Soy la chica de 34 años que ya puse me problema aquí de la vacuna del Papiloma.¿porqué mi doctora me indicó la vacuna si ya estaba infectada?.
Hoy sabré que explicaciones me da pero lo cierto es que no soy la misma después de las dos dosis de la vacuna, también hoy me dirá la doctora si me puedo administrar la última dosis. Muchas gracias por lo que he podido leer aquí sobre esta vacuna y por contestarme.
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¡Hola otra vez!
Esperamos que tu doctora te haya dado las explicaciones y pautas a seguir y después de lo que se sabe sobre esta vacuna del papiloma humano, no te haya dejado ponerte la última dosis.
Escríbenos y dinos que explicaciones te dio y el porqué te la hizo poner si ya estabas infectada.
Un saludo muy grande de nuestra parte y esperamos que te encuentres mejor, si necesitas algo y está en nuestra mano, te ayudaremos. Nuestro E-Mail es: agrealluchadoras@yahoo.es
¡ESTO DE LOS MEDICAMENTOS, LABORATORIOS, AGENCIAS DEL MEDICAMENTO, GOBIERNOS Y MÉDICOS SIN ESCRÚPULOS SE HA CONVERTIDO EN UN ARMA DE DOBLE FILO!
Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
sábado, 21 de febrero de 2009
SOY LA CHICA DE 34 AÑOS QUE ESPUSO SU PROBLEMA EN ESTE BLOG SOBRE LA VPH. EL PASADO 15/02/2009
ENTRE 1990-2000, DESARROLLO LEY DEL MEDICAMENTO
1) En el período comprendido entre 1990-2000 se ha producido un amplio desarrollo legislativo de la Ley del Medicamento, y que se ha ido perfilando en las Comunidades Autónomas, de acuerdo con los respectivos marcos competenciales sanitarios.2) El desarrollo de la Ley del Medicamento ha introducido en el ordenamiento jurídico español una serie de innovaciones, especialmente merecen destacar:
a) La definición del concepto de los medicamentos genéricos, así como la regulación de los precios de referencia en la financiación de medicamentos con cargo a la Seguridad Social.
b) La aprobación de la Real Farmacopea Española, aboliéndose la Farmacopea Española IX edición,que estaba vigente desde 1954 y que se encontraba totalmente obsoleta.
c) Los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica probada ha sido objeto de amplia regulación,al desarrollarse el art. 54 Ley del Medicamento en el RD 767/1993, mediante el cual se reglamenta la evaluación, autorización, registro y condiciones de dispensación de medicamentos homeopáticos.
d) Se reglamenta por primera vez en el ordenamiento jurídico español a los medicamentos derivados de sangre y plasma humano, regulándose con carácter fundamental su registro y fabricación.
e) Los medicamentos estupefacientes han sido regulados profundamente introduciéndose las recetas oficiales, sustituyendo el carnet de extradosis, presentando el nuevo sistema implantado la ventaja de que se permite detectar la primera prescripción reiterada y en consecuencia, evitar el tratamiento múltiple de un paciente por varios médicos.
3) El RD 109/1995 que desarrolla los arts. 43-56 Ley del Medicamento, da concreciones sobre los medicamentos veterinarios, habiendo elaborado distintas Comunidades Autónomas disposiciones tendentes a controla restos medicamentos. Sin embargo aún las disposiciones no están plenamente desarrolladas, evidenciándose que aún no se ha reglamentado en la mayoría de las Comunidades Autónomas, las recetas veterinarias ni la lista de principios activos que deberán ser prescritos obligatoriamente en dichas recetas.
4) En el momento presente se observa la falta de desarrollo legislativo, en lo relativo al Real Formulario Nacional,y a la formulación magistral, no habiéndose reglamentado aún ni las normas de buenas prácticas de manufacturas ni los controles de calidad.
5) Desgraciadamente, con relación a los medicamentos a base de plantas medicinales, no se han concretado la lista cuya venta al público estará restringida o prohibida por razón de su toxicidad, generándose ciertas situaciones conflictivas entre herboristerías y oficinas de farmacia.
6) Si bien es verdad que la información y publicidad de los medicamentos se han regulado profundamente, produce inquietud la falta de reglamentación de todo lo relacionado con la información, publicidad, dispensación y distribución de medicamentos a través de Internet. Se está produciendo la venta desmedida de medicamentos que son de prescripción obligatoria en receta médica para su dispensación en oficinas de farmacia.
7) Es cierto que se han regulado las especialidades farmacéuticas publicitarias y los principios generales han sido aceptados por las partes implicadas, pero no puede decirse lo mismo de la relación de principios activos susceptibles de ser utilizados, dando lugar a la reiterada modificación de los listados existentes.
8) También se ha regulado ampliamente los ensayos clínicos, incorporándose al ordenamiento jurídico español las directivas comunitarias existente sobre los mismos. Sin embargo, en la actualidad se observa ciertas inconcreciones (particularmente en lo concerniente al producto en fase de investigación clínica), al par que se está produciendo problemas (especialmente en lo relativo al consentimiento informado).
¿CUMPLIERON CON TODOS ESTOS PUNTOS CON EL AGREAL EN ESPAÑA?¡¡ CON NINGUNO !!
10 de MAYO DE 2001. REVISIÓN DE MEDICAMENTOS. ¿AGREAL?
¡¡ AÑO 2001 !!
Un grupo de expertos revisará los prospectos de los medicamentos
Ayer se constituyó en Madrid un Comité de Lectura de Prospectos de los Medicamentos cuya actividad principal consistirá en revisar los prospectos de los medicamentos de mayor incidencia en la salud de la población. El Comité basará su actuación en el test de legibilidad recogido en la Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento. La creación del Comité es una iniciativa conjunta de la Agencia Española del Medicamento (AEM) y de la Asociación Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF). Entre los expertos que formarán parte del Comité destacan miembros de la AEM como José Félix Olalla y Eulalia Beléndez, subdirector de Medicamentos de Uso Humano y jefa del Servicio de Información y Prospectos respectivamente, representantes del sector farmacéutico como Gilbert Credí (Celltech) y Guillermo Sada (Cantabria), de la Organización de Consumidores y Usuarios (Ana Sánchez), del Colegio de Farmacéuticos de Madrid (Julio Mateo, Pilar Núñez) y el presidente de ASEDEF, Manuel Amarilla.
SRES. SRAS QUE HICIERON ESA REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS, ¿NO ENCONTRARON EL PROSPECTO DEL MEDICAMENTO AGREAL, PRINCIPIO ACTIVO: VERALIPRIDA/E?.
VAMOS QUE SI COBRARON POR ESA "REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS" Y ES DE SUPONER QUE FUE DEL DINERO DE TODOS LOS ESPAÑOLES, PUES DEVUELVANLO. NO HAY DERECHO QUE OTROS PAISES REVISARAN SUS PROSPECTOS DE LA VERALIPRIDE/A, EN VARIAS OCASIONES Y AQUÍ EN ESPAÑA, NUNCA SE HIZO.
¿PORQUÉ SI NO ENCONTRARON EL PROSPECTO DEL AGREAL Y NO CUMPLIERON CON SU COMETIDO DE REVISARLO NO LES PREGUNTAN A FARMACOVIGILANCIA Y LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO, DÓNDE ESTABA?ANTE TODAS LAS ENFERMAS DEL AGREAL, SI USTEDES LOS PARTICIPANTES EN ESA REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS, TAMBIÉN SON CULPABLES DE LO QUE NOS PASA A NOSOTRAS
¡¡ CUANTAS NI SIQUIERA HUBIERAN TOMADO EL AGREAL SI USTEDES LO HUBIERAN REVISADO !!!
Un grupo de expertos revisará los prospectos de los medicamentos
Ayer se constituyó en Madrid un Comité de Lectura de Prospectos de los Medicamentos cuya actividad principal consistirá en revisar los prospectos de los medicamentos de mayor incidencia en la salud de la población. El Comité basará su actuación en el test de legibilidad recogido en la Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento. La creación del Comité es una iniciativa conjunta de la Agencia Española del Medicamento (AEM) y de la Asociación Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF). Entre los expertos que formarán parte del Comité destacan miembros de la AEM como José Félix Olalla y Eulalia Beléndez, subdirector de Medicamentos de Uso Humano y jefa del Servicio de Información y Prospectos respectivamente, representantes del sector farmacéutico como Gilbert Credí (Celltech) y Guillermo Sada (Cantabria), de la Organización de Consumidores y Usuarios (Ana Sánchez), del Colegio de Farmacéuticos de Madrid (Julio Mateo, Pilar Núñez) y el presidente de ASEDEF, Manuel Amarilla.
SRES. SRAS QUE HICIERON ESA REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS, ¿NO ENCONTRARON EL PROSPECTO DEL MEDICAMENTO AGREAL, PRINCIPIO ACTIVO: VERALIPRIDA/E?.
VAMOS QUE SI COBRARON POR ESA "REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS" Y ES DE SUPONER QUE FUE DEL DINERO DE TODOS LOS ESPAÑOLES, PUES DEVUELVANLO. NO HAY DERECHO QUE OTROS PAISES REVISARAN SUS PROSPECTOS DE LA VERALIPRIDE/A, EN VARIAS OCASIONES Y AQUÍ EN ESPAÑA, NUNCA SE HIZO.
¿PORQUÉ SI NO ENCONTRARON EL PROSPECTO DEL AGREAL Y NO CUMPLIERON CON SU COMETIDO DE REVISARLO NO LES PREGUNTAN A FARMACOVIGILANCIA Y LA AGENCIA DEL MEDICAMENTO, DÓNDE ESTABA?ANTE TODAS LAS ENFERMAS DEL AGREAL, SI USTEDES LOS PARTICIPANTES EN ESA REVISIÓN DE LOS PROSPECTOS, TAMBIÉN SON CULPABLES DE LO QUE NOS PASA A NOSOTRAS
¡¡ CUANTAS NI SIQUIERA HUBIERAN TOMADO EL AGREAL SI USTEDES LO HUBIERAN REVISADO !!!
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COMUNICADO DE LA EMEA-RAPTIVA DE MERCK, RETIRADA Y EFECTOS ADVERSOS

COMUNICADO DE LA EMEA
Raptiva, un fármaco para la psoriasis, conlleva más riesgos que beneficios
El producto ha sido valorado por las agencia europea y estadounidense del medicamento
Se ha detectado que aumenta el riesgo de patologías graves como encefalopatías
Actualizado jueves 19/02/2009 20:40 (CET)
ELMUNDO.ES
MADRID.- La Agencia Europea del Medicamento (EMEA) ha recomendado la suspensión de un fármaco indicado para la psoriasis (Raptiva), cuyo principio activo es Efalizumab. El comité para el uso de fármacos en humanos de la agencia ha concluido que los beneficios de dicho medicamento no superan sus riesgos.
Raptiva fue autorizado por la Unión Europea en septiembre de 2004 para tratar a los pacientes adultos con psoriasis en placa, crónica, moderada o severa, una enfermedad inflamatoria de la piel, caracterizada por placas resecas, enrojecidas y recubiertas de escamas.
Este fármaco estaba indicado en aquellas personas afectadas que no responden a otros tratamientos o tienen alguna contraindicación o intolerancia a otras alternativas sistémicas como la ciclosporina, el metotrexato y PUVA.
Después de recibir algunos informes sobre graves efectos secundarios en pacientes que habían tomado Raptiva durante más de tres años, la Comisión Europea solicitó al comité de la EMEA que revisara este fármaco.
Dichos informes confirmaban tres casos de leucoencefalopatía multifocal progresiva (PML), una rara enfermedad que afecta al sistema nervioso central y que normalmente acaba en una grave discapacidad o incluso muerte. De hecho, dos de los tres pacientes, finalmente, fallecieron, según la Agencia que regula y controla los Alimentos y Fármacos en Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés), organismo que también ha investigado la acción Raptiva.
Una vez finalizada la revisión sobre la eficacia y la seguridad del medicamento, el comité concluye que "los beneficios de Raptiva son modestos". Además del riesgo de leucoencefalopatía multifocal progresiva, Raptiva está relacionada con otros graves efectos adversos, incluyendo infecciones bacterianas, meningitis, enfermedades causadas por hongos, encefalopatías...
Según el comunicado de la EMEA, no hay evidencia suficiente como para identificar un grupo de pacientes en los que los beneficios del fármaco pesen más que sus riesgos. De hecho, "faltan datos sobre la efectividad y la seguridad del producto en enfermos que no tienen ninguna otra opción de tratamiento o que tienen el sistema inmunológico debilitado como el resultado de tratamientos anteriores".
Evaluar alternativas
Por lo tanto, la EMEA propone la suspensión en la Unión Europea de Raptiva. Recomienda, además, que los médicos no prescriban este fármaco y que revisen el tratamiento de aquellos pacientes que actualmente toman dicho medicamento, para evaluar así otras alternativas apropiadas, "sin interrumpir el tratamiento bruscamente".
"Los especialistas deben asegurarse de que los pacientes tratados con Raptiva sean supervisados ante posibles síntomas neurológicos y de infección", reza el comunicado.
Esta última recomendación la tienen muy en cuenta los dermatólogos en España. "Ante la posibilidad de infecciones, vigilamos muy de cerca a estos pacientes que toman fármacos biológicos y les explicamos los síntomas de los efectos secundarios que entraña el fármaco para que nos informen si sienten fiebre, por ejemplo", explica María Rosa Díaz, jefe del servicio de Dermatología del Hospital Infanta Sofía (San Sebastián de los Reyes, Madrid).
"Casi todos los medicamentos tienen contraindicaciones. Por esta razón es importante hacer un seguimiento, pero lo cierto es que, hasta el momento, Raptiva resulta eficaz entre los pacientes con psoriasis", concluye la dermatóloga.
La recomendación de la EMEA ha sido enviada a la Comisión Europea para adoptar una decisión al respecto.
Por su parte, Merck, que comercializa Raptiva en Europa, ha asegurado que trabajará con las autoridades europeas "para tomar todas las medidas necesarias para cumplir con las recomendaciones de la EMEA".
Laboratorio Serono lanzó Raptiva® en España para la psoriasis.
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