobre su correcta utilización para evitar resistencias. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, ha emitido una circular en la que se detalla la información adicional que deberán incluir los nuevos medicamentos autorizados en España. Los puntos clave son la actualización de los prospectos, la información sobre puntos de reciclaje y los requisitos para la correcta utilización de los antibióticos. En concreto, la agencia que dirige Belén Crespo, la última frase de todos los prospectos será, a partir de ahora:


“La información detallada y actualizada de este medicamento está disponible en la página web de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) http://www.aemps.es/”.



El objetivo es que los usuarios de medicamentos conozcan que puede existir una versión más actualizada del prospecto que acompaña al medicamento. En segundo lugar, todos los medicamentos autorizados (excepto los hospitalarios) deberán incluir información en sus prospectos sobre la eliminación de medicamentos en los puntos sigre.


Por último, con el objetivo de incrementar la concienciación sobre el correcto consumo de de antibióticos, los prospectos de todos los antibióticos autorizados en España deberán incluir la información didáctica sobre su utilidad ("no sirven para catarros o gripes") y la importancia de completar el tratamiento, con el fin de evitar la aparición de resistencias.



Esta nueva normativa es de aplicación a los medicamentos con una autorización nacional de comercialización, provenga ésta de un procedimiento puramente nacional o de un procedimiento europeo descentralizado o de reconocimiento mutuo, aunque se excluye a los medicamentos cuya autorización de comercialización provenga de un procedimiento centralizado.

Pioglitazona y posible relación con cáncer de vejiga "GOBIERNO DE CANARIAS"

El Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA), ha iniciado una revisión¹ de la relación beneficioriesgo, para profundizar sobre un posible aumento del riesgo de cáncer de vejiga en los medicamentos que contienen pioglitazona. Este riesgo ha sido objeto de atento examen por el Comité desde la concesión de la autorización de comercialización por primera vez en 2000. Takeda está llevando a cabo una serie de estudios post-autorización, incluyendo un estudio epidemiológico de diez años, cuyo objetivo es identificar incidencia de tumores relacionados con el tratamiento con pioglitazona en una cohorte de pacientes diabéticos. Los tres informes provisionales del estudio, existentes hasta la fecha, no han confirmado una clara asociación. Sin embargo, impulsado por un mayor número de notificaciones espontáneas de cáncer de vejiga, el CHMP ha considerado que, tanto las pruebas previstas acumuladas por estudios preclínicos como los datos epidemiológicos y del ensayo PROactive (ensayo clínico controlado con placebo), representan una señal clínicamente relevante que requiere una evaluación adicional. La Comisión procederá ahora a revisar todos los datos disponibles a fondo, incluyendo los datos publicados, los datos no-clínicos y clínicos, informes posteriores a la comercialización y los estudios de farmacoepidemiología, para evaluar su impacto en el balance beneficio-riesgo de estos medicamentos. Referencias 1. Agencia Europea de Medicamentos Meeting highlights from the Committee for Medicinal Products for Human Use (CHMP) Review of pioglitazone-containing medicines started. 14-17 March 2011. 24 de marzo del 2011-03-24 Servicio de Uso Racional del Medicamento. Dirección General de Farmacia.

Indemnizacion Negligencia Medica Muerte Mieloma

Indemnizacion Negligencia Medica Muerte Mieloma NEGLIGENCIA MEDICA El Servicio Extremeño de Salud (SES) indemnizará con 45.000 euros a los familiares de M.R. que murió en 2007 aquejado de Mieloma Múltiple sin que le realizaran en el plazo establecido, dentro del protocolo para este tipo de pacientes, un trasplante de médula, como se había previsto en su seguimiento. Así lo ha expuesto a Europa Press TV la esposa del fallecido, Manuela, quien ha lamentado que “no” trataran “correctamente” a su marido y que “no” se respetara “el protocolo de actuación que hay para el tipo de cáncer” que padecía el mismo. Por ello, decidió demandar al Servicio Extremeño de Salud (SES) por no realizar “el trasplante correspondiente en los protocolos que tienen establecidos” para este tipo de patologías. “Pasó mucho durante nueve meses con quimioterapia y radioterapia y cuando llegó la hora de hacer el trasplante se olvidaron de que había que hacerlo”, ha precisado. Según ha explicado Manuela, a su cónyuge se le diagnosticaron Mieloma Múltiple, por lo que en julio de 2007 comienzan a tratarle con quimioterapia y en ese mismo mes se procede a la fase de movilización, que consiste en la obtención de células madres para practicarle el trasplante con posterioridad, que según ha especificado debería haberse llevado a cabo entre “15 y 30 días después”, aunque la doctora que lo atendió les comunicó, según ha recodado, que el plazo “era de tres o seis” meses. Pese a que tenían que haberle intervenido en agosto de ese mismo año, su esposo muere el 6 de noviembre de 2007 tras ingresar en urgencia, sin tener fecha de quirófano. “No cumplieron con él”, ha dicho. “Se les había olvidado por completo que había un enfermo y una familia alrededor pasándolo muy mal”, ha criticado Manuela. RECONOCIMIENTO Tras la demanda formulada en 2010 ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el mes de julio de este año en un informe firmado la Inspección de Servicios Sanitario de la Consejería de Sanidad se reconoce que “el trasplante no se llega a realizar” en el tiempo conveniente “por motivos que se desconocen”, tal y como recoge el documento. Como consecuencia de esta comunicación se ha llegado a un acuerdo negociado con la aseguradora del Servicio Extremeño de Salud para indemnizar a los parientes del fallecido con un total de 45.000 euros por lo ocurrido. “No queríamos el dinero, sólo quería el reconocimiento de lo que habían hecho mal con mi marido”, ha aclarado Manuela, al tiempo que ha explicado que en dos día aceptaron llegar a un acuerdo, puesto que lo que busca con ello es que “reconocieran” que los sanitarios que atendieron a su esposo “lo habían hecho mal”. Para esta mujer, el fallecido “no se merecía estar donde está ahora, por culpa de unas personas irresponsables y por falta de coordinación”, ha lamentado. “Mi marido ya no vuelve de donde está”, ha reprochado.


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AUTENTICO DESCALABRO, UNA VIDA HUMANA "VALE 45.000 EUROS"

"PARA PILAR REMIRO"

Imprimir Responsables del Hospital del Mar han perdido la ocasión de hacer un acto de dignidad, pero no con Pilar Remiro, con ustedes mismos, ella no la ha perdido. Ustedes han demostrado que están al servicio de intereses que nada pueden tener que ver con la salud, a pesar del centro del que son responsables. Negarse a comprender que esta enfermedad genera dermatitis, hipersensibilidades, intolerancias, y enfermedades inmunológicas reacciones físicas ambientales ante determinadas sustancias, falta de fuerzas para hablar, problemas cognitivos, tremendo esfuerzo mental para centrar y resumir ideas, posibles problemas con componentes químicos de embalaje y un largo etc.…. Que estas personas precisan la ayuda de terceros para tramitaciones telefónicas, mensajería a domicilio (dado que no pueden salir a la calle por los químicos ambientales). A pesar de ello Pilar Remiro quería esforzarse y llevar una vida lo más normalizada posible, ustedes no lo han sabido valorar, se ve claro por la carta escrita por la Sra. Maribel Pérez Piñero Es como ha comentado alguien para que hubiera destituciones. Estoy de acuerdo con las aportaciones que se han hecho. Lo importante es que se reconozca de una vez, no pueden seguir estas personas con este estrés añadido a la enfermedad, personas como ustedes colaboran en su deterioro. Y Personas como Pilar Remiro son necesarias, lamentablemente, ya que ni sindicatos, ni algunas organizaciones de afectados mueven ficha para humanizar la existencia de esta afección. No es suficiente con escribir, hay que estar y apoyar visible y prácticamente. Como lo están haciendo Carlos de Prada, Miguel Jara y algunas pocas personas más.

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056
Teléfonos: 630232050 - NUESTRA DIRECTIVA: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA--VICEPRESIDENTA: ROSARIO CARMONA JIMENEZ

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