MARÍA REVUELTA 02/02/2009
Con la cautela necesaria a la hora de evaluar los estudios sobre el uso de antipsicóticos en ancianos, los expertos señalan que no se puede concluir que los antipsicóticos clásicos sean más seguros que los atípicos en la población anciana con demencia, ni viceversa.
Tal y como relata Inés Francés, de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, un estudio realizado en Australia, en pacientes con demencia en residencias de ancianos tratados con un neuroléptico atípico "desató la alerta por el aumento de eventos agudos cerebrovasculares en los pacientes tratados frente a los del grupo placebo"
.Análisis de otros estudios también con neurolépticos atípicos hallaron un aumento de la mortalidad también en pacientes con demencia. A la luz de estos datos, se han realizado estudios retrospectivos que intentan analizar la seguridad de estos fármacos. "Uno de ellos, publicado en The New England Journal of Medicine, muestra que los pacientes tratados con neurolépticos clásicos tenían mayor mortalidad a corto plazo con respecto a los tratados con atípicos, por lo que no parecen ser más seguros, en cuanto a mortalidad, aunque sí producen menos efectos extrapiramidales".
IGUAL QUE CON EL AGREAL (VERALIPRIDE) DE SANOFI-AVENTIS, UN ANTIPSICÓTICO PARA LOS SOFOCOS DE MENOPAUSIA.
VOLVEMOS A REPETIR, NI SOMOS PERSONAS CON DEMENCIA NI PSICÓTICAS PARA QUE NOS HAYAN RECETADO UN ANTIPSICÓTICO NEUROLÉPTICO.
Domicilio Fiscal: C/ Melíes, nº 50, Urbanización Santa María - 08800 - Vila Nova i la Geltrú - BARCELONA. NUESTRA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ FORMADA POR: PRESIDENTA: FRANCISCA GIL QUINTANA-- TELF. 630-23-20-50 SECRETARIA: ROSARIO CARMONA JIMÉNEZ - TELF. 636-46-05-15 VICEPRESIDENTA: CONCEPCIÓN PÉREZ GONZÁLEZ. TESORERA: DOLORES ARTILES DEL PINO
miércoles, 4 de febrero de 2009
¿Qué es la psicosis?
domingo, 01 de febrero de 2009
Según estudios psiquiátricos, la psicosis de fuga es una psicosis paranoica. Y la paranoia es una enfermedad cuyo síntoma más importante es el sentimiento de persecución y la pérdida de contacto con la realidad. El paciente presenta alucinaciones y delirio.
En medio de la crisis, el enfermo no pierde su identidad sino su contacto con lo que sucede a su alrededor, y entre los distintos síntomas muestra una indiferencia afectiva. El desencadenamiento de esta patología puede ser producto de un hecho conflictivo o traumático.
Esta enfermedad se aborda con psiquiatras y existen antipsicóticos para esta patología. También es importante la contención familiar. El tratamiento es largo y en una gran cantidad de casos presenta una muy buena evolución.
¿PORQUÉ, SI LAS MENOPÁUSICAS NO ESTAMOS PSICÓTICAS NOS RECETARON UN ANTIPSICÓTICO PARA PALIAR LOS SOFOCOS?
¿PORQUÉ EL MINISTERIO DE SANIDAD Y LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO NO SE DIERON CUENTA CUANDO LOS LABORATORIOS DE LAGRANGE Y LUEGO SANOFI-SINTHELABO, HOY SANOFI-AVENTIS, NO SE DIERON CUENTA DE TAL ABERRACIÓN SI DESDE 1952 SE SABÍAN LOS EFECTOS ADVERSOS DE DICHOS ANTIPSICÓTICOS?
AHORA CALLAN, TANTO UNOS COMO OTROS.
NOS HAN ENFERMADO DE POR VIDA Y AHORA NOS HAN ABANDONADO A NUESTRA SUERTE.
LUEGO SE VANAGLORIAN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD ESPAÑOL, PERDONEN PERO LES QUEDA MUCHO, MUCHÍSIMO POR APRENDER A TRATAR A ENFERMOS Y AFECTADOS POR SUS NEGLIGENCIAS.
Según estudios psiquiátricos, la psicosis de fuga es una psicosis paranoica. Y la paranoia es una enfermedad cuyo síntoma más importante es el sentimiento de persecución y la pérdida de contacto con la realidad. El paciente presenta alucinaciones y delirio.
En medio de la crisis, el enfermo no pierde su identidad sino su contacto con lo que sucede a su alrededor, y entre los distintos síntomas muestra una indiferencia afectiva. El desencadenamiento de esta patología puede ser producto de un hecho conflictivo o traumático.
Esta enfermedad se aborda con psiquiatras y existen antipsicóticos para esta patología. También es importante la contención familiar. El tratamiento es largo y en una gran cantidad de casos presenta una muy buena evolución.
¿PORQUÉ, SI LAS MENOPÁUSICAS NO ESTAMOS PSICÓTICAS NOS RECETARON UN ANTIPSICÓTICO PARA PALIAR LOS SOFOCOS?
¿PORQUÉ EL MINISTERIO DE SANIDAD Y LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO NO SE DIERON CUENTA CUANDO LOS LABORATORIOS DE LAGRANGE Y LUEGO SANOFI-SINTHELABO, HOY SANOFI-AVENTIS, NO SE DIERON CUENTA DE TAL ABERRACIÓN SI DESDE 1952 SE SABÍAN LOS EFECTOS ADVERSOS DE DICHOS ANTIPSICÓTICOS?
AHORA CALLAN, TANTO UNOS COMO OTROS.
NOS HAN ENFERMADO DE POR VIDA Y AHORA NOS HAN ABANDONADO A NUESTRA SUERTE.
LUEGO SE VANAGLORIAN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD ESPAÑOL, PERDONEN PERO LES QUEDA MUCHO, MUCHÍSIMO POR APRENDER A TRATAR A ENFERMOS Y AFECTADOS POR SUS NEGLIGENCIAS.
Información sobre seguridad - AGEMED - Metilfenidato
Resumen de la nota informativa:“Metilfenidato: actualización de las condiciones de uso”
Ref: 2009/0122 de enero de 2009
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha informado a los profesionales sanitarios y a los ciudadanos sobre las nuevas condiciones de uso de los medicamentos que contienen metilfenidato, modificadas tras la evaluación del balance beneficio-riesgo llevada a cabo, por el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA).
El motivo de esta revisión ha sido la asociación de diversos riesgos al tratamiento con metilfenidato, principalmente trastornos cardiovasculares y cerebrovasculares. También se han estudiado otros aspectos de seguridad relacionados con trastornos psiquiátricos, y posibles efectos a largo plazo como alteración del crecimiento o maduración sexual. Este asunto fue tratado por el Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano (CSMH) de la AEMPS.
Como conclusión de la evaluación llevada a cabo se ha estimado que el beneficio terapéutico del tratamiento con metilfenidato supera los posibles riesgos asociados al mismo, siempre y cuando se utilice en las condiciones de uso autorizadas. No se dispone de datos suficientes respecto a los posibles efectos a largo plazo, por lo que se realizarán estudios a este respecto.
La AEMPS informa que el uso de metilfenidato tiene que ajustarse a las siguientes condiciones:
El tratamiento con metilfenidato debe realizarse bajo la supervisión de un especialista con experiencia en trastornos del comportamiento en niños y/o adolescentes.
Metilfenidato puede presentar efectos cardiovasculares (entre los que se encuentran incremento de la presión sanguínea y trastornos del ritmo cardiaco), por lo que se debe realizar un examen cardiovascular cuidadoso antes del inicio del tratamiento y un seguimiento durante el mismo.
Se debe hacer una evaluación sobre la continuidad del tratamiento al menos una vez al año.
Dado que el tratamiento con metilfenidato puede causar o exacerbar algunos trastornos psiquiátricos (como depresión, comportamiento suicida, hostilidad, psicosis y manía), se debe realizar un examen cuidadoso antes del tratamiento y un seguimiento regular a lo largo del mismo de los antecedentes y síntomas psiquiátricos que pudiera presentar el paciente.
Durante el tratamiento con metilfenidato, se debe monitorizar el peso y altura de los pacientes.
Pueden consultarse las notas informativas completas para profesionales sanitarios y para ciudadanos en: www.agemed.es
Fecha de actualización: 2 de febrero de 2009
El motivo de esta revisión ha sido la asociación de diversos riesgos al tratamiento con metilfenidato, principalmente trastornos cardiovasculares y cerebrovasculares. También se han estudiado otros aspectos de seguridad relacionados con trastornos psiquiátricos, y posibles efectos a largo plazo como alteración del crecimiento o maduración sexual. Este asunto fue tratado por el Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano (CSMH) de la AEMPS.
Como conclusión de la evaluación llevada a cabo se ha estimado que el beneficio terapéutico del tratamiento con metilfenidato supera los posibles riesgos asociados al mismo, siempre y cuando se utilice en las condiciones de uso autorizadas. No se dispone de datos suficientes respecto a los posibles efectos a largo plazo, por lo que se realizarán estudios a este respecto.
La AEMPS informa que el uso de metilfenidato tiene que ajustarse a las siguientes condiciones:
El tratamiento con metilfenidato debe realizarse bajo la supervisión de un especialista con experiencia en trastornos del comportamiento en niños y/o adolescentes.
Metilfenidato puede presentar efectos cardiovasculares (entre los que se encuentran incremento de la presión sanguínea y trastornos del ritmo cardiaco), por lo que se debe realizar un examen cardiovascular cuidadoso antes del inicio del tratamiento y un seguimiento durante el mismo.
Se debe hacer una evaluación sobre la continuidad del tratamiento al menos una vez al año.
Dado que el tratamiento con metilfenidato puede causar o exacerbar algunos trastornos psiquiátricos (como depresión, comportamiento suicida, hostilidad, psicosis y manía), se debe realizar un examen cuidadoso antes del tratamiento y un seguimiento regular a lo largo del mismo de los antecedentes y síntomas psiquiátricos que pudiera presentar el paciente.
Durante el tratamiento con metilfenidato, se debe monitorizar el peso y altura de los pacientes.
Pueden consultarse las notas informativas completas para profesionales sanitarios y para ciudadanos en: www.agemed.es
Fecha de actualización: 2 de febrero de 2009
POBRES NIÑOS, LES HACEN DEPENDIENTES DE FÁRMACOS DE POR VIDA.
LOS LABORATORIOS NOS ENFERMAN CON SUS MEDICAMENTOS (VENENOS) PARA CREAR FUTUROS DEPENDIENTES.
NO CREAN QUE PIENSAN EN NOSOTROS, NO, PIENSAN EN LLENAR SUS ARCAS CAIGA QUIEN CAIGA COMO NOS HA PASADO A TODAS LAS AFECTADAS DE AGREAL EN EL MUNDO, TODAS CON EFECTOS NEUROLÓGICOS Y PSIQUIÁTRICOS SEVEROS E IRREVERSIBLES.
¡QUÉ DESVERGÜENZA, Y ENCIMA, RECIBEN PREMIOS!
AÑOS 1993 NOTIFICACION DE TARJETA AMARILLA-CATALUÑA:
Describe un cuadro de parkinsonismo en una mujer de 63 años tratada con fluoxetina y veraliprida desde hacía un mes; los síntomas desaparecieron poco después de suspender la administración de ambos medicamentos.
CONCOMIANTE.
MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO ESPAÑOL, LABORATORIOS SANOFI AVENTIS.
LO MISMO QUE ESTE CASO, NOS PASÓ A TODAS, FUÍMOS TRATADAS CON ANTIDEPRESIVOS-ANSIOLITCOS Y TOMANDO VERALIPRIDA "NO SE PODÍA HACER" LA MEZCLA DE AMBOS ERAN: CONCOMINANTES.
CONCOMIANTE.
MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO ESPAÑOL, LABORATORIOS SANOFI AVENTIS.
LO MISMO QUE ESTE CASO, NOS PASÓ A TODAS, FUÍMOS TRATADAS CON ANTIDEPRESIVOS-ANSIOLITCOS Y TOMANDO VERALIPRIDA "NO SE PODÍA HACER" LA MEZCLA DE AMBOS ERAN: CONCOMINANTES.
CONCIERTO ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
AL PARECER, EN LA COMUNIDAD CANARIA, EN VEZ DE UNA HORA MENOS EN RELACIÓN A LA PENINSULA, ES TRES MESES Y MEDIO MENOS, LEAN:
CONCIERTO ENTRE EL SERVICIO CANARIO DELA SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR EL QUE SE FIJAN LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA A TRAVÉS DE LAS OFICINAS DE FARMACIA.
30 de diciembre de 2005
ENTRE MUCHOS MEDICAMENTOS RELACIONADOS ESTÁ: VERALIPRIDA 100MG, 20 CAPSULAS CON IVA 6,33 SIN IVA 6,09.
O, NO SERÁ QUE EL MINISTERIO DE SANIDAD, AGENCIA DEL MEDICAMENTO Y FARMACOVIGILANCIA ESPAÑOL, SOLO SE LIMITÓ A INDICAR LA RETIRADA DEL AGREAL EN SU PAGINA WEB Y NO INFORMÓ A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS NI A LOS MEDICOS??
CONCIERTO ENTRE EL SERVICIO CANARIO DELA SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR EL QUE SE FIJAN LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA A TRAVÉS DE LAS OFICINAS DE FARMACIA.
30 de diciembre de 2005
ENTRE MUCHOS MEDICAMENTOS RELACIONADOS ESTÁ: VERALIPRIDA 100MG, 20 CAPSULAS CON IVA 6,33 SIN IVA 6,09.
O, NO SERÁ QUE EL MINISTERIO DE SANIDAD, AGENCIA DEL MEDICAMENTO Y FARMACOVIGILANCIA ESPAÑOL, SOLO SE LIMITÓ A INDICAR LA RETIRADA DEL AGREAL EN SU PAGINA WEB Y NO INFORMÓ A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS NI A LOS MEDICOS??
Un juez de Madrid investigará la supuesta publicidad engañosa de la campaña de la vacuna contra el cáncer de útero
3/02/2009
La Audiencia Provincial de Madrid ha obligado al juez de Instrucción número 24 de Madrid a investigar la supuesta publicidad engañosa de la campaña sobre la vacuna contra el cáncer de cuello de útero, que se incluye en la prestación sanitaria de las niñas de 14 años que residen en la región y otras comunidades autónomas.
MADRID, 3 (EUROPA PRESS)
La Asociación de Mujeres de las Islas Baleares por la Salud presentó el pasado marzo una querella ante los Juzgados ordinarios de Plaza de Castilla en el que se planteaba la competencia de los tribunales de Madrid ante la imposibilidad de determinar un lugar determinado de comisión del delito por engañar a los consumidores. La asociación esgrimía que se trata de una campaña difundida a nivel nacional.
El magistrado rechazó la querella, cuya inadmisión se recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Ahora, la Audiencia madrileña estima que el magistrado no motivó su decisión de no investigar los hechos denunciados, incurriendo en "una vulneración a la tutela judicial efectiva". Por ello, le obliga a investigar los hechos y, en su caso, motivar el auto de inadmisión.
En el caso de la región, la Consejería de Sanidad comenzó el pasado septiembre a dispensar a las 30.000 niñas de 14 años que residen en la región la vacuna contra el VPH. La Comunidad de Madrid preveía entonces distribuir 97.823 dosis viales que se administrarán de manera gratuita en los 410 centros de salud.
En la región se registra una media de casi 400 ingresos de mujeres con diagnóstico de neoplasia maligna de cuello de útero. Cerca de 60 pacientes fallecen por esta enfermedad. No obstante, la incidencia del cáncer asociado a este virus ha ido descendiendo en los últimos años debido al aumento de las mujeres que se someten a pruebas de cribado o revisiones ginecológicas con citologías, situándose en un 92,7 por ciento de mujeres entre 34 a 64 años.
CONTRA LA FARMACEÚTICA
La querella apunta al laboratorio Sanofi Pasteur MSD S.A. como responsables de la supuesta publicidad engañosa con miras a comercializar la venta de la vacuna contra el virus del papiloma humano (VHP).
La asociación deja claro que su querella "no denuncia, ni combate en ningún momento los avances científicos asociados al descubrimiento de la vacuna, sino la forma de venta de la misma, engañando al consumidor de forma vil, ocultando datos esenciales, para conseguir ilícitamente una mayor venta de las mismas".
Denuncian que Sanofi Pasteur MSD S.A. "realiza publicidad encubierta e indirecta de la vacuna, estando prohibida la publicidad de un medicamento que requiere de receta médica". Entre las informaciones falseadas, figura el que en Europa, el cáncer de cuello de útero es la segunda causa de mortalidad por cáncer en mujeres entre 15-44 años, después del cáncer de mama.
Según el denunciante, se trata de la sexta causa y a los 60 años. Además, critican que los ensayos clínicos se hayan realizado sobre adultos, cuando las principales destinatarias son jóvenes de 14 años.
La querella se basa en un delito contra los derechos de los consumidores. Se trata, según el denunciante, de "falsear la información incorporada al producto en su ofrecimiento al consumidor, de forma que éste ve distorsionada la posibilidad de conocer con garantías la composición objetiva de lo que adquiere, así como sus características esenciales".
Entre otras diligencias, la asociación solicita la declaración de los miembros del Consejo de Administración de Sanofi Pasteur y reclama al Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) que aclare determinadas informaciones falseadas que incluyen las campañas publicitarias.
La Audiencia Provincial de Madrid ha obligado al juez de Instrucción número 24 de Madrid a investigar la supuesta publicidad engañosa de la campaña sobre la vacuna contra el cáncer de cuello de útero, que se incluye en la prestación sanitaria de las niñas de 14 años que residen en la región y otras comunidades autónomas.
MADRID, 3 (EUROPA PRESS)
La Asociación de Mujeres de las Islas Baleares por la Salud presentó el pasado marzo una querella ante los Juzgados ordinarios de Plaza de Castilla en el que se planteaba la competencia de los tribunales de Madrid ante la imposibilidad de determinar un lugar determinado de comisión del delito por engañar a los consumidores. La asociación esgrimía que se trata de una campaña difundida a nivel nacional.
El magistrado rechazó la querella, cuya inadmisión se recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Ahora, la Audiencia madrileña estima que el magistrado no motivó su decisión de no investigar los hechos denunciados, incurriendo en "una vulneración a la tutela judicial efectiva". Por ello, le obliga a investigar los hechos y, en su caso, motivar el auto de inadmisión.
En el caso de la región, la Consejería de Sanidad comenzó el pasado septiembre a dispensar a las 30.000 niñas de 14 años que residen en la región la vacuna contra el VPH. La Comunidad de Madrid preveía entonces distribuir 97.823 dosis viales que se administrarán de manera gratuita en los 410 centros de salud.
En la región se registra una media de casi 400 ingresos de mujeres con diagnóstico de neoplasia maligna de cuello de útero. Cerca de 60 pacientes fallecen por esta enfermedad. No obstante, la incidencia del cáncer asociado a este virus ha ido descendiendo en los últimos años debido al aumento de las mujeres que se someten a pruebas de cribado o revisiones ginecológicas con citologías, situándose en un 92,7 por ciento de mujeres entre 34 a 64 años.
CONTRA LA FARMACEÚTICA
La querella apunta al laboratorio Sanofi Pasteur MSD S.A. como responsables de la supuesta publicidad engañosa con miras a comercializar la venta de la vacuna contra el virus del papiloma humano (VHP).
La asociación deja claro que su querella "no denuncia, ni combate en ningún momento los avances científicos asociados al descubrimiento de la vacuna, sino la forma de venta de la misma, engañando al consumidor de forma vil, ocultando datos esenciales, para conseguir ilícitamente una mayor venta de las mismas".
Denuncian que Sanofi Pasteur MSD S.A. "realiza publicidad encubierta e indirecta de la vacuna, estando prohibida la publicidad de un medicamento que requiere de receta médica". Entre las informaciones falseadas, figura el que en Europa, el cáncer de cuello de útero es la segunda causa de mortalidad por cáncer en mujeres entre 15-44 años, después del cáncer de mama.
Según el denunciante, se trata de la sexta causa y a los 60 años. Además, critican que los ensayos clínicos se hayan realizado sobre adultos, cuando las principales destinatarias son jóvenes de 14 años.
La querella se basa en un delito contra los derechos de los consumidores. Se trata, según el denunciante, de "falsear la información incorporada al producto en su ofrecimiento al consumidor, de forma que éste ve distorsionada la posibilidad de conocer con garantías la composición objetiva de lo que adquiere, así como sus características esenciales".
Entre otras diligencias, la asociación solicita la declaración de los miembros del Consejo de Administración de Sanofi Pasteur y reclama al Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) que aclare determinadas informaciones falseadas que incluyen las campañas publicitarias.
MINISTERIO DE SANIDAD-LABORATORIOS SANOFI AVENTIS. LABORATORIO SANOFI AVENTIS-MINISTERIO DE SANIDAD.
Non esiste un antidoto specifico di veralipride.
Il trattamento è unicamente sintomatico.
TRADUCCIÓN:
No hay un antídoto específico veralipride.
El tratamiento es sólo sintomático.
Il trattamento è unicamente sintomatico.
TRADUCCIÓN:
No hay un antídoto específico veralipride.
El tratamiento es sólo sintomático.
EN RELACIÓN AL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL MINISTERIO DE SANIDAD, DE UNA COMPAÑERA DEL AGREAL,
ENTRE OTRAS MUCHAS COSAS “NO CIERTAS" DICE:
En cuanto al número de casos de depresión o ansiedad, se decía que, con anterioridad a su retirada y desde su autorización de comercialización en 1983, en España solo se habían producido 4 casos de notificación de reacciones adversas psiquiátricas durante el tratamiento y 9 tras la interrupción del tratamiento, pese a que se habían dispensado 3.022.139 envases. Era una tasa muy baja teniendo en cuenta el uso del medicamento. No obstante, tras la suspensión de la comercialización se notificaron en España 280 reacciones adversas psiquiátricas. En total, las tasas anuales de notificación variaron entre 0 y 13,53 casos por millón de días de tratamiento, incluyendo los casos notificados en España tras la suspensión de su comercialización.
Y MIRAD LO QUE LE INDICA A FRANCIA, PARA QUE PUSIERA EL ASUNTO "VERALIPRIDA" ANTE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO.
FIJAROS EN EL NUMERO DE NOTIFICACIONES:
Un total de 588 notificaciones fueron registradas en la Internacional de Farmacovigilancia Titular MOA, hasta el 31 de agosto de 2006. La mayoría de los casos de eventos adversos psiquiátricos incluido (61%) neurológica (52% de los casos)
Entre estas notificaciones, el 54% se han notificado en España (hasta el 96% tras la comunicación relativa a la retirada en España.
AÚN NO SIENDO CIERTA ESA CANTIDAD DE NOTIFICACIONES (SON MUCHISIMAS MAS, ANTES DE LA RETIRADA), YA QUE ¿QUIÉN CULPABA AL AGREAL DE TODOS NUESTROS PROBLEMAS DE SALUD, CON EL PROSPECTO QUE DISPONIAMOS AQUI EN ESPAÑA? ENCIMA "NO DICEN LA VERDAD" NI SIQUIERA BAJO JURAMENTO EN UN JUICIO.
En cuanto al número de casos de depresión o ansiedad, se decía que, con anterioridad a su retirada y desde su autorización de comercialización en 1983, en España solo se habían producido 4 casos de notificación de reacciones adversas psiquiátricas durante el tratamiento y 9 tras la interrupción del tratamiento, pese a que se habían dispensado 3.022.139 envases. Era una tasa muy baja teniendo en cuenta el uso del medicamento. No obstante, tras la suspensión de la comercialización se notificaron en España 280 reacciones adversas psiquiátricas. En total, las tasas anuales de notificación variaron entre 0 y 13,53 casos por millón de días de tratamiento, incluyendo los casos notificados en España tras la suspensión de su comercialización.
Y MIRAD LO QUE LE INDICA A FRANCIA, PARA QUE PUSIERA EL ASUNTO "VERALIPRIDA" ANTE LA AGENCIA EUROPEA DEL MEDICAMENTO.
FIJAROS EN EL NUMERO DE NOTIFICACIONES:
Un total de 588 notificaciones fueron registradas en la Internacional de Farmacovigilancia Titular MOA, hasta el 31 de agosto de 2006. La mayoría de los casos de eventos adversos psiquiátricos incluido (61%) neurológica (52% de los casos)
Entre estas notificaciones, el 54% se han notificado en España (hasta el 96% tras la comunicación relativa a la retirada en España.
AÚN NO SIENDO CIERTA ESA CANTIDAD DE NOTIFICACIONES (SON MUCHISIMAS MAS, ANTES DE LA RETIRADA), YA QUE ¿QUIÉN CULPABA AL AGREAL DE TODOS NUESTROS PROBLEMAS DE SALUD, CON EL PROSPECTO QUE DISPONIAMOS AQUI EN ESPAÑA? ENCIMA "NO DICEN LA VERDAD" NI SIQUIERA BAJO JURAMENTO EN UN JUICIO.
IGUAL, TOTALMENTE IGUAL QUE EL AGREAL Y TAMBIEN EN ESPAÑA, SIN PRECEDENTE EN TODA EUROPA
La indemnización posiblemente más alta de Europa -1,52 millones de euros (253 millones de pesetas)- por daños de un fármaco neuroléptico se ha pactado en España de forma extrajudicial antes de que el Tribunal Supremo resolviera el recurso de casación, todo un precedente que afianza la doctrina sobre responsabilidad de los laboratorios farmacéuticos. El laboratorio que ha indemnizado -Smithkline Beecham, ahora Glaxo Smithkline- fue condenado en primera instancia y también por la Audienciade Valencia (ver texto íntegro de esta sentencia y comentario en ADS nº 39 / mayo 1998. Pág. 242).
El autor, especialista y pionero del Derecho Farmacéutico, comenta en este artículo la evolución de la responsabilidad del laboratorio desde la fecha del suceso por daños derivados de la administración de un neuroléptico cuyo prospecto no advertía de un riesgo muy grave,remoto pero posible, de síndrome neuroléptico maligno. El fármaco, Eskacine, cuyo principio activo es la trifluoperazina,causó tetraplejia flácida en un paciente psiquiátrico. El hecho es más grave por cuanto la posibilidad de sufrireste riesgo no figuraba en el prospecto distribuido en España, y sí en el que se había comercializado en Gran Bretaña.
En Europa habrá un antes y un después del caso "Eskazine", aunque su resolución final haya sido a través de un acuerdo extrajudicial,fijado en 253 millones de ptas (1,52 millones de euros). Este pacto alcanzado el 12 de septiembre de 2003, crea un precedenteen la Unión Europea, en cuanto a la futura responsabilidad terapéutica de la industria farmacéutica internacional, comoconsecuencia de la acción u omisión respecto de la información del mismo tipo, a través de los prospectos de los medicamentos.
HISTORIA BREVE:
Los hechos ocurrieron en el mes de agosto de 1991, originados por un fármaco, denominado comercialmente como"Eskazine", cuyo principio activo, es la Trifluoperazina, neuroléptico que puede instaurar el Síndrome Neuroléptico Maligno (S.N.M), cuya incidencia de muerte es de 0,8 % y que no figuraba intencionadamente en el prospecto del medicamento en nuestro país, aunque sí lo hacía en otros países de nuestro entorno. Este hecho tan grave respecto de la información terapéutica, por omisión intencionada de la misma, no produjo la muerte del ciudadano afectado, aunque sí, gravísimos daños irreversibles en su salud, como es la tetraparesia (parálisis total de sus extremidades).
BUENO, Y DIGO YO, SI ESTA SENTENCIA PASÓ IGUAL QUE CON EL AGREAL
¿PORQUÉ NO SE HA PROCEDIDO DE IGUAL MANERA?. A SANOFI-AVENTIS LE HA HECHADO UNA MANO BASTANTE A SU FAVOR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, POR LAS NOTAS INFORMATIVAS QUE HA SACADO Y QUE NO SE AJUSTA A LA VERDAD DEL AGREAL EN ESPAÑA.¿QUIÉN LE VA A HECHAR UNA MANO AL MINISTERIO DE SANIDAD POR EL NO CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL AGREAL EN ESPAÑA DURANTE 22 AÑOS?. ¿SERÁN LOS MEDICOS DEL CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO, QUE TAMPOCO HA DICHO LA VERDAD DEL AGREAL EN ESPAÑA?
TIEMPO AL TIEMPO.
El autor, especialista y pionero del Derecho Farmacéutico, comenta en este artículo la evolución de la responsabilidad del laboratorio desde la fecha del suceso por daños derivados de la administración de un neuroléptico cuyo prospecto no advertía de un riesgo muy grave,remoto pero posible, de síndrome neuroléptico maligno. El fármaco, Eskacine, cuyo principio activo es la trifluoperazina,causó tetraplejia flácida en un paciente psiquiátrico. El hecho es más grave por cuanto la posibilidad de sufrireste riesgo no figuraba en el prospecto distribuido en España, y sí en el que se había comercializado en Gran Bretaña.
En Europa habrá un antes y un después del caso "Eskazine", aunque su resolución final haya sido a través de un acuerdo extrajudicial,fijado en 253 millones de ptas (1,52 millones de euros). Este pacto alcanzado el 12 de septiembre de 2003, crea un precedenteen la Unión Europea, en cuanto a la futura responsabilidad terapéutica de la industria farmacéutica internacional, comoconsecuencia de la acción u omisión respecto de la información del mismo tipo, a través de los prospectos de los medicamentos.
HISTORIA BREVE:
Los hechos ocurrieron en el mes de agosto de 1991, originados por un fármaco, denominado comercialmente como"Eskazine", cuyo principio activo, es la Trifluoperazina, neuroléptico que puede instaurar el Síndrome Neuroléptico Maligno (S.N.M), cuya incidencia de muerte es de 0,8 % y que no figuraba intencionadamente en el prospecto del medicamento en nuestro país, aunque sí lo hacía en otros países de nuestro entorno. Este hecho tan grave respecto de la información terapéutica, por omisión intencionada de la misma, no produjo la muerte del ciudadano afectado, aunque sí, gravísimos daños irreversibles en su salud, como es la tetraparesia (parálisis total de sus extremidades).
BUENO, Y DIGO YO, SI ESTA SENTENCIA PASÓ IGUAL QUE CON EL AGREAL
¿PORQUÉ NO SE HA PROCEDIDO DE IGUAL MANERA?. A SANOFI-AVENTIS LE HA HECHADO UNA MANO BASTANTE A SU FAVOR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, POR LAS NOTAS INFORMATIVAS QUE HA SACADO Y QUE NO SE AJUSTA A LA VERDAD DEL AGREAL EN ESPAÑA.¿QUIÉN LE VA A HECHAR UNA MANO AL MINISTERIO DE SANIDAD POR EL NO CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL AGREAL EN ESPAÑA DURANTE 22 AÑOS?. ¿SERÁN LOS MEDICOS DEL CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO, QUE TAMPOCO HA DICHO LA VERDAD DEL AGREAL EN ESPAÑA?
TIEMPO AL TIEMPO.
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