miércoles, 30 de marzo de 2011

Entre los acusados ​​filiales de AstraZeneca PLC, SA, Sanofi-Aventis, Bayer AG, y Takeda Pharmaceutical Co., así como Bristol-Myers Squibb Co., Merck
















Tribunal del Condado de California reglas no pueden demandar a los fabricantes de medicamentos Los EE.UU. Corte Suprema falló el martes que un condado de California no puede demandar a las grandes compañías farmacéuticas sobre las denuncias de que cobró de los servicios públicos de atención de la salud para los medicamentos recetados.


El alto tribunal, en un dictamen unánime de la juez Ruth Bader Ginsburg, dijo Santa Clara en California el condado no tiene el derecho legal de presentar la demanda.


En cuestión eran las obligaciones de los fabricantes de medicamentos de precios a los centros de salud que sirven a los pobres, y si las instalaciones cuentan con un derecho de demandar a las compañías farmacéuticas para hacer cumplir esas obligaciones.


En virtud de acuerdos con el gobierno federal, los fabricantes de medicamentos debe tapar los precios que cobran los servicios médicos que prestan servicios de salud de la red de seguridad. Condado de Santa Clara, en nombre de sus centros de salud, presentó una demanda contra varias empresas, alegando que cobraban precios por encima de las tapas.


Las compañías farmacéuticas entrar en los acuerdos como condición para participar en Medicaid, el programa federal de salud para los pobres.


Entre los acusados ​​filiales de AstraZeneca PLC, SA, Sanofi-Aventis, Bayer AG, y Takeda Pharmaceutical Co., así como Bristol-Myers Squibb Co., Merck & Co., Inc., Pfizer y GlaxoSmithKline PLC.


Ginsburg dijo que un tribunal inferior era incorrecta al considerar que los servicios médicos tenían derecho a presentar la demanda debido a que eran beneficiarios de terceros de los acuerdos de fijación de precios.


Ginsburg dijo que la aplicación de precios fue la responsabilidad de los EE.UU. Departamento de Salud y Servicios Humanos. El caso es Astra EE.UU. contra el Condado de Santa Clara, 09-1273.


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Court Rules California County Can't Sue Drug Makers


The U.S. Supreme Court ruled Tuesday that a California county can't sue large pharmaceutical companies on allegations that they overcharged public health-care facilities for prescription drugs.


The high court, in a unanimous opinion by Justice Ruth Bader Ginsburg, said California's Santa Clara County did not have a legal right to bring the lawsuit.


At issue were drug makers' pricing obligations to health-care facilities that serve the poor, and whether those facilities have a right to sue drug companies to enforce those obligations.


Under agreements with the federal government, drug makers must cap the prices they charge medical facilities that provide safety-net health services. Santa Clara County, on behalf of its health centers, filed suit against several companies, alleging they charged prices above the caps.


Drug companies enter the agreements as a condition of participating in Medicaid, the federal health-care program for the poor.


The defendants included subsidiaries of AstraZeneca PLC, Sanofi-Aventis SA, Bayer AG, and Takeda Pharmaceutical Co., as well as Bristol-Myers Squibb Co., Merck & Co., Pfizer Inc. and GlaxoSmithKline PLC.


Justice Ginsburg said a lower court was incorrect when it ruled that medical facilities had a right to bring the lawsuit because they were third-party beneficiaries of the pricing agreements.


Justice Ginsburg said pricing enforcement was the responsibility of the U.S. Department of Health and Human Services. The case is Astra USA v. County of Santa Clara, 09-1273


. ............................................................ El progreso de unos no puede ser a costa de la miseria de otros.


Rafael Hernández Colón

ACLIMAFEL/VERALIPRIDA - NOS MANDAN EL SIGUIENTE MENSAJE DESDE MEXICO



Hola mi nombre es Victor Moreno y mi madre desea formar parte del grupo de denuncia a raiz de la ingesta continua del mencionado ACLIMAFEL. Mi madre como muchos casos en Internet sufre todos y cada uno de los efectos secundarios, depresion, intentos de suicidio, etc, etc... Su nombre es: Victoria Guadiana Ramirez tiene 54 años este abril y tiene 8 AÑOS consumiendo este farmaco. Vive en la Cd. de Mexico y su telefono es:

4622-1370.


Cualquier duda o comentarios quedo a sus ordenes.


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AMIGO MEJICANO "GABRIELA CAMPOS" LEERÁ ESTE MENSAJE Y SE PONDRÁ EN CONTANTO.

NUEVAS NORMAS PARA LOS FÁRMACOS La Aemps exige prospectos más actualizados " Y NUNCA LO HICIERON CON EL AGREAL"





NUEVAS NORMAS PARA LOS FÁRMACOS


La Aemps exige prospectos más actualizados


Los prospectos de todos los antibióticos deberán cambiar para incluir información sobre su correcta utilización para evitar resistencias. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, ha emitido una circular en la que se detalla la información adicional que deberán incluir los nuevos medicamentos autorizados en España. Los puntos clave son la actualización de los prospectos, la información sobre puntos de reciclaje y los requisitos para la correcta utilización de los antibióticos. En concreto, la agencia que dirige Belén Crespo, la última frase de todos los prospectos será, a partir de ahora:


“La información detallada y actualizada de este medicamento está disponible en la página web de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) http://www.aemps.es/”.



El objetivo es que los usuarios de medicamentos conozcan que puede existir una versión más actualizada del prospecto que acompaña al medicamento. En segundo lugar, todos los medicamentos autorizados (excepto los hospitalarios) deberán incluir información en sus prospectos sobre la eliminación de medicamentos en los puntos sigre.


Por último, con el objetivo de incrementar la concienciación sobre el correcto consumo de de antibióticos, los prospectos de todos los antibióticos autorizados en España deberán incluir la información didáctica sobre su utilidad ("no sirven para catarros o gripes") y la importancia de completar el tratamiento, con el fin de evitar la aparición de resistencias.



Esta nueva normativa es de aplicación a los medicamentos con una autorización nacional de comercialización, provenga ésta de un procedimiento puramente nacional o de un procedimiento europeo descentralizado o de reconocimiento mutuo, aunque se excluye a los medicamentos cuya autorización de comercialización provenga de un procedimiento centralizado.

Pioglitazona y posible relación con cáncer de vejiga "GOBIERNO DE CANARIAS"

El Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA), ha iniciado una revisión¹ de la relación beneficioriesgo, para profundizar sobre un posible aumento del riesgo de cáncer de vejiga en los medicamentos que contienen pioglitazona. Este riesgo ha sido objeto de atento examen por el Comité desde la concesión de la autorización de comercialización por primera vez en 2000. Takeda está llevando a cabo una serie de estudios post-autorización, incluyendo un estudio epidemiológico de diez años, cuyo objetivo es identificar incidencia de tumores relacionados con el tratamiento con pioglitazona en una cohorte de pacientes diabéticos. Los tres informes provisionales del estudio, existentes hasta la fecha, no han confirmado una clara asociación. Sin embargo, impulsado por un mayor número de notificaciones espontáneas de cáncer de vejiga, el CHMP ha considerado que, tanto las pruebas previstas acumuladas por estudios preclínicos como los datos epidemiológicos y del ensayo PROactive (ensayo clínico controlado con placebo), representan una señal clínicamente relevante que requiere una evaluación adicional. La Comisión procederá ahora a revisar todos los datos disponibles a fondo, incluyendo los datos publicados, los datos no-clínicos y clínicos, informes posteriores a la comercialización y los estudios de farmacoepidemiología, para evaluar su impacto en el balance beneficio-riesgo de estos medicamentos. Referencias 1. Agencia Europea de Medicamentos Meeting highlights from the Committee for Medicinal Products for Human Use (CHMP) Review of pioglitazone-containing medicines started. 14-17 March 2011. 24 de marzo del 2011-03-24 Servicio de Uso Racional del Medicamento. Dirección General de Farmacia.

Indemnizacion Negligencia Medica Muerte Mieloma

Indemnizacion Negligencia Medica Muerte Mieloma NEGLIGENCIA MEDICA El Servicio Extremeño de Salud (SES) indemnizará con 45.000 euros a los familiares de M.R. que murió en 2007 aquejado de Mieloma Múltiple sin que le realizaran en el plazo establecido, dentro del protocolo para este tipo de pacientes, un trasplante de médula, como se había previsto en su seguimiento. Así lo ha expuesto a Europa Press TV la esposa del fallecido, Manuela, quien ha lamentado que “no” trataran “correctamente” a su marido y que “no” se respetara “el protocolo de actuación que hay para el tipo de cáncer” que padecía el mismo. Por ello, decidió demandar al Servicio Extremeño de Salud (SES) por no realizar “el trasplante correspondiente en los protocolos que tienen establecidos” para este tipo de patologías. “Pasó mucho durante nueve meses con quimioterapia y radioterapia y cuando llegó la hora de hacer el trasplante se olvidaron de que había que hacerlo”, ha precisado. Según ha explicado Manuela, a su cónyuge se le diagnosticaron Mieloma Múltiple, por lo que en julio de 2007 comienzan a tratarle con quimioterapia y en ese mismo mes se procede a la fase de movilización, que consiste en la obtención de células madres para practicarle el trasplante con posterioridad, que según ha especificado debería haberse llevado a cabo entre “15 y 30 días después”, aunque la doctora que lo atendió les comunicó, según ha recodado, que el plazo “era de tres o seis” meses. Pese a que tenían que haberle intervenido en agosto de ese mismo año, su esposo muere el 6 de noviembre de 2007 tras ingresar en urgencia, sin tener fecha de quirófano. “No cumplieron con él”, ha dicho. “Se les había olvidado por completo que había un enfermo y una familia alrededor pasándolo muy mal”, ha criticado Manuela. RECONOCIMIENTO Tras la demanda formulada en 2010 ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el mes de julio de este año en un informe firmado la Inspección de Servicios Sanitario de la Consejería de Sanidad se reconoce que “el trasplante no se llega a realizar” en el tiempo conveniente “por motivos que se desconocen”, tal y como recoge el documento. Como consecuencia de esta comunicación se ha llegado a un acuerdo negociado con la aseguradora del Servicio Extremeño de Salud para indemnizar a los parientes del fallecido con un total de 45.000 euros por lo ocurrido. “No queríamos el dinero, sólo quería el reconocimiento de lo que habían hecho mal con mi marido”, ha aclarado Manuela, al tiempo que ha explicado que en dos día aceptaron llegar a un acuerdo, puesto que lo que busca con ello es que “reconocieran” que los sanitarios que atendieron a su esposo “lo habían hecho mal”. Para esta mujer, el fallecido “no se merecía estar donde está ahora, por culpa de unas personas irresponsables y por falta de coordinación”, ha lamentado. “Mi marido ya no vuelve de donde está”, ha reprochado.


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AUTENTICO DESCALABRO, UNA VIDA HUMANA "VALE 45.000 EUROS"

"PARA PILAR REMIRO"

Imprimir Responsables del Hospital del Mar han perdido la ocasión de hacer un acto de dignidad, pero no con Pilar Remiro, con ustedes mismos, ella no la ha perdido. Ustedes han demostrado que están al servicio de intereses que nada pueden tener que ver con la salud, a pesar del centro del que son responsables. Negarse a comprender que esta enfermedad genera dermatitis, hipersensibilidades, intolerancias, y enfermedades inmunológicas reacciones físicas ambientales ante determinadas sustancias, falta de fuerzas para hablar, problemas cognitivos, tremendo esfuerzo mental para centrar y resumir ideas, posibles problemas con componentes químicos de embalaje y un largo etc.…. Que estas personas precisan la ayuda de terceros para tramitaciones telefónicas, mensajería a domicilio (dado que no pueden salir a la calle por los químicos ambientales). A pesar de ello Pilar Remiro quería esforzarse y llevar una vida lo más normalizada posible, ustedes no lo han sabido valorar, se ve claro por la carta escrita por la Sra. Maribel Pérez Piñero Es como ha comentado alguien para que hubiera destituciones. Estoy de acuerdo con las aportaciones que se han hecho. Lo importante es que se reconozca de una vez, no pueden seguir estas personas con este estrés añadido a la enfermedad, personas como ustedes colaboran en su deterioro. Y Personas como Pilar Remiro son necesarias, lamentablemente, ya que ni sindicatos, ni algunas organizaciones de afectados mueven ficha para humanizar la existencia de esta afección. No es suficiente con escribir, hay que estar y apoyar visible y prácticamente. Como lo están haciendo Carlos de Prada, Miguel Jara y algunas pocas personas más.

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056

ASOCIACIÓN "AGREA-L-UCHADORAS DE ESPAÑA" -- N.I.F.: G-65111056
Teléfonos: 630232050 - NUESTRA DIRECTIVA: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA--VICEPRESIDENTA: ROSARIO CARMONA JIMENEZ

agrealluchadoras@gmail.com PRESIDENTA-618311204-SECRETARIA: 630232050- VICEPRESIDENTA:636460515